El 21 de agosto de 2025 entró en vigencia la Política sobre Datos de Registración (la "Política"), que modificó los requisitos relativos al procesamiento de los datos de registración de los dominios genéricos de alto nivel (gTLD). La forma y las condiciones en que los registradores acreditados por la ICANN y los operadores de registro de gTLD (partes contratadas) deben responder a las solicitudes de divulgación de datos de registración que anteriormente eran públicos sigue siendo un tema de gran interés para la comunidad. Este blog ofrece una visión general de la exigencia del cumplimiento efectivo por parte del departamento de Cumplimiento Contractual de la ICANN de las obligaciones relacionadas con las solicitudes de divulgación.
Observaciones y exigencia de cumplimiento
Los reclamos externos son el principal motor de las medidas de exigencia del cumplimiento de Cumplimiento Contractual de la ICANN en relación con los requisitos de las solicitudes de divulgación. Los problemas más habituales informados son la falta de respuesta; la falta de información necesaria en una respuesta denegatoria; la falta de publicación de un mecanismo y un procedimiento conformes; o el desacuerdo con una decisión sobre divulgación. Un reclamo basado únicamente en la insatisfacción con el resultado de una solicitud se archivará, ya que la ICANN no puede revisar la decisión de divulgación tomada por una parte contratada.
Cumplimiento iniciará una investigación cuando detecte que una parte contratada podría no haber cumplido con las obligaciones que le incumben en virtud de la Política, ya sea a raíz de un reclamo respaldado por pruebas o mediante nuestra revisión proactiva de los requisitos de publicación relacionados con la divulgación en el sitio web de dicha parte contratada. Como parte de nuestras investigaciones, nos pondremos en contacto con la parte contratada, le solicitaremos pruebas del cumplimiento o de las medidas correctivas, y haremos un seguimiento de la resolución.
Entre los problemas de cumplimiento más habituales que observamos se encuentran:
- Falta de publicación de un mecanismo y un proceso conformes para la presentación de solicitudes de divulgación (por ejemplo, estos materiales no se publicaron, no están vinculados desde la página de inicio del sitio web de la parte contratada o falta el contenido mínimo requerido).
- Limitar la presentación de solicitudes de divulgación a determinados tipos de solicitantes; por ejemplo, aceptando y respondiendo únicamente a las solicitudes procedentes de los organismos a cargo del cumplimiento de la ley.
- La omisión de los datos necesarios en una denegación, incluida una explicación clara de cómo se llegó a la decisión, que permita al solicitante comprender de forma objetiva los motivos de dicha decisión, y, en caso de que se haya llevado a cabo una ponderación de intereses legítimos, un análisis y una explicación de cómo se aplicó dicha ponderación.
Durante los primeros ocho meses de exigencia de cumplimiento, Cumplimiento de la ICANN inició 29 investigaciones a partes contratadas en relación con el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las solicitudes de divulgación. Esto dio lugar a que 15 partes contratadas subsanaran sus obligaciones de publicación en materia de divulgación, lo que garantiza que los terceros tengan acceso a la información necesaria para presentar solicitudes de divulgación debidamente formuladas. Tres partes contratadas han actualizado sus procesos de revisión y respuesta, lo que garantiza que se responda a todas las solicitudes de divulgación debidamente formuladas y que cualquier denegación vaya acompañada del fundamento necesario.
En general, el número de reclamos relacionados con las obligaciones derivadas de las solicitudes de divulgación sigue siendo relativamente bajo, y el 65 % de dichos reclamos se archivaron por no ser de su competencia, sin que se iniciara ninguna investigación de cumplimiento. Si bien no se hacen públicos los detalles de los reclamos individuales recibidos ni de las investigaciones sobre las partes contratadas, los datos agregados pueden consultarse en nuestros informes mensuales.
Las obligaciones relativas a las solicitudes de divulgación también se incluyeron en la última auditoría de registradores, iniciada el 16 de julio de 2025, incluidas las relacionadas con la publicación y los procesos de los registradores para revisar y responder a dichas solicitudes. En caso de detectarse cualquier incumplimiento, se solicita a los registradores que implementen las medidas correctivas necesarias. Una vez concluida la auditoría, se publicará un informe final.


