Blogs de la ICANN

Los blogs de la ICANN brindan información actualizada sobre actividades de desarrollo de políticas, eventos regionales y demás novedades.

Plazos de la delegación del Programa de Nuevos gTLD

21 de abril de 2016
Por Christine Willett

Además de estar disponible en los seis idiomas de las Naciones Unidas, este contenido también está disponible en

null

Se ha realizado un increíble progreso en la implementación de la ronda del Programa de Nuevos gTLD de 2012. Hasta la fecha, hay acuerdos de registro implementados para más de 1230 Dominios Genéricos de Alto Nivel (gTLD) nuevos y más de 950 de estos nuevos gTLD han sido delegados en la zona raíz. El equipo de la ICANN está aquí para ayudar a que los operadores de registro transiten los pocos pasos finales hacia el objetivo compartido de la delegación. Nuestras tareas incluyen informar a los operadores de registro sobre plazos clave y sus impactos asociados.

El Acuerdo de Registro de Nuevos gTLD define un período de 12 meses después de la ejecución del contrato durante el cual el operador de registro debe delegar su TLD. La ICANN espera que los operadores de registro cumplan con este compromiso, y la mayoría lo hacen. Sin embargo, recientemente hemos visto un ligero aumento en los operadores de registro que no han cumplido con su fecha límite o no están en vías de hacerlo.

Hay aproximadamente 200 TLD con fechas de delegación próximas a vencer entre ahora y fines de agosto de 2016. La ICANN está trabajando directamente con estos operadores de registro para brindarles apoyo en este proceso. Hay información adicional disponible para los operadores de registro en la página Prueba Previa a la Delegación en el micrositio del Programa de Nuevos gTLD.

Si un operador de registro no cumple con su fecha límite para la delegación, la ICANN tiene la opción de rescindir el acuerdo de registro, de conformidad con la Sección 4.3(b) del acuerdo:

§4.3 Rescisión por parte de la ICANN

(b) La ICANN puede, previa notificación al Operador de Registro, rescindir este Acuerdo si el Operador de Registro no lleva a cabo todos los procedimientos y pruebas (identificados por la ICANN por escrito al Operador de Registro antes de la fecha del presente) para la delegación del TLD en la zona raíz dentro de los doce (12) meses de la Fecha de Vigencia. El Operador de Registro puede solicitar una extensión de hasta doce (12) meses adicionales para la delegación si puede demostrar, a satisfacción razonable de la ICANN, que está trabajando diligentemente y en buena fe para finalizar correctamente los pasos necesarios para la delegación del TLD. Cualquier tarifa abonada por el Operador de Registro a la ICANN antes de dicha fecha de terminación serán retenida por la ICANN en su totalidad.

Si bien la ICANN espera que los operadores de registro cumplan con el plazo de 12 meses, la Sección 4.3(b) brinda la oportunidad al operador de registro de solicitar una extensión. Si el operador de registro está trabajando diligentemente y en buena fe para alcanzar la delegación dentro del plazo acordado, la ICANN trabajará con el operador de registro para brindar una extensión razonable y evitar la rescisión.

Las partes contratadas frecuentemente solicitan ejemplos de lo que la ICANN define como "trabajando diligentemente y en buena fe". Por lo general, actividades tales programar y llevar a cabo citas de Pruebas Previas a la Delegación (PDT), y completar el proceso de incorporación se incluyen en esta categoría. Si la ICANN concede una extensión a la fecha límite de la delegación, se establecerán fechas límite provisorias para los hitos restantes a la delegación. El cumplimiento de estos hitos dentro del cronograma definido muestra diligencia y buena fe continuas.

Entonces, ¿qué sucede si las circunstancias generan la rescisión ya sea por parte del operador de registro o de la ICANN? Una vez que se emita una notificación de rescisión y que la ICANN consulta con el operador de registro, publicamos información respecto de la rescisión en el sitio web de la ICANN (veáse Información sobre la rescisión del Acuerdo de Registro) para garantizar que la información de rescisión sea transparente y esté disponible al público. Esta información incluye la notificación de rescisión y la determinación preliminar de la ICANN sobre si se debería hacer la transición del TLD a un operador de registro sucesor. Las partes interesadas pueden revisar y presentar comentarios respecto de las determinaciones preliminares de la ICANN, las cuales están a disposición del público.

Espero que este mensaje haya proporcionado un poco de claridad sobre este tema. Si tiene preguntas o comentarios, envíe un correo electrónico al equipo a globalsupport@icann.org.

Authors

Christine Willett