Procedimiento de enmienda al Acuerdo entre Registro y Registrador (RRA)
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Actualizado el 2 de julio de 2018
Para ver las Enmiendas al Acuerdo entre Registro y Registrador que incluyen la aprobada Especificación Temporaria para los Datos de Registración de los gTLD, consulte esta página.
Página principal de Enmienda del RRA
Propuestas publicadas y notas de presentación (agosto de 2021 – presente)
Propuesta publicada retirada y notas de presentación (julio de 2009 – julio de 2021) – retirada tras actualizar el nombre de esta lista de correo electrónico para alinearla con el procedimiento.
Procedimiento de la ICANN para la consideración de las enmiendas propuestas a los Acuerdos entre Registro y Registrador de gTLD
La ICANN ha desarrollado el siguiente proceso para la consideración de las enmiendas propuestas a los Acuerdos entre Registro y Registrador (RRA) de gTLD, cuya aprobación por parte de la ICANN es exigida al registro. Este proceso está diseñado para garantizar aportes del registrador (y aportes públicos según corresponda) antes de que la ICANN apruebe cambios para un RRA.
Procedimiento para la consideración de las enmiendas propuestas al RRA:
- El registro que solicite la enmienda para su RRA debe suministrar a la ICANN una copia de su RRA propuesto, indicando todos los cambios en forma resaltada y adjuntando una nota de presentación. La nota de presentación suministrada por el registro debe describir el propósito de los cambios propuestos. Aunque no es obligatorio, se recomienda una llamada de consulta con la ICANN antes de presentar los cambios propuestos al RRA.
- La ICANN enviará la versión propuesta del RRA con cambios resaltados y la nota de presentación al Grupo de Partes Interesadas de Registradores para su revisión, mientras que la ICANN realiza un análisis interno de los cambios propuestos. La duración del período de revisión por parte de los registradores puede variar, dependiendo de la complejidad de los cambios propuestos u otras circunstancias, pero normalmente no debería ser mayor a veintiún (21) días. Normalmente, la ICANN publicará la propuesta y la nota de presentación en su sitio web.
- Al finalizar el período de revisión por parte de los registradores, y en caso de existir alguna inquietud que hubiese sido expresada, la ICANN consultará al registro y al Grupo de Partes Interesadas de Registradores para intentar resolver cualquier tipo de inquietud.
- Si las consultas dan lugar a cambios en la propuesta, la ICANN presentará el documento revisado al Grupo de Partes Interesadas de Registros y abrirá un período de revisión adicional, el cual normalmente no excederá los quince (15) días. Al concluir dicho segundo período de revisión, la ICANN intentará resolver los problemas pendientes a través de consultas con los registradores y con el registro.
- Tras el proceso anterior de análisis y consulta, la ICANN aprobará o rechazará los cambios propuestos. Algunos cambios pueden requerir la aprobación de la Junta Directiva de la ICANN; por ejemplo, en los casos en los cuales puede haber un efecto sustancial sobre terceros o sobre la seguridad y la estabilidad del DNS.