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Proceso de avance acelerado de la RSEP y texto de autorización estándar

Tenga presente que la versión oficial de todos los contenidos y documentos traducidos es la versión en idioma inglés; las traducciones a otros idiomas son solo a título informativo.

Proceso de avance acelerado de la RSEP

Algunos servicios de registro que comúnmente solicitan los operadores de registro a través del proceso de la RSEP han dado como resultado un texto de autorización estandarizado (generalmente una enmienda al Acuerdo de Registro [RA]). Para varios de estos servicios, la organización de la ICANN estableció formularios de solicitud RSEP simplificados para lograr un Proceso de avance acelerado de la RSEP. Esta página web identifica los servicios disponibles a través del Proceso de avance acelerado de la RSEP.

Esta página web se actualizará periódicamente con servicios adicionales que se ajustan a esta descripción. Tenga en cuenta que el Servicio de IDN utiliza un lenguaje de autorización estandarizado, visite la página de solicitudes del Servicio de IDN para obtener más información.

Proceso de avance acelerado de la RSEP

El proceso de avance acelerado de la RSEP es una versión simplificada del proceso de la RSEP que requiere que el operador de registro utilice el texto de autorización especificado (generalmente como una enmienda al RA) sin modificaciones. Las solicitudes de avance acelerado de la RSEP tienen por objeto reducir la duración del proceso, desde la presentación hasta la autorización, en comparación con una solicitud RSEP estándar.

Si un operador de registro desea modificar el texto de autorización de una solicitud de avance acelerado de la RSEP, debe presentarla como una solicitud RSEP estándar. Un operador de registro puede retirar su solicitud RSEP en cualquier momento enviando un comentario en el caso del Portal de Servicios de Nombres.

Hay cuatro (4) fases en el proceso de avance acelerado de la RSEP:

  1. Presentación de la solicitud de avance acelerado de la RSEP: en la lista bajo el título "Avance acelerado de la RSEP–[Nombre del servicio]" en el Portal de Servicios de Nombres. Siga los pasos para (a) confirmar el servicio propuesto, (b) confirmar el texto de autorización estandarizado, (c) responder a las preguntas estándar de competencia, y (d) proporcionar la información del signatario (póngase en contacto con la autoridad para ejecutar una enmienda al RA).
  2. Verificación de exhaustividad de la organización de la ICANN (duración prevista: 5 días calendario): una solicitud se considera completa si el operador de registro ha respondido completamente a todos los campos obligatorios del formulario. Durante esta fase, la solicitud RSEP no se publica.
  3. Revisión de la ICANN (duración prevista: 12 días calendario): tan pronto como la solicitud procede a la Revisión de la ICANN, se publica en la página web del Proceso de la RSEP. La organización de la ICANN revisa el servicio propuesto para determinar si plantea problemas significativos de seguridad, estabilidad o competencia. Al final de la Revisión de la ICANN, la organización de la ICANN notificará la determinación preliminar sobre el servicio propuesto al operador de registro.
    1. Si el servicio propuesto también requiere cambiar el proveedor de una Función crítica (como se identifica en la Especificación 10, Sección 6 del RA), la organización de la ICANN recordará al operador de registro que debe presentar una Solicitud de cambio del Acuerdo de subcontratación parcial de funciones críticas (MSA) una vez que se apruebe la solicitud RSEP (ejemplo: Validación de registración por ley aplicable con representación (proxy).
  4. Determinación y procesamiento final (duración prevista para iniciar esta fase: 5 días calendario): si se aprueba después de la Revisión de la ICANN, la organización de la ICANN iniciará el proceso de autorización (para ejecutar una enmienda al RA o emitir una carta de habilitación para implementar) en un plazo de 5 días calendario. La Determinación y Autorización se publican en la página web del Proceso de la RSEP.

El proceso de avance acelerado de la RSEP está disponible para los siguientes servicios:

Nombre del servicio Descripción Texto preaprobado de Enmienda del RA

Transferencia masiva después de adquisición de portfolio parcial (BTAPPA)

Permite a los operadores de registro ofrecer a los registradores la posibilidad de realizar una transferencia masiva, según las especificaciones de la enmienda al RA, en el caso de que (a) un registrador compre una parte, pero no la totalidad, de la cartera de nombres de dominio de otro registrador en el TLD, o (b) un registrador recientemente acreditado solicite una transferencia de todos los nombres de dominio del registrador cedente para el cual el registrador receptor ha actuado como revendedor.

Transferencia masiva después de adquisición de portfolio parcial (BTAPPA)

Validación de registración por ley aplicable con o sin representación (proxy)

Permite a los operadores de registro realizar la validación de registración para cumplir con la ley aplicable en una jurisdicción determinada. Los operadores de registro pueden ofrecer este servicio con o sin representación (proxy) complementaria de registración, tal como se identifica en las opciones preaprobadas de texto de la enmienda al RA.

Bloqueo de registro

Ayuda a proteger contra transferencias inadvertidas, modificaciones o eliminaciones de datos de registración de nombres de dominio al permitir que un representante autorizado del registrador patrocinador solicite la activación o desactivación de determinados estados del Protocolo de Aprovisionamiento Extensible (EPP).

Bloqueo de registro

Archivo

Esta página web se actualizó en junio de 2019 como parte de las mejoras operativas para el proceso de la RSEP (consulte la publicación del blog de la organización de la ICANN). La versión archivada de esta página web está disponible aquí.

Domain Name System
Internationalized Domain Name ,IDN,"IDNs are domain names that include characters used in the local representation of languages that are not written with the twenty-six letters of the basic Latin alphabet ""a-z"". An IDN can contain Latin letters with diacritical marks, as required by many European languages, or may consist of characters from non-Latin scripts such as Arabic or Chinese. Many languages also use other types of digits than the European ""0-9"". The basic Latin alphabet together with the European-Arabic digits are, for the purpose of domain names, termed ""ASCII characters"" (ASCII = American Standard Code for Information Interchange). These are also included in the broader range of ""Unicode characters"" that provides the basis for IDNs. The ""hostname rule"" requires that all domain names of the type under consideration here are stored in the DNS using only the ASCII characters listed above, with the one further addition of the hyphen ""-"". The Unicode form of an IDN therefore requires special encoding before it is entered into the DNS. The following terminology is used when distinguishing between these forms: A domain name consists of a series of ""labels"" (separated by ""dots""). The ASCII form of an IDN label is termed an ""A-label"". All operations defined in the DNS protocol use A-labels exclusively. The Unicode form, which a user expects to be displayed, is termed a ""U-label"". The difference may be illustrated with the Hindi word for ""test"" — परीका — appearing here as a U-label would (in the Devanagari script). A special form of ""ASCII compatible encoding"" (abbreviated ACE) is applied to this to produce the corresponding A-label: xn--11b5bs1di. A domain name that only includes ASCII letters, digits, and hyphens is termed an ""LDH label"". Although the definitions of A-labels and LDH-labels overlap, a name consisting exclusively of LDH labels, such as""icann.org"" is not an IDN."