Unificación de Registradores
Si un registrador acreditado por la ICANN (Corporación para la Asignación de Nombres y Números en Internet) participa en una fusión, el registrador debe proporcionar a la ICANN una notificación de la misma.
Una operación de fusión del registrador podría tomar dos formas:
- Una fusión de dos registradores acreditados por la ICANN. En este caso, los registradores podrían fusionarse en una de las entidades de registrador que esté acreditada por la ICANN y rescindir de la acreditación de la entidad que deje de existir.
- Una fusión de un registrador acreditado por la ICANN con una entidad no acreditada. En este caso, la entidad sucesora se mantendría o se convertiría (según corresponda) en acreditada por la ICANN.
Para cualquier tipo de fusión, el registrador(es) deberá presentar la siguiente documentación a la ICANN a través de correo, mensajería o fax, o bien mediante un correo electrónico a registrarupdates@icann.org:
- Una copia del acuerdo de fusión corporativa (el cual puede redactarse para excluir los términos que sean confidenciales);
- Prueba del acta de constitución y situación idónea emitida por la autoridad de registro empresarial aplicable;
- El formulario de actualización del contacto primario (si se necesitan cambios); y
- Según corresponda:
- Para los registradores regidos por el RAA de 2009, una lista de los funcionarios y directores del registrador;
- Para los registradores regidos por el RAA de 2013, un Formulario de Especificación de la Información del Registrador actualizado.
