Resoluciones Aprobadas | Reunión del Comité para el Programa de Nuevos gTLD 2 de febrero de 2013

Este documento ha sido traducido a varios idiomas como información únicamente. El texto original y válido (en inglés) se puede obtener en: http://www.icann.org/en/groups/board/documents/resolutions-new-gtld-02feb13-en.htm

 

  1. Dominios de Alto Nivel "Genéricos y Exclusivos"

 

  1. Dominios de Alto Nivel "Genéricos y Exclusivos"

    Visto y considerando que, el Comité para el Programa de Nuevos gTLD recibió correspondencia de la comunidad respecto de los gTLDs "exclusivos" y entiende que, para los miembros de la comunidad, un gTLD "exclusivo" es un TLD cuya cadena de caracteres es un término genérico cuyo solicitante se propone operar en forma exclusiva para su propio beneficio.

    Visto y considerando que, la ICANN implementó las recomendaciones de políticas de la Organización de Apoyo para Nombres Genéricos (GNSO) respecto de la "Introducción de Nuevos Nombres de Dominio Genéricos de Alto Nivel", y que dichas recomendaciones no incluyen una política específica sobre los dominios de alto nivel (TLD) "genéricos y exclusivos".

    Visto y considerando que, los miembros de la comunidad han manifestado su preocupación respecto de las solicitudes de gTLDs "exclusivos".

    Visto y considerando que, el Comité para el Programa de Nuevos gTLD considera que es importante entender todos los puntos de vista y las ramificaciones potenciales en relación con los gTLDs "exclusivos".

    Resuélvase (2013.02.02.NG01): El Comité para el Programa de Nuevos gTLD instruye al Presidente y Director Ejecutivo a que proceda a la apertura de un foro de comentario público sobre este tema, con una duración de treinta días; dicho foro debería incluir una convocatoria para determinar criterios objetivos propuestos para la clasificación de los TLDs solicitados como gTLDs "exclusivos".

    Resuélvase (2013.02.02.NG02): El Comité para el Programa de Nuevos gTLD instruye al Presidente y Director Ejecutivo a que, junto con la apertura del foro de comentario público, solicite la orientación de la GNSO respecto de la cuestión de los gTLDs "exclusivos" si la GNSO así lo desea. Se solicita la presentación de dicha orientación sobre este tema al cierre del período de comentario público.

    Resuélvase (2013.02.02.NG03): El Comité para el Programa de Nuevos gTLD instruye al Presidente y Director Ejecutivo a realizar las siguientes acciones:

    1. Resumir y analizar todos los comentarios presentados en el foro de comentario público.
    2. Revisar los materiales que respaldan al proceso de desarrollo de políticas de la GNSO que resultara en las recomendaciones de políticas sobre la introducción de los nuevos Dominios Genéricos de Alto Nivel y presentar un análisis de toda deliberación relativa a las limitaciones de los potenciales nuevos gTLDs.
    3. Analizar la factibilidad de una clasificación objetiva de los TLDs solicitados como gTLDs "exclusivos".
    4. Presentar un análisis que indique si la adopción de un enfoque claro sobre los gTLDs "exclusivos" es en pos del interés público y de los principios del derecho internacional.
    5. Presentar un informe al Comité para el Programa de Nuevos gTLD que tenga en cuenta los comentarios recibidos y el análisis realizado e incluya alternativas para abordar esta cuestión.

    Fundamentos de las Resoluciones 2013.02.02.NG01 – 2013.02.02.NG03

    ¿Por qué el Comité para el Programa de Nuevos gTLD está abordando ahora esta cuestión?
    La ICANN ha recibido numerosos pedidos de aclaración sobre este tema, entre los cuales se incluye la correspondencia recibida recientemente, manifestando preocupaciones acerca de las solicitudes de gTLD "exclusivos".

    ¿Cuáles son las propuestas que se están considerando?
    La correspondencia recibida plantea varias propuestas a ser tenidas en cuenta por el Comité, entre ellas, rechazar determinadas solicitudes, adoptar nuevos requisitos en materia de políticas de registración de TLD, y criterios sugeridos para que los registros deban acatar el Código de Conducta del Acuerdo de Registro, o bien quedar exentos de ello. El Comité considera que son necesarios un análisis y deliberación exhaustivos para adoptar acciones informadas sobre esta cuestión.

    ¿A qué partes interesadas o terceros se consultó?
    La resolución da inicio a un período de comentario público para permitir que las partes interesadas consulten y consideren la información y el análisis pertinente, lo cual incluye un pedido de orientación a la GNSO.

    ¿Qué inquietudes o cuestiones mencionó la comunidad?
    Recientemente, se ha recibido correspondencia en la que se manifiestan preocupaciones respecto del impacto potencial sobre la competencia y la elección del consumidor; asimismo, se plantea la cuestión en cuanto a su potencial impacto sobre el interés público.

    ¿Cuáles fueron los materiales significativos analizados por el Comité para el Programa de Nuevos gTLD?
    El Comité analizó toda la correspondencia reciente sobre este tema, como también las disposiciones en la Guía para el Solicitante, las cuales incluyen el Acuerdo de Registro de gTLD.

    ¿Qué factores considera importantes el Comité para el Programa de Nuevos gTLD?
    El Comité considera que es importante entender todos los puntos de vista y las potenciales ramificaciones respecto de los gTLDs "exclusivos". Algunos miembros de la comunidad han instado a la Junta Directiva/al Comité para el Programa de Nuevos gTLD a que emitan directivas respecto de estas solicitudes para así abordar las preocupaciones por ellos planteadas.

    La adopción de acciones al respecto (por ejemplo, la potencial incorporación de un requisito de rechazar determinadas solicitudes, o la adopción de nuevos requisitos respecto de las políticas de registración de TLDs) que puedan cambiar las disposiciones y los criterios fundamentales de la Guía para el Solicitante es una medida que requiere un cuidadoso equilibrio.

    ¿Se observan impactos positivos o negativos en la comunidad?
    La resolución da inicio a un periodo de comentario público, y tiene por objetivo permitir que la comunidad analice y considere los posibles efectos positivos y negativos de esta cuestión sobre la comunidad, y el alcance de dichos efectos. Asimismo, la resolución invita a la GNSO a proporcionar su orientación sobre este tema, junto con una investigación y análisis integrales que permitan comprender mejor todo efecto más amplio de las futuras acciones sobre este tema.

    ¿Se observan ramificaciones o impactos fiscales en la ICANN (plan estratégico, plan operativo, presupuesto), la comunidad y/o el público como resultado de esta acción?
    El análisis solicitado en la resolución será llevado a cabo como parte de las funciones de trabajo presupuestadas. No se prevén impactos fiscales significativos. Los aportes se solicitan en un plazo breve para causar un impacto mínimo sobre la planificación y los plazos operativos.

    ¿Se observa alguna cuestión de seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionada con el DNS como resultado de esta acción?
    Actualmente, el Comité no tiene conocimiento de ninguna cuestión de seguridad, estabilidad o flexibilidad del DNS como resultado de esta acción.