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Enmienda al Acuerdo entre Registro y Registrador (RRA)

Tenga presente que la versión oficial de todos los contenidos y documentos traducidos es la versión en idioma inglés; las traducciones a otros idiomas son solo a título informativo.

Los operadores de registro deben notificar a la organización de la ICANN cualquier revisión de los Acuerdos entre Registro y Registrador (RRA), como se indica en la Sección 2.9(a) del Acuerdo Base de Registro de gTLD.

La organización de la ICANN ha diseñado un proceso basado en el Procedimiento de Enmienda al Acuerdo entre Registro y Registrador (RRA) que permite a los operadores de registro notificar a la organización de la ICANN las enmiendas propuestas a los RRA. El proceso descrito a continuación incluye pautas sobre la documentación requerida y sobre cómo se procesarán las notificaciones.

La organización de la ICANN ha desarrollado un proceso aparte para que los operadores de registro presenten enmiendas a los RRA para incluir el texto aprobado para la Especificación Temporaria para los Datos de Registración de los gTLD (Términos Modelo). Las enmiendas que incorporan los Términos Modelo deben presentarse como una notificación aparte y seguirán un proceso simplificado de revisión y aprobación. Véase el Procedimiento de enmienda del Acuerdo entre Registro y Registrador (RRA) que se utilizará con la Especificación Temporaria para los Datos de Registración de los gTLD para obtener más información.

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Procedimiento de enmienda al RRA

A continuación, se incluyen las instrucciones generales para presentar las solicitudes de enmiendas al RRA. Véase el Procedimiento de Enmienda al Acuerdo entre Registro y Registrador (RRA) para obtener más información.

Aunque no es obligatorio, la organización de la ICANN recomienda que programe una llamada de consulta para revisar las enmiendas propuestas y abordar cualquier pregunta que tenga sobre el proceso. Para programar la consulta, abra un caso de Consulta General en el Portal de Servicios de Nombres.

  • Presentación de una solicitud de enmienda al RRA - Para iniciar este proceso, abra un caso de Enmienda al Acuerdo entre Registro y Registrador (RRA) a través del Portal de Servicios de Nombres. Se le solicitará que presente dos documentos a la organización de la ICANN para su revisión:

    • Versión del RRA existente con los cambios propuestos resaltados.
    • Carta de presentación en la que se describe el objetivo de los cambios propuestos.

Una vez presentados, la organización de la ICANN revisará sus documentos para comprobar que están completos.

  • Determinación de la relevancia (duración prevista: 15 días naturales) - La organización de la ICANN determinará si los cambios solicitados son irrelevantes, potencialmente relevantes, y/o relevantes como se indica en la Sección 2.9 del Acuerdo de Registro. Si los cambios se consideran relevantes o potencialmente relevantes, la organización de la ICANN procederá a una revisión exhaustiva como se describe a continuación. Si los cambios se consideran irrelevantes, se omitirá la revisión exhaustiva y la organización de la ICANN le notificará los pasos finales del proceso.
  • Revisión exhaustiva: Revisión y de la organización de la ICANN y del Grupo de Partes Interesadas de Registradores (duración prevista: normalmente no superará los 21 días) - Si los cambios propuestos son relevantes o potencialmente relevantes, la organización de la ICANN enviará la versión con los cambios propuestos resaltados en el RRA y la carta de presentación al Grupo de Partes Interesadas de Registradores (RrSG) para su revisión. La organización de la ICANN llevará a cabo su revisión interna en paralelo. Durante el período de revisión, si el RrSG o la organización de la ICANN plantean alguna inquietud, la organización de la ICANN organizará una consulta entre el operador de registro y el RrSG, si corresponde, para abordar y resolver las preocupaciones.
  • Decisión final - La organización de la ICANN aprobará o rechazará los cambios propuestos. Si la organización de la ICANN aprueba los cambios propuestos, se prevé que el operador de registro solicitante envíe los RRA enmendados a los registradores. Si la organización de la ICANN rechaza los cambios propuestos, informará al operador de registro solicitante y explicará los motivos del rechazo.
Domain Name System
Internationalized Domain Name ,IDN,"IDNs are domain names that include characters used in the local representation of languages that are not written with the twenty-six letters of the basic Latin alphabet ""a-z"". An IDN can contain Latin letters with diacritical marks, as required by many European languages, or may consist of characters from non-Latin scripts such as Arabic or Chinese. Many languages also use other types of digits than the European ""0-9"". The basic Latin alphabet together with the European-Arabic digits are, for the purpose of domain names, termed ""ASCII characters"" (ASCII = American Standard Code for Information Interchange). These are also included in the broader range of ""Unicode characters"" that provides the basis for IDNs. The ""hostname rule"" requires that all domain names of the type under consideration here are stored in the DNS using only the ASCII characters listed above, with the one further addition of the hyphen ""-"". The Unicode form of an IDN therefore requires special encoding before it is entered into the DNS. The following terminology is used when distinguishing between these forms: A domain name consists of a series of ""labels"" (separated by ""dots""). The ASCII form of an IDN label is termed an ""A-label"". All operations defined in the DNS protocol use A-labels exclusively. The Unicode form, which a user expects to be displayed, is termed a ""U-label"". The difference may be illustrated with the Hindi word for ""test"" — परीका — appearing here as a U-label would (in the Devanagari script). A special form of ""ASCII compatible encoding"" (abbreviated ACE) is applied to this to produce the corresponding A-label: xn--11b5bs1di. A domain name that only includes ASCII letters, digits, and hyphens is termed an ""LDH label"". Although the definitions of A-labels and LDH-labels overlap, a name consisting exclusively of LDH labels, such as""icann.org"" is not an IDN."