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Código de conducta para Operadores de Registro de nuevos gTLD

12 de junio de 2014
Por Trang Nguyen

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New gTLD Registry Operator Code of Conduct

El 30 de mayo de 2014, la ICANN publicó las primeras tres excepciones al Código de Conducta para Operadores de Registro. Estas excepciones representan la culminación de un largo trayecto que incluyó gran cantidad de consultas y aportes de nuestra comunidad de partes interesadas.

La determinación de si se concederá una excepción al Código de Conducta es un compromiso complejo que la ICANN asumió seriamente. La decisión requiere la interpretación de las políticas de registración de un Operador de Registro para determinar si el TLD será utilizado exclusivamente por él y sus Afiliados. Esto es necesario porque el Código de Conducta tiene el objetivo de proteger a los registratarios y el único escenario en el cual la protección puede no ser aplicable es si los registratarios son el Operador de Registro y sus Afiliados, y el Operador de Registro también elije renunciar a la protección. Por lo tanto, el acceso exclusivo es un criterio necesario para poder conceder la excepción al Código de Conducta y la revisión cuidadosa de las políticas de registración del Operador de Registro por parte de la ICANN resulta fundamental para tomar esta determinación.

Asimismo, se requiere una evaluación de si la cadena de TLD es un término genérico. Esto tiene el fin de garantizar que el Operador de Registro podrá cumplir con las obligaciones según la Especificación 11 del Acuerdo de Registro que, entre otras cosas, no permite que un Operador de Registro de un TLD genérico opere de manera exclusiva. El hecho de que una palabra sea considerada genérica se relaciona con el uso de la palabra y no con la palabra en sí. Por ejemplo, la palabra "mesa" en sí es una palabra genérica que describe una clase de bienes. Sin embargo, si un Operador de Registro solicita .MESA y se dedica al negocio de vender pinturas y utilizará el TLD para promocionar y vender pinturas, no es considerada genérica. En algunos casos, resulta evidente si el TLD es genérico y, en otros casos, la distinción es más sutil y se requiere mucho análisis, revisión, investigación y debate.

Después de dedicar un tiempo considerable deliberando si las solicitudes individuales cumplen los criterios para una excepción, la ICANN concluyó que los aportes de la comunidad eran necesarios. El 22 de abril de 2014, la ICANN publicó las solicitudes de excepción que había recibido, para revisión y aportes de la comunidad. La ICANN consideró todos los comentarios enviados.

Si bien la ICANN continuará deliberando y será cauteloso en nuestra evaluación de solicitudes de excepción al Código de Conducta, esperamos que las determinaciones futuras se tomen de manera más oportuna.

Para obtener información adicional acerca del Código de Conducta, consulte los siguientes recursos:

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Trang Nguyen