Resoluciones Aprobadas | Reunión organizacional de la Junta Directiva de la ICANN 21 de octubre de 2015

Este documento ha sido traducido a varios idiomas como información únicamente. El texto original y válido (en inglés) se puede obtener en: https://www.icann.org/resources/board-material/resolutions-2015-10-21-en

  1. Orden del Día Principal:
    1. Considerar la Solicitud de Reconsideración 15-18:

 

  1. Orden del Día Principal:

    1. Considerar la Solicitud de Reconsideración 15-18:

      Considerando que, los Estatutos de la ICANN, la Junta Directiva debe designar al presidente y al presidente electo del Comité de Nominaciones.

      Considerando que, la Junta Directiva le ha delegado al Comité de Gobernanza de la Junta Directiva (BGC) la responsabilidad de recomendar a los candidatos para presidente y presidente electo del Comité de Nominaciones para la aprobación de la Junta Directiva.

      Considerando que, el 27 de septiembre de 2015, el BGC se reunió y aprobó su recomendación a la Junta Directiva para que se nombrarán a Stéphane Van Gelder y Hans Petter Holen como presidente y presidente electo de NomCom 2016, respectivamente.

      Considerando que, el 28 de septiembre de 2015, en la Resolución 2015.09.28.25, la Junta Directiva nombró a Stéphane Van Gelder como presidente de NomCom 2016 y a Hans Petter Holen como presidente electo de NomCom.

      Considerando que, la Solicitud de Reconsideración 15-18 cuestiona la recomendación del BGC sobre el presidente y presidente electo del NomCom 2016 y el nombramiento de la Junta Directiva de Stéphane Van Gelder como presidente de NomCom 2016.

      Considerando que, el Comité de Gobernanza de la Junta Directiva (BGC) evaluó las cuestiones planteadas en la Solicitud 15-18 y recomendó que ésta fuera denegada debido a que el señor Andruff no expuso fundamentos suficientes para justificar la reconsideración, y la Junta Directiva acepta esta recomendación.

      Considerando que, el señor Andruff ha tenido la oportunidad de que la Junta Directiva lo escuche como parte de la consideración de la Junta Directiva de la Solicitud 15-18.

      Considerando que, la Junta Directiva considera que el señor Andruff no ha demostrado que el BGC o la Junta Directiva actuaran sin la información material o conforme a información falsa o inexacta.

      Resuélvase (2015.10.21.01): La Junta Directiva adopta la Recomendación del BGC sobre la Solicitud de Reconsideración 15-18, la cual puede consultarse en https://www.icann.org/en/system/files/files/recommendation-15-18-andruff-18oct15-en.pdf [PDF, 153 KB].

      Fundamentos de la Resolución 2015.10.21.01

      1. Resumen.

        El señor Andruff es el presidente electo de NomCom 2015. (Véase la Resolución 2014.10.11.01, disponible en https://www.icann.org/resources/board-material/resolutions-2014-10-11-en#1.a.) Dados los Estatutos de la ICANN, el BGC recomienda, y la Junta Directiva aprueba, al presidente y presidente electo de NomCom. (Véanse los Estatutos, Artículo VII, §§ 2.1 y 2.2, disponibles en:https://www.icann.org/resources/pages/governance/bylaws-en/#VII; la carta orgánica del BGC, Artículo I, § I, disponible en: https://www.icann.org/resources/pages/charter-06-2012-02-25-en.) Después de un proceso de evaluación cuidadoso, que incluyó la revisión de las declaraciones de la EOI de los candidatos, dos rondas de entrevistas, y la consideración sobre líderes para NomCom en la evaluación de 360 grados (Evaluación de 360 grados), el BGC recomendó a la Junta que Stéphane Van Gelder y Hans Petter Holen sean designados como presidente y presidente electo de NomCom 2016, respectivamente. El 28 de septiembre de 2015, la Junta Directiva nombró a Stéphane Van Gelder como presidente de NomCom 2016 y a Hans Petter Holen como presidente electo de NomCom 2016. (Véase la Resolución 2015.09.28.25, disponible en: https://www.icann.org/resources/board-material/resolutions-2015-09-28-en#2.g.)

        El señor Andruff sugiere que el BGC no enteró a la Junta Directiva sobre los siguientes hechos materiales, y por lo tanto la Junta Directiva no los consideró antes de designar al presidente y presidente electo de NomCom 2016: (1) un número insuficiente de miembros del BGC estuvieron presentes en las entrevistas del señor Andruff; (2) la calificación de la Evaluación de 360 grados del señor Andruff "no puede justificar que se pase el cargo de presidente electo 2015 al presidente de NomCom 2016"; (3) la "falta de sensibilidad cultural" es subjetiva y no hay evidencia que apoye la idea de que el señor Andruff carezca de dicha "sensibilidad cultural"; (4) la Evaluación de 360 grados no puede brindar adecuadamente una representación verdadera y completa de las capacidades de una persona para servir como presidente electo; y (5) los "comentarios negativos" escritos en la Evaluación de 360 grados del señor Andruff emanaron de personas con "agendas sospechosas". (Solicitud § 8, Págs. 4-5.) El señor Andruff sugirió, además, que la Junta Directiva le impedía examinar los hechos materiales de lo anterior debido a que el BGC no le informó de su recomendación hasta el día de la reunión de la Junta Directiva, por lo que se le privó de cualquier oportunidad razonable para preparar una respuesta detallada.

        El BGC concluyó que las denuncias del señor Andruff no apoyan la reconsideración y la Junta Directiva está de acuerdo. Como se indica en el Fundamento de la Resolución 2015.09.28.25, "[e]l BGC recibió y revisó varias EOI, supervisó una evaluación de 360 grados para los líderes NomCom 2015 y, llevó a cabo entrevistas con los candidatos antes de hacer sus recomendaciones. La Junta Directiva entonces sometió a consideración la recomendación del BGC respecto al presidente para el NomCom 2015 y presidente electo para el NomCom 2016 y está de acuerdo con ella. (Resolución 2015.09.28.25, disponible en: https://www.icann.org/resources/board-material/resolutions-2015-09-28-en#2.g.) El señor Andruff le proporcionó al BGC información relacionada con sus calificaciones en su EOI y durante las dos entrevistas telefónicas con el BGC. El señor Andruff también tuvo la oportunidad de responder a las preocupaciones planteadas en su evaluación de 360 grados durante su segunda entrevista con el BGC. Con respecto a los argumentos del señor Andruff con respecto al número de miembros de BGC que estaban presentes para sus entrevistas y que se le privó de la oportunidad de responder a la recomendación que el BGC le hizo a la Junta, el BGC concluyó que el señor Andruff no declaró en base a reconsideración. En vista de lo expuesto, el BGC recomendó que la Solicitud 15-18 sea denegada. La Junta Directiva está de acuerdo.

        Además, el señor Andruff ha tenido la oportunidad de que la Junta Directiva lo escuche como parte de la consideración de la Junta Directiva para la Solicitud 15-18. La Junta Directiva considera que el señor Andruff no ha demostrado que el BGC o la Junta Directiva actuaran sin la información material o conforme a a información falsa o inexacta.

      2. Hechos

        La Recomendación del BGC sobre la Solicitud de Reconsideración 15-18, que establece en detalle los hechos relacionados con este asunto, se incorpora por referencia y se considerará parte de este Fundamento. La Recomendación del BGC sobre la Solicitud de Reconsideración 15-18 está disponible en https://www.icann.org/en/system/files/files/recommendation-15-18-andruff-18oct15-en.pdf [PDF, 153 KB] y, se adjunta como Anexo B a los materiales de referencia.

      3. Cuestiones

        En vista de las alegaciones expuestas en la Solicitud 15-18, las cuestiones de reconsideración parecen ser si la reconsideración se justifica porque el BGC no enteró a la Junta Directiva sobre los siguientes hechos materiales, y por lo tanto la Junta Directiva no los consideró antes de designar al presidente y presidente electo de NomCom 2016: (1) un número insuficiente de miembros del BGC estuvieron presentes en las entrevistas del señor Andruff; (2) la calificación de la Evaluación de 360 grados del señor Andruff "no puede justificar que se pase el cargo de presidente electo 2015 al presidente de NomCom 2016"; (3) la "falta de sensibilidad cultural" es subjetiva y no hay evidencia que apoye la idea de que el señor Andruff carezca de dicha "sensibilidad cultural"; (4) la Evaluación de 360 grados no puede brindar adecuadamente una representación verdadera y completa de las capacidades de una persona para servir como presidente electo; y (5) los "comentarios negativos" escritos en la Evaluación de 360 grados del señor Andruff emanaron de personas con "agendas sospechosas". (Solicitud § 8, Págs. 4-5.)

      4. Las normas pertinentes para la evaluación de las Solicitudes de Reconsideración y el proceso de selección del presidente y presidente electo para NomCom.

        Como el señor Andruff cuestiona la acción de la Junta Directiva; él debe demostrar que la Junta Directiva actuó sin la información material o conforme a información falsa o inexacta. (Véase: Estatutos, Artículo IV, § 2.2). De acuerdo con los Estatutos de la ICANN, el BGC debe evaluar y plantear recomendaciones a la Junta Directiva con relación a las solicitudes de reconsideración. (Véase id., § 2.) La Junta Directiva ha examinado y debatido en profundidad la recomendación del BGC relacionada con la solicitud 15-18 y opina que el análisis ha sido sólido.1 El NomCom está formado por, entre otros, un presidente sin derecho a voto y un presidente electo in derecho a voto. Ambos son nombrados por la Junta Directiva de la ICANN. (Véanse los Estatutos, Artículo VII, §§ 2.1 y 2.2.) Los Estatutos establecen que:

        [s]e anticipa que al finalizarse el período del presidente electo, el mismo será asignado al puesto de presidente por la Junta Directiva. Sin embargo, la Junta Directiva se reserva la facultad de designar a cualquier otra persona para el cargo de presidente.

        (Véase id., § 3.4.)

        La convocatoria de la EOI para el presidente y presidente electo de NomCom 2016 establece las competencias y la experiencia necesarias. (Véase la Convocatoria de la EOI para el presidente y presidente electo de NomCom 2016, disponible en: https://www.icann.org/news/announcement-2-2015-06-04-en.) Además,

        [s]i bien se espera que el presidente electo del NomCom 2015 asuma el cargo de presidente del NomCom 2016, en pos de la mejora continua de su responsabilidad y transparencia, el NomCom evaluará el desempeño de sus líderes actualmente en funciones, y pondrá los resultados de dicha evaluación a disposición del Comité de Gobernanza de la Junta Directiva antes de presentar su recomendación a todos los integrantes de la Junta Directiva respecto de los líderes del NomCom 2016. Estas evaluaciones de 360 grados serán llevadas a cabo por un proveedor externo que se encargará de entrevistar a otros líderes e integrantes del NomCom, y personal designado para brindar soporte a dicho comité. El Comité de Gobernanza de la Junta Directiva aplicará los resultados de estas evaluaciones a los procesos que llevarán a la designación formal del presidente y el presidente electo del NomCom 2016 por parte de la Junta Directiva.

        (Ídem).

      5. Análisis y fundamentos

        El BGC concluyó, y la Junta Directiva está de acuerdo, que el señor Andruff no ha demostrado una base de reconsideración. Como asunto preliminar, la Junta Directiva toma nota de que el señor Andruff sugiere que el BGC se "entromete en los asuntos de la Comisión de Nombramientos supuestamente independiente." (Solicitud, § 7, página 4). Los Estatutos de la ICANN requieren que la Junta Directiva nombre al presidente y presidente electo de NomCom, y la Junta Directiva le ha delegado al BGC la responsabilidad de recomendar candidatos para estos puestos para la aprobación de la Junta Directiva. Véase la carta orgánica del BGC, Artículo I, § I, disponible en: https://www.icann.org/resources/pages/charter-06-2012-02-25-en.) Como tal, las acciones del BGC cuestionadas en la Solicitud de Reconsideración 15-18 forman parte del mandato del BGC como lo establece la carta orgánica de dicho comité, que fue aprobada por la Junta Directiva el 13 de octubre de 2012. (Véase, id.) Si el señor Andruff cuestiona a la delegación de la Junta Directiva sobre la autoridad del BGC para recomendar al presidente y presidente electo de NomCom para aprobación de la Junta Directiva, el tiempo para hacerlo ha pasado.

        Con respecto al argumento del señor Andruff que el BGC "optó por pasar por alto [su] historial ejemplar de dieciséis años de servicio, un sólido líder en la ICANN y marcas globales sólidas en [su] Evaluación 360" y en su lugar se centró "en un subconjunto de ataques mal dirigidos y de agresiva naturaleza sobre la reputación [la del señor Andruff] hechas por algunas personas "(Solicitud, § 3, pág. 1), el BGC concluyó, que el señor Andruff no ha demostrado que tanto el BGC como la Junta Directiva pasaran por alto sus años de servicio o aquellos aspectos positivos de de su evaluación de 360 grados y, la Junta Directiva acepta estas conclusiones. Más bien, la declaración de la EOI del señor Andruff detalla sus habilidades, experiencia y contribución a la comunidad de la ICANN, información que fue considerada tanto por el BGC como por la Junta Directiva. (Véase la Resolución 2015.09.28.25, disponible en: https://www.icann.org/resources/board-material/resolutions-2015-09-28-en#2.g.) Además, el señor Andruff tuvo la oportunidad de proporcionarle al BGC y, así lo hizo, información relacionada con sus competencias en ambas entrevistas telefónicas que sostuvo con el BGC, así como de abordar cualquier preocupación que pudiera tener con respecto a su Evaluación de 360 grados y, puntualizar aquellos aspectos positivos de su Evaluación de 360 grados, en la segunda entrevista telefónica que sostuvo con el BGC.

        El BGC concluyó además que el cuestionamiento del señor Andruff acerca de la recomendación del BGC sobre la base de que había un número insuficiente de miembros del BGC presentes en sus entrevistas no es una base adecuada para su reconsideración. (Véase Solicitud, § 3, página 2). La Junta Directiva está de acuerdo. Por un lado, no hay ningún requerimiento que estipule un mandato de un número mínimo de miembros del BGC que deba estar presente en las entrevistas, ya que no hay ningún requerimiento para que el BGC entreviste a los candidatos. Por otro lado, tres de los cuatro miembros del BGC con derecho a voto se recusaron (aquellos que se recusaron lo hicieron porque son elegibles para ser seleccionados por el Comité de Nominaciones 2016) participaron en la primera entrevista, y los cuatro participaron en la segunda entrevista. Además, los cuatro miembros del BGC con derecho a voto que no se recusaron estuvieron presentes durante la reunión del BGC en donde dicho comité hizo su recomendación sobre la planilla de líderes para el NomCom 2016, y todos los miembros con derecho a voto de la Junta Directiva, con excepción de los tres que se recusaron, participaron en la decisión de la Junta Directiva en este asunto.2 Adicionalmente, el mismo o similar número de miembros del BGC estuvieron presentes en las entrevistas de los otros candidatos. También se debe puntualizar que el número de miembros del BGC presentes en las entrevistas no son inconsistentes con las entrevistas realizadas para las posiciones de líderes de NomCom en años anteriores. En todo caso, el número de miembros del BGC que participaron en las entrevistas del señor Andruff no hace referencia a si la Junta actuó sin la información material, o conforme a información falsa o inexacta, y por lo tanto la reconsideración no es apropiada sobre esta base.

        Con respecto al argumento del señor Andruff en relación con la falta del debido proceso y la falta de equidad procesal, no hay ningún requerimiento de que la BGC le brinde la oportunidad de responder a la recomendación del BGC antes de que la Junta Directiva considere dicha recomendación. Todavía más, incluso si había un proceso de este tipo, esto no es una base adecuada para la reconsideración de acción de la Junta Directiva. En concreto, el señor Andruff no ha demostrado que la Junta Directiva no tuviera en cuenta la información material o información considerada falsa o engañosa, en la aprobación sobre los líderes de NomCom 2016. Sin embargo, el BGC recomendó, y la Junta Directiva le proporcionó al señor Andruff la oportunidad de hacerse oír sobre este asunto antes de tomar su decisión final en el mismo.

        Con respecto a la denuncia del señor Andruff sobre el nombramiento de la Junta Directiva del presidente de NomCom 2016 hecha sin información relevante, el BGC concluye y, la Junta Directiva acepta dicha conclusión de que el señor Andruff no ha demostrado: (1) que la información citada habría sido relevante para la decisión de la Junta Directiva; (2) que la Junta Directiva no tuvo en cuenta la información; o (iii) que la Junta actuó bajo información falsa o inexacta. En cambio, la mayoría, si no todas las bases de reconsideración (como se indica en el párrafo anterior) parecen ser la opinión del señor Andruff, y las opiniones no sirven como base para la reconsideración, ya que no son hechos relevantes los que no se consideraron, o hechos falsos o inexactos los que se consideraron.

        Efectivamente, como se indica en el Fundamento de la Resolución 2015.09.28.12, "[e]l BGC recibió y revisó varias EOI, supervisó una evaluación de 360 grados para los líderes NomCom 2015 y, llevó a cabo entrevistas con los candidatos antes de hacer sus recomendaciones. La Junta Directiva entonces sometió a consideración la recomendación del BGC respecto al presidente para el NomCom 2015 y presidente electo para el NomCom 2016 y está de acuerdo con ella. (Resolución 2015.09.28.25, disponible en: https://www.icann.org/resources/board-material/resolutions-2015-09-28-en#2.g.) Como tal, el señor Andruff tuvo la oportunidad de proporcionarle al BGC información que pudiera ser relevante para su candidatura, tales como sus cualificaciones, así como la de abordar cualquier preocupación que el señor Andruff pudiera tener con respecto a su Evaluación de 360 grados, por medio de su declaración de la EOI y, de las entrevistas telefónicas que sostuvo con el BGC.

        La Recomendación plena del BGC sobre la Solicitud de Reconsideración 15-18, que establece el análisis y fundamento en detalle y con el que la Junta Directiva está de acuerdo, se incorpora por referencia y se considerará parte de este Fundamento. La Recomendación del BGC sobre la Solicitud de Reconsideración 15-18 está disponible en:https://www.icann.org/en/system/files/files/recommendation-15-18-andruff-18oct15-en.pdf [PDF, 153 KB] y, se adjunta como Anexo B a los materiales de referencia.

      6. Decisión

        La Junta Directiva tuvo la oportunidad de considerar todos los materiales presentados por el señor Andruff o, en su representación, (véase https://www.icann.org/resources/pages/reconsideration-15-18-ra-2015-10-12-en) o, que de otro modo estén relacionados con la Solicitud 15-18. La Junta Directiva también tuvo la oportunidad de escuchar directamente al señor Andruff. Tras analizar toda la información relevante, la Junta Directiva ha evaluado y adoptado la recomendación del BGC sobre la Solicitud 15-18, la cual será considerada parte de estos fundamentos, y cuyo texto completo está disponible en: https://www.icann.org/en/system/files/files/recommendation-15-18-andruff-18oct15-en.pdf [PDF, 153 KB].

        La adopción de la recomendación del BGC no ha tenido un impacto económico en la ICANN y no provocará un impacto negativo en la seguridad, la estabilidad ni en la flexibilidad sistemáticas del sistema de nombres de dominio.

        Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.


1 La existencia de un proceso de reconsideración mediante el cual el BGC examina y, si lo desea, plantea recomendaciones a la Junta Directiva para su aprobación tiene un impacto positivo en la responsabilidad y la transparencia de la ICANN. Este proceso ofrece una alternativa para garantizar a la comunidad que el personal y la Junta Directiva están actuando de conformidad con las políticas, los Estatutos y el Acta Constitutiva de la ICANN.

2 Véase Orden del día del 27 de septiembre de 2015 sobre la reunión del BGC disponible en: https://www.icann.org/resources/board-material/agenda-bgc-2015-09-27-en; también véase, las actas del 27 de septiembre de 2015, disponible en: https://www.icann.org/resources/board-material/minutes-bgc-2015-09-27-en.