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Notificación de decisión preliminar de conceder solicitud de exención de retención de datos a registradores

21 de julio de 2016

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La ICANN ha resuelto, con carácter preliminar, su voluntad de conceder una exención de retención de datos solicitada por los registradores World4 You Internet Service GmbH y LEDL.NET GmbH, de conformidad con el Acuerdo de Acreditación de Registradores 2013. La Sección 2 de la Especificación de Retención de Datos ("la Especificación") del RAA 2013 establece que, antes de conceder una exención de conformidad con la Especificación, la ICANN publicará su decisión en el sitio web de la organización durante 30 (treinta) días calendario.

De conformidad con la Sección 2 de la Especificación, los registradores presentaron una solicitud de exención de retención de datos ante la ICANN (la solicitud de exención), aduciendo que el cumplimiento de los requisitos de la especificación de obtención y/o retención de datos por parte de los registradores resulta contrario a la ley aplicable.

La solicitud de exención fue inicialmente presentada junto con la carta del Grupo de Trabajo de la Unión Europea sobre el Artículo 29, con fecha 6 de junio de 2013 (Declaración sobre el impacto en la protección de datos de la revisión del RAA de la ICANN). Posteriormente, la solicitud de exención fue acompañada del dictamen de un letrado austriaco, afirmando que el cumplimiento de los requisitos de obtención/retención de datos contemplados en la Especificación es contrario a varias disposiciones legales aplicables en Austria en materia de protección de datos y legislación de las telecomunicaciones.

Inicialmente, la solicitud de exención se centró en las secciones 1.1. y 1.2 de la Especificación, con el objeto de que todos estos elementos de datos quedaran excluidos de la obligación de retención. Posteriormente, en intercambios de correspondencia y conversaciones entabladas de buena fe, se reconoció que la retención de los elementos de datos indicados en la Especificación puede obedecer a fines legítimos; siempre que la ICANN presente un listado integral de fines legítimos, destinatarios o categorías de destinatarios en virtud de los cuales resulta necesaria la retención de datos, de manera tal que los registradores austriacos puedan determinar si los requisitos en materia de recolección y/o retención de datos contenidos en la Especificación constituyen una solicitud estándar (Standardanwendung) que no requiere notificación ante la Autoridad Austriaca de Protección de Datos, como tampoco autorización por parte de dicha entidad. De no ser así, cada registrador austriaco tendrá que notificar a la Autoridad Austriaca de Protección de Datos, según cada caso, acerca de los requisitos en materia de recolección y/o retención de datos contenidos en la Especificación sobre la base del listado integral de fines legítimos, destinatarios o categorías de destinatarios a ser proporcionado por la ICANN, o bien solicitar autorización para la recolección y/o retención de los datos, de conformidad con la ley austriaca aplicable. Sin perjuicio de que los requisitos en materia de recolección y/o retención de datos contenidos en la Especificación constituyan o no una solicitud estándar, los registradores tendrán que acatar los reclamos presentados por titulares de datos solicitando su eliminación o corrección, en la medida en que así lo requieran las leyes austriacas aplicables.

Asimismo, el dictamen del letrado austriaco presentado junto con la solicitud de exención cita el Artículo 6, párrafo 1, apartados 2 y 5 de la Ley Austriaca de Protección de Datos (Datenschutzgesetz 2000). A continuación, se indica el contenido de las secciones citadas (traducción sin carácter oficial; texto fuente redactado en idioma alemán):

Artículo 6, párrafo 1, apartado 2:
"Los datos serán recolectados únicamente… con fines específicos, explícitos y legítimos, y no se los procesará en modo alguno que sea incompatible con los fines indicados;….".

Artículo 6, párrafo 1, apartado 5:
"Los datos serán … retenidos en un formato que permita identificar a los titulares de los datos siempre que sea necesario para los fines en virtud de los cuales los datos fueron recolectados; podrá establecerse un plazo de almacenamiento más extenso de conformidad con leyes específicas, en particular, legislación en materia de archivos."

Por consiguiente, los registradores solicitan una exención concerniente a las secciones 1.1.1 a 1.1.8 de la Especificación, lo cual procura reducir de dos a un año el plazo de retención de los elementos de datos pertinentes una vez finalizado el patrocinio de la registración por parte del registrador.

En virtud de las cuestiones previamente planteadas, la ICANN determinó, en forma preliminar, su voluntad de conceder la solicitud de exención dentro del alcance limitado que se indica a continuación. La ICANN está publicando su decisión preliminar por un plazo de 30 (treinta) días con el fin de obtener la retroalimentación de la comunidad sobre la exención de retención de datos propuesta. Una vez finalizados los 30 (treinta) días de publicación, la ICANN considerará la retroalimentación y los aportes recibidos antes de proceder a una resolución final respecto del otorgamiento de las solicitudes de exención.

El alcance de la exención propuesta permitiría que los registradores conservaran la información especificada en las secciones 1.1.1. a 1.1.8 de la Especificación mientras dure su patrocinio de la registración, y por un plazo adicional de un año en lugar de dos una vez finalizado el patrocinio. Específicamente, el cambio que se le introduciría a la Especificación sería el siguiente: el requisito en materia de retención establecido en la sección 1.1 de la Especificación de Retención de Datos pasaría de indicar "dos años adicionales" a "un año adicional".

Asimismo, los registradores deberán retener todos los elementos de datos indicados en las secciones 1.1 y 1.2 de la Especificación durante los plazos allí especificados; siempre que la ICANN presente un listado integral de fines legítimos, destinatarios o categorías de destinatarios en virtud de los cuales resulta necesaria la recolección de datos. Por consiguiente, la ICANN declara que "los fines legítimos para la recolección / retención, destinatarios y categorías de destinatarios" incluidos en la "Descripción de la especificación de retención de datos del 2013 RAA - Elementos de datos, fines legítimos de recolección/retención y destinatarios de datos" (disponible en este espacio: https://www.icann.org/en/system/files/files/raa-data-retention-elements-10aug15-en.pdf [PDF, 295 KB]) constituyen el listado integral de fines legítimos, destinatarios o categorías de destinatarios, sujeto a posibles modificaciones.

En caso de que nuevos fines para la recolección / retención de datos, destinatarios o categorías de destinatarios cobraran relevancia a futuro, la ICANN notificará dichos cambios con carácter público y modificará el listado según corresponda. En caso de que el cambio de fines legítimos, destinatarios o categorías de destinatarios requiera notificar a la Autoridad Austriaca de Protección de Datos, o bien obtener una nueva autorización por parte de dicha entidad, los registradores cursarán dicha notificación o solicitarán dicha autorización, según corresponda.

La ICANN brindará toda información adicional razonable respecto de los fines legítimos, destinatarios o categorías de destinatarios según lo solicite la Autoridad Austriaca de Protección de Datos dentro del alcance de la notificación o solicitud de autorización correspondiente.

En la medida en que la Autoridad Austriaca de Protección de Datos determine que la recolección/ retención de determinados datos para determinados fines y/o destinatarios o categorías de destinatarios es contraria a la ley aplicable, la ICANN y los registradores determinarán de buena fe la posibilidad y factibilidad de modificar la descripción en consonancia con las inquietudes planteadas por dicha entidad. En consecuencia, en este caso resultan aplicables las normas del procedimiento de solicitud de exención descriptas en las secciones 2, 3 y 4 de la Especificación, y la notificación escrita de la decisión de la Autoridad Austriaca de Protección de Datos a la ICANN, indicando que rechaza la solicitud, será considerada una solicitud de exención adicional.

Asimismo, se reconoce que los elementos de datos sujetos a reclamos por parte de titulares de datos que solicitan su corrección o eliminación, quedan exentos de los requisitos de recolección y/o retención de datos de la Especificación, en la medida en que estén fundamentados en la legislación austriaca aplicable.

No se introducirían cambios a los demás términos de la Especificación.

En el caso de que la ICANN resuelva con carácter definitivo otorgar la solicitud de exención presentada por los registradores, las disposiciones en la Sección 3 de la Especificación serían aplicables a exenciones similares solicitadas por otros registradores en la misma jurisdicción. La Sección 3 de la Especificación establece lo siguiente:

En el caso de que (i) la ICANN haya concedido exenciones al cumplimiento de cualquiera de los requisitos de la presente Especificación de Retención de Datos en respuesta a una solicitud de exención de un registrador en la misma jurisdicción que el registrador anterior y (ii) el registrador deba cumplir la misma ley aplicable que originó la decisión de la ICANN de conceder la exención, el registrador puede solicitar que la ICANN le conceda una exención similar, la cual será concedida por la ICANN, salvo que la ICANN le presente una justificación razonable al registrador por la cual no aprueba la exención, en cuyo caso el registrador podrá solicitar nuevamente una exención de conformidad con la Sección 2 de la presente Especificación de Retención de Datos.

Habrá un periodo de comentario público abierto hasta las 23:59 UTC del 22 de agosto de 2016. Los comentarios públicos se pondrán a consideración del personal y la Junta Directiva de la ICANN.

La solicitud de exención y los documentos respaldatorios presentados por los registradores pueden consultarse en este espacio: https://www.icann.org/en/system/files/files/waiver-request-ledlnet-gmbh-21jul16-en.pdf [PDF, 2.92 MB].

Los comentarios se pueden enviar a la siguiente dirección de correo electrónico: comments-ledlnet-gmbh-21jul16@icann.org.

Los comentarios se pueden consultar aquí: https://forum.icann.org/lists/comments-ledlnet-gmbh-21jul16/.