Resoluciones Propuestas de la Junta Directiva | Asamblea Ordinaria de la Junta Directiva de la ICANN 22 de agosto de 2013

Este documento ha sido traducido a varios idiomas como información únicamente. El texto original y válido (en inglés) se puede obtener en: http://www.icann.org/en/groups/board/documents/resolutions-22aug13-en.htm

 

  1. Orden del día convenido
    1. Aprobación de las actas de las reuniones de la Junta Directiva
    2. Aprobación del Presupuesto del Año Fiscal 2014
    3. Aprobación del contrato con un contratista general para la ampliación de las oficinas en Los Ángeles
    4. Re-delegación del dominio .BW que representa a Botsuana
    5. Re-delegación del dominio .PT que representa a Portugal
  2. Orden del día principal
    1. Compensación de riesgo del Defensor del Pueblo correspondiente al Año Fiscal 2013 – SESIÓN EJECUTIVA
    2. Renovación del Acuerdo de Registro de .INFO
    3. Renovación del Acuerdo de Registro de .ORG
    4. Renovación del Acuerdo de Registro de .BIZ

 

  1. Orden del día convenido:

    1. Aprobación de las actas de las reuniones de la Junta Directiva

      Resuélvase (2013.02.28.01): por la presente, la Junta Directiva aprueba las actas de la reunión extraordinaria de la Junta Directiva de la ICANN del día 27 de junio.

    2. Aprobación del Presupuesto del Año Fiscal 2014

      Visto y considerando que, el 10 de mayo del 2013 el borrador del Presupuesto y Plan Operativo para el Año Fiscal 2014 fue publicado para la recepción de comentarios por parte del público, de conformidad con los Estatutos, y que dicho presupuesto y plan operativo se basó en numerosas consultas con la comunidad, además de consultas al personal de la ICANN y al Comité de Finanzas de la Junta Directiva durante el año fiscal previo.

      Visto y considerando que, como resultado de las actividades intermedias y de los comentarios recibidos en el foro de comentario público, se efectuaron revisiones significativas al borrador del Plan Operativo y Presupuesto para el Año Fiscal 2014 publicado el 10 de mayo del 2013.

      Visto y considerando que, debido a las revisiones efectuadas al borrador del Plan Operativo y Presupuesto para el Año Fiscal 2014, comunicadas el 17 de julio del 2013 durante la reunión llevada a cabo en Durban, la ICANN decidió reabrir el foro de comentario público hasta el 4 de agosto del 2013.

      Visto y considerando que, además del foro de comentario público, la ICANN procuró activamente la retroalimentación de la comunidad, como también las consultas a la comunidad de la ICANN por otros medios, tales como teleconferencias, reuniones en Pekín y Durban, y comunicaciones mediante correo electrónico.

      Visto y considerando que, el Comité de Finanzas de la Junta Directiva de la ICANN ha debatido el desarrollo del Plan Operativo y Presupuesto para el Año Fiscal 2014 en cada una de sus reuniones regularmente programadas y llevadas a cabo recientemente, y ha orientado al personal al respecto.

      Visto y considerando que, el Comité de Finanzas de la Junta Directiva de la ICANN se reunió el 7 de agosto del 2013 con el fin de debatir la versión final del Presupuesto y Plan Operativo del Año Fiscal 2014 y recomendó su adopción por parte de la Junta Directiva.

      Visto y considerando que, de conformidad con la Sección 3.9 de los Acuerdos de Acreditación de Registradores 2001, 2009 y 2013, la Junta Directiva debe establecer las tarifas de acreditación variables a ser abonadas por los registradores, las cuales se deben fijar con el fin de desarrollar el presupuesto anual.

      Visto y considerando que, las descripción de las tarifas a pagar por los registradores durante el Año Fiscal 2014 – la cual comprende las tarifas de acreditación variables recomendadas a ser abonadas por los registradores – ha sido incluida en el Plan Operativo y Presupuesto para el Año Fiscal 2014.

      Resuélvase (2013.08.22.02): la Junta Directiva aprueba el Plan Operativo y Presupuesto para el Año Fiscal 2014 y, mediante dicha aprobación, fija las tarifas de acreditación variables (por transacción y por registrador) según lo establecido en el Plan Operativo y Presupuesto para el Año Fiscal 2014.

      Fundamentos de la Resolución 2013.08.22.02

      De conformidad con el Artículo XVI, Sección 4 de los Estatutos de la ICANN, la Junta Directiva adoptará un presupuesto anual y lo publicará en el sitio web de la ICANN. El 10 de mayo del 2103, se publicó un borrador del Plan Operativo y Presupuesto para el Año Fiscal 2104 para la recepción de comentarios por parte del público. Esta versión se basó en numerosos debates con miembros del equipo ejecutivo, y amplias consultas con las organizaciones de apoyo, los comités asesores y demás grupos de partes interesadas dentro de laICANN durante varios meses previos. Como resultado de las actividades intermedias y de los comentarios recibidos en el foro de comentario público, se efectuaron revisiones acotadas pero significativas al borrador del Plan Operativo y Presupuesto para el Año Fiscal 2014 publicado el 10 de mayo del 2013. Por ende, con el fin de garantizar plena transparencia y responsabilidad, el 17 de julio del 2013 la ICANN comunicó dichas revisiones en una sesión pública durante la reunión llevada a cabo en Durban, y procedió a la reapertura del foro de comentario público, indicando que el foro permaneciera abierto hasta el 4 de agosto del 2013.

      Durante el desarrollo de la versión final del Plan Operativo y Presupuesto para el Año Fiscal 2014, fueron tenidos en cuenta todos los comentarios recibidos por todas las vías, los cuales fueron implementados toda vez que fuera factible y apropiado.

      Además de los requisitos operativos diarios, en el Plan Operativo y Presupuesto para el Año Fiscal 2014 se incluyen los rubros presupuestarios asignados a los nuevos gTLD para el Año Fiscal 2014, y varias partidas presupuestarias asignadas a diversas solicitudes presentadas por los líderes de la comunidad. Asimismo, en el presupuesto anual se dan a conocer los impactos del programa de nuevos gTLD.Además, dado que las tarifas de acreditación variables a ser abonadas por los registradores son un componente clave del desarrollo del presupuesto, en el Plan Operativo y Presupuesto para el Año Fiscal 2014 se indican y establecen dichas tarifas, las cuales están en consonancia con las tarifas de los últimos años, y serán revisadas por los registradores para su aprobación.

      El Plan Operativo y Presupuesto para el Año Fiscal 2014 tendrá un impacto positivo, ya que proporciona un marco adecuado para la gestión y el funcionamiento de la ICANN. Asimismo, sienta las bases para que la organización actúe con responsabilidad y transparencia. Esto tendrá un impacto fiscal sobre la ICANN y la comunidad, conforme a lo previsto. Esto no debería tener nada más que un impacto positivo sobre la seguridad, estabilidad y flexibilidad del sistema de nombres de dominio (DNS) con respecto a cualquier financiación dedicada a esos aspectos del DNS.

    3. Aprobación del contrato con un contratista general para la ampliación de las oficinas en Los Ángeles

      Visto y considerando que, el 2 de febrero del 2013 la Junta Directiva aprobó la modificación al contrato de alquiler de las oficinas de la ICANN en Los Ángeles, con el fin de agregar el alquiler de 5.800 pies cuadrados.

      Visto y considerando que, es necesario efectuar tareas de construcción para que la superficie incorporada sea utilizable.

      Visto y considerando que, la ICANN recibió una propuesta de trabajo de construcción que se encuentra en consonancia con el diseño del espacio de oficinas actualmente en uso.

      Resuélvase (2013.08.22.03): se autoriza al Presidente y Director Ejecutivo, o a la persona que este designe, a celebrar un contrato entre la ICANN y Cannon Constructors Group South, Inc. por un monto que no supere los [se omite esta información], y a efectuar los desembolsos necesarios que superen los US$500.000 en pos del cumplimiento de dicho contrato.

      Resuélvase (2013.08.22.04): de conformidad con el Artículo III, Sección 5.2 de los Estatutos de la ICANN, parte del contenido de la presente resolución y sus fundamentos podrán editarse y mantenerse bajo confidencialidad hasta tanto el Presidente y Director Ejecutivo considere apropiado dar a conocer dicha información.

      Fundamento de las Resoluciones 2013.08.22.03 – 2013.08.22.04

      El 2 de febrero del 2013, la Junta Directiva aprobó las modificaciones al contrato de alquiler de las oficinas de la ICANN en Los Ángeles, con el fin de agregar 5.800 pies cuadrados de superficie, para alcanzar así una superficie total de 35.000 pies cuadrados. En sus fundamentos (http://www.icann.org/es/groups/board/documents/resolutions-02feb13-es.htm#1.c.rationale) la Junta Directiva indicó que los planes de incorporación de personal a largo plazo hacen necesario contar con más espacio, que el contrato de alquiler actual vence en junio del 2022, y que no hay planes de reubicar las oficinas principales. Se requiere llevar a cabo tareas de construcción, para lo cual será necesario un desembolso de capital que permita habilitar el uso de la superficie a incorporar durante los años restantes de validez del contrato. Se recibió una propuesta para llevar a cabo el proyecto, la cual está en consonancia con el diseño del tercer piso.

      Sobre la base del costo y desempeño durante la construcción del tercer piso, y de conformidad con los términos de las Directrices en materia de Compras de la ICANN (véase: http://www.icann.org/en/about/financials/procurement-guidelines-21feb10-en.pdf [PDF, 1.03 MB]), Cannon Constructors Group South, Inc. ha sido seleccionado como el contratista general para este proyecto. El monto total del contrato propuesto es [se omite esta información].Esta resolución es necesaria ya que el monto del contrato supera los US$500.000 y, por ende, requiere la aprobación por parte de la Junta Directiva conforme a la Política de Contratación y Desembolsos de la ICANN (véase: http://www.icann.org/en/about/financials/signing-authority.)

      El impacto fiscal fue previsto y tenido en cuenta en el proceso presupuestario para el Año Fiscal 2014.Esta decisión no tendrá ningún impacto sobre la seguridad, estabilidad o flexibilidad del sistema de nombres de dominio.

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.

    4. Re-delegación del dominio .BW que representa a Botsuana

      Resuélvase (2013.08.22.05): como parte del ejercicio de sus responsabilidades conforme al Contrato de Funciones de la IANA, la ICANN ha revisado y evaluado la solicitud de re-delegación del dominio de alto nivel con código de país .BW al Ente Regulador de Comunicaciones de Botsuana.La documentación demuestra que se siguieron los procedimientos adecuados durante la evaluación de la solicitud.

      Resuélvase (2013.08.22.06): la Junta Directiva dispone que –conforme al Artículo III, Sección 5.2 de los Estatutos de la ICANN– los fragmentos de los fundamentos contenidos en las resoluciones, el informe preliminar o las actas cuya divulgación pública no sea apropiada en este momento debido a obligaciones contractuales sean retenidos hasta tanto se autorice su divulgación pública de acuerdo con dichas obligaciones.

      Fundamento de las Resoluciones 2013.08.22.05 – 2013.08.22.06

      ¿Por qué la Junta Directiva está abordando ahora la cuestión?

      De acuerdo con el Contrato de Funciones de la IANA, el personal de la ICANN ha evaluado una solicitud de re-delegación de un dominio de alto nivel con código de país (ccTLD) y presenta su informe ante la Junta Directiva para revisión.La revisión por parte de la Junta Directiva tiene por objetivo verificar que el personal de la ICANN haya seguido los procedimientos adecuados.

      ¿Cuál es la propuesta que se somete a consideración?

      La propuesta consiste en aprobar una solicitud dirigida a la IANA para cambiar la organización patrocinadora (denominada también administradora o custodio) del dominio de alto nivel con código de país .BW al Ente Regulador de Comunicaciones de Botsuana.

      ¿Cuáles son las partes interesadas u otros participantes consultados?

      Durante la evaluación de una solicitud de delegación, el personal de la ICANN consulta al solicitante y a otras partes interesadas.Como parte del proceso de solicitud, el solicitante debe describir las consultas realizadas en el país correspondiente al ccTLD y su aplicabilidad a la comunidad local de Internet.

      ¿Qué inquietudes o cuestiones mencionó la comunidad?

      El personal no tiene conocimiento de ninguna inquietud o cuestión significativa planteada por la comunidad en relación con esta solicitud.

      [Se omiten los fundamentos].

      ¿Qué factores considera importantes la Junta Directiva?

      La Junta Directiva no identificó ningún factor específico importante respecto de esta solicitud.

      ¿Se observan impactos positivos o negativos en la comunidad?

      La aprobación oportuna de administradores de nombres de dominio con código de país que cumplen con los diversos criterios de interés público no solo tiene un impacto positivo para la misión de la ICANN a nivel general y para las comunidades locales a las que están destinados dichos dominios, sino que además responde a las obligaciones de la ICANN previstas en el Contrato de Funciones de la IANA.

      ¿Se observan impactos financieros o ramificaciones en la ICANN (plan estratégico, plan operativo, presupuesto), la comunidad y/o el público?

      La administración de las delegaciones de dominios con código país en la zona raíz del DNS forma parte de las funciones de la IANA y, por ello, la acción de delegación no debería causar variaciones de importancia en los gastos ya planificados.No corresponde a la ICANN evaluar el impacto financiero de las operaciones internas de ccTLD dentro de un país.

      ¿Se observan cuestiones sobre seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS?

      La ICANN considera que esta solicitud no implica riesgos significativos en materia de seguridad, estabilidad o flexibilidad.

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.

    5. Re-delegación del dominio .PT que representa a Portugal

      Resuélvase (2013.08.22.07): como parte del ejercicio de sus responsabilidades conforme al Contrato de Funciones de la IANA, la ICANN ha revisado y evaluado la solicitud de re-delegación del dominio de alto nivel con código de país .PT a Associação DNS.PT. La documentación demuestra que se han seguido los procedimientos apropiados al evaluar la solicitud.

      Resuélvase (2013.08.22.08): la Junta Directiva dispone que –conforme al Artículo III, Sección 5.2 de los Estatutos de la ICANN– los fragmentos de los fundamentos contenidos en las resoluciones, el informe preliminar o las actas cuya divulgación pública no sea apropiada en este momento debido a obligaciones contractuales sean retenidos hasta tanto se autorice su divulgación pública de acuerdo con dichas obligaciones.

      Fundamento de las Resoluciones 2013.08.22.07 – 2013.08.22.08

      ¿Por qué la Junta Directiva está abordando ahora la cuestión?

      De acuerdo con el Contrato de Funciones de la IANA, el personal de la ICANN ha evaluado una solicitud de re-delegación de un dominio de alto nivel con código de país (ccTLD) y presenta su informe ante la Junta Directiva para revisión. La revisión por parte de la Junta Directiva tiene por objetivo verificar que el personal de la ICANN haya seguido los procedimientos adecuados.

      ¿Cuál es la propuesta que se somete a consideración?

      La propuesta consiste en aprobar una solicitud dirigida al Departamento de la IANA para cambiar la organización patrocinadora (denominada también administradora o custodio) del dominio de alto nivel con código de país .PT a Associação DNS.PT.

      ¿Cuáles son las partes interesadas u otros participantes consultados?

      Durante la evaluación de una solicitud de delegación, el personal de la ICANN consulta al solicitante y a otras partes interesadas. Como parte del proceso de solicitud, el solicitante debe describir las consultas realizadas en el país correspondiente al ccTLD y su aplicabilidad a la comunidad local de Internet.

      ¿Qué inquietudes o cuestiones mencionó la comunidad?

      El personal no tiene conocimiento de ninguna inquietud o cuestión significativa planteada por la comunidad en relación con esta solicitud.

      [Se omiten los fundamentos].

      ¿Qué factores considera importantes la Junta Directiva?

      La Junta Directiva no identificó ningún factor específico importante respecto de esta solicitud.

      ¿Se observan impactos positivos o negativos en la comunidad?

      La aprobación oportuna de administradores de nombres de dominio con código de país que cumplen con los diversos criterios de interés público no solo tiene un impacto positivo para la misión de la ICANN a nivel general y para las comunidades locales a las que están destinados dichos dominios, sino que además responde a las obligaciones de la ICANN previstas en el Contrato de Funciones de la IANA.

      ¿Se observan impactos financieros o ramificaciones en la ICANN (plan estratégico, plan operativo, presupuesto), la comunidad y/o el público?

      La administración de las delegaciones de dominios con código país en la zona raíz del DNS forma parte de las funciones de la IANA y, por ello, la acción de delegación no debería causar variaciones de importancia en los gastos ya planificados. No corresponde a la ICANN evaluar el impacto financiero de las operaciones internas de ccTLD dentro de un país.

      ¿Se observan cuestiones sobre seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS?

      La ICANN considera que esta solicitud no implica riesgos significativos en materia de seguridad, estabilidad o flexibilidad.

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.

  2. Orden del día principal:

    1. Compensación de riesgo del Defensor del Pueblo correspondiente al Año Fiscal 2013 – SESIÓN EJECUTIVA

      Visto y considerando que, el Comité de Compensaciones recomendó a la Junta Directiva aprobar el pago de la compensación de riesgo del defensor del pueblo correspondiente al Año Fiscal 2013.

      Resuélvase (2013.08.22.09): la Junta Directiva aprueba un pago al defensor del pueblo en concepto de compensación de riesgo correspondiente al AF 2013.

      Fundamentos de la Resolución 2013.08.22.09

      Anualmente, el defensor del pueblo tiene la oportunidad de ganar una parte de su compensación sobre la base de metas de desempeño específicas establecidas por la Junta Directiva, a través del Comité de Compensaciones.Esto no solo incentiva al defensor del pueblo a desempeñar sus obligaciones regulares con creces, sino que genera encuentros periódicos durante el año entre este y la Junta Directiva con el fin de garantizar que dicho funcionario esté alcanzando sus metas y satisfaciendo las necesidades de la comunidad de la ICANN.

      La puntuación de los objetivos de desempeño del defensor del pueblo surge de la propia evaluación del funcionario, lo cual incluye llevar a cabo un análisis junto al defensor del pueblo, y la revisión que realiza el Comité de Compensaciones, el cual hace una recomendación a la Junta Directiva.El puntaje permite al defensor del pueblo entender en qué áreas se desempeñó bien y en cuáles tal vez deba mejorar o ampliar determinadas actividades.

      La puntuación de los objetivos de desempeño anual del defensor del pueblo se encuentra en línea con las metas de la ICANN y ayuda a ampliar el servicio que el defensor del pueblo presta a la comunidad de la ICANN. Si bien los resultados del puntaje tienen un impacto fiscal, este ya se encuentra previsto en el presupuesto anual. Esta acción no tendrá impacto alguno en la seguridad, estabilidad o flexibilidad del sistema de nombres de dominio.

    2. Renovación del Acuerdo de Registro de .INFO

      Visto y considerando que, la ICANN llevó a cabo un periodo de comentario público entre el 3 de junio y el 15 de julio del 2013 <http://www.icann.org/en/news/public-comment/info-renewal-03jun13-en.htm> respecto de un acuerdo propuesto para la renovación del Acuerdo de Registro 2006 de .INFO <http://www.icann.org/en/about/agreements/registries/info>.

      Visto y considerando que, la propuesta de renovación del Acuerdo de Registro de .INFO incluye la modificación de disposiciones con el fin de que el Acuerdo de Registro de .INFO esté en consonancia con otros acuerdos comparables, como así también con las disposiciones adicionales del Acuerdo de Registro de los Nuevos gTLD.

      Visto y considerando que, el foro de comentario público sobre la renovación propuesta para el Acuerdo de Registro .INFO finalizó el 15 de julio del 2013, y la ICANN recibió dos comentarios. Asimismo, se presentó un resumen y análisis de los comentarios a la Junta Directiva.

      Visto y considerando que, tras haber considerado los comentarios, la Junta Directiva ha determinado que no es necesario efectuar revisiones al acuerdo de renovación propuesto para el registro .INFO.

      Visto y considerando que, el acuerdo de renovación propuesto para el registro .INFO incluye mejoras significativas en comparación con el acuerdo de registro .INFO en vigencia.

      Resuélvase (2013.08.22.10): se aprueba la renovación propuesta para el Acuerdo de Registro .INFO, y se autoriza al Presidente, a la División de Nombres Genéricos y al Asesor Jurídico General, a tomar las medidas apropiadas para implementar dicho acuerdo.

      Fundamentos de la Resolución 2013.08.22.10

      ¿Por qué la Junta Directiva está abordando ahora la cuestión?

      El Acuerdo de Registro de .INFO actualmente en vigencia vence el 31 de agosto del 2013. El acuerdo de renovación propuesto fue publicado para comentario público entre el 3 de junio y el 15 de julio del 2013. Se solicita que la Junta Directiva apruebe la renovación del acuerdo de registro con anterioridad al vencimiento del acuerdo actualmente vigente.

      ¿Cuál es la propuesta que se somete a consideración?

      Los cambios al Acuerdo de Registro de .INFO y sus Apéndices comprenden las siguientes categorías generales: (1) cambios para promover la uniformidad entre registros; (2) cambios para incluir disposiciones similares provenientes del Acuerdo de Registro de los Nuevos gTLD aprobado por el Comité para el Programa de los Nuevos gTLD de la Junta Directiva de la ICANN, (3) cambios para actualizar el acuerdo con el fin de que refleje los cambios registrados desde la firma del Acuerdo de Registro de .INFO actualmente en vigencia (lo cual incluye la actualización de referencias, modificaciones técnicas y demás actualizaciones); y (4) cambios para permitir un mejor servicio a la comunidad por parte de Afilias (lo cual incluye permitir que Afilias se encargue con mayor celeridad de ciertas amenazas inminentes a la seguridad y estabilidad del TLD o de la Internet).

      ¿Cuáles son las partes interesadas u otros participantes consultados?

      Entre el 3 de junio y el 15 de julio del 2013, la ICANN mantuvo abierto un período de recepción de comentarios públicos sobre el acuerdo de renovación propuesto para el registro .INFO; finalizado dicho período, se resumieron y analizaron los comentarios recibidos.

      ¿Qué inquietudes o cuestiones mencionó la comunidad?

      Dos miembros de la comunidad participaron del período de comentario público. Los miembros de la comunidad plantearon comentarios sobre los mecanismos de resolución de disputas, el acceso a los servicios de registro y el cambio en materia de control.

      Hubo una inquietud específica por parte de la comunidad y, posteriormente, se enviaron cartas a la Junta Directiva respecto de la inclusión de un requisito para que el Sistema de Uniforme de Suspensión Rápida (URS) sea incluido en el nuevo acuerdo, como también un requisito para que el operador del registro recurra únicamente a registradores contratados conforme al RAA 2013. Al adoptar esta decisión, la Junta Directiva consideró la inquietud respecto de ampliar el requisito de aplicación del URS a los gTLD existentes (lo cual actualmente constituye un requisito únicamente para los operadores de registro aprobados mediante el Programa de Nuevos gTLD) y que, posiblemente, ello ameritaría el desarrollo de una política. Asimismo, requerir que en la actualidad se aplique el URS a millones de nombres de dominio puede ser prematuro, dado el cronograma de implementación de los procesos del URS. Con respecto a recurrir a registradores, el nuevo acuerdo incluye un plazo de transición al servicio exclusivo de registradores contratados conforme al RAA 2013, en el caso de que se susciten determinadas condiciones, como la firma del RAA 2013 por parte de los registradores que representen dos tercios de las registraciones dentro del TLD. Asimismo, la Junta Directiva consideró las inquietudes relativas al requisito de que el operador del registro a largo plazo deba pasar inmediatamente a operar con registradores contratados conforme al RAA 2013, lo cual podría significar una desventaja para el operador del registro en relación a otros operadores de gTLD existentes que no deban cumplir con este requisito, ni con una cláusula de transición plasmada por escrito en sus acuerdos. Estas cuestiones también fueron consideradas con el operador del registro como parte del proceso de desarrollo del nuevo acuerdo.

      ¿Qué materiales de importancia analizó la Junta Directiva?

      La Junta Directiva analizó la propuesta de Renovación del Acuerdo de Registro de .INFO y sus Apéndices <http://www.icann.org/en/news/public-comment/info-renewal-03jun13-en.htm>.

      Asimismo, la Junta Directiva analizó el resumen y análisis de los comentarios públicos.

      ¿Qué factores considera importantes la Junta Directiva?

      La Junta Directiva analizó cuidadosamente los comentarios públicos y la recomendación del personal referida a éstos.A la hora de arribar a esta decisión, la Junta Directiva tuvo en cuenta las obligaciones contractuales de la ICANN con respecto al actual Acuerdo de Registro de .INFO; específicamente, que el acuerdo debe renovarse salvo incumplimiento no subsanado por parte del operador del registro, y que se requiere que ciertas condiciones de la renovación coincidan con acuerdos de registro de gTLD existentes que resulten comparables.

      ¿Se observan impactos positivos o negativos en la comunidad?

      Como parte del proceso de renovación, la ICANN llevó a cabo una revisión del desempeño reciente de Afilias en el marco del actual Acuerdo de Registro de .INFO. La revisión de cumplimiento se ocupó de áreas que incluyeron:puntualidad y contenido de los informes mensuales; política de límites al Período de Gracia Adicional; requisitos para archivos de zona masivos; y pago de tarifas obligatorias. Se determinó que Afilias cumple con sus requisitos contractuales en forma significativa (véase http://www.icann.org/en/news/public-comment/info-renewal-03jun13-en.htm). Sobre las base de las evidencias analizadas, la comunidad puede esperar la continuidad de este buen desempeño.

      ¿Se observan impactos fiscales o ramificaciones en la ICANN (plan estratégico, plan operativo, presupuesto), la comunidad y/o el público?

      No se espera un impacto fiscal significativo en caso de que la ICANN apruebe el acuerdo de renovación propuesto para el registro .INFO. Las disposiciones en materia de tarifas y restricciones de precios se encuentran, en gran parte, en consonancia con el Acuerdo de Registro de los Nuevos gTLD y los gTLD vigentes y comparables.

      ¿Se observan cuestiones sobre seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS?

      No se espera que haya ningún problema de seguridad, estabilidad o flexibilidad en relación al DNS, en caso de que la ICANN apruebe la renovación propuesta para el Acuerdo de Registro de .INFO. De hecho, el nuevo Acuerdo de Registro propuesto contiene términos cuyo objetivo es agilizar las acciones ante ciertas amenazas a la seguridad o estabilidad del DNS.

      La presente acción es una función organizacional y administrativa, respecto de la cual la ICANN recibió comentarios públicos.

    3. Renovación del Acuerdo de Registro de .ORG

      Visto y considerando que, la ICANN llevó a cabo un periodo de comentario público entre el 21 de junio y el 12 de agosto del 2013 <http://www.icann.org/en/news/public-comment/org-renewal-21jun13-en.htm> respecto de un acuerdo propuesto para la renovación del Acuerdo de Registro 2006 de .ORG <http://www.icann.org/en/about/agreements/registries/org>.

      Visto y considerando que, la propuesta de renovación del Acuerdo de Registro de .ORG incluye la modificación de disposiciones con el fin de que el Acuerdo de Registro de .ORG esté en consonancia con otros acuerdos comparables, como así también con las disposiciones adicionales del Acuerdo de Registro de los Nuevos gTLD.

      Visto y considerando que, el foro de comentario público sobre la renovación propuesta para el Acuerdo de Registro .ORG finalizó el 12 de agosto del 2013, y la ICANN recibió un comentario. Asimismo, se presentó un resumen y análisis de dicho comentario a la Junta Directiva.

      Visto y considerando que, tras haber considerado los comentarios, la Junta Directiva ha determinado que no es necesario efectuar revisiones al acuerdo de renovación propuesto para el registro .ORG.

      Visto y considerando que, el acuerdo de renovación propuesto para el registro .ORG incluye mejoras significativas en comparación con el acuerdo de registro .ORG en vigencia.

      Resuélvase (2013.08.22.11): se aprueba la renovación propuesta para el Acuerdo de registro .ORG, y se autoriza al Presidente, a la División de Nombres Genéricos y al Asesor Jurídico General, a tomar las medidas apropiadas para implementar dicho acuerdo.

      Fundamentos de la Resolución 2013.08.22.11

      ¿Por qué la Junta Directiva está abordando ahora la cuestión?

      El Acuerdo de Registro de .ORG actualmente en vigencia vence el 31 de agosto del 2013. El acuerdo de renovación propuesto para el Registro de .ORG fue publicado para comentario público entre el 21 de junio y el 12 de agosto del 2013. Se solicita que la Junta Directiva apruebe la renovación del Acuerdo de Registro de .ORG con anterioridad al vencimiento del Acuerdo de Registro de .ORG actualmente vigente.

      ¿Cuál es la propuesta que se somete a consideración?

      Los cambios al Acuerdo de Registro de .ORG y sus Apéndices comprenden las siguientes categorías generales: (1) cambios para promover la uniformidad entre registros; (2) cambios para incluir disposiciones similares provenientes del Acuerdo de Registro de los Nuevos gTLD aprobado por el Comité para el Programa de los Nuevos gTLD de la Junta Directiva de la ICANN, (3) cambios para actualizar el acuerdo con el fin de que refleje los cambios registrados desde la firma del Acuerdo de Registro de .ORG actualmente en vigencia (lo cual incluye la actualización de referencias, modificaciones técnicas y demás actualizaciones); y (4) cambios para permitir un mejor servicio a la comunidad por parte de PIR (lo cual incluye permitir que PIR se encargue con mayor celeridad de ciertas amenazas inminentes a la seguridad y estabilidad del TLD o de la Internet).

      ¿Cuáles son las partes interesadas u otros participantes consultados?

      Entre el 21 de junio y el 12 de agosto del 2013, la ICANN mantuvo abierto un período de recepción de comentarios públicos sobre el acuerdo de renovación propuesto para el registro .ORG; finalizado dicho período, se resumieron y analizaron los comentarios recibidos.

      ¿Qué inquietudes o cuestiones mencionó la comunidad?

      Un miembro de la comunidad participó del periodo de comentario público y presentó comentarios sobre los requisitos en materia de Whois, el acceso a los servicios de registro y los mecanismos de protección de derechos.

      Hubo una inquietud específica por parte de la comunidad y, posteriormente, se enviaron cartas a la Junta Directiva respecto de la inclusión de un requisito para que el Sistema de Uniforme de Suspensión Rápida (URS) sea incluido en el nuevo acuerdo, como también un requisito para que el operador del registro recurra únicamente a registradores contratados conforme al RAA 2013. Al adoptar esta decisión, la Junta Directiva consideró la inquietud respecto de ampliar el requisito de aplicación del URS a los gTLD existentes (lo cual actualmente constituye un requisito únicamente para los operadores de registro aprobados mediante el Programa de Nuevos gTLD) y que, posiblemente, ello ameritaría el desarrollo de una política. Asimismo, requerir que en la actualidad se aplique el URS a millones de nombres de dominio puede ser prematuro, dado el cronograma de implementación de los procesos del URS. Con respecto a recurrir a registradores, el nuevo acuerdo incluye un plazo de transición al servicio exclusivo de registradores contratados conforme al RAA 2013, en el caso de que se susciten determinadas condiciones, como la firma del RAA 2013 por parte de los registradores que representen dos tercios de las registraciones dentro del TLD. Asimismo, la Junta Directiva consideró las inquietudes relativas al requisito de que el operador del registro a largo plazo deba pasar inmediatamente a operar con registradores contratados conforme al RAA 2013, lo cual podría significar una desventaja para el operador del registro en relación a otros operadores de gTLD existentes que no deban cumplir con este requisito, ni con una cláusula de transición plasmada por escrito en sus acuerdos. Estas cuestiones también fueron consideradas con el operador del registro como parte del proceso de desarrollo del nuevo acuerdo.

      ¿Qué materiales de importancia analizó la Junta Directiva?

      La Junta Directiva analizó la propuesta de renovación del Acuerdo de Registro de .ORG y sus Apéndices <http://www.icann.org/en/news/public-comment/org-renewal-21jun13-en.htm>.Asimismo, la Junta Directiva analizó el resumen y análisis de los comentarios públicos.

      ¿Qué factores considera importantes la Junta Directiva?

      La Junta Directiva analizó cuidadosamente los comentarios públicos y la recomendación del personal referida a éstos.A la hora de arribar a esta decisión, la Junta Directiva tuvo en cuenta las obligaciones contractuales de la ICANN con respecto al actual Acuerdo de Registro de .ORG, específicamente, que el acuerdo debe renovarse salvo incumplimiento no subsanado por parte del operador del registro, y que se requiere que ciertas condiciones de la renovación coincidan con acuerdos de registro de gTLD existentes que resulten comparables.

      ¿Se observan impactos positivos o negativos en la comunidad?

      Como parte del proceso de renovación, la ICANN llevó a cabo una revisión del desempeño reciente de PIR en el marco del actual Acuerdo de Registro de .ORG. La revisión de cumplimiento se ocupó de áreas que incluyeron:puntualidad y contenido de los informes mensuales; política de límites al Período de Gracia Adicional; requisitos para archivos de zona masivos; y pago de tarifas obligatorias. Se determinó que PIR cumple con sus requisitos contractuales en forma significativa (véase: http://www.icann.org/en/news/public-comment/org-renewal-21jun13-en.htm).Sobre las base de las evidencias analizadas, la comunidad puede esperar la continuidad de este buen desempeño.

      ¿Se observan impactos fiscales o ramificaciones en la ICANN (plan estratégico, plan operativo, presupuesto), la comunidad y/o el público?

      No se espera un impacto fiscal significativo en caso de que la ICANN apruebe el acuerdo de renovación propuesto para el registro .ORG. Las disposiciones en materia de tarifas y restricciones de precios se encuentran, en gran parte, en consonancia con el Acuerdo de Registro de los Nuevos gTLD y los gTLD vigentes y comparables.

      ¿Se observan cuestiones sobre seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS?

      No se espera que haya ningún problema de seguridad, estabilidad o flexibilidad en relación al DNS, en caso de que la ICANN apruebe la renovación propuesta para el Acuerdo de Registro de .ORG. De hecho, el nuevo Acuerdo de Registro de .ORG propuesto contiene términos cuyo objetivo es agilizar las acciones ante ciertas amenazas a la seguridad o estabilidad del DNS.

      La presente acción es una función organizacional y administrativa, respecto de la cual la ICANN recibió comentarios públicos.

    4. Renovación del Acuerdo de Registro de .BIZ

      Visto y considerando que, la ICANN llevó a cabo un periodo de comentario público entre el 3 de junio y el 15 de julio del 2013 <http://www.icann.org/en/news/public-comment/biz-renewal-03jun13-en.htm> respecto de un acuerdo propuesto para la renovación del Acuerdo de Registro 2006 de .BIZ <http://www.icann.org/en/about/agreements/registries/biz>.

      Visto y considerando que, la propuesta de renovación del Acuerdo de Registro de .BIZ incluye la modificación de disposiciones con el fin de que el Acuerdo de Registro .BIZ esté en consonancia con otros acuerdos comparables, como así también con las disposiciones adicionales del Acuerdo de Registro de los Nuevos gTLD.

      Visto y considerando que, el foro de comentario público sobre la renovación propuesta para el Acuerdo de Registro de .BIZ finalizó el 15 de julio del 2013, y la ICANN recibió tres comentarios. Asimismo, se presentó un resumen y análisis de los comentarios a la Junta Directiva.

      Visto y considerando que, tras haber considerado los comentarios, la Junta Directiva ha determinado que no es necesario efectuar revisiones al acuerdo de renovación propuesto para el registro .BIZ.

      Visto y considerando que, el acuerdo de renovación propuesto para el registro .BIZ incluye mejoras significativas en comparación con el acuerdo de registro .BIZ en vigencia.

      Resuélvase (2013.08.22.12): se aprueba la renovación propuesta para el Acuerdo de registro .BIZ, y se autoriza al Presidente, a la División de Nombres Genéricos y al Asesor Jurídico General, a tomar las medidas apropiadas para implementar dicho acuerdo.

      Fundamentos de la Resolución 2013.08.22.12

      ¿Por qué la Junta Directiva está abordando ahora la cuestión?

      El Acuerdo de Registro de .BIZ actualmente en vigencia vence el 31 de agosto del 2013. El acuerdo de renovación propuesto fue publicado para comentario público entre el 3 de junio y el 15 de julio del 2013. Se solicita que la Junta Directiva apruebe la renovación del Acuerdo de Registro de .BIZ con anterioridad al vencimiento del Acuerdo de Registro de .BIZ actualmente vigente.

      ¿Cuál es la propuesta que se somete a consideración?

      Los cambios al Acuerdo de .BIZ y sus Apéndices comprenden las siguientes categorías generales: (1) cambios para promover la uniformidad entre registros; (2) cambios para incluir disposiciones similares provenientes del Acuerdo de Registro de los Nuevos gTLD aprobado por el Comité para el Programa de los Nuevos gTLD de la Junta Directiva de la ICANN, (3) cambios para actualizar el acuerdo con el fin de que refleje los cambios registrados desde la firma del Acuerdo de Registro de .BIZ actualmente en vigencia (lo cual incluye la actualización de referencias, modificaciones técnicas y demás actualizaciones); y (4) cambios para permitir un mejor servicio a la comunidad por parte de Neustar (lo cual incluye permitir que Neustar se encargue con mayor celeridad de ciertas amenazas inminentes a la seguridad y estabilidad del TLD o de la Internet).

      ¿Cuáles son las partes interesadas u otros participantes consultados?

      Entre el 3 de junio y el 15 de julio del 2013, la ICANN mantuvo abierto un período de recepción de comentarios públicos sobre el acuerdo de renovación propuesto para el registro .BIZ; finalizado dicho período, se resumieron y analizaron los comentarios recibidos.

      ¿Qué inquietudes o cuestiones mencionó la comunidad?

      Tres miembros de la comunidad participaron del período de comentario público. Los miembros de la comunidad plantearon comentarios sobre los requisitos de Whois, los mecanismos de resolución de disputas, el acceso a los servicios de registro y los mecanismos de protección de derechos.

      Hubo una inquietud específica por parte de la comunidad y, posteriormente, se enviaron cartas a la Junta Directiva respecto de lainclusión de un requisito para que el Sistema de Uniforme de Suspensión Rápida (URS) sea incluido en el nuevo acuerdo, como también un requisito para que el operador del registro recurra únicamente a registradores contratados conforme al RAA 2013. Al adoptar esta decisión, la Junta Directiva consideró la inquietud respecto de ampliar el requisito de aplicación del URS a los gTLD existentes (lo cual actualmente constituye un requisito únicamente para los operadores de registro aprobados mediante el Programa de Nuevos gTLD) y que, posiblemente, ello ameritaría el desarrollo de una política. Asimismo, requerir que en la actualidad se aplique el URS a millones de nombres de dominio puede ser prematuro, dado el cronograma de implementación de los procesos del URS. Con respecto a recurrir a registradores, el nuevo acuerdo incluye un plazo de transición al servicio exclusivo de registradores contratados conforme al RAA 2013, en el caso de que se susciten determinadas condiciones, como la firma del RAA 2013 por parte de los registradores que representen dos tercios de las registraciones dentro del TLD. Asimismo, la Junta Directiva consideró las inquietudes relativas al requisito de que el operador del registro a largo plazo deba pasar inmediatamente a operar con registradores contratados conforme al RAA 2013, lo cual podría significar una desventaja para el operador del registro en relación a otros operadores de gTLD existentes que no deban cumplir con este requisito, ni con una cláusula de transición plasmada por escrito en sus acuerdos. Estas cuestiones también fueron consideradas con el operador del registro como parte del proceso de desarrollo del nuevo acuerdo.

      ¿Qué materiales de importancia analizó la Junta Directiva?

      La Junta Directiva analizó la propuesta de Renovación del Acuerdo de Registro de .BIZ y sus Apéndices <https://www.icann.org/en/news/public-comment/biz-renewal-03jun13-en.htm>. Asimismo, la Junta Directiva analizó el resumen y análisis de los comentarios públicos.

      ¿Qué factores considera importantes la Junta Directiva?

      La Junta Directiva analizó cuidadosamente los comentarios públicos y la recomendación del personal referida a éstos. A la hora de arribar a esta decisión, la Junta Directiva tuvo en cuenta las obligaciones contractuales de la ICANN con respecto al actual Acuerdo de Registro de .BIZ, específicamente, que el acuerdo debe renovarse salvo incumplimiento no subsanado por parte del operador del registro, y que se requiere que ciertas condiciones de la renovación coincidan con acuerdos de registro de gTLD existentes que resulten comparables.

      ¿Se observan impactos positivos o negativos en la comunidad?

      Como parte del proceso de renovación, la ICANN llevó a cabo una revisión del desempeño reciente de Neustar en el marco del actual Acuerdo de Registro de .BIZ. La revisión de cumplimiento se ocupó de áreas que incluyeron:puntualidad y contenido de los informes mensuales; política de límites al Período de Gracia Adicional; requisitos para archivos de zona masivos; y pago de tarifas obligatorias. Se determinó que Neustar cumple con sus obligaciones contractuales de manera significativa (véase: http://www.icann.org/en/news/public-comment/biz-renewal-03jun13-en.htm). Sobre las base de las evidencias analizadas, la comunidad puede esperar la continuidad de este buen desempeño.

      ¿Se observan impactos fiscales o ramificaciones en la ICANN (plan estratégico, plan operativo, presupuesto), la comunidad y/o el público?

      No se espera un impacto fiscal significativo en caso de que la ICANN apruebe el acuerdo de renovación propuesto para el registro .BIZ. Las disposiciones en materia de tarifas y restricciones de precios se encuentran, en gran parte, en consonancia con el Acuerdo de Registro de los Nuevos gTLD y los gTLD vigentes y comparables.

      ¿Se observan cuestiones sobre seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS?

      No se espera que haya ningún problema de seguridad, estabilidad o flexibilidad en relación al DNS, en caso de que la ICANN apruebe la renovación propuesta para el Acuerdo de Registro de .BIZ. De hecho, el nuevo Acuerdo de Registro de .BIZ propuesto contiene términos cuyo objetivo es agilizar las acciones ante ciertas amenazas a la seguridad o estabilidad del DNS.

      La presente acción es una función organizacional y administrativa, respecto de la cual la ICANN recibió comentarios públicos.