Denuncias sobre acoso
La Defensoría del Pueblo es un mecanismo independiente, imparcial y confidencial que investiga las denuncias sobre falta de equidad o acoso. Esta página explica cómo la Defensoría gestiona las denuncias por acoso. Si tiene una denuncia por falta de equidad, visite esta página.
¿Qué es el acoso?
El acoso puede adoptar muchas formas, entre otras, actos verbales, representaciones gráficas, declaraciones escritas y conductas físicas. Conductas de acoso como estas pueden ocurrir en persona, por teléfono o videollamada, por correo electrónico o mensajes de texto, en redes sociales o en cualquier otro lugar de Internet.
La Política Antiacoso de la Comunidad proporciona estos ejemplos de acoso:
- Intentos de acercamiento sexual, hacer comentarios sexuales o invitar repetidamente a alguien a salir después de que ya haya dicho "no" o "deténgase".
- Humillar o burlarse de alguien, utilizando insultos o comentarios despectivos.
- Contactar repetidamente a alguien en línea después de que le hayan pedido que deje de hacerlo; enviar demasiados mensajes o realizar demasiadas videollamadas.
- Hacer bromas que refuercen estereotipos; hacer comentarios sobre la identidad o apariencia de alguien; imitar, ridiculizar o desestimar costumbres culturales o elementos de identidad.
- Mostrar o exhibir imágenes u objetos inapropiados o sexuales, especialmente cuando otras personas puedan verlos.
¿Cómo puedo presentar una denuncia por acoso?
Si sufre algún tipo de acoso, debe denunciarlo a la Defensoría del Pueblo lo antes posible. Es preferible presentar la denuncia por escrito para que todos los detalles queden claramente registrados.
Visite esta página para conocer las formas de ponerse en contacto con la Defensoría del Pueblo.
¿Cómo se gestiona mi denuncia?
La Defensoría del Pueblo seguirá la Política Antiacoso de la Comunidad para determinar si ha producido un caso de acoso y, de ser así, cuáles deben ser las consecuencias.
¿Por qué podría rechazarse una denuncia?
La Defensoría del Pueblo puede negarse a aceptar un caso si:
- Ha transcurrido demasiado tiempo desde que se produjo el incidente
- El incidente no afecta directamente a la parte reclamante
- La parte reclamante está utilizando un proceso alternativo que resolvería adecuadamente la denuncia
- La denuncia es repetitiva, no es grave, tiene carácter abusivo o no se ha presentado de buena fe
- La denuncia carece de credibilidad
- No es necesaria o posible la intervención de la Defensoría del Pueblo para resolver el asunto
