Resoluciones Aprobadas | Reunión del Comité para el Programa de Nuevos gTLD 28 de septiembre de 2013

Este documento ha sido traducido a varios idiomas como información únicamente. El texto original y válido (en inglés) se puede obtener en: http://www.icann.org/en/groups/board/documents/resolutions-new-gtld-28sep13-en.htm

 

  1. Orden del Día Convenido
    1. Aprobación de las Actas de la Reunión del NGPC
  2. Orden del Día Principal
    1. Cuestiones Pendientes del Asesoramiento del GAC pronunciado en Pekín y Durban
    2. Orden del Día Convenido
    3. Debate sobre la Similitud de Cadenas de Caracteres
    4. Otros temas a tratar

 

  1. Ordre du jour convenu :

    1. Aprobación de las Actas de la Reunión del NGPC

      Resuélvase que (2013.09.28.NG01), la Junta Directiva aprueba las actas de las reuniones del Comité para el Programa de Nuevos gTLD del 13 de agosto de 2013 y del 10 de septiembre de 2013.

  2. Orden del Día Principal:

    1. Cuestiones Pendientes del Asesoramiento del GAC pronunciado en Pekín y Durban

      Visto y considerando que, el GAC se reunió durante la reunión 46 de la ICANN en Pekín y emitió un comunicado el día 11 de abril del 2013 ("Comunicado Pronunciado en Pekín").

      Visto y considerando que, el GAC se reunió durante la reunión 47 de la ICANN en Durban y emitió un comunicado el día 18 de julio de 2013 ("Comunicado Pronunciado en Durban").

      Visto y considerando que, el NGPC adoptó un sistema de puntuación para responder al asesoramiento del GAC en el Comunicado pronunciado en Pekín y en el Comunicado pronunciado en Durban, que fueron adoptados el 4 de junio de 2013 y el 10 de septiembre de 2013, respectivamente.

      Visto y considerando que, el NGPC ha desarrollado otra iteración del sistema de puntuación para responder a ciertas cuestiones pendientes del asesoramiento del GAC en el Comunicado pronunciado en Pekín y en el Comunicado pronunciado en Durban.

      Visto y considerando que, el NGPC está adoptando esta acción de conformidad con la autoridad que le fue concedida por la Junta Directiva el 10 de Abril de 2012 para ejercer la autoridad de la Junta Directiva de la ICANN respecto de todas y cada una de las cuestiones que pudieran surgir en relación con el Programa de Nuevos gTLD.

      Resuélvase que (2013.09.28.NG02), el NGPC adopte las "Cuestiones Pendientes del Asesoramiento del GAC de Pekín y Durban": Actualizaciones y Acciones "(28 de septiembre de 2013), que se adjunta como Anexo 1 [PDF, 94 KB] a la presente Resolución, en respuesta a las cuestiones pendientes del asesoramiento del GAC en el Comunicado pronunciado en Pekín y en el Comunicado pronunciado en Durban, tal como se presentan en el sistema de puntuación

      Fundamentos de la resolución 2013.09.28.NG02

      El Artículo XI, Sección 2.1 de los Estatutos de la ICANN <http://www.icann.org/es/about/governance/bylaws#XI> permite al GAC "exponer temas a la Junta Directiva directamente, ya sea por medio de un comentario o asesoramiento previo, o a través de recomendaciones específicas de acción, recomendaciones sobre el desarrollo de políticas nuevas o sobre la revisión de las políticas existentes". El GAC brindó asesoramiento a la Junta Directiva sobre el Programa de Nuevos gTLD a través de su Comunicado pronunciado en Pekín con fecha del 11 de abril de 2013 y su Comunicado pronunciado en Durban con fecha 18 de julio de 2013. Los Estatutos de la ICANN requieren que la Junta Directiva tome en cuenta el asesoramiento del GAC respecto de las cuestiones de política pública en la formulación y adopción de políticas. Si la Junta Directiva decide llevar a cabo una acción que no se ajusta al asesoramiento del GAC, ésta deberá informarlo al GAC y explicar los motivos por los cuales ha decidido no seguir su asesoramiento. La Junta Directiva y el GAC intentarán, entonces, de buena fe, hallar una solución que sea aceptable para ambos. En caso de que no fuese posible llegar a una solución, la Junta Directiva informará, en su decisión final, los motivos por los cuales no siguió el asesoramiento del GAC.

      El NGPC ha abordado previamente las cuestiones del asesoramiento del GAC de Pekín y Durban, pero hay algunas cuestiones en las cuales el NGPC continúa trabajando. Se solicita al NGPC considerar la aceptación de las cuestiones pendientes del asesoramiento del GAC de Pekín y Durban, tal como se describe en el sistema de puntuación de fecha 28 de septiembre de 2013.

      Como parte de la consideración del asesoramiento del GAC, el 18 de abril de 2013, la ICANN publicó el asesoramiento del GAC de Pekín y notificó oficialmente a los solicitantes sobre dicho asesoramiento, <http://newgtlds.icann.org/en/announcements-and-media/announcement-18apr13-en> lo cual dio inicio al período de 21 días para que los solicitantes respondan, de conformidad con el Módulo 3.1 de la Guía para el Solicitante. Además, el 1 de agosto de 2013, la ICANN publicó el asesoramiento del GAC de Durban y notificó oficialmente a los solicitantes al respecto <http://newgtlds.icann.org/en/announcements-and-media/announcement-01aug13-en>, lo cual dio inicio al período de 21 días para que los solicitantes respondan, de conformidad con el Módulo 3.1 de la Guía para el Solicitante. Todas las respuestas de los solicitantes pueden consultarse en: <http://newgtlds.icann.org/en/applicants/gac-advice/>.

      Además, el 23 de abril de 2013, la ICANN abrió un foro de comentarios públicos para solicitar opiniones sobre la manera en que el NGPC debía abordar el asesoramiento del GAC de Pekín sobre las medidas de protección aplicables a categorías generales de cadenas de caracteres de nuevos gTLD <http://www.icann.org/en/news/public-comment/gac-safeguard-advice-23apr13-en.htm>. El NGPC ha considerado las respuestas de los solicitantes además de la retroalimentación de la comunidad respecto de cómo la ICANN podría implementar el asesoramiento del GAC sobre las medidas de protección en el Comunicado pronunciado en Pekín al formular su respuesta a las cuestiones pendientes del asesoramiento del GAC.

      Como parte del período de 21 días para que los solicitantes respondan, varios de ellos indicaron que habían iniciado el diálogo con las partes afectadas y que preveían que se lograría un acuerdo respecto de las áreas problemáticas. Algunos de los solicitantes señalaron que habían propuesto medidas de protección adicionales a fin de dar respuesta a las preocupaciones de los Gobiernos pertinentes que no estaban seguros de si podría lograrse un acuerdo. Estos solicitantes pidieron que la Junta Directiva de la ICANN autorizara el avance de sus solicitudes incluso si las partes pertinentes no llegaran a un acuerdo. Asimismo, hubo consultas respecto de si los solicitantes y los Gobiernos correspondientes tendrán la posibilidad de realizar comentarios sobre las conversaciones llevadas a cabo entre el GAC, la Junta Directiva de la ICANN y el personal de la ICANN. También se ha solicitado que el GAC, el NGPC y el personal de la ICANN consulten a los solicitantes antes de tomar decisiones sobre la incorporación de medidas de protección adicionales.

      Otros solicitantes señalaron el importante papel que desempeñan los Gobiernos en el modelo de múltiples partes interesadas, pero recomendaron al NGPC que no permitiera a los Gobiernos ejercer el poder de veto sobre políticas de la ICANN adoptadas mediante el proceso de múltiples partes interesadas.

      Además, algunos miembros de la comunidad se opusieron a que el NGPC acepte el asesoramiento del GAC respecto de las medidas de protección. Los comentaristas opositores expresaron, en general, preocupación por el hecho de tratarse de una política nueva e imprevista que va en contra del proceso ascendente. También indicaron que las medidas de protección son imprecisas y no están adecuadamente definidas, y por lo tanto, no es posible implementarlas.

      Como parte de sus deliberaciones, el NGPC analizó los siguientes materiales y documentos:

      Al adoptar su respuesta a las cuestiones pendientes del asesoramiento del GAC de Pekín y Durban, el NGPC tuvo en cuenta los comentarios enviados por los solicitantes, el asesoramiento del GAC transmitido mediante los Comunicados y los procedimientos establecidos en la Guía para el Solicitante (AGB). La adopción del asesoramiento del GAC tal como se establece en la tabla de puntuación adjunta ayudará a resolver dicho asesoramiento de una manera que permita que el mayor número de solicitudes de nuevos gTLD continúen avanzando a la mayor brevedad posible.

      No hay impactos fiscales previstos en relación a la adopción de esta resolución, pero el impacto fiscal de las posibles soluciones debatidas se analizará posteriormente en caso de ser adoptadas. La aprobación de la resolución no ocasionará impacto alguno en las cuestiones de seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS.

      Como parte de la función administrativa y organizacional de la ICANN, la misma publicó el asesoramiento del GAC de Durban y notificó de manera oficial a los solicitantes sobre el asesoramiento el 1 de agosto de 2013. Así mismo, la ICANN publicó el asesoramiento del GAC de Pekín y notificó oficialmente a los solicitantes al respecto el 18 de abril de 2013. En cada caso, esto dio inicio al período de 21 días para que los solicitantes respondieran, de conformidad con el Módulo 3.1 de la Guía para el Solicitante.

    2. Debate sobre la Colisión de Nombres

      No se adoptó ninguna resolución.

    3. Debate sobre la Similitud de Cadenas de Caracteres

      No se adoptó ninguna resolución.

    4. Otros temas a tratar

      No se adoptó ninguna resolución.