Actas | Asamblea Extraordinaria de la Junta Directiva de la ICANN 25 de agosto de 2011

Este documento ha sido traducido a varios idiomas como información únicamente. El texto original y válido (en inglés) se puede obtener en: http://www.icann.org/en/minutes/minutes-25aug11-en.htm

El 25 de agosto de 2011, a las 8:00 p. m., hora UTC, se celebró una Asamblea Extraordinaria de la Junta Directiva de la Corporación para la Asignación de Números y Nombres en Internet (ICANN).

El presidente de la Junta, Steve Crocker, declaró abierta la sesión con puntualidad.

Junto al Presidente, los siguientes directores participaron en forma total o parcial de la asamblea: Rod Beckstrom (presidente y director ejecutivo [CEO]), Sébastien Bachollet, Cherine Chalaby, Bertrand de La Chapelle, Chris Disspain, Bill Graham, Erika Mann, Gonzalo Navarro, R. Ramaraj, George Sadowsky, Mike Silber y Bruce Tonkin (vicepresidente).

Los siguientes coordinadores de la Junta Directiva participaron en forma total o parcial de la asamblea: Ram Mohan, coordinador del Comité Asesor de Seguridad y Estabilidad (SSAC); Thomas Narten, coordinador del Grupo de Trabajo en Ingeniería de Internet (IETF); y Suzanne Woolf, coordinadora del Comité Asesor del Sistema de Servidores Raíz (RSSAC).

Heather Dryden, coordinadora del Comité Asesor Gubernamental (GAC); Ray Plzak; Reinhard Scholl, coordinador del Grupo de Coordinación Técnica (TLG); Katim Touray y Kuo-Wei Wu se excusaron.

  1. Agenda convenida
  2. Aprobación del presidente y del presidente electo del Comité de Nominaciones
  3. Aprobación de la recomendación del BGC sobre la Solicitud de Reconsideración 11-1
  4. Etapas del proceso para someter a consideración la remuneración de la Junta Directiva
  5. Actualización sobre nombres de dominio internacionalizados (IDN) de carácter único
  6. Informe del CEO
  7. Planificación del taller
  8. Sesión ejecutiva
  1. Agenda convenida

    El Presidente de la Junta Directiva presentó los temas de la agenda convenida e indicó que se había solicitado pasar la recomendación del Comité de Gobernanza de la Junta Directiva (BGC) sobre la solicitud de reconsideración a la agenda principal a fin de poder debatir al respecto.

    El Presidente presentó la moción y la Junta tomó la siguiente medida:

    Resuélvase: Se aprueban las siguientes resoluciones de esta agenda convenida:

    1.1. Aprobación del acta de la reunión de la Junta Directiva de la ICANN celebrada el día 28 de julio de 2011

    Resuélvase (2011.08.25.01): La Junta Directiva aprueba el acta de la reunión de la Junta Directiva de la ICANN celebrada el 28 de julio de 2011.

    1.2. Aprobación de la recomendación del Consejo de la GNSO referente a la Política de Transferencia entre Registradores Parte B

    Visto y considerando que, el 24 de junio de 2009, el Consejo de la Organización de Apoyo para Nombres Genéricos (GNSO) lanzó el proceso de desarrollo de políticas (PDP) sobre la Política de Transferencia entre Registradores Parte B (IRTP Parte B) para analizar las cinco preguntas contenidas en el estatuto del grupo de trabajo, a saber: https://community.icann.org/display/gnsoirtpb/3.+WG+Charter.

    Que el PDP siguió los pasos establecidos para dicho proceso, de acuerdo con lo indicado en los Estatutos, y generó el Informe Final que fue presentado el 30 de mayo de 2011.

    Que el Grupo de Trabajo de la IRTP Parte B alcanzó el consenso total respecto de las recomendaciones relacionadas con las cinco cuestiones establecidas en el estatuto.

    Que el Consejo de la GNSO examinó y debatió las recomendaciones del Grupo de Trabajo de la IRTP Parte B y las adoptó el 22 de junio de 2011 por amplia mayoría y voto unánime (véase http://gnso.icann.org/resolutions/#201106).

    Que el voto del Consejo de la GNSO alcanzó y superó el límite de votos requerido para imponer nuevas obligaciones a las partes contratadas de la ICANN.

    Y que, con posterioridad a la votación del Consejo de la GNSO, comenzó el período de 30 días establecido para recibir comentarios públicos sobre las recomendaciones aprobadas y que dichos comentarios fueron resumidos y sometidos a consideración (http://www.icann.org/en/public-comment/irtp-b-recommendations-08jul11-en.htm).

    Resuélvase (2011.08.25.02): La Junta Directiva adopta las recomendaciones del Consejo de la GNSO que modifican la Política de Transferencia entre Registradores, disponible en http://www.icann.org/es/transfers/policy-es.htm.

    Resuélvase (2011.08.25.03): El CEO debe desarrollar y completar un plan de implementación para estas recomendaciones y mantenerse comunicado con la comunidad en relación con dicha tarea.

    Resuélvase (2011.08.25.04): Se han impartido instrucciones al Director Ejecutivo para la realización de los estudios identificados por el Consejo de la GNSO en [mencionar las resoluciones aquí], a fin de facilitar las tareas relacionadas con esta cuestión.

    Resuélvase (2011.08.25.05): La Junta Directiva alienta a la GNSO, al Comité Asesor At-Large (ALAC) y al resto de los integrantes de la comunidad de la ICANN a trabajar juntos a fin de impulsar las medidas establecidas en el informe del SSAC, Guía del Registratario para Proteger Cuentas de Registración de Nombres de Dominio (SAC 044), de conformidad con lo establecido en las resoluciones del Consejo de la GNSO.

    Fundamentos de las resoluciones 2011.08.25.02-05

    ¿Por qué la Junta Directiva está abordando ahora la cuestión?
    La IRTP es una política de consenso adoptada en el 2004 que establece un proceso directo para que los registratarios transfieran los nombres de dominio entre registradores. El Consejo de la GNSO estableció cinco grupos de trabajo (Partes A a E) para examinar y considerar diversas revisiones a esta política.

    El PDP para la IRTP Parte B es el segundo en una serie de cinco procesos de desarrollo de políticas programados para abordar áreas de mejora en la política existente. El Grupo de Trabajo de la IRTP Parte B se concentró en cinco cuestiones relativas al secuestro de dominios, la devolución urgente de nombres transferidos indebidamente y el estado de bloqueo. El Informe Final del PDP de la IRTP Parte B ha logrado el consenso unánime del Grupo de Trabajo de la IRTP Parte B, así como también del Consejo de la GNSO. Con posterioridad al 8 de agosto, fecha de cierre del período de comentarios públicos, se inició la etapa siguiente de conformidad con el Anexo A de los Estatutos de la ICANN, la cual prevé que las recomendaciones deberán someterse a consideración de la Junta Directiva de la ICANN.

    ¿Cuál es la propuesta que se somete a consideración?
     Las siguientes recomendaciones se han sometido a consideración:

    • Solicitar a los registradores la entrega de un Contacto de Emergencia para Comunicaciones Urgentes sobre Transferencias (TEAC). Con este fin, se ha presentado el texto propuesto para modificar la sección 4 (“Coordinación del Registrador”) y la sección 6 (“Requisitos del Registro”) de la IRTP (para obtener más detalles, véase el Anexo). El TEAC es un mecanismo que se utiliza para facilitar las comunicaciones urgentes relacionadas con las transferencias. El objetivo del TEAC es establecer rápidamente, en caso de emergencia, una comunicación en tiempo real entre los representantes de los registradores, por ejemplo, en el caso de una transferencia realizada mediante el secuestro de un nombre de dominio, tiene por objeto permitir que el registrador tome las medidas necesarias a fin de resolver la cuestión. El TEAC únicamente se ocupa de establecer la comunicación y no de resolver las disputas que pudieran surgir, para las que corresponden otras políticas y procedimientos.
    • Modificar la sección 3 de la IRTP a fin de requerir que el registrador del registro/registrador perjudicado notifique al titular del nombre registrado/registratario de la transferencia saliente. El registrador del registro tiene acceso a la información de contacto del registratario y puede modificar sus sistemas para enviar automáticamente el Formulario Estándar para Registradores Perjudicados ("Confirmación FOA") al registratario. Al requerirse esta notificación, se podría alertar con anticipación al registratario respecto de la solicitud de transferencia y, de ese modo, se pondrían en descubierto posibles conflictos antes de completarse la transferencia, lo que podría reducir la cantidad de conflictos entre el contacto administrativo y el registratario que terminarían por requerir la anulación de la transferencia.
    • Modificar la razón de denegación n.° 6 de la siguiente manera: Objeción expresa a la transferencia por parte del contacto de transferencia autorizado. La objeción se podría realizar mediante una solicitud específica (en papel o por medios electrónicos) del contacto de transferencia autorizado para denegar una solicitud de transferencia específica o una objeción general de todas las solicitudes de transferencias recibidas por el registrador, ya sea temporalmente o de manera indefinida. En todos los casos, la objeción se deberá otorgar con el consentimiento expreso e informado del contacto de transferencia autorizado, en forma opcional y a solicitud de este; el registrador debe eliminar el bloqueo u ofrecer un método accesible para que el contacto de transferencia autorizado elimine el bloqueo en un plazo de cinco (5) días calendario. El texto actual de la razón de denegación n.° 6 no queda claro y da lugar a diferentes interpretaciones, especialmente con respecto al término "voluntariamente", y se recomienda, por lo tanto, ampliar y aclarar este texto para adaptarlo y poder abordar explícitamente los bloqueos específicos del registrador (es decir, sin Protocolo de Aprovisionamiento Extensible (EPP), para que, por un lado, quede claro que el registratario debe proporcionar algún tipo de consentimiento expreso e informado para la aplicación de bloqueos específicos del registrador y, por el otro, que el registratario debe tener la posibilidad de solicitar la eliminación del bloqueo, enviando una notificación con la debida antelación y la correspondiente autenticación.
    • Eliminar la razón de denegación n.° 7 como razón válida de denegación, de acuerdo con la sección 3 de la IRTP, dado que no es técnicamente posible iniciar la transferencia de un nombre de dominio que está bloqueado y que, por ende, no admite denegación, por lo que esta razón de denegación no es aplicable.

     ¿Cuáles son las partes interesadas u otros participantes consultados?
    Se abrieron foros de consulta pública en relación con el inicio del PDP, el Informe Inicial, el Informe Final propuesto y las recomendaciones sujetas a consideración de la Junta Directiva, además de la presentación de informes periódicos ante el Consejo de la GNSO y la realización de talleres para informar y solicitar la opinión de la comunidad de la ICANN en distintas reuniones de la corporación (véase, por ejemplo, la Reunión de Bruselas y la Reunión de San Francisco). Se recibieron también declaraciones de unidades constitutivas/grupos de partes interesadas (véase https://community.icann.org/display/gnsoirtpb/IRTP+Part+B). Todos los comentarios recibidos fueron analizados y considerados por el Grupo de Trabajo del PDP de la IRTP Parte B (véase la sección 6 del Informe Final sobre la IRTP Parte B [PDF, 1.02 MB]). Asimismo, según lo establecen los Estatutos de la ICANN, se ha organizado un foro de consulta pública sobre las recomendaciones que serán sometidas a consideración de la Junta Directiva de la ICANN.

    ¿Qué inquietudes o cuestiones mencionó la comunidad?
    La única preocupación planteada en el foro de consulta pública sobre las recomendaciones a ser sometidas a consideración de la Junta Directiva de la ICANN estaba relacionada con el tiempo de respuesta de cuatro horas requerido como parte de la recomendación referente al TEAC. La persona que presentó el comentario indicó que esto representaría "una carga muy pesada para los registradores pequeños y medianos". No obstante, quien expuso estos comentarios aparentemente supone que se requiere una resolución en un plazo de cuatro horas ("La solución/acuerdo final se podrá alcanzar después de 1 o 2 días también") en lugar de la respuesta inicial, que es el único requisito establecido de acuerdo con el TEAC propuesto. De acuerdo con la explicación brindada por el Grupo de Trabajo del PDP de la IRTP Parte B en su Informe Final, "el objetivo del TEAC es establecer rápidamente, en caso de emergencia, una comunicación en tiempo real entre los representantes de los registradores que puedan tomar medidas para resolver la cuestión, pero esta política únicamente se ocupa de establecer esta comunicación, no de resolver las disputas que pudieran surgir". En lo que respecta al tiempo de respuesta de cuatro horas, el Grupo de Trabajo del PDP de la IRTP Parte B observó que "aún los registradores más pequeños pueden simplemente rotar esta función entre el personal operativo, del mismo modo en que rotan otros aspectos de ‘emergencia’ relacionados con sus actividades comerciales. Probablemente, se observen muy pocas solicitudes de TEAC y con poca frecuencia, pero en el momento en que se presenten corresponderán a una emergencia genuina que merecerá trato inmediato". Se deberá tener presente que tanto los pequeños registradores como los más grandes participaron de las deliberaciones del Grupo de Trabajo de la IRTP Parte B y apoyaron las recomendaciones.

    ¿Qué materiales de importancia analizó la Junta Directiva?
    La Junta Directiva analizó el Informe del Consejo de la GNSO presentado a la Junta, así como también el resumen de los comentarios públicos y la respuesta del personal a dichos comentarios.

    ¿Qué factores considera importantes la Junta Directiva?
    Las recomendaciones fueron preparadas de acuerdo con el proceso de desarrollo de políticas de la GNSO descripto en el Anexo A de los Estatutos de la ICANN y han recibido el apoyo unánime del Consejo de la GNSO. De conformidad con los Estatutos de la ICANN, el apoyo unánime del Consejo para aprobar la moción (amplia mayoría) obliga a la Junta Directiva a adoptar esta recomendación, excepto que con más del 66% de los votos la Junta establezca que la política no beneficia a la comunidad de la ICANN o a la ICANN propiamente dicha. Asimismo, las cuestiones relacionadas con las transferencias representan el mayor motivo de queja de acuerdo con los datos obtenidos del área de Cumplimiento de la ICANN. Las mejoras introducidas a la IRTP podrán reducir la cantidad de quejas y al mismo tiempo brindar claridad y previsibilidad tanto a los registratarios como a los registradores.

    ¿Se observan impactos positivos o negativos en la comunidad?
    Las mejoras introducidas a la IRTP podrán reducir la cantidad de quejas y al mismo tiempo brindar claridad y previsibilidad tanto a los registratarios como a los registradores. La adopción de las recomendaciones requerirá cambios en los procesos para los registradores, pero se considera que estos tendrán un mínimo impacto y que son necesarios para tratar las cuestiones que conforman este proceso de desarrollo de políticas. Las recomendaciones, si fueran implementadas, serán de utilidad para aclarar y mejorar la IRTP en beneficio de todas las partes involucradas.

    ¿Se observan impactos fiscales o ramificaciones en la ICANN (plan estratégico, plan operativo, presupuesto), la comunidad y/o el público?
    Además de los cambios requeridos en el proceso para los registradores, de acuerdo con lo mencionado anteriormente, no se esperan otros impactos fiscales ni ramificaciones en la ICANN, la comunidad y/o el público.

    ¿Se observan cuestiones sobre seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS?
    No se observan cuestiones sobre seguridad, estabilidad ni flexibilidad relacionadas con el Sistema de Nombres de Dominio (DNS) como consecuencia de la aprobación por parte de la Junta Directiva de las recomendaciones propuestas.

    1.3. Aprobación de la recepción del informe del Grupo de Trabajo de Relaciones Técnicas

    Visto y considerando que, el 18 de marzo de 2011, la Junta Directiva recibió un informe final del revisor independiente para la Revisión del Grupo de Coordinación Técnica (TLG) y resolvió establecer un Grupo de Trabajo de Relaciones Técnicas de la Junta Directiva (BTRWG) para analizar las recomendaciones del informe final de la Revisión del TLG (resoluciones 2011.03.18.28 a 2011.03.18.31).

    Que, el 21 de abril de 2011, la Junta Directiva resolvió adoptar la composición del BTRWG y su estatuto (resoluciones 2011.04.21.05 y 2011.04.21.12).

    Y que el BTRWG ha entregado su informe final preliminar, Informe Final Preliminar del Grupo de Trabajo de Relaciones Técnicas de la Junta Directiva, con fecha 22 de agosto de 2011 y lo ha presentado ante la Junta Directiva de la ICANN para su consideración.

    RESUÉLVASE (2011.08.25.06): La Junta Directiva acusa recibo del documento Informe Final Preliminar del Grupo de Trabajo de Relaciones Técnicas de la Junta Directiva de fecha 22 de agosto de 2011, agradece al BTRWG que haya realizado su trabajo dentro de los plazos establecidos e imparte instrucciones al Comité de Mejoras Estructurales (SIC) a fin de que realice el análisis del informe y proponga un curso de acción.

    Fundamentos de la resolución 2011.08.25.06

    Las acciones propuestas responden directamente a una solicitud de la Junta Directiva y permiten avanzar con las tareas relacionadas con las mejoras de acuerdo con los plazos acordados. Las acciones a tomar no tendrán consecuencias en el presupuesto ni posibles efectos negativos. Es importante llevar a cabo estas acciones ahora para estar oportunamente en condiciones de proponer futuras acciones de reestructuración para decisión y consideración de la Junta Directiva.

    Las resoluciones 2011.08.25.01, 2011.08.25.02, 2011.08.25.03, 2011.08.25.04, 2011.08.25.05 y 2011.08.25.06 fueron aprobadas en una sola votación de conformidad con los puntos de la agenda convenida. Todos los miembros de la Junta Directiva presentes aprobaron estas resoluciones en forma unánime. Gonzalo Navarro, Ray Plzak, Katim Touray y Kuo-Wei Wu no estuvieron presentes para votar estas resoluciones.

  2. Aprobación del presidente y del presidente electo del Comité de Nominaciones

    Bruce Tonkin, en carácter de presidente del BGC, describió brevemente el proceso utilizado en dicho comité para recomendar candidatos a la Junta Directiva. Este proceso incluye la convocatoria para presentar solicitudes, la revisión de las solicitudes por parte del BGC, la elaboración de una lista de candidatos que serán entrevistados y una revisión por parte de los miembros de la Junta una vez finalizadas las entrevistas. Bruce observó que se tienen en cuenta los conflictos de intereses a la hora de hacer recomendaciones y que estas cuestiones se discuten en las entrevistas. Asimismo, recomendó que la Junta Directiva y la comunidad lleven a cabo, por un lado, un debate público a fin de identificar criterios para cubrir los cargos de presidente y presidente electo del Comité de Nominaciones y, por el otro, un proceso de consulta para definir tales criterios. La evaluación de candidatos en función de criterios publicados contribuirá al manejo de los conflictos de intereses que pudieran existir.

    Cherine Chalaby opinó que el presidente del Comité de Nominaciones debía ser independiente de la comunidad de la ICANN.

    Sébastien Bachollet planteó que era probable que el criterio de independencia de la comunidad de la ICANN diera como resultado un candidato no familiarizado con la corporación, lo cual podría no ser beneficioso para la labor del Comité de Nominaciones. Asimismo, indicó que la cuestión de independencia debía considerarse en términos generales y no solo para una banca.

    Chris Disspain observó que la Junta Directiva debía ser clara y definir qué se entendía por "independencia de la ICANN". ¿Se trata de una cuestión financiera? ¿Se refiere a la participación en la industria? Si un individuo participa en la comunidad At-Large, ¿deja de ser independiente? Estas cuestiones deben ser analizadas.

    Bill Graham observó que se intentaba definir "independencia" desde la noción de una organización multilateral.

    El asesor jurídico y secretario, John Jeffrey, indicó que la independencia se mide con parámetros distintos de los utilizados para conflictos de intereses. Señaló que, históricamente, la estructura del Comité de Nominaciones estaba ideada para elegir directores independientes. Asimismo, confirmó que cada comité de nominaciones elabora reglas internas para abordar entre sus miembros los propios conflictos de intereses, a fin de cumplir con la tarea de seleccionar buenos directores y otros candidatos designados.

    Bertrand de La Chapelle expresó que estaba de acuerdo con Bruce en que debían definirse con claridad las funciones del presidente del Comité de Nominaciones.

    La Junta Directiva pasó a debatir acerca de candidatos específicos, así como también sobre el rol del presidente electo del Comité de Nominaciones, cargo que se creó este año.

    Luego, Bruce Tonkin presentó la moción y Cherine Chalaby apoyó la siguiente resolución:

    Visto y considerando que el BGC ha examinado las Manifestaciones de Interés de los candidatos a presidente y presidente electo del Comité de Nominaciones.

    Y que el BGC estuvo de acuerdo con los candidatos preseleccionados e invitó a los miembros de la Junta Directiva interesados a participar en las entrevistas, lo cual generó recomendaciones a la Junta Directiva.

    Resuélvase (2011.08.25.07): La Junta Directiva adopta la recomendación del BGC y, por la presente, designa a Vanda Scartezini presidenta y a Rob Hall presidente electo del Comité de Nominaciones 2012.

    Doce miembros de la Junta Directiva votaron a favor de la resolución 2011.08.25.07. Rod Beckstrom se opuso a la resolución. Ray Plzak, Katim Touray y Kuo-Wei Wu no estuvieron presentes para votar la resolución. La resolución se aprobó.

    Rod Beckstrom hizo la siguiente declaración en referencia a su voto: “Mi voto no es en contra de Rob o de Vanda, individuos con acceso a información privilegiada versados en tecnología de información y comunicación (ICT) y en la industria de los nombres de dominio, sino —en aras del interés público global— en contra de nombrar para estos cargos a cualquier integrante de la comunidad de la ICANN que tenga acceso a información privilegiada.

    En mi opinión, el Comité de Nominaciones es necesario para incorporar nuevos directores ajenos a la comunidad que tengan vasta experiencia en juntas directivas así como también amplios conocimientos en gobernanza y gran capacidad profesional.

    Los integrantes de la comunidad con acceso a información privilegiada están ampliamente representados en la Junta Directiva de la ICANN.

    Nuevamente, creo que mayor independencia en el Comité de Nominaciones redundaría en beneficio del interés público global. Y, como he dicho varias veces, recomiendo fervientemente que el Comité de Nominaciones contrate los servicios de firmas de renombre mundial especializadas en búsquedas, capaces de reclutar expertos independientes de primer nivel para desempeñarse en juntas corporativas. Estas firmas existen y podrían atraer una gama más amplia de candidatos con altos niveles de experiencia relevante".

    Rod aclaró nuevamente que lo que propone es que la ICANN nombre para el Comité de Nominaciones líderes ajenos a la comunidad y que se amplíe el proceso de reclutamiento. Hay muchos profesionales con vasta experiencia que podrían estar muy interesados en integrar la Junta Directiva de la ICANN, pero esta no logra llegar a esos candidatos debido a que no aprovecha las redes directas para acceder a ellos.

    El Presidente observó que el Comité de Nominaciones se encarga de cubrir puestos de otras estructuras de la ICANN, además de los cargos de la Junta Directiva. Tal vez, la Junta deba considerar cómo abordar las cuestiones que plantea Rod en las etapas iniciales del proceso para cubrir los cargos del Comité de Nominaciones.

    A continuación, Bruce solicitó el respaldo de la Junta Directiva para avanzar, a través del BGC, para continuar las discusiones con el Comité de Nominaciones respecto de cómo abordar los conflictos de intereses, y otros temas que surjan de las recomendaciones del Equipo para la Revisión de Responsabilidad y Transparencia (ATRT).

    La Junta Directiva estuvo de acuerdo con esa propuesta.

    Fundamentos de la resolución 2011.08.25.07

    De acuerdo con los Estatutos de la ICANN, la Junta Directiva debe designar al presidente y al presidente electo del Comité de Nominaciones. Véase el Artículo VII, secciones 2.1 y 2.2 en http://www.icann.org/es/general/bylaws-es.htm#VII. La Junta Directiva ha delegado en el BGC la responsabilidad de recomendar al presidente y al presidente electo del Comité de Nominaciones para la aprobación de la Junta Directiva. Véase el estatuto del BGC en http://www.icann.org/en/committees/board-governance/charter.htm. El BGC publicó una convocatoria para presentar manifestaciones de interés (EOI), recibió y examinó varias EOI y realizó entrevistas con algunos candidatos antes de presentar sus recomendaciones. La Junta Directiva ha sometido a consideración las recomendaciones del BGC y está de acuerdo con ellas.

    La designación para el Comité de Nominaciones de un presidente y un presidente electo identificados a través de un proceso público de EOI tiene un impacto positivo en la transparencia y la responsabilidad de la ICANN. La adopción de la recomendación del BGC no tendrá impacto económico alguno en la ICANN ni afectará negativamente la seguridad, estabilidad y flexibilidad del DNS.

    La Junta Directiva ha observado que es necesario coordinar acciones con el Comité de Nominaciones y con las organizaciones de apoyo y los comités asesores de la ICANN para estandarizar las descripciones de los cargos de presidente y presidente electo del Comité de Nominaciones y de los cargos que dicho comité es responsable de cubrir dentro de la ICANN. Asimismo, es necesario desarrollar —mediante consulta con el Comité de Nominaciones— un conjunto de prácticas estandarizadas para la identificación de conflictos de intereses a ser utilizadas por los integrantes de dicho comité. En la reunión de la ICANN a celebrarse en Dakar, Senegal, el BGC continuará dialogando con el Comité de Nominaciones sobre esta y otras cuestiones, entre las que se incluye fomentar el trabajo a fin de cumplir con las recomendaciones del ATRT.

  3. Aprobación de la recomendación del BGC sobre la Solicitud de Reconsideración 11-1

    Bruce Tonkin brindó información sobre la Solicitud de Reconsideración 11-1, solicitud relacionada con un reclamo comercial sobre el actual registratario de un nombre de dominio. El solicitante espera recibir la orden de la ICANN para transferir el nombre de dominio a su compañía.

    El Presidente y Bertrand de la Chapelle plantearon que la denegación de la solicitud por parte de la Junta Directiva dejaría en claro que el proceso de solicitud de reconsideración no es un mecanismo apropiado para resolver disputas referentes a nombres de dominio, en tanto la Junta no puede ofrecer la solución solicitada.

    Luego, la Junta Directiva procedió con la siguiente acción:

    Visto y considerando que el BGC ha examinado la Solicitud de Reconsideración 11-1 presentada por Michael F. Gende el 15 de junio de 2011 en relación con el nombre de dominio zetamusic.com.

    Que el BGC ha determinado que la Solicitud de Reconsideración 11-1 debía ser denegada.

    Y que la Solicitud de Reconsideración 11-1 y la recomendación del BGC han sido publicadas en el sitio web de la ICANN: http://www.icann.org/en/committees/board-governance/requests-for-reconsideration-en.htm.

    Resuélvase (2011.08.25.08): La Junta Directiva adopta la recomendación del BGC en cuanto a que la Solicitud de Reconsideración 11-1 debe ser denegada, dado que la acción solicitada no se encuentra dentro de las facultades de la ICANN y que el proceso de reconsideración no representa el foro adecuado para presentar reclamos sobre disputas relacionadas con nombres de dominio.

    Todos los miembros de la Junta Directiva presentes votaron a favor de la resolución 2011.08.25.08. Ray Plzak, Katim Touray y Kuo-Wei Wu no estuvieron presentes para votar la resolución. La resolución se aprobó.

    Fundamentos de la resolución 2011.08.25.08

    De acuerdo con los Estatutos de la ICANN, el BGC debe evaluar y plantear recomendaciones a la Junta Directiva con relación a las solicitudes de reconsideración. Véase el Artículo IV, sección 3, de los Estatutos en http://www.icann.org/es/general/bylaws-es.htm#IV. La Junta Directiva ha examinado y debatido en profundidad la recomendación del BGC relacionada con la Solicitud de Reconsideración 11-1 y opina que el análisis ha sido razonable.

     La existencia de un proceso de reconsideración mediante el cual el BGC examina y plantea recomendaciones a la Junta Directiva para su aprobación tiene un impacto positivo en la responsabilidad y la transparencia de la ICANN. Este proceso ofrece una alternativa para garantizar a la comunidad que el personal y la Junta Directiva están actuando de conformidad con las políticas, los Estatutos y el Acta Constitutiva de la ICANN. La adopción de la recomendación del BGC no tendrá impacto económico alguno en la ICANN ni afectará negativamente la seguridad, estabilidad y flexibilidad del DNS.

     En este caso, el proceso de reconsideración ha sido solicitado para obtener la transferencia del registro de un nombre de dominio y para plantear un reclamo con respecto a la respuesta anterior de la ICANN, la cual instaba al solicitante a comunicarse con el registratario, el registrador o a seguir otras alternativas adecuadas para poder obtener la transferencia del registro. Esta solicitud ha sido denegada, dado que la acción solicitada no se encuentra dentro de las facultades o la autoridad de la ICANN. La Junta Directiva además ha observado que el proceso de reconsideración no representa el foro adecuado para presentar reclamos relacionados con nombres de dominio. Hay varios mecanismos disponibles para el planteo y la consideración de reclamos.

     No obstante, de conformidad con los procesos de cumplimiento de la ICANN, la solicitud ha sido enviada al registrador para que realice el seguimiento directamente con el solicitante.

  4. Etapas del proceso para someter a consideración la remuneración de la Junta Directiva

    John Jeffrey brindó a la Junta Directiva una descripción general del proceso recomendado para consideración de esta. El proceso consta de diversas etapas, la primera de las cuales requiere que la Junta Directiva imparta instrucciones al personal para que este tome las medidas necesarias tendientes a determinar si la remuneración de los directores es apropiada. Si bien este paso no es obligatorio, el hecho de que la Junta brinde instrucciones formales constituye una buena práctica.

    La segunda etapa —explicó Jeffrey— consiste en la contratación de un experto en valuaciones independiente. Este profesional presentaría un informe ante la Junta Directiva en el que determinaría si la remuneración es adecuada y cuál podría ser el nivel apropiado de esta. Asimismo, el experto contribuiría a confirmar si la Junta está siguiendo los procesos correspondientes.

    La tercera etapa consiste en la publicación de revisiones a la Política de Conflictos de Intereses y a los Estatutos que permitan a la Junta Directiva considerar el tema de la remuneración, revisiones que se someterían a la opinión del público. Actualmente, la Política de Conflictos de Intereses de la Junta Directiva prohíbe que se someta a votación el informe de un experto en valuaciones independiente, y los Estatutos no permiten que los miembros de la Junta reciban una remuneración. La apertura de un foro de consulta pública sobre estos temas permitirá a la Junta tomar medidas para permitir la consideración oportuna del informe del experto cuando sea presentado.

    El Presidente indagó acerca de la publicación de revisiones a la Política de Conflictos de Intereses a fin de poder considerar el tema de la remuneración y preguntó si se preveían cambios adicionales a dicha política en relación con el trabajo en curso sobre cuestiones de conflictos más amplias. Asimismo, preguntó si no sería conveniente posponer los cambios relacionados con la remuneración hasta tanto se identificaran otros cambios para la Política de Conflictos de Intereses. El Presidente expresó su preocupación por el hecho de que podría parecer que la Junta modifica continuamente esta política.

    Bruce Tonkin señaló que el BGC había considerado esta cuestión y destacó que las cuestiones de conflictos más amplias aún siguen bajo consideración.

    Mike Silber observó que las cuestiones y los procesos internos referentes a conflictos debían separarse del tema de la remuneración.

    Bertrand de la Chapelle estuvo de acuerdo con Mike y solicitó información adicional sobre el trabajo a realizar con el experto en valuaciones independiente.

    Erika Mann también estuvo de acuerdo con Mike y con Bertrand en que los temas debían mantenerse separados. Erika alentó a la Junta Directiva a avanzar y no esperar a que ambos temas pudieran presentarse juntos.

    Amy Stathos explicó que el experto presentaría una recomendación a la Junta Directiva a través de un informe y que esta tendría la oportunidad de hacerle preguntas antes de someter la recomendación a votación. Asimismo, explicó que la Junta no tendría la facultad de modificar la recomendación mediante la votación, dado que ello alteraría la independencia de la recomendación.

    Cherine Chalaby señaló que sería preferible presentar el tema de la remuneración y las cuestiones de conflictos más amplias en forma de paquete ante la comunidad. Cherine observó que, si bien son temas separados, se trata de una cuestión de presentación.

     El Presidente resumió el debate con la recomendación de que la Junta Directiva procediera a considerar el tema de la remuneración y que aclarara a la comunidad que aún se encuentran en discusión otras cuestiones relacionadas con conflictos de intereses.

    John Jeffrey confirmó que las modificaciones a la Política de Conflictos de Intereses tendientes a posibilitar la consideración de la remuneración son un tema aparte de las otras cuestiones relacionadas con conflictos de intereses, y que ambos pueden tratarse en forma separada.

    Luego, el Presidente presentó la siguiente resolución:

    Visto y considerando que la ICANN actualmente ofrece una remuneración al presidente de la Junta Directiva por los servicios que este presta como tal.

    Que la ICANN desea investigar si corresponde poner a disposición de otros miembros de la Junta Directiva ("Directores") una remuneración por los servicios que ofrecen a esta Junta.

    Que la ICANN es una corporación de bien público sin fines de lucro con sede en California, exenta del impuesto federal a las ganancias de conformidad con la sección §501(a) del Código Tributario de Estados Unidos de 1986, y sus modificaciones (el “Código”), de acuerdo con la definición de organización contenida en la sección §501(c)(3) de dicho Código.

    Y que la ICANN no debe pagar a los directores un monto que supere una remuneración razonable, de acuerdo con las normas establecidas en la sección §53.4958-4(b) de las disposiciones emitidas de conformidad con la sección §4958 del Código (las “Disposiciones”).

    Resuélvase (2011.08.25.09): La Junta Directiva deberá impartir instrucciones al personal a fin de que este tome todas las medidas necesarias para considerar si sería conveniente establecer una remuneración para los Directores con derecho a voto.

    Resuélvase (2011.08.25.10): Como parte del proceso de revisión de la remuneración correspondiente a cualquiera de los Directores, la Junta Directiva deberá contratar a un experto en valuaciones independiente, de conformidad con la definición establecida en la sección §53.4958-1(d)(4)(iii)(C) de las Disposiciones (el “Experto”), con el fin de realizar consultas y brindar asesoramiento a la Junta Directiva sobre la conveniencia y el nivel de los acuerdos de remuneración de los Directores y emitir un dictamen razonado, de acuerdo con la definición contenida en la sección §53.4958-1(d)(4)(iii)(C) de las Disposiciones (el “Dictamen”), preparado por dicho experto sobre las categorías de remuneraciones razonables que correspondan a un director por prestar dichos servicios.

    Resuélvase (2011.08.25.11): El Dictamen del experto deberá incluir todos los factores que considere adecuados con relación a la conveniencia y el nivel de remuneración que corresponde pagar a un Director con derecho a voto por los servicios prestados a la ICANN en carácter de Director, entre los que se incluyen, los cargos ocupados en la Junta Directiva, la asistencia a las reuniones de la Junta y del Comité, la naturaleza de los servicios brindados a la Junta y a los comités de la Junta y los datos apropiados para realizar comparaciones, de conformidad con la definición de este término en la sección §53.4958-6(c)(2) de las Disposiciones, sobre los acuerdos de remuneración de los directores para las organizaciones sin fines de lucro y exentas de impuestos establecidas en los Estados Unidos que posean una base de empleados a nivel mundial.

    Resuélvase (2011.08.25.12): Una vez examinado el Dictamen, la Junta Directiva deberá reunirse con el experto a fin de conversar acerca del Dictamen presentado y realizar preguntas sobre este, sobre los datos comparativos obtenidos y utilizados, y sobre las conclusiones de dicho experto.

    Resuélvase (2011.08.25.13): La Junta Directiva deberá documentar adecuadamente los fundamentos de cualquier determinación que tome con relación a los acuerdos de remuneración de los Directores, en el momento de tomar dicha determinación.

    Resuélvase (2011.08.25.14): Se autoriza al asesor jurídico de la ICANN y se le solicita que proceda a contratar a Towers Watson como experto en valuaciones independiente para que consulte y brinde asesoramiento a la Junta Directiva sobre los acuerdos de remuneración de los Directores y para que presente ante esta el dictamen razonado antes descripto sobre la conveniencia y las categorías de remuneraciones razonables que corresponden a un director por prestar sus servicios.

    Doce miembros de la Junta Directiva votaron a favor de las resoluciones 2011.08.25.09, 2011.08.25.10, 2011.08.25.11, 2011.08.25.12, 2011.08.25.13 y 2011.08.25.14. Rod Beckstrom, Ray Plzak, Katim Touray y Kuo-Wei Wu no estuvieron presentes para votar las resoluciones. Las resoluciones fueron aprobadas.

    Luego, el Presidente propuso someter a votación la siguiente resolución.

    Resuélvase (2011.08.25.15): Por la presente, se solicita al personal de la ICANN que publique, con el fin de recibir comentarios públicos, una versión revisada de la Política de Conflictos de Intereses y una versión revisada de los Estatutos, las cuales serán necesarias si la Junta Directiva aprueba la posible recomendación de que se pague a los miembros de la Junta Directiva elegibles una remuneración por los servicios prestados a la ICANN en calidad de directores de esta corporación.

    Once miembros de la Junta Directiva votaron a favor de la resolución 2011.08.25.15. Sébastien Bachollet se abstuvo de votar la resolución. Rod Beckstrom, Ray Plzak, Katim Touray y Kuo-Wei Wu no estuvieron presentes para votar la resolución. La resolución se aprobó.

    Sébastien Bachollet señaló que se abstuvo de votar debido a un posible conflicto de intereses relacionado con los plazos.

    Fundamentos de las resoluciones 2011.08.25.09 – 15

    En los últimos años, la ICANN ha sometido a consideración las cuestiones relacionadas con las remuneraciones de la Junta Directiva. Esta ha debatido públicamente la cuestión y ha examinado los análisis y asesoramientos independientes sobre este tema. Por ejemplo: (i) con relación al Marco de Responsabilidad y Transparencia de la ICANN hubo solicitudes de la comunidad para que la Junta Directiva en su totalidad recibiera una remuneración; (ii) los debates sobre contingencia presupuestaria desde el ejercicio fiscal FY08 han considerado la posibilidad de incluir el pago de una remuneración a la Junta Directiva; (iii) expertos en valuaciones independientes han presentado estudios sobre la remuneración de los miembros de la Junta Directiva en otras organizaciones sin fines de lucro; (iv) Boston Consulting Group (BCG), entidad que realizó la revisión de la Junta Directiva, sugirió la aplicación de honorarios relativamente moderados para remunerar a los directores por su tiempo; (v) el Grupo de Trabajo para la Revisión de la Junta Directiva reconoció el apoyo general del BCG y de la comunidad con relación a la remuneración de los directores, pero recomendó realizar un estudio adicional junto con el asesor jurídico; y (vi) el ATRT específicamente recomendó que la Junta Directiva debía implementar un esquema de remuneraciones para los directores con derecho a voto.

    En agosto de 2010, la Junta Directiva aprobó la remuneración de su presidente. Desde aquella oportunidad, se han recibido solicitudes para que todos los directores con derecho a voto reciban una remuneración y, más recientemente, por medio de la recomendación 5 del ATRT.

    Tomar todas las medidas necesarias a fin de garantizar que la remuneración de los directores con derecho a voto se someta a consideración de conformidad con las leyes, normas y disposiciones aplicables genera un impacto positivo en la responsabilidad y transparencia de la ICANN. Además, mantener informada a la comunidad mediante la publicación de todas las etapas del proceso que atraviesa la Junta Directiva, así como también de las revisiones propuestas para la Política de Conflictos de Intereses y para los Estatutos mejora considerablemente la transparencia de la ICANN con respecto a este tema.

    Completar estas etapas generará un impacto fiscal en la ICANN debido al costo de contratación del experto en valuaciones independiente, si bien esto ha sido contemplado en el presupuesto en el momento en que la Junta Directiva adoptó las recomendaciones del ATRT. No se observará impactos negativos en la seguridad, estabilidad y flexibilidad del DNS como resultado de dicho proceso.

  5. Actualización sobre nombres de dominio internacionalizados (IDN) de carácter único

    Kurt Pritz puso al corriente a la Junta Directiva sobre la labor del Grupo de Trabajo Conjunto sobre IDN (JIG), integrado por la GNSO y la Organización de Apoyo para Nombres de Dominio con Código de País (ccNSO), y sobre la recomendación de delegación de IDN de una sola letra o carácter único tanto para nuevos dominios genéricos de alto nivel (gTLD) como en el marco del Proceso de Avance Acelerado de Dominios de Alto Nivel con Código de País de Nombres de Dominio Internacionalizados (IDN ccTLD). Kurt observó que, dado que la recomendación plantea cuestiones técnicas y de políticas públicas, esta debe ser sometida a consideración del SSAC, del GAC y del ALAC a fin de que estos comités brinden asesoramiento al respecto. También señaló que la labor requerida no podría finalizarse para la primera ronda de solicitudes de nuevos gTLD.

    Ram Mohan observó que lo más apropiado era que los IDN de carácter único no formaran parte de la primera ronda, a fin de posibilitar procesos de consulta y de comentario público.

    El Presidente y CEO confirmó que, para que el lanzamiento del programa se concretara según las instrucciones de la Junta Directiva, no podrían incorporarse a la Guía para el Solicitante cambios como la admisión de IDN de carácter único. Esto se condice con la resolución de la Junta Directiva aprobada en Singapur.

    Luego, el Presidente propuso someter a votación la siguiente resolución.

    Visto y considerando que la delegación de dominios de alto nivel (TLD) de IDN a fin de fomentar la seguridad y una buena experiencia de los usuarios representa, desde hace mucho tiempo, un tema de importancia para la Junta Directiva de la ICANN y para la comunidad mundial.

    Que el Grupo de Trabajo para Nombres Reservados, de la GNSO, concluyó que, en el caso de los IDN, no debería existir una restricción general para las etiquetas U de carácter único, y recomendó realizar el análisis caso por caso.

    Que el Equipo de Trabajo para la Implementación de IDN recomendó que no debían prohibirse los gTLD de carácter único, pero que temas relacionados con esta cuestión debían ser considerados por los organismos encargados de políticas, como la ccNSO y la GNSO.

    Que el JIG recomendó que debían aceptarse los TLD de carácter único en el proceso de Avance Acelerado de IDN ccTLD, como parte de las recomendaciones para la política general en el Proceso de Desarrollo de Políticas de Nombres de Dominio Internacionalizados con Código de País (IDN ccPDP) y el Programa de Nuevos gTLD.

    Que el Proceso de Avance Acelerado ha sido diseñado para posibilitar la incorporación de una cantidad limitada de IDN ccTLD que no generen conflictos, a fin de cumplir con la demanda a corto plazo, mientras se prepara la política general, utilizando métodos que no tengan predominancia sobre los resultados del IDN ccPDP.

    Que el informe del JIG plantea algunas preguntas, entre las que se incluyen: (a) cuál es el proceso adecuado para realizar consultas (incluidas consultas a comunidades del idioma correspondiente) que sería necesario en el momento de someter a consideración nuevas cadenas de caracteres de IDN TLD de carácter único, y (b) si se planteará o no una conclusión diferente con respecto a las políticas, en el caso de que se especificara que únicamente los sistemas de escritura ideográficos son aceptables para los IDN TLD de carácter único.

    Que estas consideraciones junto con todas las demás consideraciones técnicas y sobre políticas deben ser analizadas antes de llevar a cabo la delegación de los TLD de carácter único.

    Y que se estima que el tiempo necesario para obtener recursos y considerar de manera adecuada estas cuestiones se extenderá más allá del período de presentación de solicitudes programado para la primera ronda de solicitudes de gTLD.

    Resuélvase (2011.08.28.16): Con relación a la delegación de gTLD de carácter único, la Junta Directiva:

    1. Solicita al SSAC asesoramiento específico sobre los aspectos relacionados con la seguridad y la estabilidad.
    2. Solicita al GAC que someta a consideración los aspectos relacionados con políticas públicas y que brinde asesoramiento específico al respecto.
    3. Solicita al ALAC asesoramiento específico sobre los aspectos relacionados con los usuarios finales y los consumidores.
    4. Solicita al personal que consulte sobre el tema a otros expertos de la comunidad versados en diversos idiomas/sistemas de escritura y que presente ante la Junta Directiva y ante la comunidad un informe que refleje este aporte, a fin de que la Junta Directiva considere la delegación de IDN TLD de carácter único.
    5. Solicita al personal que publique el cronograma de estas tareas e indique claramente que se pondrán a disposición procesos para la delegación de IDN TLD de carácter único después de la primera ronda de solicitudes de gTLD y la finalización del trabajo relacionado con las políticas de IDN ccTLD.

    Todos los miembros de la Junta Directiva presentes votaron a favor de la resolución 2011.08.25.16. Ray Plzak, Katim Touray y Kuo-Wei Wu no estuvieron presentes para votar la resolución. La resolución se aprobó.

    Fundamentos de la resolución 2011.08.25.16

    ¿Por qué la Junta Directiva está abordando ahora la cuestión?
    El Grupo de Trabajo Conjunto de la ccNSO y la GNSO para Nombres de Dominio Internacionalizados (JIG) preparó un informe final mediante el cual recomendaba la delegación de IDN de carácter único en el Programa de Nuevos gTLD y el Proceso de Avance Acelerado de IDN ccTLD. El Consejo de la GNSO y el Consejo de la ccNSO aprobaron el informe el 7 de abril de 2011 y el 10 de mayo de 2011, respectivamente, y el informe fue entregado a la Junta Directiva el 11 de mayo de 2011.

    ¿Cuál es la propuesta que se somete a consideración?
    El informe del JIG incluye las siguientes recomendaciones:

    a) Los IDN TLD de carácter único deben ser aceptados en el marco del Proceso de Avance Acelerado de IDN ccTLD y como parte de las recomendaciones para la política general del IDN ccPDP, teniendo en cuenta las conclusiones del informe.

    b) Se deberá implementar la recomendación de política de la GNSO contenida en el Informe Final sobre la Introducción de Nuevos Dominios Genéricos de Alto Nivel para IDN TLD de Carácter Único.

    c) Se deberán analizar caso por caso las cadenas de caracteres de IDN TLD de carácter único solicitadas, en el proceso de nuevos gTLD según el sistema de escritura y el idioma. Se deberán aceptar los IDN TLD de carácter único, pero estos no deben generar confusión por ser similares a TLD de uno o dos caracteres en ASCII. Para los IDN TLD de carácter único de un sistema de escritura alfabético, se deberán tener en cuenta otros aspectos técnicos que puedan generar confusión, por ejemplo, la posibilidad de que el usuario cometa un error en el teclado.

    La implementación de las recomendaciones del informe generarían cambios en las versiones aprobadas de la Guía para el Solicitante de gTLD y el Plan de Implementación Acelerado de IDN ccTLD.

    ¿Cuáles son las partes interesadas u otros participantes consultados?
    El JIG está conformado por representantes de las comunidades de la ccNSO y de la GNSO. El informe también ha sido publicado para la recepción de comentarios públicos de todas las partes interesadas.

    Tras la recepción del informe, se han llevado a cabo debates informales relacionados con los aspectos técnicos de la propuesta, con integrantes del SSAC y del Grupo de Trabajo sobre Variantes de la Junta Directiva.

    ¿Qué inquietudes o cuestiones mencionó la comunidad?

    Las cuestiones planteadas por la comunidad durante el proceso de consulta pública incluyen:

    • Plazos para la posible incorporación de IDN TLD de carácter único en relación con la resolución de cuestiones de gestión de variantes de IDN.
    • Propuesta de creación de un Panel de Evaluación de IDN para la revisión de solicitudes de IDN TLD de carácter único o de dos caracteres.
    • Procedimientos a aplicar en caso de que el carácter único represente un nombre geográfico u otros intereses.
    • Posible confusión entre los usuarios.
    • Posibles cuestiones relacionadas con la facilidad de uso de los IDN TLD de carácter único.
    • Diferencia entre los gTLD y los ccTLD.

    ¿Qué materiales de importancia analizó la Junta Directiva?
    La Junta Directiva examinó el informe del JIG.

    ¿Qué factores considera importantes la Junta Directiva?
    La Junta Directiva considerará cuestiones técnicas, cuestiones relacionadas con políticas públicas y la experiencia de los usuarios. En consecuencia, se busca obtener aportes de los diferentes comités asesores.

    En lo que respecta al Programa de Nuevos gTLD, las cuestiones planteadas en el informe del JIG que podrían analizarse en las consultas son las siguientes: (1) identificación de un proceso adecuado para realizar consultas (incluidas consultas a comunidades del idioma correspondiente) en el momento de someter a consideración nuevas cadenas de caracteres de IDN gTLD de carácter único, y (2) si se planteará o no una conclusión diferente con respecto a las políticas, en el caso de que se especificara que únicamente los sistemas de escritura ideográficos son aceptables para los IDN TLD de carácter único.

    Con relación a los IDN ccTLD, los procesos de desarrollo de políticas referentes a IDN ccTLD se podrían informar mediante un análisis adicional de estas cuestiones. El Proceso de Avance Acelerado de IDN ccTLD ha sido diseñado para posibilitar la incorporación de una cantidad limitada de IDN ccTLD que no generen conflictos, a fin de cumplir con la demanda a corto plazo, mientras se prepara la política general, utilizando métodos que no tengan predominancia sobre los resultados del IDN ccPDP. En consecuencia, la delegación de TLD de carácter único actualmente no está bajo consideración para el Proceso de Avance Acelerado.

    ¿Se observan impactos positivos o negativos en la comunidad?
    La Junta Directiva solicita asesoramiento adicional sobre posibles impactos antes de proceder.

    ¿Se observan impactos fiscales o ramificaciones en la ICANN (plan estratégico, plan operativo, presupuesto), la comunidad y/o el público?
    La acción recomendada no debería causar ninguna variante significativa en los gastos planificados.

    ¿Se observan cuestiones sobre seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS?
    El análisis inicial indica que no existen cuestiones relacionadas con estos aspectos; sin embargo, este tema ha sido referido al SSAC para consideración adicional.

  6. Informe del CEO

    El Presidente y CEO presentó un informe ante la Junta Directiva referente a las actividades desarrolladas en la ICANN después de la última reunión de dicha Junta. Este informe se centra principalmente en cuestiones relacionadas con el enfoque que adoptará el ejecutivo para el resto de su mandato, el cual incluye especial atención a la comunicación tanto con el personal como con el público en cuanto a transmitirle a este último información precisa sobre sus decisiones. El CEO asumió el compromiso de llevar adelante una buena gestión del cambio y de cumplir con el enfoque plasmado en los planes estratégico y operativo de la ICANN.

  7. Planificación del taller

    La Junta Directiva debatió los temas propuestos para la agenda del taller que la Junta realizará próximamente en Marina del Rey, California, y expresó su parecer al Presidente.

  8. Sesión ejecutiva

    La Junta Directiva celebró una sesión ejecutiva en la que no participó el personal.