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Actualización de Implementación de Políticas

2 de julio de 2014

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La ICANN anuncia la implementación de dos nuevas iniciativas de políticas de consenso: la Política de Información Adicional de WHOIS (AWIP) y las modificaciones de la Política de Transferencia entre Registradores (IRTP) en relación al desbloqueo de un nombre de dominio.

Estas políticas son aplicables a todos los registradores acreditados por la ICANN y a los operadores de registro que hayan celebrado un contrato con la ICANN. Estos nuevos requisitos entrarán en vigencia y serán exigibles por la ICANN a partir del 31 de enero de 2015.

Las actualizaciones incluyen:

AWIP

La AWIP fue desarrollada con el objetivo de facilitar una mejor comprensión de los estados de los nombres de dominio existentes (también conocidos como códigos de estado EPP) para los usuarios de los servicios de WHOIS, y generar una mayor uniformidad entre los múltiples resultados de WHOIS suministrados por los registradores acreditados por la ICANN y los operadores de registro de gTLD. La AWIP requiere que todos los registradores acreditados por la ICANN y los operadores de registro de gTLD que muestren códigos de estado de WHOIS incluyan en sus resultados de WHOIS un enlace a la página web de la ICANN en la que se enumeran los estados de nombres de dominio existentes junto con sus correspondientes significados. (Téngase presente que el texto de la AWIP, y no el resumen presentado en este anuncio, es vinculante para todos los registradores acreditados por la ICANN y los registros de gTLD).

Asimismo, los registros deben indicar la ID Única Global del Registrador (GURID, también conocida como ID de la IANA) del registrador que patrocina cada registración en sus resultados de WHOIS.

La AWIP fue desarrollada a partir de las recomendaciones de la Organización de Apoyo para Nombres Genéricos (GNSO), adoptadas por la Junta Directiva de la ICANN el 6 de mayo de y el 20 de diciembre 2012. (https://www.myicann.org/2012-12-20-gnso-council-recommendations-irtp-part-c?language=fr). En las recomendaciones se sugería unificar y aclarar los mensajes de estado de WHOIS (https://features.icann.org/2012-05-06-irtp-part-b-recommendation-8) y exigir que los registros hagan referencia a los registradores mediante sus ID de la IANA (https://community.icann.org/display/gnsoirtppdpwg/3.+WG+Charter).

Para redactar esta política, fueron consultados los grupos de trabajo IRTP Parte B y Parte C de la GNSO, y la política fue publicada para la recepción de comentarios públicos el 22 de noviembre de 2011 (https://www.icann.org/resources/pages/irtp-b-staff-proposals-2011-11-22-en) y el 22 de octubre de 2012 (https://www.icann.org/resources/pages/irtp-c-recommendations-2012-10-22-en); el Consejo de la GNSO adoptó esta política el 21 de febrero de 2012 (http://gnso.icann.org/resolutions/#201202) y el 17 de octubre de 2012 (http://gnso.icann.org/en/resolutions#20121017-4).

Todos los registradores acreditados por la ICANN y los registros de gTLD tienen plazo para cumplir con la AWIP hasta el 31 de enero de 2015. Mediante el siguiente enlace se puede acceder a la AWIP: https://www.icann.org/resources/pages/consensus-policies-2012-02-25-es. El documento sobre los códigos de estado de EPP se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.icann.org/resources/pages/epp-status-codes-2014-06-16-en. Los códigos de estado individuales se encuentran disponibles en el siguiente enlace: https://www.icann.org/resources/pages/epp-status-codes-list-2014-06-18-en.

Aclaraciones de la IRTP

La ICANN está realizando modificaciones a la Política de Transferencia entre Registradores (IRTP) con el fin de implementar las recomendaciones de la GNSO acerca del bloqueo y desbloqueo de nombres de dominio como resultado del Proceso de Desarrollo de Políticas de la IRTP Parte B (PDP). Estos cambios son el resultado de la colaboración y el debate significativos de la GNSO y demás miembros de la comunidad de la ICANN, y fueron aprobados por la Junta Directiva de la ICANN el 16 de marzo de 2012.

Los cambios son los siguientes:

  1. Los registradores están obligados a informar a sus registratarios en el acuerdo de registración acerca de las circunstancias en las cuales un nombre de dominio será bloqueado, como también del procedimiento para desbloquear un nombre de dominio.
  2. Los registradores están obligados a desbloquear un nombre de dominio dentro de los 5 (cinco) días de recibida la solicitud de desbloqueo de un nombre de dominio por parte de un registratario en caso de que el registrador no suministre las herramientas para que el registratario proceda a desbloquear el nombre de dominio.

Para acceder a la versión de la política con los cambios resaltados, haga clic aquí [PDF, 76 KB].

En el siguiente enlace se puede acceder a una versión actualizada de la IRTP: https://www.icann.org/resources/pages/transfers-2012-02-25-es