Resoluciones Aprobadas | Reunión del Comité para el Programa de Nuevos gTLD 30 de julio de 2014

Este documento ha sido traducido a varios idiomas como información únicamente. El texto original y válido (en inglés) se puede obtener en: https://www.icann.org/resources/board-material/resolutions-new-gtld-2014-07-30-en

 

  1. Orden del día principal
    1. Marco de Gestión de Incidentes de Colisiones de Nombres

 

  1. Orden del día principal

    1. Marco de Gestión de Incidentes de Colisiones de Nombres

      Visto y considerando que, el Comité para el Programa de Nuevos gTLD (NGPC) solicita al Presidente de la División de Dominios Genéricos que implemente la propuesta para gestionar las colisiones entre nuevos gTLD y los usos privados existentes de las mismas cadenas de caracteres, según se presenta en el "Plan para la Gestión de Incidentes de Colisiones de nuevos gTLD" (el "Plan de Gestión de Incidentes de Colisiones") y que, al hacerlo, tenga en cuenta todo asesoramiento que pudiera brindar el Comité Asesor sobre Seguridad y Estabilidad (SSAC) y demás expertos y partes interesadas.

      Visto y considerando que en el Plan de Gestión de Incidentes de Colisiones de Nombres se requirió un estudio de seguimiento que informaría sobre el desarrollo de un Marco de Gestión de Incidentes de Colisiones de Nombres.

      Visto y considerando que, el 26 de febrero de 2014, la ICANN publicó el estudio de seguimiento requerido en la resolución del NGPC con fecha del 7 de octubre 2013, que fue preparado por JAS Global Advisors (JAS) y titulado Informe: Etapa 1 en Mitigación de Riesgos de Colisiones en el Espacio de Nombres del DNS: Un Estudio sobre Colisiones de Nombres en el Espacio de Nombres del DNS Global de Internet" [PDF, 322 KB] (el "Estudio y el Marco de Colisiones de Nombres realizados por JAS"). El Estudio y el Marco de Colisiones de Nombres realizados por JAS, que fue publicado para comentarios públicos, presentó una serie de recomendaciones que describen un enfoque integral para la reducción de las colisiones actuales y futuras en el espacio de nombres del DNS, a la vez que alerta a los operadores de las posibles cuestiones relativas al espacio de nombres del DNS e indica capacidades de respuesta ante emergencias en caso de que los sistemas críticos (por ejemplo, los sistemas que tienen que ver con la seguridad e integridad física) se vean afectados en forma adversa. El Estudio y el Marco de Colisiones de Nombres realizados por JAS fueron analizados [PDF, 392 KB] en respuesta a los comentarios públicos.

      Visto y considerando que, el 6 de junio de 2014, el Comité Asesor de Seguridad y Estabilidad (SSAC) de la ICANN publicó el documento SAC 066: [PDF, 306 KB] Comentario del SSAC en relación al Informe sobre la Etapa Uno en la Mitigación de Riesgos de Colisiones en el Espacio de Nombres del DNS, el cual brindó asesoramiento y recomendaciones a la Junta Directiva sobre el marco presentado en el Estudio y el Marco de Colisiones de Nombres realizados por JAS.

      Visto y considerando que, el marco de colisiones de nombres propuesto que se presentó al NGPC para su consideración toma en cuenta el asesoramiento ofrecido por el SSAC en el documento SAC066 y el asesoramiento de otros expertos y partes interesadas, que incluye las recomendaciones del JAS, los comentarios públicos y los debates entablados por la comunidad en las reuniones de la ICANN.

      Visto y considerando que, el NGPC reconoce los comentarios provenientes de la comunidad en relación a la necesidad de garantizar que todos los nombres, que los registros bloquearon según su Informe de Vía de Delegación Alternativa, estén sujetos a los mecanismos de protección de derechos establecidos en el Programa de Nuevos gTLD.

      Visto y considerando que, la Junta Directiva de la ICANN previamente adoptó la recomendación del NGPC de solicitar al Presidente y Director Ejecutivo de la ICANN que desarrolle un plan a largo plazo para la gestión de colisiones de nombres en la raíz.

      Visto y considerando que, el NGPC está tomando esta medida de conformidad con la autoridad que le otorgase la Junta Directiva el 10 de abril de 2012, para ejercer la autoridad de la Junta Directiva de la ICANN ante cualquier y todas las cuestiones que pudiesen surgir en relación al Programa de Nuevos gTLD.

      Resuélvase (2014.07.30.NG01), el NGPC adopta el Marco de Gestión de Incidentes de Colisiones de Nombres https://www.icann.org/en/system/files/files/name-collision-framework-30jul14-en.pdf> [PDF, 634 KB] a fin de continuar la gestión de los incidentes de colisiones entre los nuevos gTLD y los usos privados existentes de las mismas cadenas de caracteres, e instruye al Presidente y Director Ejecutivo, o a quien éste designe, llevar a cabo las acciones necesarias para implementar el Marco de Gestión de Incidentes de Colisiones de Nombres. Como parte de la implementación, los operadores de registros contarán con una Evaluación de Incidentes de Colisiones de Nombres (véase Acuerdo de Registro, Especificación 6, Sección 6) que abordará, entre otras cosas, los procedimientos para eliminar los dominios de segundo nivel de la lista de bloqueo, lo que incluye medidas para proteger a los titulares de derecho.

      Resuélvase (2014.07.30.NG02), el NGPC instruye al Presidente y Director Ejecutivo, o a quien éste designe, consultar con la comunidad durante los próximos 90 días contados a partir de la publicación de estas resoluciones, con el fin de abordar los mecanismos de protección de derechos adecuados para los nombres incluidos en el Informe de Vía de Delegación Alternativa del operador del registro y registrados en el Centro de Información y Protección de Marcas Comerciales y que el operador del registro retuvo a partir de la distribución durante el período preregistro (Sunrise) o el período de Reclamos.

      Resuélvase (2014.07.30.NG03), el NGPC instruye al Presidente y Director Ejecutivo, o quien éste designe, brindar información y trabajar junto con la GNSO a fin de considerar si se debe llevar a cabo un trabajo de creación de política en relación al desarrollo de un plan a largo plazo para gestionar las cuestiones de colisiones de nombres en los gTLD.

      Resuélvase (2014.07.30.NG04), el NGPC instruye al Presidente y Director Ejecutivo, o quien éste designe, brindar resúmenes informativos y compartir información y mejores prácticas con los administradores de ccTLD en relación a las cuestiones de colisión de nombres a la luz del Marco de Gestión de Incidentes de Colisiones de Nombres.

      Fundamentos de las Resoluciones 2014.07.30.NG01 – 2014.07.30.NG04

      ¿Por qué el NGPC aborda este tema ahora?

      El NGPC continúa actualmente con las acciones previas llevadas a cabo a fin de abordar las cuestiones de colisiones de nombres. Específicamente, el 7 de octubre de 2013, el NGPC solicitó al Presidente de la División de Dominios Genéricos que implemente la propuesta para gestionar las colisiones entre nuevos gTLD y los usos privados existentes de las mismas cadenas de caracteres, según se presenta en el "Plan de Gestión de Incidentes de Colisiones de nuevos gTLD" (el "Plan de Gestión de Incidentes de Colisiones") y que, al hacerlo, tenga en cuenta todo asesoramiento que pudiera brindar el Comité Asesor de Seguridad y Estabilidad (SSAC) y demás expertos y partes interesadas. Un aspecto central del Plan de Gestión de Incidentes de Colisiones constituye la realización de un estudio adicional con miras a elaborar un marco para la gestión de colisiones de nombres. El objetivo de dicho marco era especificar un conjunto de evaluaciones sobre incidentes de colisiones y las correspondientes medidas de mitigación, en caso de existir, que la ICANN o los solicitantes de nuevos gTLD pudieran necesitar implementar.

      A fin de implementar la acción del NGPC con fecha del 7 de octubre de 2013, el 24 de febrero de 2014, la ICANN publicó un estudio elaborado por JAS Global Advisors ("JAS") titulado "Informe: Etapa 1 en la Mitigación de Riesgos de Colisiones en el Espacio de Nombres de DNS: Un Estudio sobre Colisiones de Nombres en el Espacio de Nombres del DNS Global de Internet (el "Estudio y el Marco de Colisiones de Nombres realizados por JAS"). El Estudio y el Marco de Colisiones de Nombres realizados por JAS presentaron una serie de recomendaciones que describen un enfoque integral para la reducción de las colisiones actuales y futuras en el espacio de nombres del DNS, a la vez que alerta a los operadores de las posibles cuestiones relativas al espacio de nombres del DNS e indica capacidades de respuesta ante emergencias en caso de que los sistemas críticos (por ejemplo, los sistemas que tienen que ver con la seguridad e integridad física) se vean afectados en forma adversa. Además, el SSAC ofreció asesoramiento y recomendaciones a la Junta Directiva sobre el marco en materia de colisiones de nombres propuesto e incluido en el informe realizado por JAS en el documento SAC 066: Comentario del SSAC en relación al informe realizado por JAS sobre la Etapa 1 en la Mitigación Riesgos de Colisiones de Espacio de Nombres del DNS [PDF, 306 KB].

      En este momento, el NGPC adopta el Marco de Gestión de Incidentes de Colisiones de Nombres con fecha del 30 de julio de 2014https://www.icann.org/en/system/files/files/name-collision-framework-30jul14-en.pdf> [PDF, 634 KB], el cual es una versión final del marco requerido en el Plan de Gestión de Incidentes de Colisiones (el "Marco Final de Colisiones de Nombres"). El Marco Final de Colisiones de Nombres se desarrolló a partir del Estudio y el Marco de Colisiones de Nombres realizados por JAS y ha sido optimizado en respuesta a las recomendaciones contenidas en el documento SAC066, los comentarios públicos y los aportes adicionales de la comunidad durante la reunión de la ICANN celebrada en Londres. La adopción e implementación del Marco Final permitirá a la ICANN seguir avanzando en la delegación de nuevos gTLD en forma segura y estable.

      ¿Cuáles son las propuestas que se están considerando?

      El Marco Final de Colisiones de Nombres que está siendo adoptado por el NGPC presenta un plan para la gestión de colisiones entre nuevos gTLD y los usos privados existentes de las mismas cadenas de caracteres. A continuación se detalla un resumen de algunos de los elementos clave del Marco Final de Colisiones de Nombres:

      Requisitos Generales para los Registros:

      • Deben tomar medidas en relación a los informes sobre colisiones de nombres de la ICANN dentro de las dos horas de haber recibido el informe durante los primeros dos años de vida del TLD, contados a partir del momento de la delegación del mismo.
      • Deben implementar la "interrupción controlada "como medida de notificación para alertar a las partes sobre la posibilidad de que las consultas dirigidas a los espacios de nombres privados se estén filtrando al DNS público. La interrupción controlada debe ser una interrupción continua (es decir, no intermitente) y su duración debe ser de 90 días. Por lo general, si un TLD fuese delegado con anterioridad a la fecha de corte definida, el operador del registro debería implementar la interrupción controlada mediante la utilización de registros MX, SRV, TXT y A para los dominios de segundo nivel incluidos en la lista de bloqueo. En caso de que los TLD fuesen delegados antes de la fecha de corte definida, el operador de registro implementaría la interrupción controlada mediante el uso del método de comodín. La interrupción controlada (para IPv4) utilizará direcciones de loopback (127.0.53.53)

      Requisitos para la ICANN:

      • Trabajar dentro del IETF y otras comunidades técnicas relevantes para identificar un mecanismo para IPv6 que brinde una funcionalidad similar a la que está disponible en el prefijo reservado "Loopback" de IPv4.
      • Demorar la delegación de .MAIL de forma indefinida y colaborar con las comunidades técnica y de seguridad para determinar la mejor forma de manejar la cadena de caracteres .MAIL (por ejemplo, reservarla de forma permanente mediante el proceso del IETF). En el Estudio y el Marco de Colisiones de Nombres realizados por JAS se identifica que .MAIL exhibe un "uso frecuente y generalizado en un nivel mucho mayor que todos los demás TLD solicitados" y, por lo tanto, su uso interno prevalente es probablemente irreversible.
      • Generar nueva difusión y materiales informativos, según sea necesario, para alertar a las partes potencialmente afectadas sobre colisiones de nombres y brindar enlaces a información existente en materia de colisión de nombres que fue desarrollada como parte de la campaña de difusión inicial.

      La acción del NGPC en la actualidad también aborda las inquietudes presentadas por la comunidad en relación a la necesidad de garantizar que todos los nombres, que los registros bloquearon, según su Informe de Vía de Delegación Alternativa, estén sujetos a los mecanismos de protección de derechos establecidos por el Programa de Nuevos gTLD. Para abordar esta inquietud, el NGPC instruye al Presidente y Director Ejecutivo, o a quien éste designe, consultar con la comunidad durante los próximos 90 días (a partir de la publicación de estas resoluciones) con el fin de abordar los mecanismos de protección de derechos adecuados para los nombres incluidos en el Informe de Vía de Delegación Alternativa del operador del registro y registrados en el Centro de Información y Protección de Marcas Comerciales y que el operador de registro retuvo a partir de la distribución durante el período preregistro (Sunrise) o el período de Reclamos.

      En consonancia con una recomendación previa realizada a la Junta Directiva de instruir al Presidente y Director Ejecutivo que desarrolle un plan a largo plazo para la gestión de colisiones de nombres en la raíz, el NGPC solicita al Presidente y Director Ejecutivo, o a quien éste designe, brindar información y trabajar en conjunto con la GNSO a fin de considerar si debe llevarse a cabo un trabajo en materia de política para el desarrollo de un plan a largo plazo para gestionar las cuestiones de colisiones de nombres de gTLD. El NGPC también instruye al Presidente y Director Ejecutivo, o quien éste designe, continuar proporcionado resúmenes informativos y compartir información y mejores prácticas con los administradores de ccTLD en relación a las cuestiones de colisión de nombres a la luz del Marco de Gestión de Incidentes de Colisiones de Nombres.

      ¿A qué partes interesadas u otros se consultó?

      La ICANN abrió un foro de comentarios públicos desde el 26 de febrero hasta el 21 de abril de 2014 e invitó a la comunidad a brindar aportes sobre el Estudio y el Marco de Colisiones de Nombres realizados por JAS. Durante el período de comentario público, se recibieron 28 comentarios. El informe que resume los comentarios recibidos así como los comentarios en su totalidad pueden consultarse en: https://www.icann.org/en/system/files/files/report-comments-name-collision-10jun14-en.pdf [PDF, 230 KB].

      También se consultó al SSAC, el cual ofreció asesoramiento y recomendaciones a la Junta Directiva (mediante el documento SAC066) sobre el Marco de Colisiones de Nombres propuesto, incluido en el Estudio y el Marco de Colisiones de Nombres realizados por JAS. Además, la ICANN presentó una versión del Marco Final de Colisiones de Nombres propuesto durante su reunión celebrada en Londres.

      ¿Qué inquietudes o cuestiones fueron planteadas por la comunidad?

      El Estudio y el Marco de Colisiones de Nombres realizados por JAS recibió veintiocho comentarios durante el período de comentarios públicos y que fueron presentados por una amplia gama de fuentes, incluidos los solicitantes de nuevos gTLD y los afiliados a los solicitantes, las corporaciones no que están directamente afiliadas a los solicitantes, expertos individuales en tecnología y varias organizaciones de la industria relacionadas con DNS. Los miembros de la comunidad también enviaron correspondencia a la ICANN en relación a los puntos en común entre las cuestiones de colisiones de nombres y los mecanismos de protección de derechos. Además, el SSAC planteó algunas inquietudes en el documento SAC066 referidas al marco de colisiones de nombres.

      Algunos temas e inquietudes expresadas por el SSAC y la comunidad de la ICANN incluyeron, aunque no taxativamente, lo siguiente:

      • Inquietudes relacionadas con el uso actual de la Lista de Bloqueo de Dominios de Segundo Nivel (SLD) y la Vía de Delegación Alternativa en general.
      • Inquietudes en relación a que el período propuesto de 120 días de "controlada interrupción" es demasiado extenso y / o no se justifica – Algunas de las personas que realizaron comentarios sugirieron que no hay datos que avalen un periodo de interrupción controlada de 120 días y sugirieron que, en caso de existir, debe estar en el rango de los 45 a 90 días.
      • Inquietudes relacionadas con el uso de un enfoque de "loopback" en lugar de un enfoque de "honeypot" – El SSAC recomienda que el uso de un enfoque de honeypotpermite una mejor notificación de casos HTTP y proporciona soporte para IPv4 e IPv6. Algunos de los comentarios públicos también sugieren que un enfoque de honeypot daría una mejor oportunidad para informar a los usuarios sobre problemas inminentes. Otros, sin embargo, señalaron que un honeypot puede dejar expuesta la información de identificación personal o confidencial fuera de la red local o ante posibles atacantes, entre otros temas.
      •  Inquietudes respecto de si el periodo de interrupción controlada debería ser continuo o intermitente – El SSAC recomendó que en lugar de un solo período con interrupción controlada, la ICANN debe incorporar períodos con interrupción dinámica, cortados por períodos de funcionamiento normal, para permitir que los sistemas del usuario final continúen funcionando durante el período de prueba con menos riesgo de impacto comercial catastrófico.
      •  Inquietudes sobre qué tipo de evento debería desencadenar una respuesta de emergencia – El SSAC recomendó que la ICANN debe ampliar el rango de situaciones que impulsarían una respuesta de emergencia, por ejemplo, seguridad nacional, preparación para emergencias, infraestructura crítica, procesos económicos clave, comercio y la preservación de la ley y el orden. Algunos de los comentarios públicos también plantearon la preocupación de que el estándar "un peligro claro y presente para la vida humana" traza una línea arbitraria y otros sugieren que ciertos peligros significativos para los sectores empresariales y financieros de la economía global también podrían merecer el uso de las medidas de emergencia.
      • Inquietudes sobre el tratamiento de .corp, .home y .mail – Algunos de los comentarios públicos avalan el tratamiento de .corp, .home y .mail recomendado en el Estudio y Marco de Colisiones de Nombres de JAS, mientras que otros sugieren que la decisión final sobre esta cuestión se aplace hasta se pueda realizar una evaluación técnica más completa y sea posible desarrollar una solución para permitir que estas cadenas operen en el DNS.
      • Comentarios que solicitan la aceleración y cierre de la cuestión de las colisiones en general – Algunos miembros de la comunidad señalaron su preocupación general por el hecho de que el tema de colisiones de nombres se esté tratando en una etapa tan tardía del proceso de nuevos gTLD y preguntaron por qué la ICANN no se había ocupado del asunto antes. Quienes plantearon inquietudes sobre los plazos también solicitaron que la ICANN actúe con celeridad en el tema para no causar un retraso mayor.
      • Comentarios que expresan inquietud sobre la interacción entre las listas de bloqueo de colisiones de nombres y los mecanismos de protección de derechos de propiedad intelectual-Algunos comentarios públicos y correspondencia enviada a la ICANN sugieren que todos los nombres, que los registros bloquearon según sus planes de vía alternativa de delegación, estén sujetos a los servicios de preregistro (Sunrise) y a los servicios de Reclamos de Marcas Registradas establecidos en la Guía para el Solicitante de gTLD, el Acuerdo de Registro y los Requisitos de Mecanismos de Protección de Derechos (RPM) u otro mecanismo similar de protección para titulares de derechos. Además, algunos solicitantes del TLD .BRAND señalaron que muchos de los términos "brand" ("marca") incluidos en las listas de bloqueo son marcas registradas para los productos y servicios de la marca y son, aparentemente, generados a nivel de la raíz por la marca misma. Estos comentarios sugieren que la ICANN debe considerar un proceso alternativo para los solicitantes del TLD .BRAND a fin de acelerar la liberación de tales términos de marcas registradas para su uso inmediato.

      ¿Qué materiales de importancia analizó el NGPC?

      El NGPC analizó varios materiales, que incluyen, aunque no taxativamente, los siguientes:

      ¿Qué factores consideró importantes el NGPC?

      El NGPC consideró varios factores significativos durante sus deliberaciones sobre la adopción o no de Marco Final de Colisiones de Nombres. Los siguientes factores fueron considerados importantes por el NGPC:

      • El NGPC analizó las recomendaciones del SSAC plasmadas en el documento SAC066.
      • Tal como se señaló anteriormente, varios individuos que realizaron comentarios, incluido el SSAC, plantearon inquietudes respecto de la utilización de un enfoque de "loopback" en lugar de un enfoque de "honeypot". Al elegir el enfoque de loopback en el Marco Final de Colisiones de Nombres, el NGPC tomó en cuenta la privacidad y los riesgos jurídicos asociados con el enfoque de honeypot descritos en los documentos SAC 062 y 066 y el informe de JAS. En resumen, el NGPC señala que las características de notificación que ofrece la utilización del enfoque de loopback brinda una mejor opción para proporcionar un sistema de notificación sobre colisiones de nombres en tanto que se minimizan las cuestiones inherentes a la utilización del enfoque de honeypot. El NGPC también señala que si bien el enfoque de honeypot tiene el beneficio de ofrecer una solución para IPv6, el Marco Final de Colisiones de Nombres incluye un requisito de que la ICANN trabaje dentro del IETF y con otras comunidades técnicas relevantes a fin de identificar un mecanismo para IPv6 que brinde una funcionalidad similar a la que se encuentra disponible en el prefijo reservado "Loopback" para IPv4.
      • El NGPC también destacó la importancia de aquellos comentarios en relación a si la interrupción controlada debería ser continua o intermitente. En tanto que el SSAC recomendó una interrupción controlada intermitente, también reconoce que cada enfoque de interrupción controlada implica equilibrar los beneficios y ejercer un juicio. Desde una perspectiva operativa, el enfoque intermitente presenta mayor riesgo para que los registros y la ICANN implementen y garanticen el funcionamiento correcto. Por otro lado, la interrupción controlada continua presenta un enfoque más simple desde el punto de vista operativo y brinda una vía más sencilla para el diagnóstico y la resolución de problemas. También resulta una forma más efectiva para indicar la necesidad de cambios en la configuración de la red de la parte afectada. Además, el enfoque de interrupción controlada intermitente, en teoría, permitiría a la parte afectada tener un alivio temporal, mientras que la interrupción controlada se encuentra "fuera" del ciclo. Nótese que ya hay un mecanismo implementado (informe de colisiones de nombres) para que las partes afectadas encuentren alivio temporal por el daño ocasionado por la colisión de nombres, si es necesario, lo que hace que el enfoque intermitente sea una carga innecesaria.
      • El NGPC consideró las inquietudes presentadas por la comunidad en relación a la necesidad de garantizar que todos los nombres, que los registros bloquearon, según su Informe de Vía de Delegación Alternativa, estén sujetos a los mecanismos de protección de derechos establecidos por el Programa de Nuevos gTLD. Como se indicó anteriormente, a fin de abordar estas inquietudes el NGPC instruye al Presidente y Director Ejecutivo, o a quien éste designe, consultar con la comunidad durante los próximos 90 días (a partir de la publicación de estas resoluciones) para abordar los mecanismos de protección de derechos adecuados para los nombres incluidos en el Informe de Vía de Delegación Alternativa del operador del registro y registrados en el Centro de Información y Protección de Marcas Comerciales que el operador del registro retuvo a partir de la distribución durante el período preregistro (Sunrise) o el período de Reclamos.
      • El NGPC analizó las recomendaciones sobre el tipo de evento que daría lugar a una respuesta de emergencia. El Marco Final de Colisiones de Nombres que se está adoptando limitará la respuesta de emergencia para los informes sobre colisiones de nombres solamente cuando exista una creencia razonable de que la colisión de nombres presenta un peligro claro y presente para la vida humana. El NGPC reconoce el asesoramiento del SSAC con respecto a expandir el rango de situaciones que desencadenarían una respuesta de emergencia. No obstante, señala que la severidad de este riesgo (al igual que en otros casos) puede medirse a partir de múltiples puntos de vista; necesariamente, será una decisión entre las varias partes afectadas (es decir, la parte que estaba utilizando el nombre de dominio antes de su delegación en el DNS público y la parte que registró el nombre). Los intereses comerciales podrían intentar "especular" con un mecanismo más amplio para lograr una ventaja competitiva. Los conceptos tales como "seguridad nacional", "ley y orden" y "procesos económicos clave" no son fácilmente aceptables a nivel global. Por otro lado, centrarse en el peligro para la vida humana es una norma más objetiva.

      Además, el Marco Final de Colisiones de Nombres incluye una medida de respuesta de emergencia para abordar el caso poco probable de que un gTLD recientemente delegado ocasione un peligro claro y presente para la vida humana como resultado de una colisión por su uso como nombre sin punto. En este caso, la ICANN trabajaría con el operador del registro y los socios de la ICANN en la administración de la zona raíz para revertir la nueva delegación. Esto sólo sucedería durante el período de interrupción controlada con comodín de 90 días, durante el cual no habría nombres activos (excepto "nic") bajo el TLD. Una vez mitigado el daño, el operador del registro de gTLD puede solicitar la delegación nuevamente. Tal como se indica en el documento SAC062 y Informe sobre el Estudio y Marco de Colisiones de Nombres realizados por JAS, la reversión de una nueva delegación es una medida extrema y se debe ejercer en una circunstancia límite en la cual exista un claro y concreto peligro para la vida humana durante el período de interrupción controlada con comodín.

      ¿Se observan impactos positivos o negativos en la comunidad? ¿Se observan ramificaciones o impactos fiscales en la ICANN (plan estratégico, plan operativo, presupuesto), la comunidad y/o el público? ¿Se observan cuestiones sobre seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS?

      En el documento SAC057 y en el Estudio sobre colisión de nombres, se han identificado varios riesgos en materia de seguridad para el DNS. El Marco Final de Colisiones de Nombres, modificado en respuesta a los comentarios de la comunidad y las recomendaciones del SSAC en su documento SAC 066 proporciona un curso de acción a seguir para la delegación segura y estable de nuevos gTLD.

      Es posible que el Marco Final de Colisiones de Nombres genere un impacto fiscal sobre la ICANN, la comunidad o el público, ya que habrá costos adicionales asociados a la implementación de las medidas detalladas en el documento, las cuales podrían incluir recursos adicionales para desarrollar una campaña de difusión orientada a posibles afectados con el fin de ayudarlos a identificar y gestionar las colisiones de nombres en sus redes.

      Como parte de su función organizacional y administrativa, la ICANN publicó el marco de colisiones de nombres tal como fue presentado por el Estudio del JAS. El informe sobre los comentarios recibidos se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.icann.org/en/system/files/files/report-comments-name-collision-10jun14-en.pdf [PDF, 230 KB].