Resoluciones Aprobadas por la Junta Directiva | Reunión Ordinaria de la Junta Directiva de la ICANN 3 de mayo de 2019

  1. Orden del día convenido:
    1. Aprobación de las actas de la reunión
    2. Contratación de la sede para la reunión de la ICANN de marzo de 2021
    3. Contratación de la sede para la reunión de la ICANN de junio de 2021
    4. Iniciativa de Transparencia de la Información: Aprobación de Contratación de Proveedores
    5. Desembolso de gastos legales
    6. Cambio en el liderazgo del Comité de Efectividad Organizacional
    7. Revisiones a la carta orgánica del Comité de Gobernanza de la Junta Directiva
    8. Designación del Presidente Electo del Comité de Nominaciones para el resto del mandato 2018-2019
    9. Aprobación del CIIDRC como Proveedor de Servicio de Resolución de Disputas en el marco de la Política Uniforme de Resolución de Disputas por Nombres de Dominio (UDRP)
    10. Revisión de los Estatutos con referencia a los límites de mandato del SSAC para los dirigentes
  2. Orden del día principal:
    1. Transferencia del dominio de alto nivel .TR (Turquía)
    2. Aceptación de la Segunda Revisión Organizacional del RSSAC - Informe Final y Estudio de factibilidad y plan de implementación inicial
    3. Plan Operativo y Presupuesto para el año fiscal 2020 y actualización del Plan Operativo Quinquenal
    4. Comentario público sobre la evolución del Sistema de la Zona Raíz
    5. Otros temas a tratar

 

  1. Orden del día convenido:

    1. Aprobación de las actas de la reunión

      Resuélvase (2019.05.03.01): La Junta Directiva aprueba las actas de la reunión ordinaria de la Junta Directiva de la ICANN del día 10 de marzo de 2019 y la reunión ordinaria de la Junta Directiva de la ICANN del día 14 de marzo de 2019.

    2. Contratación de la sede para la reunión de la ICANN de marzo de 2021

      Visto y considerando: Que la ICANN planea celebrar su primera Reunión pública de 2021 (ICANN70) en la región de América Latina y el Caribe.

      Visto y considerando: Que la organización de la ICANN ha finalizado una revisión exhaustiva de todas las sedes disponibles en la región de América Latina y el Caribe y concluyó que Cancún, México, es la más adecuada para la Reunión pública ICANN70.

      Resuélvase (2019.05.03.02): La Junta Directiva autoriza al Presidente y Director Ejecutivo, o a quien este designe, a realizar y facilitar todas las contrataciones y desembolsos que se requieran para la sede de la Reunión Pública ICANN70 de marzo de 2021 en Cancún, México, hasta una cantidad máxima que no supere [MONTO OMITIDO POR MOTIVOS DE NEGOCIACIÓN].

      Resuélvase (2019.05.03.03): Algunos puntos específicos de esta resolución tendrán carácter confidencial por motivos de negociación, conforme al Artículo 3, Sección 3.5(b) de los Estatutos de la ICANN, hasta que el Presidente y Director Ejecutivo determine que la información confidencial puede publicarse.

      Fundamento de las resoluciones 2019.05.03.02 – 2019.05.03.03

      Como parte de su estrategia para reuniones públicas, la ICANN desea celebrar las reuniones en regiones geográficas distintas (de conformidad con lo establecido en los Estatutos de la ICANN) tres veces al año. La reunión ICANN70, programada para los días 20 al 25 de marzo de 2021, se celebrará en la región de América Latina/Caribe.

      La organización realizó un análisis exhaustivo de todas las ubicaciones disponibles y preparó un documento para identificar aquellas que cumplían con los Criterios de selección de sedes para reuniones (véase http://meetings.icann.org/location-selection-criteria). En función de las propuestas y el análisis, la organización de la ICANN ha identificado a Cancún, México, como la sede más apropiada para la reunión ICANN70. La selección de esta ubicación de América Latina/Caribe se ajusta a las directrices de rotación geográfica establecidas por el Grupo de Trabajo sobre la Estrategia de Reuniones.

      La Junta Directiva revisó la información presentada por la organización para celebrar la Reunión Pública de la ICANN de marzo de 2021 en Cancún, México, y determinó que la propuesta cumplía con los factores importantes de los criterios de selección de sedes de reuniones, así como con los costos relacionados con las instalaciones seleccionadas.

      La ICANN realiza reuniones públicas en respaldo de su misión para asegurar el funcionamiento estable y seguro de los sistemas de identificadores únicos de Internet y actúa en pos del interés público al brindar acceso libre y abierto a cualquiera que desee participar, ya sea en persona o en forma remota, en procesos de desarrollo de políticas de múltiples partes interesadas abiertos, transparentes y ascendentes. Por consiguiente, esta acción apoya la misión de la ICANN y es de interés público.

      Habrá un impacto financiero sobre la ICANN basado en la celebración de la reunión y el suministro de apoyo para viajes, según sea necesario, así también sobre la comunidad, al incurrir en los gastos de viaje para asistir a la reunión. Sin embargo, dicho impacto hubiese existido independientemente de la sede seleccionada para la reunión. Esta acción no tendrá impacto alguno sobre la seguridad o la estabilidad del DNS.

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.

    3. Contratación de la sede para la reunión de la ICANN de junio de 2021

      Visto y considerando: Que la ICANN tiene la intención de realizar su segunda Reunión Pública de 2021 (ICANN71) en la región de Europa.

      Visto y considerando: Que la organización de la ICANN ha finalizado una revisión exhaustiva de todas las sedes disponibles en la región de Europa y concluyó que La Haya, Países Bajos, es la más adecuada para la Reunión pública ICANN71.

      Resuélvase (2019.05.03.04): La Junta Directiva autoriza al Presidente y Director Ejecutivo, o a quien este designe, a realizar y facilitar todas las contrataciones y desembolsos que se requieran para la sede de la Reunión Pública de la ICANN de junio de 2021 en La Haya, Países Bajos, hasta una cantidad máxima que no supere [MONTO OMITIDO POR MOTIVOS DE NEGOCIACIÓN].

      Resuélvase (2019.05.03.05): Algunos puntos específicos de esta resolución tendrán carácter confidencial por motivos de negociación, conforme al Artículo 3, Sección 3.5(b) de los Estatutos de la ICANN, hasta que el Presidente y Director Ejecutivo determine que la información confidencial puede publicarse.

      Fundamento de las resoluciones 2019.05.03.04 – 2019.05.03.05

      Como parte de su estrategia para reuniones públicas, la ICANN desea celebrar las reuniones en regiones geográficas distintas (de conformidad con lo establecido en los Estatutos de la ICANN) tres veces al año. La reunión ICANN71, programada para los días 14 al 17 de junio de 2021, se celebrará en la región de Europa.

      La organización realizó un análisis exhaustivo de todas las ubicaciones disponibles y preparó un documento para identificar aquellas que cumplían con los Criterios de selección de sedes para reuniones (véase http://meetings.icann.org/location-selection-criteria). En función de las propuestas y el análisis, la organización de la ICANN ha identificado a La Haya, Países Bajos, como la sede más apropiada para la reunión ICANN71. La selección de esta ubicación de Europa se ajusta a las directrices de rotación geográfica establecidas por el Grupo de Trabajo sobre la Estrategia de Reuniones.

      La Junta Directiva revisó la información presentada por la organización para celebrar la Reunión Pública de junio de 2021, ICANN71, en La Haya, Países Bajos, y determinó que la propuesta cumplía con los factores importantes de los criterios de selección de sedes de reuniones, así como con los costos relacionados con las instalaciones seleccionadas.

      La ICANN realiza reuniones públicas en respaldo de su misión para asegurar el funcionamiento estable y seguro de los sistemas de identificadores únicos de Internet y actúa en pos del interés público al brindar acceso libre y abierto a cualquiera que desee participar, ya sea en persona o en forma remota, en procesos de desarrollo de políticas de múltiples partes interesadas abiertos, transparentes y ascendentes. Por consiguiente, esta acción apoya la misión de la ICANN y es de interés público.

      Habrá un impacto financiero sobre la ICANN basado en la celebración de la reunión y el suministro de apoyo para viajes, según sea necesario, así también sobre la comunidad, al incurrir en los gastos de viaje para asistir a la reunión. Sin embargo, dicho impacto hubiese existido independientemente de la sede seleccionada para la reunión. Esta acción no tendrá impacto alguno sobre la seguridad o la estabilidad del DNS.

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.

    4. Iniciativa de Transparencia de la Información: Aprobación de Contratación de Proveedores

      Visto y considerando: Que, como parte de la Iniciativa de Transparencia de la Información (ITI), la organización de la ICANN completó una revisión de los proveedores disponibles que cumplieron con los requisitos para el trabajo de Experiencia del usuario, Interfaz del usuario, Arquitectura de la información, Navegación y Pruebas libres de fallas, y concluyó que Publicis.Sapient era el más adecuado.

      Visto y considerando: Que el Comité de Finanzas de la Junta Directiva (BFC) ha examinado las consecuencias financieras de la contratación propuesta.

      Visto y considerando: Que los gastos de la contratación propuesta se presupuestaron como parte de la ITI, que fueron aprobados por la Junta Directiva de la ICANN el 23 de septiembre de 2017.

      Visto y considerando: Que tanto la organización como el BFC han recomendado que la Junta Directiva autorice al Presidente y Director Ejecutivo, o a la persona o personas que éste designe, a tomar todas las medidas necesarias para participar y facilitar todos los contratos y desembolsos necesarios para Publicis.Sapient.

      Resuélvase (2019.05.03.06): La Junta Directiva autoriza al Presidente y Director Ejecutivo, o a quien éste designe, a realizar y facilitar todas las contrataciones y desembolsos que se requieran para Publicis.Sapient en un monto que no supere los [OMITIDO POR MOTIVOS DE NEGOCIACIÓN].

      Resuélvase (2019.05.03.07): Algunos puntos específicos de esta resolución tendrán carácter confidencial por motivos de negociación, conforme al Artículo 3, Sección 3.5(b) de los Estatutos de la ICANN, hasta que el Presidente y Director Ejecutivo determine que la información confidencial puede publicarse.

      Fundamento de las resoluciones 2019.05.03.06 – 2019.05.03.07

      La valiosa información de la ICANN se ha acumulado en miles de fragmentos de contenido público no estructurado distribuidos en 38 sitios públicos diferentes de la ICANN y las SO / AC. Este contenido se continúa incrementando a tasas del 25-30% por año. La organización de la ICANN actualmente presenta este contenido a través de plataformas múltiples y desconectadas con diferentes tecnologías fundamentales que no son escalables, pueden ser vulnerables y ya no son adecuadas para su propósito.

      La ICANN tiene compromisos en materia de responsabilidad y la transparencia de proporcionar información actualizada y fácilmente accesible en los seis idiomas oficiales de Naciones Unidas, pero la organización no cuenta con un sistema o proceso integrado para crear, regular, almacenar y administrar de manera eficiente ese contenido.

      La Iniciativa de Transparencia de la Información (ITI) tiene como objetivo mejorar la gobernanza del contenido interno y externo de la organización de la ICANN, su capacidad de encontrar contenido público en los seis idiomas de las Naciones Unidas y su base técnica para todo el ecosistema de la ICANN (comunidad, Junta Directiva, organización).

      La obligación establecida en el contrato de proveedor previsto superará los USD 500 000 y, como tal, para concretar este compromiso se requiere la aprobación de la Junta Directiva (https://www.icann.org/resources/pages/contracting-disbursement-policy-2015-08-25-en). El Comité de Finanzas de la Junta Directiva (BFC) ha revisado el impacto fiscal para la contratación propuesta y ha recomendado la aprobación de la Junta Directiva, lo cual la Junta Directiva ha hecho a través de esta resolución. La Junta Directiva señala que los gastos de la contratación propuesta se presupuestaron como parte de la ITI que fueron aprobados por la Junta Directiva de la ICANN el 23 de septiembre de 2017. Por lo tanto, la Junta Directiva toma esta decisión con confianza.

      Tomar esta decisión en este momento sirve al interés público porque mejorará y favorecerá el acceso público y la capacidad de búsqueda de los datos presentados por la organización de la ICANN en apoyo de la misión de la Organización.

      Si bien esto tendrá un impacto fiscal en la ICANN, es un impacto que se contempló en el presupuesto del año fiscal 2019 y como parte del trabajo de la ITI.

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.

    5. Desembolso de gastos legales

      Visto y considerando: Que una de las facturas de los asesores legales externos para febrero de 2019 ha superado los USD 500 000, que conforme a la Política de Contratación y Desembolso de la ICANN requiere la aprobación de la Junta Directiva para pagarse.

      Visto y considerando: Que la organización de la ICANN y el Comité de Finanzas de la Junta Directiva han recomendado que la Junta Directiva autorice el pago de la factura legal mencionada anteriormente.

      Resuélvase (2019.05.03.08): La Junta Directiva autoriza al Presidente y Director Ejecutivo, o a quien este designe, a pagar la factura de febrero de 2019 del asesor legal externo.

      Fundamento de la resolución 2019.05.03.08

      Cuando sea necesario, la ICANN debe contratar asesoría legal externa para ayudar a prepararse y defenderse contra todo tipo de disputas que se presenten en contra de la ICANN. Cuando esas disputas se vuelven altamente polémicas, a menudo requieren una participación significativa durante un cierto período de tiempo por parte de un abogado externo y esa cantidad significativa de tiempo también genera importes significativos en honorarios y gastos relacionados.

      Conforme a la Política de Contratación y Desembolso de la ICANN (https://www.icann.org/resources/pages/contracting-disbursement-policy-2015-08-25-en), si se presenta cualquier factura que requiera un desembolso superior a los USD 500 000, se requiere la Junta Directiva para realizar el pago. En el mes de febrero de 2019, durante el cual la ICANN se preparó para el juicio, participó en el juicio y redactó los informes posteriores al juicio, una de las facturas de los asesores externos de la ICANN supera los USD 500 000. En consecuencia, la organización le ha solicitado a la Junta Directiva que apruebe el pago de esa factura, que el Comité de Finanzas de la Junta Directiva (BFC) ha revisado y recomendado, y que la Junta Directiva ha aprobado a través de esta resolución.

      La Junta Directiva está segura de que la organización de la ICANN, incluida la Oficina del Asesor Letrado General de la ICANN está supervisando adecuadamente el trabajo realizado y los gastos incurridos por los asesores legales externos para garantizar que todos los honorarios y costos sean apropiados en las circunstancias dadas en cualquier momento determinado. Por lo tanto, la Junta Directiva toma esta decisión con confianza.

      La toma de esta medida de la Junta Directiva se ajusta perfectamente a la misión de la ICANN y el interés público porque garantiza que los pagos de grandes sumas de dinero en una factura para una entidad sean revisados ​​y evaluados por la Junta Directiva si superan una cierta cantidad de autoridad delegada a través de la Política de Contratación y Desembolso de la ICANN. Esto garantiza que la Junta Directiva supervise grandes desembolsos y actúe como administradores apropiados de los fondos que la ICANN recibe del público.

      Si bien esto tendrá un impacto fiscal en la ICANN, es un impacto que se contempló en el presupuesto del año fiscal 2019 y como parte de la Tarifa de solicitud del Programa de Nuevos gTLD. Esta decisión no tendrá ningún impacto sobre la seguridad, estabilidad o flexibilidad del Sistema de Nombres de Dominio.

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.

    6. Cambio en el liderazgo del Comité de Efectividad Organizacional

      Visto y considerando: Que Khaled Koubaa es el actual Presidente del Comité de Efectividad Organizacional (OEC) de la Junta Directiva y concluirá su mandato en la Junta Directiva en noviembre de 2019.

      Visto y considerando: Que Avri Doria es miembro actual del OEC.

      Visto y considerando: Que, para facilitar una transición sin complicaciones del liderazgo del OEC, el Comité de Gobernanza de la Junta Directiva recomendó que la Junta Directiva nombrara inmediatamente a Avri Doria como Presidenta del OEC y mantuviera al Sr. Koubaa como miembro del OEC.

      Resuélvase (2019.05.03.09): La Junta Directiva nombra a Avri Doria como Presidenta del OEC y mantiene a Khaled Koubaa como miembro del OEC, con vigencia inmediata.

      Fundamento de la resolución 2019.05.03.09

      La Junta Directiva está comprometida a facilitar una transición sin complicaciones en el liderazgo de los Comités de la Junta Directiva. Como es de conocimiento de la Junta Directiva, Khaled Koubaa, el actual Presidente del Comité de Efectividad Organizacional (OEC) de la Junta Directiva, no solicitará otro mandato en la Junta Directiva después de que concluya su actual mandato en noviembre de 2019. Como parte de los debates en curso de la Junta Directiva sobre la planificación de la sucesión del liderazgo, el Sr. Koubaa ha sugerido renunciar ahora a la presidencia del OEC, pero permanecer como miembro para ayudar en la transición a una nueva presidencia durante el resto de su mandato. Se solicitó a la Junta Directiva que adoptara la recomendación del Comité de Gobernanza de la Junta Directiva (BGC) que indica que la Junta Directiva nombrara a Avri Doria como Presidenta del OEC y mantuviera a Khaled Koubaa como miembro del OEC.

      Como el BGC tiene la tarea de recomendar las designaciones del Comité, el BGC ha debatido un cambio en el liderazgo del OEC y ha recomendado que la Junta Directiva designe a Avri Doria como la nueva Presidenta del OEC y que mantenga al Sr. Koubaa como miembro del OEC, con vigencia inmediata. La Junta concuerda con la recomendación del BGC.

      La acción es de interés público y en apoyo de la misión de la ICANN, dado que es importante que los Comités de la Junta Directiva, en el desempeño de las funciones asignadas por la Junta Directiva en cumplimiento de los Estatutos de la ICANN y los estatutos de los Comités, cuenten con planes de sucesión adecuados y faciliten esa sucesión para garantizar la continuidad del liderazgo dentro de los Comités. Esta acción no tendrá un impacto financiero en la organización ni provocará un impacto negativo en la seguridad, la estabilidad ni en la flexibilidad del sistema de nombres de dominio.

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.

    7. Revisiones a la carta orgánica del Comité de Gobernanza de la Junta Directiva

      Visto y considerando: Que el Comité de Gobernanza de la Junta Directiva (BGC) tiene la tarea de “[c]rear y recomendar a toda la Junta Directiva la aprobación de una lista de candidatos para cubrir los cargos de Presidente de la Junta Directiva, Vicepresidente de la Junta Directiva y la presidencia y membresía de cada uno de los comités de la Junta, incluso cubrir cualquier vacante que pueda ocurrir en estos cargos durante el año”. (Carta orgánica del BGC §§ I.C. y II.C.)

      Visto y considerando: Que, como parte de la revisión anual de la Carta orgánica del BGC, éste determinó que su carta orgánica debía ser enmendada para incluir su responsabilidad por: (i) la creación y composición de grupos de trabajo y grupos de expertos de la Junta Directiva; y (ii) la realización de evaluaciones periódicas de la participación de los miembros de la Junta Directiva en comités, grupos de trabajo y grupos de expertos para garantizar que la carga de trabajo esté debidamente equilibrada en toda la Junta Directiva.

      Visto y considerando: Que la Junta Directiva ha evaluado las recomendaciones del BGC y está de acuerdo.

      Resuélvase (2019.05.03.10): La Junta Directiva por el presente adopta la Carta orgánica revisada del Comité de Gobernanza de la Junta Directiva.

      Fundamento de la resolución 2019.05.03.10

      La Junta Directiva aborda actualmente esta cuestión a fin de garantizar que las cartas orgánicas de los comités estén actualizadas y reflejen las necesidades más actuales de la organización, de acuerdo con los requisitos de gobernanza y las mejores prácticas.

      Como parte de sus responsabilidades, el BGC tiene la tarea de "revisar periódicamente las cartas orgánicas de los Comités de la Junta Directiva, incluida su propia carta orgánica y trabajar con los miembros de los Comités de la Junta Directiva a fin de elaborar recomendaciones para la Junta Directiva sobre toda modificación a las cartas orgánicas que considere necesaria. (Carta orgánica del BGC, § II.C.2) En este rol, el BGC recomendó, y la Junta Directiva está de acuerdo, que la Junta Directiva apruebe las revisiones propuestas a la carta orgánica del BGC para alinearse con la responsabilidad actual del BGC con respecto a la creación y composición de los grupos de trabajo y grupos de expertos de la Junta Directiva.

      El BGC recomendó además, y la Junta Directiva está de acuerdo, que los estatutos del BGC sean enmendados para hacer referencia a la responsabilidad del BGC de supervisar la carga de trabajo y la membresía de los comités, grupos de trabajo y grupos de expertos de la Junta Directiva para asegurar el equilibrio de la participación.

      Esta acción es coherente con la misión de la ICANN y es de interés público, dado que es importante garantizar que la Junta Directiva tenga los comités, grupos de trabajo y grupos de expertos necesarios con un equilibrio de participación de los miembros de la Junta Directiva para que algunos miembros de la Junta Directiva no se vean sobrecargados y tengan el tiempo y la energía para enfocarse en la misión de la ICANN tal como se establece en los Estatutos.

      No habrá ningún impacto fiscal directo ni ramificaciones adversas sobre los planes estratégicos y operativos de la ICANN. Asimismo, esta acción no tiene impacto alguno en la seguridad, estabilidad o flexibilidad del Sistema de Nombres de Dominio (DNS).

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.

    8. Designación del Presidente Electo del Comité de Nominaciones para el resto del mandato 2018-2019

      Visto y considerando: Que el actual Presidente Electo del Comité de Nominaciones (NomCom) está renunciando al cargo de Presidente Electo.

      Visto y considerando: Que los Estatutos de la ICANN exigen que la Junta Directiva designe al Presidente y al Presidente Electo del NomCom.

      Visto y considerando: Que la Junta Directiva ha delegado en el Comité de Gobernanza de la Junta Directiva (BGC) la responsabilidad de recomendar al Presidente y al Presidente Electo del Comité de Nominaciones para la aprobación de la Junta Directiva.

      Visto y considerando: Que el BGC recomendó que la Junta Directiva designara inmediatamente a Jay Sudowski como Presidente Electo sustituto del NomCom para el resto del período 2018-2019, que concluye al final de la Reunión General Anual de la ICANN en noviembre de 2019.

      Resuélvase (2019.05.03.11): La Junta Directiva designa a Jay Sudowski como Presidente Electo sustituto del NomCom para el resto del período 2018-2019, que concluye al final de la Reunión General Anual de la ICANN en noviembre de 2019.

      Fundamento de la resolución 2019.05.03.11

      De acuerdo con los Estatutos de la ICANN, la Junta Directiva debe designar al presidente y al presidente electo del Comité de Nominaciones (NomCom). Ver Estatutos de la ICANN, Artículo 8, Sección 8.2. La Junta Directiva ha delegado en el BGC la responsabilidad de recomendar al presidente y al presidente electo del Comité de Nominaciones para la aprobación de la Junta Directiva. Ver la carta orgánica del BGC en http://www.icann.org/en/committees/board-governance/charter.htm. La Junta Directiva toma esta medida en este momento porque el actual Presidente Electo del Comité de Nominaciones está renunciando a su cargo por razones personales. Jay Sudowski fue uno de los candidatos que previamente presentó una manifestación de interés para prestar servicios como Presidente Electo para el mandato 2018-2019 del Comité de Nominaciones.

      La Junta Directiva entiende que el BGC evaluó la manifestación de interés del Sr. Sudowski y los materiales relacionados, y entrevistó al Sr. Sudowski en 2018 como parte del proceso de selección de líderes del NomCom de 2018-2019. En base a ese trabajo, el BGC ha determinado que el Sr. Sudowski está cualificado para prestar servicios como Presidente Electo del NomCom. La Junta Directiva ha considerado y está de acuerdo con la recomendación del BGC de reemplazar al Presidente Electo para el resto del período 2018-2019, que concluye en la Reunión General Anual de la ICANN en noviembre de 2019.

      La acción es en beneficio del interés público y en cumplimiento de la misión de la ICANN, dado que afecta positivamente la transparencia y la responsabilidad de la ICANN. La adopción de la recomendación del BGC no tendrá ningún impacto económico en la ICANN que no haya sido ya previsto, y no se observarán impactos negativos en la seguridad, estabilidad o flexibilidad del sistema de nombres de dominio.

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.

    9. Aprobación del CIIDRC como Proveedor de Servicio de Resolución de Disputas en el marco de la Política Uniforme de Resolución de Disputas por Nombres de Dominio (UDRP)

      Visto y considerando: Que el Centro Internacional Canadiense de Resolución de Disputas de Internet (CIIDRC) presentó una propuesta a la organización de la ICANN para su aprobación como proveedor de servicios de resolución de disputas en el marco del UDRP (https://www.icann.org/en/system/files/files/ciidrc-proposal-new-udrp-provider-16nov18-en.pdf).

      Visto y considerando: Que, en base a los materiales de la solicitud, el CIIDRC reúne los elementos sugeridos para la aprobación como proveedor de servicios de resolución de disputas en el marco del UDRP, tal como se establece en la Información relativa al proceso de aprobación de los proveedores de servicios de resolución de disputas (https://www.icann.org/resources/pages/provider-approval-process-2012-02-25-en).

      Visto y considerando: Que la propuesta del CIIDRC fue publicada para comentario público el 16 de noviembre de 2018 (https://www.icann.org/public-comments/udrp-provider-2018-11-16-en).

      Visto y considerando: Que la organización de la ICANN consideró los comentarios públicos recibidos, incluidas las respuestas del CIIDRC, y no identificó ningún comentario que planteara preocupación alguna acerca de la capacidad del CIIDRC para operar como proveedor de servicios de resolución de disputas en el marco del UDRP (https://www.icann.org/public-comments/udrp-provider-2018-11-16-en#summary).

      Resuélvase (2019.05.03.12): La Junta Directiva aprueba la solicitud del CIIDRC y aconseja al Presidente y Director Ejecutivo, o quien este designe, que inicie conversaciones con el CIIDRC en relación con el proceso para la prestación de servicios del CIIDRC en el marco del UDRP.

      Fundamento de la resolución 2019.05.03.12

      ¿Por qué la Junta directiva aborda este tema ahora?

      La Junta Directiva está considerando ahora la aprobación del CIIDRC como nuevo proveedor de servicios de resolución de disputas en el marco del UDRP porque éste es el siguiente paso lógico en este proceso, después de: (1) la recepción por parte de la organización de la ICANN de esta solicitud para su aprobación, (2) la revisión de la solicitud por parte de la organización de la ICANN, (3) el período de comentario público sobre la solicitud y (4) el análisis de los comentarios públicos por parte de la organización de la ICANN.

      ¿Cuáles son las partes interesadas u otros participantes consultados?

      La organización de la ICANN solicitó un amplio aporte de comentarios de la comunidad sobre esta solicitud a través de un período de comentario público.

      ¿Qué inquietudes o cuestiones fueron planteadas por la comunidad?

      De los dieciséis comentarios presentados, todos menos dos estaban a favor de agregar al solicitante como proveedor en el marco del UDRP. Los que estaban a favor de la aprobación de la solicitud fueron identificados como afiliados con el solicitante como árbitros/panelistas u organizaciones afiliadas con el solicitante (CIRA y el solicitante, CIIDRC). Asimismo, el Comité Asesor At-Large (ALAC) ofreció su apoyo para aprobar la solicitud.

      Los comentarios que presentó la Asociación de Comercio de Internet (ICA) y la Unidad Constitutiva de Negocios (BC) de la GNSO no contenían preocupaciones específicas sobre el mérito de la solicitud del CIIDRC, pero consideraban que se deberían establecer normas uniformes y ejecutables para todos los proveedores de servicios de resolución de disputas antes de agregar nuevos proveedores. Como se indicó anteriormente, la organización de la ICANN se encuentra en las etapas preliminares de la organización de una evaluación de la gestión de proveedores.

      ¿Se observan cuestiones sobre seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS?

      No se prevé que esta acción de la Junta Directiva tenga algún efecto en las cuestiones de seguridad, estabilidad y flexibilidad relacionadas con el DNS.

      ¿Está dicha acción dentro de la misión de la ICANN y cuál es el interés público que se beneficia con esta acción?

      La acción de la Junta Directiva es coherente con la misión de la ICANN de facilitar los procesos necesarios para implementar las políticas desarrolladas por la comunidad de acuerdo con la Sección 1.1(i) de los Estatutos de la ICANN. Esta acción será en beneficio del interés público al ampliar la disponibilidad de recursos a los que la comunidad de Internet puede acceder al aplicar esta política clave relacionada con los nombres de dominio.

      ¿Se requieren comentarios públicos antes de que la Junta Directiva adopte alguna acción?

      Esta medida forma parte de las funciones administrativas y organizacionales para las cuales se requiere de comentario público.

    10. Revisión de los Estatutos con referencia a los límites de mandato del SSAC para los dirigentes

      Visto y considerando: Que el artículo 12, sección 12.2(b) de los Estatutos rige al Comité Asesor de Seguridad y Estabilidad (SSAC).

      Visto y considerando: Que, en virtud del Artículo 12, Sección 12.2(b)(ii) de los Estatutos actuales, no se permite que el SSAC limite la cantidad de mandatos en los que puede prestar servicios el Presidente del SSAC.

      Visto y considerando: Que el SSAC propone enmiendas al Artículo 12, Sección 12.2(b)(ii) de los Estatutos de la ICANN para eliminar el texto que se refiere al mandato del Presidente tal como se presenta en las revisiones propuestas al Artículo 12, Sección 12.2(b)(ii).

      Visto y considerando: Que los Estatutos de la ICANN exigen, en la Sección 25.1(b) que, antes de la aprobación de una Enmienda a los Estatutos Generales por parte de la Junta Directiva, se publique en el sitio web una versión preliminar de la Enmienda a los Estatutos Generales que estará sujeta a comentarios públicos de acuerdo con los procesos de comentario público de la ICANN.

      Resuélvase (2019.05.03.13): La Junta Directiva ordena al Presidente y Director Ejecutivo de la ICANN, o a quien este designe, que publique para comentario público la enmienda estándar propuesta al Artículo 12, Sección 12.2(b)(ii) de los Estatutos de la ICANN según lo recomendado por el SSAC.

      Fundamento de la resolución 2019.05.03.13

      La permanencia en los cargos de los dirigentes del SSAC ha sido discutida por los miembros en varias ocasiones y los actuales Procedimientos Operativos (OP) v.7 del SSAC proporcionan la siguiente orientación:

      1. El Presidente del SSAC es elegido para un mandato de tres años, pero es renovable indefinidamente de acuerdo con el Artículo 12 del Reglamento de la ICANN, Sección 12.2(b)(ii) (ver OP Sección 2.8.1).
      2. El Vicepresidente del SSAC es elegido para un mandato de tres años y puede ocupar el cargo por no más de dos mandatos consecutivos de tres años (ver OP Sección 2.8.2).
      3. El Coordinador de enlace del SSAC con la Junta Directiva de la ICANN es elegido para un mandato de tres años y puede ocupar el cargo por no más de dos mandatos consecutivos de tres años (ver OP Sección 2.8.3.1).

      Los miembros del SSAC han discutido el concepto de limitar el mandato del Presidente del SSAC de la misma manera que el Vicepresidente del SSAC y el Coordinador de Enlace del SSAC con la Junta Directiva, pero reconocen que se requeriría un cambio en los Estatutos de la ICANN para hacerlo. Además, en el Informe Final de la Revisión Independiente del SSAC que realizó Analysis Group se formularon las siguientes recomendaciones pertinentes:

      1. Los cargos de dirigentes del SSAC deberían limitarse a dos mandatos de tres años. El SSAC no debería imponer límites de mandatos a los miembros que no son dirigentes.
      2. El SSAC debería trabajar con la Junta Directiva de la ICANN para actualizar los Estatutos de la ICANN a fin de permitir que haya límites de mandatos para el Presidente del SSAC.

      Aunque el Grupo de Trabajo de Revisión del SSAC tiene la responsabilidad primordial de desarrollar una respuesta consensuada a estas recomendaciones de la Revisión, ha surgido la oportunidad de progresar potencialmente en dicho cambio de los Estatutos.

      Por lo tanto, el SSAC propone enmiendas al Artículo 12, Sección 12.2(b)(ii) de los Estatutos de la ICANN para eliminar el texto que se refiere al mandato del Presidente.

      El impacto de este cambio sería permitir que el SSAC, si así lo desea, imponga límites de mandato al Presidente del SSAC dentro de sus procedimientos operativos, como es el caso del Vicepresidente del SSAC y Coordinador de Enlace del SSAC con la Junta Directiva.

      ¿Se observan cuestiones sobre seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS?

      No se prevé que esta acción de la Junta Directiva tenga algún efecto en las cuestiones de seguridad, estabilidad y flexibilidad relacionadas con el DNS.

      ¿Está dicha acción dentro de la misión de la ICANN y cuál es el interés público que se beneficia con esta acción?

      La acción de la Junta Directiva está dentro de la misión de la ICANN y del interés público porque apoya el rol de la ICANN en el servicio de la estabilidad y seguridad del DNS de Internet a través del diseño apropiado de este comité asesor.

      ¿Se requieren comentarios públicos antes de que la Junta Directiva adopte alguna acción?

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizativas que no requieren comentario público.

  2. Orden del día principal:

    1. Transferencia del dominio de alto nivel .TR (Turquía)

      Resuélvase (2019.05.03.14): Como parte del ejercicio de sus responsabilidades conforme al Contrato de Funciones de Nombres de la IANA con la ICANN, la IANA ha revisado y evaluado la solicitud de delegación del dominio de alto nivel con código de país .TR (Turquía) a Bilgi Teknolojileri ve İletişim Kurumu (BTK). La documentación demuestra que se siguieron los procedimientos adecuados durante la evaluación de la solicitud.

      Fundamento de la resolución 2019.05.03.14

      ¿Por qué la Junta Directiva aborda el tema ahora?

      De acuerdo con el Contrato de Funciones de Nombres de la IANA, la IANA ha evaluado una solicitud de transferencia de un dominio de alto nivel con código de país (ccTLD) y presenta su informe ante la Junta Directiva para revisión. La revisión por parte de la Junta Directiva tiene por objetivo verificar que se hayan seguido los procedimientos adecuados.

      ¿Cuál es la propuesta que se está considerando?

      La propuesta es aprobar una solicitud para transferir el dominio de alto nivel .TR y asignar el rol de administrador a Bilgi Teknolojileri ve İletişim Kurumu (BTK).

      ¿Cuáles son las partes interesadas u otros participantes consultados?

      Durante la evaluación de una solicitud de transferencia, la IANA consultó al solicitante y a otras partes interesadas relevantes. Como parte del proceso de solicitud, es necesario que el solicitante describa las consultas realizadas en el país en relación con el ccTLD y su aplicabilidad a la comunidad local de Internet.

      ¿Qué inquietudes o cuestiones fueron planteadas por la comunidad?

      La Junta Directiva de la ICANN no tiene conocimiento de ninguna inquietud o cuestión significativa planteada por la comunidad en relación con esta solicitud.

      ¿Qué materiales significativos analizó la Junta Directiva?

      La Junta Directiva analizó los siguientes evaluaciones:

      • El dominio resulta apto para la transferencia, ya que la cadena de caracteres en cuestión representa a Turquía que se encuentra enumerada en la norma ISO 3166-1;
      • Se ha consultado al gobierno pertinente, el cual no se opone a la decisión;
      • El administrador propuesta y sus contactos aceptan sus responsabilidades para la administración de este dominio;
      • La propuesta ha demostrado contar con el debido el apoyo y consulta de las partes interesadas relevantes.
      • La propuesta no infringe ninguna legislación o normativa conocida;
      • La propuesta garantiza que el dominio se administre localmente en el país y está sujeta a la legislación local;
      • El administrador propuesto ha confirmado que administrará el dominio de modo justo y equitativo;
      • El administrador propuesto ha demostrado las aptitudes técnicas y operativas adecuadas y planea operar el dominio;
      • La configuración técnica propuesta satisface los requisitos de cumplimiento técnico;
      • No se han identificado riesgos ni preocupaciones específicas en relación con la estabilidad de Internet; y
      • El personal ha recomendado que se implemente esta solicitud en función de los factores considerados.

      Estas evaluaciones responden a los criterios y marcos políticos apropiados, tales como la "Estructura y delegación del Sistema de Nombres de Dominio" (RFC 1591), los "Principios y directrices del GAC para la delegación y administración de los dominios de alto nivel de código de país" y el "Marco de interpretación de las políticas y directrices actuales relativas a la delegación y redelegación de los nombres de dominio de alto nivel con código de país" de la ccNSO.

      Como parte del proceso, los informes sobre Delegación y Transferencia se encuentran publicados en http://www.iana.org/reports.

      ¿Qué factores la Junta Directiva consideró significativos?

      La Junta Directiva no identificó ningún factor específico importante respecto de esta solicitud.

      ¿Existen impactos positivos o negativos para la comunidad?

      La aprobación oportuna de administradores de nombres de dominio con código de país que cumplen con los diversos criterios de interés público no sólo tiene un impacto positivo para la misión de la ICANN a nivel general y para las comunidades locales a las que están destinados dichos dominios, sino que además responde a las obligaciones previstas en el Contrato de Funciones de Nombres de la IANA.

      ¿Se observan impactos financieros o ramificaciones en la ICANN (plan estratégico, plan operativo, presupuesto), la comunidad o el público?

      La administración de las delegaciones de dominios con código de país en la zona raíz del DNS forma parte de las funciones de la IANA y, por ello, la acción de delegación no debería causar variaciones de importancia en los gastos ya planificados. No corresponde a la ICANN evaluar el impacto financiero de las operaciones internas de los nombres de dominio con código de país dentro de un país.

      ¿Se observan cuestiones sobre seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS?

      La ICANN considera que esta solicitud no implica riesgos significativos para la seguridad, estabilidad o flexibilidad.

      Coherencia con la misión de la ICANN y servir al interés público global

      Esta acción es coherente con la misión de la ICANN y sirve al interés público global al facilitar la coordinación de la zona raíz del DNS.

      ¿Se requieren comentarios públicos antes de que la Junta Directiva adopte alguna acción?

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizativas que no requieren comentario público.

    2. Aceptación de la Segunda Revisión Organizacional del RSSAC - Informe Final y Estudio de factibilidad y plan de implementación inicial

      Visto y considerando: Que la segunda Revisión Organizacional del RSSAC comenzó en septiembre de 2017, de acuerdo con el Artículo 4, Sección 4.4 de los Estatutos de la ICANN.

      Visto y considerando: Que el examinador independiente que llevó a cabo la segunda Revisión del RSSAC elaboró un informe de evaluación que se publicó para consulta pública el 27 de febrero de 2018, un informe final preliminar que se publicó para comentario público el 1 de mayo de 2018 y un informe final, que contenía seis (6) recomendaciones principales y nueve (9) recomendaciones complementarias, que se publicó el 10 de julio de 2018.

      Visto y considerando: El aporte que proporcionó la comunidad de la ICANN a través de comentarios públicos sobre el Informe Final Preliminar.

      Visto y considerando: Que el Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC, que actúa como coordinador de enlace entre el RSSAC, el examinador independiente y el Comité de Efectividad Organizacional (OEC) de la Junta Directiva, analizó las recomendaciones del examinador independiente en cuanto a viabilidad y utilidad, consideró las implicaciones presupuestarias provisionales y anticipó los recursos para proponer un cronograma de implementación priorizado.

      Visto y considerando: Que el Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC redactó un Estudio de Factibilidad y Plan de Implementación Inicial en el que indicó su apoyo a cuatro (4) recomendaciones principales en el informe final, incluida una (1) con modificaciones, y tres (3) recomendaciones complementarias, incluida una (1) con modificaciones. El Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC no apoyó dos (2) recomendaciones principales y seis (6) recomendaciones complementarias.

      Visto y considerando: Que el RSSAC aprobó el Estudio de Factibilidad y Plan de Implementación Inicial el 2 de octubre de 2018.

      Visto y considerando: Que, el OEC recibió información del examinador independiente sobre su informe final y del Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC sobre su Estudio de Factibilidad y Plan de Implementación Inicial durante la reunión del OEC del 8 de enero de 2019. El OEC también solicitó aclaraciones al Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC sobre su respuesta a ciertas conclusiones del examinador independiente.

      Visto y considerando: Que el OEC examinó el informe final, el Estudio de Factibilidad y Plan de Implementación Inicial y los aportes del comentario público a fin de llegar a una recomendación para la Junta Directiva sobre cómo proceder con la segunda Revisión del RSSAC. El OEC recomendó que la Junta Directiva aceptara tanto el informe final del examinador independiente de la Revisión del RSSAC como el Estudio de Factibilidad y Plan de Implementación Inicial del Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC. El OEC también recomendó que la Junta Directiva encargara al RSSAC que convocara a un grupo de trabajo de implementación para que elaborara un plan detallado de implementación de las recomendaciones, según se detalla en el Estudio de Factibilidad y Plan de Implementación Inicial, en un plazo de seis (6) meses a partir de la adopción de la presente resolución. El plan de implementación detallado contendrá también un cálculo adecuado de los costos de implementación. El OEC recomienda además a la Junta Directiva que el grupo de trabajo de implementación supervise la implementación de estas recomendaciones, una vez que la Junta Directiva haya aprobado dicho plan de implementación detallado, incluido el cálculo adecuado de los costos de implementación.

      Visto y considerando: Que esta revisión organizacional identificó cuestiones de sucesión, que el RSSAC recomienda y que el RSSAC abordó proactivamente estas preocupaciones proponiendo aclaraciones a su estructura de liderazgo, aprobando un cambio en sus Procedimientos Operativos en marzo de 2019 que modifica la estructura de liderazgo del RSSAC para que consista en un Presidente y un Vicepresidente del RSSAC en lugar de dos Copresidentes del RSSAC.

      Visto y considerando: Que el Artículo 12, Sección 2C de los Estatutos de la ICANN hace referencia a la estructura de dirigentes del RSSAC.

      Resuélvase (2019.05.03.15): La Junta Directiva reconoce el arduo trabajo del examinador independiente y le agradece por generar un amplio conjunto de recomendaciones para mejorar la efectividad, la responsabilidad y la transparencia del RSSAC.

      Resuélvase (2019.05.03.16): La Junta Directiva reconoce el trabajo y el apoyo del Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC durante el proceso de revisión, así como su Estudio de Factibilidad y Plan de Implementación Inicial que fue aprobado por el RSSAC el 2 de octubre de 2018 y que sirvió de guía para la recomendación del OEC a la Junta Directiva. La Junta Directiva agradece al Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC por sus esfuerzos.

      Resuélvase (2019.05.03.17): La Junta Directiva acepta el Informe Final del examinador independiente.

      Resuélvase (2019.05.03.18): La Junta Directiva acepta el Estudio de Factibilidad y Plan de Implementación Inicial.

      Resuélvase (2019.05.03.19): La Junta Directiva encarga al RSSAC que convoque un grupo de trabajo para la implementación de la revisión del RSSAC que elabore un plan de implementación detallado de las recomendaciones, según se detalla en el Estudio de Factibilidad y Plan de Implementación Inicial, incluido el cálculo adecuado de los costos de implementación

      Resuélvase (2019.05.03.20): El plan de implementación detallado se presentará a la Junta Directiva lo antes posible, pero a más tardar seis (6) meses después de la adopción de esta resolución. El plan de implementación debe contener un cronograma realista para la implementación, una definición de los resultados deseados, una explicación de cómo la implementación aborda los problemas subyacentes identificados en el informe final y una manera de medir el estado actual y el progreso hacia el resultado deseado. El grupo de trabajo también trabajará con la organización de la ICANN para incluir las implicaciones presupuestarias previstas para cada uno de los pasos de implementación en su plan de implementación detallado. El plan de implementación debe incorporar un enfoque por etapas que permita implementar primero las mejoras fáciles y menos costosas, y los elementos con consecuencias presupuestarias más importantes se abordarán más adelante en el proceso de implementación.

      Resuélvase (2019.05.03.21): La Junta Directiva ordena al grupo de trabajo para la implementación de la Revisión del RSSAC que supervise el proceso de implementación, una vez que la Junta Directiva haya aceptado el plan de implementación detallado. Cualquier solicitud presupuestaria que resulte de la implementación se realizará de acuerdo con los procesos de presupuestación anual de la organización de la ICANN.

      Resuélvase (2019.05.03.22): La Junta Directiva ordena al Grupo de Trabajo para la Implementación de la Revisión del RSSAC que proporcione al OEC informes de implementación cada seis (6) meses sobre el progreso en relación con el plan de implementación, incluido, entre otros, el progreso hacia las métricas detalladas en el plan de implementación y uso del presupuesto asignado.

      Resuélvase (2019.05.03.23): La Junta Directiva ordena al Presidente y Director Ejecutivo de la ICANN, o a quien este designe, que publique para comentario público la enmienda propuesta al Artículo 12, Sección 2C de los Estatutos de la ICANN para reflejar los cambios a la estructura de dirigentes del RSSAC.

      Fundamento de las resoluciones 2019.05.03.15 – 2019.05.03.23

      ¿Por qué la Junta Directiva aborda el tema?

      Para garantizar que el modelo de la ICANN de múltiples partes interesadas siga siendo transparente y responsable, y para mejorar su desempeño, la ICANN lleva a cabo revisiones organizacionales de sus organizaciones de apoyo, comités asesores (distintos del Comité Asesor Gubernamental) y Comité de Nominaciones, tal como se establece en el Artículo 4, Sección 4.4 de sus Estatutos. La segunda revisión del RSSAC comenzó en septiembre de 2017. El examinador independiente que llevó a cabo la revisión elaboró un informe final que se publicó en julio de 2018. El Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC, en base a su revisión detallada del informe final del examinador independiente, elaboró su Estudio de Factibilidad y Plan de Implementación Inicial.

      Examen independiente

      Interisle Consulting Group, LLC fue designado como la entidad examinadora independiente para la Revisión del RSSAC en septiembre de 2017, conforme al proceso de adquisición de la ICANN que involucró al personal de la organización de la ICANN y al Comité de Efectividad Organizacional (OEC) de la Junta Directiva, que es responsable de supervisar el proceso de revisión organizacional. Durante su trabajo, Interisle revisó la documentación pertinente, realizó 48 entrevistas con miembros del RSSAC, la comunidad de la ICANN en general, la Junta Directiva de la ICANN y la organización de la ICANN y recopiló 39 respuestas individuales a su encuesta en línea. Además, Interisle mantuvo reuniones periódicas con el Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC a lo largo de la revisión, incluidas reuniones públicas en las reuniones ICANN61 e ICANN62. Se publicó un Informe final preliminar para comentario público, para cumplir con el proceso estándar de la ICANN. Interisle organizó un seminario web para la comunidad sobre el informe final preliminar.

      El Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC proporcionó información directa a Interisle sobre las versiones iniciales del informe de evaluación preliminar y del informe final preliminar. Interisle consideró los comentarios e incorporó aquellos elementos que consideró apropiados en base a su rol independiente y su criterio profesional.

      El 10 de julio de 2018, Interisle publicó su informe final. El informe final incluyó una descripción de los problemas subyacentes identificados por el examinador independiente y seis (6) recomendaciones principales y nueve (9) recomendaciones complementarias diseñadas por el examinador independiente como propuestas para abordar esos problemas.

      Aportes del RSSAC/Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC

      El RSSAC expresó su preocupación por el alcance y la exactitud de los hechos de algunas de las conclusiones del informe de evaluación del examinador independiente, así como por el tono relacionado con la opinión pública y las citas utilizadas en el informe (ver RSSAC032).

      El RSSAC criticó el informe final preliminar. En particular, el RSSAC expresó su preocupación por el alcance, la estructura y la transparencia de la revisión, así como por el alcance de varias recomendaciones, aunque recibió con beneplácito algunas de ellas, en particular las relacionadas con el Grupo de Expertos del RSSAC (ver RSSAC036).

      En su Estudio de Factibilidad y Plan de Implementación Inicial, el Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC estuvo de acuerdo con algunas de las cuestiones planteadas en el informe final pero señaló su preocupación por dos (2) recomendaciones principales y seis (6) recomendaciones complementarias. El Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC proporcionó una explicación detallada de sus preocupaciones en el Estudio de Factibilidad y Plan de Implementación Inicial.

      Aportes de la Comunidad de la ICANN

      Además de las respuestas recogidas por Interisle a través de entrevistas y encuestas en línea y a través de la consulta pública sobre el informe de evaluación, durante el comentario público sobre el informe final preliminar, se presentaron ocho (8) comentarios; dos (2) que presentaron colaboradores individuales y seis (6) de organizaciones, incluido el RSSAC (ver informe resumido del procedimiento de comentario público).

      Fuera del RSSAC, otros contribuyentes al comentario público procedentes de la comunidad de la ICANN fueron menos críticos con el informe final preliminar y, en particular, recibieron con beneplácito las recomendaciones relativas a la modificación de los criterios de membresía del RSSAC. Por ejemplo, el Grupo de Partes Interesadas No Comerciales señaló lo siguiente: "apoyamos firmemente la diversidad en la operación y membresía de RSSAC de una manera abierta y transparente". La Unidad Constitutiva de Negocios (BC) señaló lo siguiente: "[l]a BC está de acuerdo con la recomendación que sugiere que se abra la membresía del RSSAC a los proveedores de instancias anycast que no sean RSO y a los resolutores públicos del DNS y partes interesadas del lado de aprovisionamiento como los registros de TLD y la ccNSO. Esto fomentaría la diversidad y enriquecería la profundidad de su asesoramiento a la Junta Directiva de la ICANN".

      Consideraciones y acciones del OEC y la Junta Directiva

      El OEC, como comité de la Junta Directiva de la ICANN que supervisa las revisiones organizacionales, revisó en detalle todos los documentos relevantes relacionados con la revisión del RSSAC. Concretamente, examinó el informe final y el Estudio de Factibilidad y Plan de Implementación Inicial y recibió presentaciones y aportes del examinador independiente y del Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC, respectivamente.

      La Junta Directiva advierte las preocupaciones planteadas durante el comentario público sobre el informe final preliminar y en el Estudio de Factibilidad y Plan de Implementación Inicial. El OEC se puso en contacto con los Copresidentes del Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC para solicitar aclaraciones sobre la respuesta del Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC a las conclusiones 1 y 1a del examinador independiente, como se detalla en el Estudio de Factibilidad y Plan de Implementación Inicial.

      Los Copresidentes del Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC respondieron al OEC y reiteraron que el Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC no apoya las conclusiones 1 y 1a del examinador independiente, como se detalla en el informe final. Los Copresidentes agregaron que el modelo de membresía del RSSAC se ha vuelto mucho más diverso como resultado del modelo del Grupo de Expertos del RSSAC, que a su vez presentaron como resultado de la primera revisión del RSSAC.

      Tras haber considerado la posición del RSSAC, la Junta Directiva cree que el RSSAC ha demostrado responsabilidad y transparencia en este proceso de revisión organizacional. Asimismo, la Junta Directiva considera que el Estudio de Factibilidad y Plan de Implementación Inicial ofrece una respuesta adecuada a las cuestiones que planteó el examinador independiente durante la revisión. La implementación de las mejoras propuestas por el Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC será un paso importante para garantizar que, tras la revisión, el RSSAC pueda y sea capaz de cumplir con su función y responsabilidades estipuladas en los Estatutos.

      Para confirmar que el RSSAC procede adecuadamente, la Junta Directiva le ordena al RSSAC que convoque a un grupo de trabajo para la implementación que le proporcione un plan de implementación ampliado, que incluya una visión general concisa del estado actual de cada una de las propuestas de implementación del Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC, una meta claramente definida de los objetivos de implementación, los costos apropiados de la implementación, la priorización e implicaciones de recursos, y una metodología de cómo medir el progreso de la implementación de forma continua. La Junta Directiva cree que estas métricas ayudarán a garantizar un proceso de implementación responsable y transparente, lo que conducirá a mejoras significativas y conscientes en materia presupuestal para mejorar aún más el rol fundamental del RSSAC de asesorar a la Junta Directiva y a la comunidad de la ICANN sobre asuntos relacionados con el funcionamiento, la administración, la seguridad y la integridad del sistema de servidores raíz, tal y como se describe en su carta orgánica de los Estatutos de la ICANN.

      En general, la Junta Directiva toma nota de la importancia del proceso de revisión organizacional, según se define en la Sección 4.4 de los Estatutos. El OEC y la organización de la ICANN implementaron algunos cambios en el proceso de revisión organizacional para todas las revisiones convocadas después de la segunda Revisión de At-Large: Las revisiones organizacionales constan ahora de dos fases, la primera de las cuales se centra exclusivamente en una evaluación de la entidad que es objeto de la revisión. La segunda fase, que comienza una vez que se alcanza un acuerdo sustancial sobre la evaluación entre el examinador independiente y la entidad que esté siendo revisada, se enfoca en desarrollar recomendaciones para mejoras. Este enfoque en dos fases ayuda a reforzar el proceso de revisión organizacional y la responsabilidad de las organizaciones que son objeto de la revisión.

      La Junta Directiva advierte las preocupaciones planteadas por el RSSAC en relación con el proceso de las Revisiones Organizacionales en general y sus cinco (5) recomendaciones relativas a futuras Revisiones Organizacionales (ver RSSAC041).

      El proceso de revisión organizacional es un proceso iterativo, y la Junta Directiva espera que todas las partes de la comunidad de la ICANN continúen trabajando de manera productiva para comprender los roles y puntos de vista únicos que cada SO/AC aporta a la ICANN, a su trabajo de desarrollo de políticas y esfuerzos intercomunitarios, y esperamos con ansias la próxima iteración de revisiones para continuar con el perfeccionamiento y la mejora de los procesos.

      ¿Cuál es la propuesta que se está considerando?

      La propuesta que se está examinando es que la Junta Directiva acepte el informe final del examinador independiente y el Estudio de Factibilidad y Plan de Implementación Inicial. La Junta Directiva también debe ordenar al RSSAC que convoque a un grupo de trabajo de implementación para que elabore un plan de implementación detallado, supervise la implementación de las recomendaciones que se detallan en el Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC en su Estudio de Factibilidad y Plan de Implementación Inicial y presente cada seis (6) meses un informe por escrito al OEC en el que se detallen los avances logrados en la implementación.

      La Junta Directiva también está considerando la posibilidad de iniciar el proceso de enmienda de los Estatutos generales mediante la publicación de las enmiendas a los Estatutos para comentario público. Estas enmiendas a los Estatutos abordan algunas de las conclusiones del informe final y han sido identificadas por el RSSAC como importantes para sus esfuerzos de implementación.

      ¿Qué materiales significativos analizó la Junta Directiva?

      La Junta Directiva ha examinado las disposiciones pertinentes de los Estatutos, el informe final del examinador independiente, el Estudio de Factibilidad y Plan de Implementación Inicial del Grupo de Trabajo para la Revisión del RSSAC, así como las opiniones de la comunidad sobre el informe de evaluación y el informe final preliminar del examinador independiente, y ha tenido en cuenta las consideraciones del OEC al formular esta recomendación.

      ¿Existen impactos positivos o negativos para la comunidad?

      Se prevé que esta acción de la Junta Directiva tenga un impacto positivo en la comunidad, porque apoya el proceso continuo de facilitar la revisión periódica de las Organizaciones de Apoyo y Comités Asesores de la ICANN, según lo estipulado en los Estatutos. Además, la implementación de la recomendación redundará en una mayor transparencia, responsabilidad y eficacia del RSSAC.

      Se prevé que la publicación para comentario público de las enmiendas propuestas a los Estatutos tenga un impacto positivo en la comunidad, dado que el RSSAC ha identificado su esperanza en cuanto a que el proceso de enmienda de los Estatutos pueda completarse antes de su próximo ciclo de selección de dirigentes, para permitir que las mejoras se implementen de manera más expeditiva.

      ¿Se observan impactos fiscales o ramificaciones en la ICANN (plan estratégico, plan operativo, presupuesto), la comunidad o el público?

      Esta medida de la Junta Directiva puede tener consecuencias fiscales, que se catalogarán en el próximo plan de implementación detallado, que a su vez será objeto de un examen futuro por parte de la Junta Directiva. El plan de implementación detallado debe describir cómo se incorporarán los requisitos presupuestarios en los futuros ciclos de presupuesto de la ICANN.

      ¿Se observan cuestiones sobre seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS?

      No se prevé que esta acción de la Junta Directiva tenga algún efecto en las cuestiones de seguridad, estabilidad y flexibilidad relacionadas con el DNS.

      ¿Está dicha acción dentro de la misión de la ICANN y cuál es el interés público que se beneficia con esta acción?

      La acción de la Junta Directiva es coherente con el compromiso de la ICANN conforme a la Sección 4 de los Estatutos para garantizar que el modelo de múltiples partes interesadas de la ICANN siga siendo transparente y responsable, y para mejorar el desempeño de sus organizaciones de apoyo y comités asesores.

      Esta acción será en beneficio del interés público porque cumple con el compromiso de la ICANN de mantener y mejorar su responsabilidad y transparencia.

      ¿Se requieren comentarios públicos antes de que la Junta Directiva adopte alguna acción?

      El informe final preliminar del examinador independiente fue publicado para comentario público. No se requieren comentarios públicos adicionales con anterioridad a la acción de la Junta Directiva.

    3. Plan Operativo y Presupuesto para el año fiscal 2020 y actualización del Plan Operativo Quinquenal

      Visto y considerando: Que la versión preliminar del Plan Operativo y Presupuesto de la ICANN para el año fiscal 2020 y la versión preliminar de la actualización del Plan Operativo Quinquenal de la ICANN para el año fiscal 2020 se publicaron para comentario público de conformidad con los Estatutos el 17 de diciembre de 2018.

      Visto y considerando: Que los comentarios recibidos en el proceso de comentario público fueron analizados por los miembros de la Junta y la organización de la ICANN durante una sesión pública en la reunión ICANN64 con representantes de los organismos que los presentaron, a fin de asegurarse de comprenderlos correctamente y considerarlos de manera apropiada.

      Visto y considerando: Que se consideraron los comentarios públicos recibidos para determinar las revisiones que deben hacerse a la versión preliminar del Plan Operativo y Presupuesto de la ICANN para el año fiscal 2020 y la versión preliminar de la actualización del Plan Operativo Quinquenal de la ICANN para el año fiscal 2020.

      Visto y considerando: Que, además del proceso de comentario público, la organización de la ICANN solicitó, en forma activa, comentarios de la comunidad y la consulta con la comunidad de la ICANN por otros medios, los cuales incluyeron sesiones públicas en la reunión ICANN64.

      Visto y considerando: Que, en todas sus recientes reuniones regularmente programadas, el Comité de Finanzas de la Junta Directiva (BFC) ha debatido y guió a la organización de la ICANN respecto del desarrollo del Plan Operativo y Presupuesto final de la ICANN para el año fiscal 2020 y la actualización final del Plan Operativo Quinquenal para el año fiscal 2020.

      Visto y considerando: Que el BFC evaluó y recomendó la aprobación de las solicitudes presupuestarias adicionales de organizaciones de apoyo (SO) y comités asesores (AC) en una reunión celebrada el 24 de abril de 2019.

      Visto y considerando: Que el BFC se reunió el 24 de abril de 2019 para revisar y debatir los cambios sugeridos resultantes de los comentarios públicos y consultas, así como la versión final del Plan Operativo y Presupuesto de la ICANN para el año fiscal 2020 y la versión final de la Actualización del Plan Operativo Quinquenal de la ICANN para el año fiscal 2020, y recomendó que la Junta los adoptara.

      Visto y considerando: Que, conforme a lo establecido en la Sección 3.9 del Acuerdo de Acreditación de Registradores de 2013, la Junta Directiva debe establecer las Tarifas de Acreditación Variables para Registradores, las cuales han de determinarse para elaborar el presupuesto anual.

      Visto y considerando: Que la descripción de las tarifas para registradores, incluidas las tarifas de acreditación variables para registradores recomendadas, para el año fiscal 2020 ha sido incluida en el Plan Operativo y Presupuesto de la ICANN para el año fiscal 2020.

      Resuélvase (2019.05.03.24): La Junta Directiva adopta el Plan Operativo y Presupuesto para el año fiscal 2020, incluido el Presupuesto provisorio de la ICANN para el año fiscal 2020 que estaría vigente en el caso de que el Plan Operativo y Presupuesto para el año fiscal 2020 no entre en vigor a comienzos del año fiscal 2020.

      Resuélvase (2019.05.03.25): La Junta Directiva adopta la actualización del Plan Operativo Quinquenal de la ICANN para el año fiscal 2020.

      Fundamento de las resoluciones 2019.05.03.24 – 2019.05.03.25

      De conformidad con la Sección 22.4 de los Estatutos de la ICANN, la Junta Directiva deberá aprobar un presupuesto anual y publicarlo en el sitio web de la ICANN. El 17 de diciembre de 2018, se publicaron para comentario público las versiones preliminares del Plan Operativo y Presupuesto de la ICANN para el año fiscal 2020 y de la actualización del Plan Operativo Quinquenal para el año fiscal 2020. La Junta Directiva de la entidad PTI (Identificadores Técnicos Públicos) aprobó el presupuesto de la entidad PTI el 20 de diciembre de 2018 y dicho presupuesto se recibió como aporte al Presupuesto de la IANA para el año fiscal 2020.

      Las versiones preliminares publicadas del Plan Operativo y Presupuesto de la ICANN para el año fiscal 2020 y del Presupuesto de la IANA para el año fiscal 2020 se basaron en diversos debates con los miembros de la Organización de la ICANN y de la Comunidad de la ICANN, incluidas extensas consultas con las Organizaciones de Apoyo y Comités Asesores de la ICANN y otros grupos de partes interesadas durante los meses previos.

      Los comentarios recibidos del proceso de comentario público generaron algunas revisiones a la versión preliminar del Plan Operativo y Presupuesto de la ICANN para el año fiscal 2020 del 17 de diciembre de 2018. Además, se realizaron las siguientes actividades de consulta:

      • Los días 1 y 2 de agosto de 2018: seminario web con la comunidad sobre el programa de planificación para el año fiscal 2020
      • El 13 de marzo de 2019, los comentarios recibidos en el proceso de comentario público fueron analizados por los miembros de la Junta y la organización de la ICANN durante una sesión pública sobre comentarios públicos en la reunión ICANN64 con representantes de los organismos de la ICANN que presentaron dichos comentarios, a fin de asegurarse de comprenderlos correctamente y considerarlos de manera apropiada.
      • Además del proceso de comentario público, la organización de la ICANN solicitó, en forma activa, comentarios de la comunidad y la consulta con la comunidad de la ICANN por otros medios, los cuales incluyeron sesiones públicas en la reunión ICANN64.

      Para la elaboración del Plan Operativo y Presupuesto final de la ICANN para el año fiscal 2020 y la actualización del Plan Operativo Quinquenal de la ICANN para el año fiscal 2020 se tuvieron en cuenta todos los comentarios recibidos. En los casos factibles y pertinentes, los aportes recibidos se incorporaron a la versión final propuesta para adopción del Plan Operativo y Presupuesto de la ICANN para el año fiscal 2020 y la actualización del Plan Operativo Quinquenal de la ICANN para el año fiscal 2020.

      Además de los requisitos operativos diarios, el Plan Operativo y Presupuesto de la ICANN para el año fiscal 2020 incluye las partidas presupuestarias para los nuevos gTLD para el año fiscal 2020 y los importes asignados a las diversas solicitudes presupuestarias para el año fiscal 2020 recibidas de los líderes de la comunidad. El Plan Operativo y Presupuesto de la ICANN para el año fiscal 2020 también divulga información financiera sobre el Programa de Nuevos gTLD relacionada con los gastos, la financiación y los fondos netos restantes. Además, dado que las tarifas de acreditación variables para registradores son fundamentales para el desarrollo del presupuesto, el Plan Operativo y Presupuesto de la ICANN para el año fiscal 2020 establece y fija dichas tarifas, las cuales están en consonancia con los últimos años, y serán revisadas para su aprobación por parte de los registradores.

      Se prevé que el Plan Operativo y Presupuesto para el año fiscal 2020 y la actualización del Plan Operativo Quinquenal para el año fiscal 2020 tengan un impacto positivo en la ICANN, ya que juntos permiten proporcionar un marco adecuado para la administración y funcionamiento de la ICANN, además de los fundamentos para que la organización sea responsable de manera transparente. La comunidad de la ICANN tendrá la oportunidad de considerar cada uno de estos documentos a través de los procesos de la Comunidad Empoderada, que reforzará aún más la responsabilidad de la ICANN.

      Esta decisión es de interés público y se enmarca dentro de la misión de la ICANN, dado que es plenamente compatible con los planes estratégicos y operativos de la ICANN, y cuyos resultados, de hecho, permiten a la ICANN cumplir con su misión.

      Esta decisión tendrá un impacto fiscal en la ICANN y la comunidad de la forma prevista. El impacto sobre la seguridad, la estabilidad y la flexibilidad del sistema de nombres de dominio (DNS) respecto de cualquier otra financiación dedicada a dichos aspectos del DNS debería ser positivo.

      Esta medida constituye una función organizativa y administrativa que ya se ha sometido a comentario público, según se indicó anteriormente.

    4. Comentario público sobre la evolución del Sistema de la Zona Raíz

      Visto y considerando: Que los Estatutos de la ICANN establecen el Comité Asesor del Sistema de Servidores Raíz (RSSAC), cuyo rol es asesorar a la comunidad y a la Junta Directiva de la ICANN respecto de cuestiones relativas a la operación, administración, seguridad e integridad del Sistemas de Servidores Raíz (RSS) de Internet.

      Visto y considerando: Que el RSSAC publicó "RSSAC037: Un modelo de gobernanza propuesto para el Sistema de Servidores Raíz del DNS" (RSSAC037) que propone cinco funciones para aportar gobernanza, responsabilidad y transparencia al Sistema de Servidores Raíz y "RSSAC038": Documento de asesoramiento del RSSAC sobre un modelo de gobernanza propuesto para el Sistema de Servidores Raíz del DNS" (RSSAC038), que realiza tres recomendaciones para los próximos pasos a la Junta Directiva de la ICANN.

      Visto y considerando: Que la Junta Directiva de la ICANN, a través de su Comité Técnico de la Junta Directiva, supervisó la elaboración de un "Documento conceptual sobre un proceso impulsado por la comunidad para desarrollar un modelo final basado en el documento RSSAC037", (Documento conceptual) que propone un modelo basado en el documento RSSAC037.

      Visto y considerando: Que el Documento conceptual proponía un proceso impulsado por la comunidad para desarrollar un modelo final que sería dirigido por el Grupo de Trabajo de Gobernanza (GWG) del Sistema de Servidores Raíz en respuesta a la Recomendación 1 del documento RSSAC038.

      Visto y considerando: Que la organización de la ICANN desarrolló procedimientos operativos y una carta orgánica preliminar y un plan de trabajo preliminar para el GWG y la organización de la ICANN para iniciar el trabajo de evolución del RSS.

      Resuélvase (2019.05.03.26): La Junta Directiva de la ICANN ordena al Presidente y Director Ejecutivo de la ICANN, o a quien este designe, que publique para comentario público el documento RSSAC037, el Documento conceptual, los procedimientos operativos y la carta orgánica preliminar y el plan de trabajo preliminar para el GWG.

      Fundamento de la resolución 2019.05.03.26

      Tras la transición de la custodia de la Autoridad de Números Asignados en Internet (IANA), el RSSAC se propuso elaborar un marco inicial para desarrollar el Sistemas de Servidores Raíz (RSS). En junio de 2018, el RSSAC publicó su modelo de gobernanza propuesto para el RSS y los operadores de servidores raíz en el documento "RSSAC037: Un modelo de gobernanza propuesto para el Sistema de Servidores Raíz del DNS" (RSSAC037). El modelo RSSAC037 requiere cinco funciones para proporcionar gobernanza, responsabilidad y transparencia para el RSS. El RSSAC publicó en forma simultánea "RSSAC038: Asesoramiento del RSSAC sobre un modelo de gobernanza propuesto para el Sistema de Servidores Raíz del DNS" (RSSAC038). En el documento RSSAC038, el RSSAC realiza tres recomendaciones a la Junta Directiva de la ICANN para los próximos pasos.

      Desde entonces, la Junta Directiva de la ICANN, a través del Comité Técnico de la Junta Directiva, supervisó la elaboración de un "Documento conceptual sobre un proceso impulsado por la comunidad para desarrollar un modelo final basado en el documento RSSAC037", (Documento conceptual) como parte de la consideración por parte de la Junta Directiva de la ICANN del documento RSSAC037. En el Documento conceptual, la Junta Directiva de la ICANN propone un modelo (Modelo conceptual) basado en el documento RSSAC037. El Modelo conceptual establecería tres grupos nuevos: La Junta Directiva de Gobernanza del Sistema de Servidores Raíz, el Comité Permanente del Sistema de Servidores Raíz y el Panel de Revisión de Operadores de Servidores Raíz. Además de estos grupos, la organización de la ICANN se encargaría de las funciones financieras y de secretaría.

      El Documento conceptual también describe un proceso impulsado por la comunidad para desarrollar un modelo final para el RSS. Esto es en respuesta a la Recomendación 1 del documento RSSAC038, en la que se solicita a la Junta Directiva de la ICANN que "inicie un proceso para producir una versión final del Modelo para su implementación en base al documento RSSAC037". Hay tres etapas: Diseño, Consulta e Implementación. Durante la etapa de implementación, hay dos áreas. El Grupo de Trabajo de Gobernanza (GWG) del Sistemas de Servidores Raíz lideraría el Área estructural para desarrollar un modelo final, y la organización de la ICANN lideraría el Área administrativa para planificar la implementación de un modelo final. Para iniciar este trabajo, la organización de la ICANN ha desarrollado una carta orgánica preliminar, procedimientos operativos y un plan de trabajo preliminar para el GWG.

      El documento RSSAC037, el Documento conceptual, la carta orgánica preliminar y los procedimientos operativos y el plan de trabajo preliminar para el GWG proporcionan un punto de partida para los debates en la comunidad de la ICANN sobre la evolución del RSS.

      El apoyo de la evolución del RSS contribuye al compromiso asumido por la ICANN de fortalecer la seguridad, estabilidad y flexibilidad del DNS. La evolución del RSS resultará en cambios significativos en la comunidad de la ICANN y en la organización de la ICANN. El proceso impulsado por la comunidad para desarrollar un modelo final prevé un trabajo y un compromiso de recursos considerables. Cualquier implicación presupuestaria y financiera se gestionará a través de los procesos de la ICANN que garantizan la responsabilidad y la transparencia. Asimismo, la Junta Directiva de la ICANN continúa su evaluación y consideración de las Recomendaciones 2 y 3 del documento RSSAC038.

      Esta acción se enmarca dentro de la misión de la ICANN, así como dentro de su función de facilitar y coordinar la evolución y el funcionamiento del Sistemas de Servidores Raíz del DNS. Resulta en beneficio del interés público en cuanto a que apoya la mejora y evolución del DNS.

    5. Otros temas a tratar

      No se adoptó ninguna resolución.