Skip to main content
Resources

Directrices de Gobernanza

(Adoptadas el día 18 de octubre de 2012)

Esta página está disponible en:

Adoptadas el día 6 de mayo de 2012

Directrices de gobernanza de la Junta Directiva1

Introducción

A lo largo de la existencia de la Corporación para la Asignación de Nombres y Números en Internet ("ICANN"), la Junta Directiva —conformada por Directores con derecho a voto y coordinadores de enlace sin derecho a voto (en adelante la "Junta" o "Miembros de la Junta")— ha elaborado políticas y prácticas de gobernanza para asistir al cumplimiento de sus responsabilidades para con la ICANN y sus grupos de partes interesadas. Estas Directrices de la Junta Directiva ("Directrices") proporcionan una estructura dentro de la cual dicha Junta y la gerencia pueden desempeñarse eficazmente conforme la misión de la ICANN. La intención de la Junta Directiva respecto a estas Directrices es que sirvan como un marco flexible dentro del cual pueda llevar a cabo sus operaciones, y no como un conjunto de obligaciones legales vinculantes. Estas Directrices deben ser interpretadas en el contexto de todas las leyes aplicables, así como de las Actas Constitutivas, los Estatutos, la Afirmación de Compromisos, políticas y procesos de la ICANN. Las Directrices quedan sujetas a futuros refinamientos o cambios que la Junta Directiva pueda considerar necesarios o convenientes.

Rol de la Junta Directiva

La misión de la ICANN es coordinar, a nivel global, los sistemas mundiales de identificadores únicos de Internet y, en particular, garantizar el funcionamiento estable y seguro de los identificadores únicos de Internet. La responsabilidad fundamental de los Directores (tal como se define más adelante) es de ejercer su criterio empresarial para actuar en lo que razonablemente consideran que es el mejor interés de la ICANN y en el interés público mundial, teniendo en cuenta los intereses de la comunidad de Internet en su conjunto más que los de cualquier persona o grupo de interés. Las acciones de la Junta Directiva reflejan la acción colectiva de la Junta después de realizar la debida reflexión.

La supervisión del desempeño de la gerencia para garantizar que la ICANN opere de una manera eficaz, eficiente y ética es el deber de la Junta Directiva. La Junta también será responsable por la supervisión de los planes estratégicos de corto, mediano y largo plazo elaborados por la ICANN, garantizando que los mismos conllevarán a resultados sostenibles, y teniendo en cuenta las interdependencias críticas de los capitales financieros, humanos, naturales, manufacturados, sociales e intelectuales.

Las decisiones y las actuaciones de la Junta Directiva deberán guiarse por los siguientes valores esenciales:

  • Preservar y mejorar la estabilidad operativa, la confiabilidad, la seguridad y la interoperabilidad global de Internet.
  • Respetar la creatividad, la innovación y el flujo de información posibilitados a través de Internet al limitar las actividades de la ICANN a los asuntos comprendidos dentro de su misión que exijan —o se beneficien considerablemente a partir de— la coordinación global.
  • En la medida de lo posible y siempre que corresponda, delegar las funciones de coordinación o reconocer la función política de otras entidades responsables que reflejen los intereses de las partes afectadas.
  • Buscar y respaldar una participación amplia e informada que refleje la diversidad funcional, geográfica y cultural de Internet en todos los niveles del desarrollo de políticas y de la toma de decisiones.
  • Siempre que resulte factible y adecuado, dependiendo de los mecanismos del mercado, promover y conservar un entorno competitivo.
  • Incorporar y promover competencia en el registro de nombres de dominio, siempre que resulte práctico y beneficioso para el interés público.
  • Emplear mecanismos para elaborar políticas que sean abiertos y transparentes que (i) fomenten decisiones bien informadas con la debida pericia, y (ii) garanticen que las entidades más afectadas puedan contribuir en el proceso de desarrollo de políticas.
  • Tomar decisiones mediante la aplicación de políticas documentadas de forma neutral y objetiva, con integridad e imparcialidad.
  • Actuar con diligencia para responder las necesidades de Internet al mismo tiempo que, como parte del proceso de la toma de decisión, se deben obtener opiniones informadas de las entidades más afectadas.
  • Continuar siendo responsable ante la comunidad de Internet a través de mecanismos que mejoran la eficacia de la ICANN.
  • Conservando sus raíces en el sector privado, reconocer que los gobiernos y las autoridades públicas son responsables de las políticas públicas, y tener en cuenta las recomendaciones de tales autoridades.

Estos valores esenciales se expresan deliberadamente en términos muy generales, a fin de brindar una guía útil y relevante en la más amplia gama posible de circunstancias. Dado que no son estrechamente prescriptivos, la forma específica en que se aplicarán, individual o colectivamente, a cada nueva situación dependerá necesariamente de muchos factores que no pueden anticiparse ni enumerarse de forma completa; y dado que son declaraciones de principios y no prácticas, surgirán inevitablemente situaciones en las que no será posible alcanzar una fidelidad exacta con los once valores esenciales en forma simultánea. La Junta Directiva deberá poner en práctica su propio juicio a fin de determinar los valores esenciales más relevantes y cómo aplicarlos a las circunstancias específicas del caso en cuestión, y determinar, de ser necesario, un equilibrio adecuado y justificable entre los valores encontrados. (Véase la Sección 2 del Artículo I de los Estatutos).

Algunas de las principales responsabilidades de la Junta Directiva son velar por que la ética de la ICANN sea gestionada con eficacia, que la ICANN en su conjunto (así como los miembros de la Junta y los miembros del personal en forma individual) ejerza sus funciones de acuerdo con los más altos estándares éticos, que la ICANN cumpla con las leyes aplicables, y que la ICANN considere la adhesión a las mejores prácticas en todas las áreas de operación. Al supervisar el desarrollo de la estrategia de la ICANN, la Junta Directiva tiene la responsabilidad de garantizar que los planes de trabajo estratégico y de negocios no planteen riesgos que no hayan sido evaluados por la gerencia ejecutiva de la ICANN. A tal fin, la Junta Directiva tiene un rol en la supervisión de la gerencia ejecutiva, en la evaluación y gobernanza de los emprendimientos de gestión de riesgos y de una sólida planificación de la tecnología de la información, a fin de satisfacer las necesidades de la ICANN a largo plazo.

Los Directores son personas que tienen el deber de actuar en lo que consideran razonablemente que son los mejores intereses de la ICANN y no como representantes de la entidad que los seleccionó, sus empleadores, o cualquier otra organización o unidad constitutiva. (Véase Sección 7 del Artículo VI de los Estatutos).

Composición y Selección de la Junta; Directores Independientes

  1. Tamaño de la Junta Directiva. La Junta Directiva cuenta con 16 miembros con derecho a voto ("Directores") y cinco coordinadores de enlace sin derecho a voto ("Coordinadores de Enlace") (referidos, colectivamente, los Directores y Coordinadores de Enlace como "Miembros de la Junta"). La Junta Directiva evalúa periódicamente la preferencia de una Junta más grande o más pequeña.
  2. Selección de los Miembros de la Junta Directiva. Los Miembros de la Junta se seleccionan de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Sección 2 del Artículo VI de los Estatutos de la ICANN.
  3. Criterios de Membresía de la Junta Directiva. El Comité de Nominaciones, las Organizaciones de Apoyo y la Comunidad At-Large (dado que estos términos son los utilizados en los Estatutos de la ICANN) buscan asegurar que la Junta Directiva esté integrada por miembros que, en su conjunto, demuestren diversidad geográfica, cultural, de habilidades, experiencia y perspectiva. De conformidad con la Sección 3 del Artículo VI de los Estatutos de la ICANN, la Junta Directiva debe estar compuesta por personas que cumplan los siguientes requisitos:

    • Personas dotadas de integridad, objetividad e inteligencia, con reputación por su criterio razonable y apertura mental, y capacidad demostrada en cuanto a la toma de decisiones en grupo;
    • Personas con conocimiento de la misión de la ICANN y del impacto potencial de las decisiones de la ICANN sobre la Comunidad global de Internet, y comprometidas con el éxito de la ICANN;
    • Personas que darán lugar a una diversidad cultural y geográfica más amplia en la Junta Directiva.
    • Personas que, en conjunto, estén familiarizadas con la operación de los registros y los registradores de gTLD; con los registros de ccTLD; con los registros de dirección IP; con los estándares técnicos y protocolos de Internet; con los procedimientos para el desarrollo de políticas, tradiciones jurídicas, y el interés público; y con la amplia variedad de usuarios comerciales, individuales, académicos, y no comerciales de Internet.
    • Personas que puedan trabajar y comunicarse en inglés escrito y oral.

    Ningún funcionario de un gobierno nacional o una entidad multinacional establecida por un tratado u otro acuerdo entre gobiernos nacionales puede desempeñarse como un Director, y ninguna persona que se desempeñe en cualquier puesto (incluso como coordinador de enlace) dentro de cualquier consejo de las Organizaciones de Apoyo podrá desempeñarse, al mismo tiempo, como Director ni Coordinador de Enlace. En forma adicional, las personas que se desempeñan en cualquier puesto dentro del Comité de Nominaciones no serán elegibles para ser seleccionados con el fin de ocupar una posición en la Junta Directiva. (Véase la Sección 4 del Artículo VI de los Estatutos).

  4. Composición Junta Directiva: Combinación de gestión y directores independientes. Únicamente el Presidente puede desempeñarse a la vez como un empleado o participante en la gestión de la ICANN, y como un miembro de la Junta Directiva. Ningún otro Miembro de la Junta puede ser un empleado de la ICANN o desempeñarse en una posición de gestión. (Véase la Sección 2 del Artículo VI de los Estatutos).
  5. Remoción. Tras haber sido notificado, cualquier Director puede ser destituido mediante la votación mayoritaria de las tres cuartas partes (3/4) de todos los Directores; no obstante disponiéndose, que el Director sujeto a acción de destitución no estará facultado para votar sobre tal acción o para ser contado como Director con derecho a voto al calcular la votación requerida conformada por las tres cuartas partes (3/4); y disponiendo, en forma adicional, que cada voto para destituir a un Director debe ser un voto separado sobre la única moción de remoción de ese Director en particular. Si el Director fue seleccionado por una Organización de Apoyo, se le debe dar aviso a la Organización de Apoyo al mismo tiempo que se le brinda a dicho Director. Si el Director fue seleccionado por la Comunidad At-Large, se le debe dar aviso al Comité Asesor At-Large al mismo tiempo que se le brinda a dicho Director.

    A excepción del Coordinador de Enlace designado por el Comité Asesor Gubernamental, un Coordinador de Enlace puede ser destituido, tras ser notificado él y la organización mediante la cual se lo ha seleccionado, a través de una mayoría obtenida con el voto de las tres cuartas partes (3/4) de todos los Directores en el caso de que la organización que lo seleccionó falle en destituir con prontitud a ese Coordinador de Enlace, tras ser notificada. La Junta Directiva puede solicitar al Comité Asesor Gubernamental que considere la posibilidad de reemplazar al Coordinador de Enlace designado por ese Comité si los Directores, mediante una votación mayoritaria de las tres cuartas partes (3/4) de todos los Directores, determinan que tal acción es adecuada. (Véase la Sección 11 del Artículo VI de los Estatutos).

  6. Límites de mandato. La Junta Directiva ha determinado que lograr un equilibrio entre la continuidad y la evolución de la Junta está en el mejor interés de la ICANN. Los Miembros de la Junta que se desempeñan en la Junta Directiva por un período prolongado de tiempo son capaces de brindar información valiosa sobre las operaciones y el futuro de la ICANN en función de su experiencia con —y de su entendimiento de— la misión, la historia, las políticas y los objetivos de la ICANN. Sin embargo, los límites del mandato garantizan que la Junta Directiva continúe evolucionando con la infusión de ideas frescas y nuevas perspectivas. En la actualidad, no se permite a los Miembros de la Junta desempeñarse en la Junta Directiva por más de tres términos de mandato trienales consecutivos, a excepción del Presidente. No se considerará que una persona seleccionada para cubrir una vacante durante un término de mandato, se ha desempeñado durante ese mandato. El término de mandato de Director para la persona que se desempeña como Presidente y Director Ejecutivo (CEO) durará, única y exclusivamente, mientras que tal persona ocupe el cargo de Presidente. (Véase la Sección 8 del Artículo VI de los Estatutos).
  7. Presidente; Presidente y Vicepresidente de la Junta. La Junta Directiva selecciona al Presidente y Director Ejecutivo de la ICANN, al Presidente y al Vicepresidente de la Junta, de la manera que se determine en el mejor interés de la ICANN. La Junta Directiva deberá elegir anualmente a un Presidente y un Vicepresidente entre los Directores. El Presidente y Director Ejecutivo, quien se desempeña como Director de oficio, no es elegible para ocupar el puesto de Presidente o Vicepresidente de la Junta Directiva. (Véase Sección 2 del Artículo VI de los Estatutos).
  8. Limitación posterior al término de servicio. La Junta Directiva ha resuelto que: "Cualquier y todos los miembros de la Junta Directiva que apruebe cualquier solicitud de nuevo gTLD, no adoptará una posición contractual ni de empleo con ninguna empresa patrocinadora o de cualquier modo involucrada con el nuevo gTLD, por un término de 12 meses posteriores a la decisión sobre la solicitud por parte de la Junta Directiva". (Resolución 2011.12.08.19).

    Tras el término de servicio de un Miembro de la Junta en la Junta Directiva, dicho Miembro de la Junta no revelará ni utilizará de ningún modo información confidencial de la ICANN o información confidencial de terceros obtenida a través de su desempeño como Miembro de la Junta en la Junta Directiva. En forma adicional, un ex Miembro de la Junta no deberá beneficiarse, directa o indirectamente, a partir de los conocimientos adquiridos o decisiones tomadas durante su término de servicio en la Junta Directiva, tras dejar de ser parte de la misma.

Reuniones de la Junta Directiva; Participación de la alta gerencia y los asesores independientes

  1. Reuniones de la Junta Directiva - Frecuencia. En general, la Junta Directiva realizará reuniones programadas en forma periódica a lo largo del año y celebrará reuniones especiales adicionales conforme sea necesario, con sujeción a un mínimo de cuatro reuniones de la Junta Directiva por año. Además, la Junta Directiva generalmente realiza reuniones informales ocasionales a fin de examinar y discutir cuestiones operacionales y de políticas de la ICANN. Se espera que cada Miembro de la Junta asista tanto a las reuniones ordinarias como a las extraordinarias, excepto en caso que circunstancias inusuales imposibiliten su asistencia.
  2. Reuniones de la Junta Directiva - Agenda. Con una anticipación de siete (7) días como mínimo a cada reunión de la Junta Directiva (en caso de no resultar factible, con la mayor anticipación posible), se deberá publicar un aviso de tal reunión en el sitio web de la ICANN y, en la medida en que la información esté disponible, una agenda de la reunión. La agenda u orden del día de las reuniones de la Junta Directiva serán establecidas por el Presidente de la Junta, previa consulta con la gerencia de la ICANN y teniendo en cuenta las sugerencias de otros miembros de la Junta Directiva.
  3. Distribución anticipada de materiales. Siempre que sea posible y apropiado, toda la información relevante al entendimiento de los asuntos propuestos para ser tratados en la siguiente reunión, debe ser distribuida a todos los miembros, en forma anticipada, escrita o por vía electrónica. Se espera que cada Miembro de la Junta examine esta información antes de la reunión, a fin de facilitar el uso eficiente del tiempo de reunión. Se espera que cada Miembro de la Junta esté preparado para las reuniones de la Junta Directiva, y que suministre su opinión apropiada y constructiva sobre los asuntos establecidos en la agenda. La Junta Directiva reconoce que ciertos puntos a deliberarse en las reuniones de la Junta son de naturaleza extremadamente sensible y que la distribución anticipada de materiales sobre estos temas puede no ser apropiada.
  4. Reuniones de la Junta Directiva - Asistencia. Los Miembros de la Junta deben asistir a todas las reuniones programadas de la Junta Directiva, inclusive a las reuniones convocadas de manera ad hoc para asuntos especiales, a menos que antes se hubiese enviado una disculpa por ausencia al Presidente o al Secretario de la Junta Directiva. Las reuniones requieren el quórum mínimo, conforme se encuentra especificado en los Estatutos de la ICANN. Con sujeción a los Estatutos de la ICANN, los Miembros de la Junta podrán participar en una reunión de la Junta Directiva o de cualquier comité de la Junta mediante el uso de: (i) equipo de teleconferencia o de comunicación similar, siempre que todos los Miembros de la Junta que participen en dicha reunión puedan hablar y escucharse unos a otros; o (ii) la comunicación electrónica de video u otro equipo de comunicación. Se alienta a la gerencia a invitar al personal de la ICANN a cualquier reunión de la Junta Directiva en la cual su presencia y experiencia pudiese ayudar a que dicha Junta obtenga un entendimiento completo de los asuntos bajo consideración; sin embargo, los asistentes invitados no cuentan para el quórum requerido. No se permite la votación por parte de los asistentes invitados.
  5. Implementación de las decisiones. Las decisiones de la Junta Directiva que deban implementarse por parte de la ICANN deberán ser comunicadas de una manera clara y comprensible y, cuando la Junta Directiva lo estime oportuno, deberán contar con plazos de implementación. La Junta Directiva hará un seguimiento y supervisará la implementación de tales decisiones de la Junta, por parte de la gerencia.
  6. Reuniones de la Junta Directiva - Minutas. Las minutas de cada reunión de la Junta Directiva serán preparadas por o bajo la dirección del Secretario, tan pronto como sea posible después de realizada la reunión, para ser aprobadas por parte de la Junta en su reunión siguiente.
  7. Acceso a los empleados. La Junta Directiva debería tener acceso a los funcionarios y gerentes de la ICANN a fin de garantizar que los Miembros de la Junta puedan hacer todas las preguntas y recabar toda la información necesaria para cumplir con sus deberes. El Presidente y Director Ejecutivo, conjuntamente con la Junta Directiva, han elaborado un protocolo para la realización de tales consultas.
  8. Acceso a los asesores independientes. La Junta Directiva y sus comités tienen el derecho, en cualquier momento, de contratar a auditores externos independientes así como a asesores financieros, legales o de otro tipo. Los Directores no pueden contratar a los asesores externos en forma individual, sin previa aprobación del comité o de la Junta Directiva, según corresponda. La ICANN proporcionará la financiación adecuada, conforme lo determinado por la Junta Directiva o por cualquier comité, a fin de compensar a esos auditores externos independientes o asesores, así como para cubrir los gastos administrativos incurridos por la Junta Directiva y por sus comités en el desempeño de sus funciones. Se espera que el personal de la ICANN asista a la Junta Directiva y a los comités en la contratación de los asesores externos.
  9. Independencia de la consultoría de remuneración. El Comité de Remuneración cuenta con la facultad de contratar y de rescindir los servicios de consultoría de remuneración orientados a asesorar a dicho Comité, conforme lo considere apropiado. El Comité de Remuneración tiene como política que cualquier consultor de remuneración contratado por dicho Comité debe ser independiente de la gestión de la ICANN. Se espera que el personal de la ICANN asista al Comité de Remuneración en la contratación de los asesores externos.
  10. Sesiones ejecutivas de directores que no ejercen cargos gerenciales. Los Miembros de la Junta que no ejercen cargos gerenciales se reunirán periódicamente en sesión ejecutiva; es decir, sin la presencia de la gerencia. Estas sesiones ejecutivas serán convocadas y presididas por el Presidente de la Junta Directiva y, en ausencia del Presidente, por el Vicepresidente de la Junta Directiva. Estas deliberaciones que tomen lugar en la sesión ejecutiva pueden incluir temas determinados por el Presidente de la Junta Directiva (o por el Vicepresidente, según corresponda).

Responsabilidad y revisión; reuniones públicas

  1. Informe Anual. La Junta Directiva deberá publicar, al menos una vez por año, un informe que detalle sus actividades y que incluya una declaración financiera auditada y una descripción de los pagos efectuados por la ICANN a los Directores (inclusive el reembolso de gastos). Este informe será preparado y enviado a cada Miembro de la Junta y a cualquier otra persona que la Junta Directiva designe, dentro de un plazo no mayor a ciento veinte (120) días a partir del cierre del ejercicio fiscal de la ICANN. (Véase la Sección 3 del Artículo XVI de los Estatutos). La Junta Directiva se encargará de supervisar y garantizar la integridad de este informe del estado financiero anual auditado. Al hacerlo, la Junta Directiva garantizará que cuenta con un Comité de Auditoría efectivo, compuesto por directores independientes.
  2. Defensor del pueblo Conforme el Artículo V de los Estatutos, la ICANN deberá establecer una Defensoría del Pueblo, gestionada por un Defensor del Pueblo (también referido como Ombudsman o Mediador), e incluir dicho apoyo del personal según la Junta Directiva lo determine adecuado y factible. La función principal del Defensor del Pueblo será proporcionar una evaluación interna independiente de los reclamos presentados por miembros de la comunidad de la ICANN que consideren que el personal, la Junta Directiva o un órgano constitutivo de la ICANN los ha tratado de manera injusta. El Defensor del Pueblo actuará con el objetivo de abogar por la equidad y se esforzará por evaluar —y cuando sea posible resolver— los reclamos sobre el tratamiento injusto o inadecuado por parte del personal, la Junta Directiva o los órganos constitutivos de la ICANN, aclarando los conflictos y utilizando herramientas de resolución de problemas tales como: negociación, facilitación y viajes diplomáticos para lograr estos resultados. La Defensoría del Pueblo deberá publicar anualmente un análisis consolidado de los reclamos y las resoluciones del año, en conformidad con las obligaciones y las cuestiones de confidencialidad. El informe anual deberá publicarse en el sitio web de la ICANN. (Véase el Artículo V de los Estatutos)
  3. Solicitudes de reconsideración. Sin perjuicio de lo establecido en los Estatutos de la ICANN, cualquier persona o entidad significativamente afectada por cualquier acción o falta de acción por parte del personal de la ICANN, que considere que tal acción o falta de acción contradice las políticas establecidas por la ICANN, o que sea afectada por las acciones o faltas de acción de la Junta Directiva, considerando que tales acciones o faltas de acción han sido realizadas sin consideración de información relevante, puede solicitar una revisión o reconsideración de esa acción o falta de acción. (Véase la Sección 2 del Artículo IV de los Estatutos).
  4. Revisión independiente. Cualquier persona o entidad materialmente afectada por una decisión o acción de la Junta Directiva podrá presentar una solicitud de revisión independiente de cualquier decisión o acción que sea presuntamente incoherente con las Actas Constitutivas o los Estatutos de la ICANN. (Véase la Sección 3 del Artículo IV de los Estatutos).

Evaluación de desempeño; Desarrollo y planificación de relevo

  1. Evaluación anual del Director Ejecutivo. El Presidente del Comité de Remuneración lidera a dicho Comité en la realización de una revisión del desempeño del Presidente y Director Ejecutivo, al menos en forma anual. El Comité de Remuneración establece el proceso de evaluación para la revisión del desempeño del Presidente y Director Ejecutivo. Los resultados de la evaluación son examinados y discutidos con los Miembros de la Junta que no ejercen cargos gerenciales, y los resultados son comunicados al Presidente y Director Ejecutivo. Ocasionalmente, el Comité de Gobernanza de la Junta Directiva examinará y asesorará sobre la eficacia de la relación entre el Presidente y Director Ejecutivo, y la Junta Directiva.
  2. Desarrollo y planificación de relevo. Una responsabilidad primordial de la Junta Directiva es la planificación para el relevo del Presidente y Director Ejecutivo, así como la identificación y el desarrollo del talento ejecutivo. La Junta Directiva, con la asistencia del Comité de Remuneración, el trabajo con el Presidente y Director Ejecutivo y el departamento de recursos humanos, supervisa el desarrollo ejecutivo de funcionarios y los planes de relevo para el Presidente y Director Ejecutivo, así como para otros funcionarios, a fin de asegurar la continuidad de la alta gerencia.

    La Junta Directiva mantendrá un plan de contingencia para el relevo de emergencia ante un acontecimiento imprevisto, tal como un caso de fallecimiento o discapacidad que impida al Presidente y Director Ejecutivo continuar ejerciendo en su cargo. El plan identificará a los individuos que podrían actuar ante un caso de emergencia, y sus responsabilidades. El plan de contingencia debe ser examinado por la Junta Directiva en forma anual, y debe ser revisado según resulte apropiado.

    La Junta Directiva podrá examinar el desarrollo y la planificación de relevo con mayor frecuencia, en caso que lo considere necesario o conveniente.

  3. Autoevaluación de la Junta Directiva y los Comités. El Comité de Gobernanza de la Junta es responsable por la realización de evaluaciones periódicas del desempeño de la Junta Directiva y de cada uno de sus miembros. Para asistir en el proceso, la Junta Directiva debe mantener un plan de trabajo anual que muestre las actividades anuales requeridas. Este plan de trabajo también guía la cantidad y la duración de las reuniones, así como la formación de la agenda.

    Cada comité de la Junta Directiva es responsable por la realización de una revisión anual de sus cartas orgánicas, así como de una evaluación de desempeño anual. Los resultados de la evaluación son presentados a la Junta Directiva. En general, el informe de cada comité debe incluir una evaluación del cumplimiento del comité respecto a los principios establecidos en estas Directrices, la carta orgánica del comité y la identificación de áreas en las cuales el comité podría mejorar su desempeño, incluyendo una evaluación de si los Miembros de la Junta que componen el comité cuentan con las habilidades necesarias requeridas.

  4. Revisiones de las Organizaciones de Apoyo y Comités Asesores. La Junta Directiva hará una revisión periódica del desempeño y funcionamiento de cada Organización de Apoyo, del consejo de cada Organización de Apoyo, de cada Comité Asesor (excepto del Comité Asesor Gubernamental) y el Comité de Nominaciones, por parte de una o varias entidades independientes respecto de la organización bajo revisión. El objetivo de la revisión, que se realizará de conformidad con los criterios y normas indicados por la Junta Directiva, será determinar: (i) si dicha organización tiene un propósito continuo en la estructura de la ICANN; y (ii) de ser así, si se desea algún cambio en la estructura o las operaciones a fin de mejorar su eficacia. Estas revisiones periódicas se llevarán a cabo con una frecuencia de al menos cada cinco años, sobre la base de la viabilidad que la Junta Directiva determine. (Véase la Sección 4 del Artículo IV de los Estatutos).

Remuneración de la Junta Directiva

  1. Revisión de la remuneración de la Junta Directiva. La Junta Directiva examinará periódicamente la remuneración pagada a los Directores, y si la misma está en el mejor interés de la ICANN, a fin de aumentar o disminuir el importe de dicha remuneración. Al hacerlo, la Junta Directiva aplicará un proceso mediante el cual se calcula el pago de un importe, para el ejercicio del cargo de Director, que se considera en su totalidad como Remuneración Razonable por tales servicios, de conformidad con los estándares establecidos en la sección §53.4958-4(b) de las Disposiciones del Tesoro. Como parte del proceso, la Junta Directiva mantendrá a un experto en remuneración independiente para consultar y asesorar a la Junta Directiva sobre los acuerdos de remuneración para los Directores y para que dicho experto suministre a la Junta una opinión escrita en relación con los rangos de remuneración razonable para cualquiera de estos servicios brindados por parte de un Director. Tras haber examinado el dictamen del experto, la Junta Directiva se deberá reunir con el experto con el fin de conversar acerca del dictamen presentado y realizar preguntas sobre este dictamen, los datos comparativos obtenidos y utilizados, y sobre las conclusiones de dicho experto. La Junta Directiva deberá documentar adecuadamente los fundamentos de cualquier determinación que tome con relación a los acuerdos de remuneración de los Directores, en el momento de tomar dicha determinación. (Véase Sección 22 del Artículo VI de los Estatutos).

Comités de la Junta Directiva

  1. Cantidad, tipo y composición de los Comités. La Junta Directiva podrá establecer o eliminar los comités de la Junta conforme lo considere apropiado, en cumplimiento de las exigencias y prohibiciones legales pertinentes. Cada comité desempeñará sus funciones, según sean asignadas por la Junta Directiva, en cumplimiento de los Estatutos de la ICANN y la carta orgánica del comité.

    Además, conforme la Junta Directiva lo considere apropiado, la Junta podrá delegar determinadas funciones a los comités, a excepción de aquellos asuntos específicamente reservados en virtud de la ley o que los Estatutos indiquen han de ser tratados por la Junta Directiva. Cualquier delegación debe ser incluida específicamente en la carta orgánica del comité aprobada por la Junta Directiva.

    La composición de cada comité será determinada, en forma ocasional, por la Junta Directiva, teniendo en cuenta la experiencia, los conocimientos y las habilidades de los miembros del comité, a condición de que sólo los Directores podrán ser designados como miembros con derecho a voto de un comité de la Junta Directiva. Si una persona designada para integrar un Comité de la Junta Directiva deja sus funciones como Miembro de la Junta, también dejará de ser miembro de cualquier comité que de ella dependa. La Junta Directiva puede designar a uno o más Directores como miembros alternativos de cualquier comité, quienes podrán reemplazar a cualquier miembro ausente en una reunión del comité. Los miembros del comité podrán ser removidos de su cargo en cualquier momento, de conformidad con lo dispuesto en los Estatutos de la ICANN. A excepción de la designación por parte de la Junta Directiva, el proceso de selección para cada presidente de comité será establecido en la carta orgánica de cada comité. (Véase el Artículo XII de los Estatutos).

  2. Reuniones y agenda del Comité. El presidente de cada comité es responsable de elaborar, conjuntamente con los gerentes relevantes de la ICANN, la agenda general del comité, así como los objetivos y el establecimiento de la agenda específica para las reuniones del comité. El presidente y los miembros del comité determinarán la frecuencia y la duración de las reuniones del comité, de conformidad con el cumplimiento de las obligaciones de dicho comité según se establecen en su carta orgánica.

Educación de la Junta Directiva

  1. Orientación y educación continua de los Miembros de la Junta. El Comité de Gobernanza de la Junta Directiva y la gerencia son responsables por los programas de orientación y de educación continua para los Miembros de la Junta, con el fin de asistirlos a mantener las habilidades necesarias o convenientes para el cumplimiento de sus responsabilidades.
    1. Se ha diseñado una inducción formal y programas de orientación formales para familiarizar a los nuevos Miembros de la Junta con el funcionamiento, las estrategias y políticas de la ICANN (incluyendo estas Directrices), y para ayudar a los nuevos Miembros de la Junta en el desarrollo de las habilidades y los conocimientos requeridos para el ejercicio de su cargo.
    2. Los programas de educación continua para los Miembros de la Junta pueden incluir una combinación de materiales y presentaciones desarrolladas internamente, programas presentados por terceros, y el apoyo financiero y administrativo para la asistencia a la universidad calificada o a otros programas independientes. Estos programas deben incluir capacitación sobre conflictos de interés y confidencialidad.

Talleres de la Junta Directiva

  1. Propósito del taller. La Junta Directiva realizará talleres en forma periódica, conjuntamente con la gerencia para, entre otras cosas, facilitar las deliberaciones sobre el enfoque estratégico global de la ICANN.
    1. En cada taller, o tan a menudo como sea razonablemente factible, la Junta Directiva debe reservar un tiempo para conversar sobre las necesidades legítimas, los intereses y expectativas de las partes interesadas de la ICANN.
    2. Una vez cada dos años, la Junta Directiva debería, conjuntamente con la gerencia, asegurar que la orientación estratégica esté alineada con el propósito declarado de la ICANN, deliberar y establecer un acuerdo sobre los principales valores conductores, y evaluar el compromiso continuo con todas las partes interesadas.

Políticas de la Junta Directiva

  1. Cumplimiento de las políticas existentes. Cada Miembro de la Junta debe cumplir con los términos y condiciones de estas Directrices y con las políticas adoptadas por la Junta Directiva, incluida la Política de Conflictos de Interés y el Código de Conducta de la Junta Directiva

    Un Miembro de la Junta que infrinja deliberadamente estas Directrices, la Política de Conflictos de Interés o el Código de Conducta, podría atenerse a un sistema de sanciones graduadas, que comienza con una advertencia registrada formalmente, lo cual conlleva a una amonestación escrita, y a la remoción de la Junta Directiva como consecuencia de infracciones repetidas. Nada en estas Directrices limitará la capacidad de la Junta Directiva para remover a un miembro de la Junta, de conformidad con los Estatutos de la ICANN y en la medida permitida por las leyes aplicables.

Revisión

  1. Revisión de las directrices de gobernanza. Las políticas y prácticas establecidas en las presentes Directrices han sido elaboradas durante un período de años. La Junta Directiva espera examinar estas Directrices al menos cada dos años, según corresponda. En general, dicha revisión debe incluir una evaluación general del cumplimiento de la Junta Directiva respecto a las presentes Directrices, así como la identificación de áreas en las cuales la Junta podría mejorar su desempeño.

1 Esta versión de las Directrices de Gobernanza está ampliamente basada en las políticas, procedimientos y procesos existentes de la ICANN. Se asesora que la Junta Directiva delibere respecto a posibles disposiciones adicionales, incluyendo: (i) normas de independencia de los Directores; (ii) limitaciones a la cantidad de juntas (a excepción de la ICANN) en las cuales un Director puede ejercer; (iii) un proceso de notificación y evaluación de conflictos en caso que un Director experimente un cambio de empleo; y (iv) consideración de expansión de la política adoptada por la Junta Directiva de la ICANN, en diciembre de 2011, relativa al Programa de Nuevos gTLD de la ICANN y las oportunidades de empleo posteriores para un Director.

Domain Name System
Internationalized Domain Name ,IDN,"IDNs are domain names that include characters used in the local representation of languages that are not written with the twenty-six letters of the basic Latin alphabet ""a-z"". An IDN can contain Latin letters with diacritical marks, as required by many European languages, or may consist of characters from non-Latin scripts such as Arabic or Chinese. Many languages also use other types of digits than the European ""0-9"". The basic Latin alphabet together with the European-Arabic digits are, for the purpose of domain names, termed ""ASCII characters"" (ASCII = American Standard Code for Information Interchange). These are also included in the broader range of ""Unicode characters"" that provides the basis for IDNs. The ""hostname rule"" requires that all domain names of the type under consideration here are stored in the DNS using only the ASCII characters listed above, with the one further addition of the hyphen ""-"". The Unicode form of an IDN therefore requires special encoding before it is entered into the DNS. The following terminology is used when distinguishing between these forms: A domain name consists of a series of ""labels"" (separated by ""dots""). The ASCII form of an IDN label is termed an ""A-label"". All operations defined in the DNS protocol use A-labels exclusively. The Unicode form, which a user expects to be displayed, is termed a ""U-label"". The difference may be illustrated with the Hindi word for ""test"" — परीका — appearing here as a U-label would (in the Devanagari script). A special form of ""ASCII compatible encoding"" (abbreviated ACE) is applied to this to produce the corresponding A-label: xn--11b5bs1di. A domain name that only includes ASCII letters, digits, and hyphens is termed an ""LDH label"". Although the definitions of A-labels and LDH-labels overlap, a name consisting exclusively of LDH labels, such as""icann.org"" is not an IDN."