Resoluciones aprobadas por la Junta Directiva | Reunión Extraordinaria de la Junta Directiva de la ICANN 21 de junio de 2021

Este documento ha sido traducido a varios idiomas como información únicamente. El texto original y válido (en inglés) se puede obtener en: https://www.icann.org/resources/board-material/resolutions-2021-06-21-en

  1. Orden del día principal:
    1. Recomendaciones de políticas del Consejo de la GNSO sobre la Fase 2 del EPDP, Recomendaciones de Prioridad 2
    2. Aplazamiento de la tercera Revisión de la Organización de Apoyo para Nombres Genéricos (GNSO3)
  2. Sesión ejecutiva:
    1. Remuneración por desempeño del Presidente y Director Ejecutivo para la segunda mitad del año fiscal 2021

  1. Orden del día principal:

    1. Recomendaciones de políticas del Consejo de la GNSO sobre la Fase 2 del EPDP, Recomendaciones de Prioridad 2

      Visto y considerando: Que, el 17 de mayo de 2018, la Junta de la ICANN adoptó la Especificación Temporaria para los Datos de Registración de los gTLD (Especificación Temporaria) de conformidad con los procedimientos contenidos en el Acuerdo de Registro y el Acuerdo de Acreditación de Registradores respecto del establecimiento de políticas temporarias.

      Visto y considerando: Que, tras la adopción de la Especificación Temporaria y de conformidad con los procedimientos para las políticas temporarias contenidos en el Acuerdo de Registro y el Acuerdo de Acreditación de Registradores, se debe iniciar de inmediato un Proceso de Desarrollo de Políticas de Consenso, como se establece en los Estatutos de la ICANN, que se completará dentro de un año a partir de la fecha efectiva de implementación de la Especificación Temporaria (25 de mayo de 2018).

      Visto y considerando: Que el Consejo de la Organización de Apoyo para Nombres Genéricos (GNSO) aprobó la Solicitud de Inicio del Proceso Expeditivo de Desarrollo de Políticas (EPDP) (https://gnso.icann.org/sites/default/files/file/field-file-attach/temp-spec-gtld-rd-epdp-initiation-request-19jul18-en.pdf) y la Carta orgánica del Equipo responsable del EPDP (https://gnso.icann.org/sites/default/files/file/field-file-attach/temp-spec-gtld-rd-epdp-19jul18-en.pdf) del 19 de julio de 2018.

      Visto y considerando: Que el Equipo responsable del EPDP dividió el trabajo en dos fases; la Fase 1 se completó con la adopción del Informe Final de la Fase 1 del EPDP el 4 de marzo de 2019, momento en el que el Consejo de la GNSO indicó su no objeción, conforme a lo dispuesto en la Carta orgánica del Equipo responsable del EPDP, para que el Equipo responsable del EPDP comenzara a trabajar en un Sistema Estandarizado de Acceso/Divulgación a los Datos de registración sin carácter público ("SSAD"), así como otros temas identificados en la Fase 2 de la Carta orgánica y/o pendientes de la Fase 1 (temas de prioridad 2).

      Visto y considerando: Que, el 2 de mayo de 2019, el Equipo responsable del EPDP comenzó sus deliberaciones sobre la Fase 2 con el desarrollo de su plan de trabajo (véase https://community.icann.org/x/6BdIBg).

      Visto y considerando: Que el EPDP ha seguido los pasos prescritos por el EPDP tal y como se establece en los Estatutos, lo que ha dado como resultado un Informe final que se entregó el 31 de julio de 2020 con una versión actualizada que contiene todas las declaraciones minoritarias presentada el 26 de agosto de 2020.

      Visto y considerando: Que el Equipo responsable del EPDP llegó a un consenso sobre las Recomendaciones 19 - 22.

      Visto y considerando: Que el Consejo de la GNSO examinó y debatió las recomendaciones del Equipo responsable del EPDP y aprobó por unanimidad todas las Recomendaciones de Prioridad 2 el día 24 de septiembre de 2020 mediante voto de mayoría calificada de la GNSO (véase https://gnso.icann.org/en/council/resolutions/2020#20200924-2).

      Visto y considerando: Que la votación del Consejo de la GNSO excedió el límite de votos requerido por los Estatutos de la ICANN para imponer nuevas políticas de consenso sobre las partes contratadas de la ICANN.

      Visto y considerando: Que, tras la votación del Consejo de la GNSO, se realizó un período de comentario público sobre las Recomendaciones aprobadas, y la mayoría de los comentarios se enfocaron en cuestiones que se discutieron en los extensos debates durante la Fase 1 y la Fase 2 del trabajo del Equipo responsable del EPDP y las Recomendaciones sobre estos temas representan compromisos cuidadosamente elaborados.

      Visto y considerando: Que se instruyó al Comité Asesor Gubernamental (GAC) presentar todas las inquietudes surgidas durante el comentario público que pudieran tener lugar si la Junta aprueba la política propuesta (https://www.icann.org/en/system/files/correspondence/botterman-to-ismail-10feb21-en.pdf).

      Visto y considerando: Que el GAC respondió a la notificación de la Junta Directiva y no planteó ninguna inquietud en materia de políticas públicas que pudiera producirse si la Junta Directiva adopta las recomendaciones de la Política de Consenso.

      Visto y considerando: Que la organización de la ICANN analizó las Recomendaciones y, de acuerdo con la información actual y con sujeción a otros aportes de las Autoridades de Protección de Datos y análisis legales, considera que las Recomendaciones 19-22 no parecen entrar en conflicto con (a) el RGPD, (b) los requisitos existentes para los operadores de registro y los registradores de gTLD, o (c) el mandato de la ICANN para garantizar la estabilidad, la seguridad y la flexibilidad del DNS de Internet.

      Resuélvase (2021.06.21.01): La Junta Directiva adopta las Recomendaciones 19-22 de política del Consejo de la GNSO para una nueva política de consenso sobre los datos de registración de gTLD, como se establece en la sección 3.6 del Informe Final.

      Resuélvase (2021.06.21.02): La Junta indica al Presidente y Director Ejecutivo, o a quien este designe, desarrollar y poner en marcha un plan de implementación para las Recomendaciones adoptadas, que se ajuste a las pautas brindadas por el Consejo de la GNSO y que continúe las conversaciones con la comunidad sobre este trabajo.

      Fundamento de las Resoluciones 2021.06.21.01 – 2021.06.21.02

      ¿Por qué la Junta directiva aborda este tema ahora?

      El Consejo de la GNSO aprobó todas las recomendaciones finales del Informe Final del Grupo de Trabajo del EPDP con fecha 31 de julio de 2020 en su reunión del 24 de septiembre de 2020, y un Informe sobre las Recomendaciones del Consejo a la Junta Directiva acerca del tema el 29 de octubre de 2020. De conformidad con los Estatutos de la ICANN, se abrió un período de comentario público para permitir aportes públicos sobre la adopción de las Recomendaciones 19-22. El período de comentario público cerró el día 22 de enero de 2021. Tal como se estipula en el Anexo A de los Estatutos de la ICANN, las recomendaciones del EPDP ahora están siendo reenviadas a la Junta Directiva para que las revise y tome las medidas correspondientes.

      ¿Cuáles son las propuestas que se están considerando?

      Las recomendaciones de la GNSO se refieren a las directrices de políticas para (i) la visualización pública de la información relacionada con los registros que utilizan servicio de privacidad o representación (proxy); (ii) la visualización y omisión del campo de la ciudad del registratario; (iii) el período mínimo requerido para que los registradores conserven los datos de registración, y (iv) un propósito enmendado de la ICANN para el procesamiento de los datos de registración, relacionado con la seguridad, la estabilidad y la resiliencia del DNS. La lista completa y el alcance de las recomendaciones finales pueden consultarse en el Anexo A del Informe de Recomendaciones del Consejo de la GNSO a la Junta Directiva (véase https://www.icann.org/en/system/files/correspondence/fouquart-to-botterman-29oct20-en.pdf).

      ¿Qué materiales significativos analizó la Junta Directiva?

      Tal como lo requiere el Manual para PDP de la GNSO, el Equipo responsable del EPDP se comunicó con todas las unidades constitutivas y todos los grupos de trabajo de partes interesadas de la GNSO así como las Organizaciones de Apoyo y Comités Asesores para recibir aportes durante la etapa temprana del EPDP. El Grupo de Trabajo también celebró sesiones abiertas a la comunidad en las reuniones públicas de la ICANN que tuvieron lugar durante el ciclo de vigencia de este PDP. En reconocimiento de los plazos acotados del Equipo responsable del EPDP, el Consejo de la GNSO decidió invitar a dos coordinadores de enlace de la organización de la ICANN para que trabajen directamente con el equipo responsable del EPDP: un coordinador de enlace del equipo de Asuntos Legales de la ICANN y otro coordinador de enlace de la División Global de Dominios y Estrategia de la ICANN. El Equipo responsable del EPDP también solicitó a la organización de la ICANN, a través de los coordinadores de enlace designados, información sobre posibles problemas de implementación. Se abrieron períodos de comentario público para el Informe inicial del Equipo responsable del EPDP, el Anexo del Equipo responsable del EPDP a su Informe inicial y la adopción por parte del Consejo de la GNSO del Informe final del Equipo responsable del EPDP. Las recomendaciones finales como se detallan en el Informe final se completaron en función de la revisión y el análisis del Equipo responsable del EPDP de todos los comentarios públicos y aportes recibidos en respuesta a su Informe inicial.

      ¿Qué factores consideró importantes la Junta Directiva?

      Las recomendaciones de Prioridad 2 del Equipo responsable del EPDP fueron formuladas según el Proceso Expeditivo de Desarrollo de Políticas de la GNSO, de conformidad con lo estipulado en el Anexo A de los Estatutos de la ICANN y han recibido el apoyo unánime del Consejo de la GNSO. De conformidad con los Estatutos de la ICANN, el apoyo de la mayoría calificada del Consejo obliga a la Junta Directiva a adoptar las recomendaciones, a menos que, por el voto de más de dos tercios, la Junta Directiva determine que tal política recomendada no responde a los mejores intereses de la ICANN o de su comunidad. Asimismo, los Estatutos permiten aportes del GAC en relación a las inquietudes de política pública que pueden plantearse si la Junta Directiva adopta una política propuesta. El GAC no ha planteado esta posibilidad con respecto a estas recomendaciones del EPDP.

      ¿Existen impactos positivos o negativos para la comunidad?

      Las recomendaciones de Prioridad 2 tienen las siguientes repercusiones positivas para la comunidad de la ICANN: (i) garantizar que los terceros que soliciten datos de registración sin carácter público reciban una notificación clara, dentro del directorio público, de que la registración de un nombre de dominio está utilizando servicios de privacidad o representación (proxy) y, en consecuencia, soliciten los datos censurados solo una vez (en lugar de tener que realizar dos consultas: una para saber si los datos están protegidos por un servicio de privacidad, y otra para el servicio de privacidad); (ii) permitir a los registradores publicar el campo de la ciudad del registratario en el directorio público (la recomendación de la Fase 1 exigía la omisión de la ciudad del registratario en el directorio público); (iii) establecer un periodo de retención de datos obligatorio para los datos de registración en poder de los registradores; (iv) actualizar el propósito de la ICANN para el procesamiento de los datos de registración en consonancia con las preocupaciones de seguridad, estabilidad y resiliencia, en respuesta a los comentarios del Comité Europeo de Protección de Datos. Además, la aprobación por parte de la Junta Directiva de las recomendaciones de Prioridad 2 ayudará a la organización de la ICANN a implementar las recomendaciones de la Fase 1 del EPDP.

      ¿Se observan ramificaciones o impactos fiscales en la ICANN (plan estratégico, plan operativo, presupuesto), la comunidad o el público?

      Puede haber repercusiones fiscales en la ICANN asociados a la implementación de las recomendaciones de políticas. Dichas repercusiones estarían relacionadas con el uso de los recursos de la organización de la ICANN para implementar las recomendaciones.

      ¿Se observan cuestiones sobre seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS?

      No hay cuestiones sobre la seguridad, estabilidad ni flexibilidad relacionadas con el DNS que puedan atribuirse directamente a la implementación de las recomendaciones del EPDP.

      ¿Se encuentra esto dentro de la misión de la ICANN? ¿De qué forma esta acción sirve al interés público?

      La consideración de las recomendaciones de política desarrolladas por la comunidad está dentro de la misión de la ICANN, como se define en el Artículo 1, Sección 1.1(i) de los Estatutos de la ICANN. Esta acción sirve al interés público, dado que la ICANN tiene una función fundamental en la coordinación del desarrollo y la implementación de políticas cuya resolución uniforme o coordinada es razonablemente necesaria para facilitar la apertura, interoperabilidad, resiliencia, seguridad y/o estabilidad del DNS.

    2. Aplazamiento de la tercera Revisión de la Organización de Apoyo para Nombres Genéricos (GNSO3)

      Visto y considerando: Que, según la Sección 4.4 (a) de los Estatutos de la ICANN, las revisiones periódicas se llevarán a cabo con una frecuencia no inferior a cinco años, en función de la factibilidad que determine la Junta Directiva.

      Visto y considerando: Que, en virtud de la Sección 4.4 de los Estatutos de la ICANN, la Revisión GNSO3 debe comenzar en junio de 2021, cinco años después de la recepción y acción de la Junta Directiva del informe final de la Revisión GNSO2. Esta es la primera revisión organizacional prevista para el próximo ciclo.

      Visto y considerando: Que la ATRT3 realizó recomendaciones que tendrán un impacto en todas las revisiones organizacionales; y que la ATRT3 reconoció este impacto en su carta de transmisión al Presidente de la Junta Directiva de la ICANN. La carta sugería a la Junta Directiva implementar una moratoria en el lanzamiento de nuevas revisiones hasta que las recomendaciones de la ATRT3 establecieran programas de mejora continua y se pudiera implementar una nueva Revisión integral.

      Visto y considerando: Que la Junta Directiva aprobó las recomendaciones de la ATRT3, sujetas a un orden de prioridades, reconociendo que la comunidad y la organización de la ICANN necesitarán tiempo para planificar y ejecutar dichas recomendaciones una vez que sean priorizadas para su implementación.

      Visto y considerando: Que la Junta Directiva se comprometió con la GNSO en octubre de 2020 para entender sus puntos de vista sobre el cronograma de la próxima Revisión de la GNSO. El Consejo de la GNSO, el Grupo de Partes Interesadas Comerciales, el Grupo de Partes Interesadas de Registros y el Grupo de Partes Interesadas de Registradores apoyaron el aplazamiento de la Revisión GNSO3 para aliviar la gran carga de trabajo de la GNSO y para permitir que la Revisión integral recomendada por la ATRT3 y los programas y pilotos de mejora continua se desarrollen en consonancia con la acción de la Junta Directiva de noviembre de 2020 sobre las recomendaciones de la ATRT3.

      Visto y considerando: Que, el 18 de mayo de 2021, el Comité de Efectividad Organizacional de la Junta Directiva debatió y aprobó una recomendación a la Junta Directiva para aplazar la Revisión GNSO3, con el respaldo de la GNSO.

      Resuélvase (2021.06.21.03): La Junta Directiva determina que no es factible iniciar la Revisión GNSO3 en este momento. La Junta Directiva aplaza el inicio de la Revisión GNSO3 hasta el momento en que la Junta Directiva, la comunidad y la organización comprendan mejor el impacto de las Recomendaciones de la ATRT3 en el próximo ciclo de revisiones organizacionales, así como en consideración de la carga de trabajo actual de la comunidad.

      Resuélvase (2021.06.21.04): La Junta Directiva instruye al Presidente y Director Ejecutivo de la ICANN, o a quien este designe, que desarrolle un plan integral para el cronograma y la realización del próximo ciclo de revisiones organizacionales, teniendo en cuenta el calendario de implementación de las recomendaciones de la ATRT3. Este plan deberá desarrollarse en consulta con la comunidad de la ICANN, y la organización de la ICANN deberá proporcionar actualizaciones periódicas a la Junta Directiva sobre el progreso de dicho plan.

      Fundamento de las Resoluciones 2021.06.21.03 – 2021.06.21.04

      ¿Por qué la Junta Directiva aborda el tema?

      La ICANN organiza revisiones independientes de sus organizaciones de apoyo y comités asesores (revisiones organizacionales) tal como se estipula en el Artículo 4, Sección 4.4 de los Estatutos de la ICANN, a fin de garantizar que el modelo de múltiples partes interesadas de la ICANN siga siendo transparencia y responsable, y para mejorar su desempeño. Las revisiones organizacionales se realizan actualmente en ciclos de cinco años. La Revisión GNSO3 es la primera del próximo ciclo, y está previsto que se inicie en junio de 2021. Según los Estatutos, la Junta Directiva tiene la facultad de diferir las Revisiones Organizacionales más allá del ciclo de cinco años si la realización de una revisión dentro ese ciclo no fuese factible.

      Para la Revisión GNSO3 y todas las próximas revisiones organizacionales en este próximo ciclo, existe una dependencia y un impacto previsto de la implementación de las recomendaciones de la ATRT3 aprobadas por la Junta Directiva de la ICANN. Específicamente, la Recomendación 3 de la ATRT3 solicita que las actuales revisiones organizacionales evolucionen hacia programas de mejora continua para las SO/AC, e introduce una nueva Revisión integral para considerar la efectividad de los programas de mejora continua, la responsabilidad de las SO/AC y su propósito y estructura continuos.

      Además, existe una presión continua en relación al tiempo que dedican los voluntarios de la comunidad. En la actualidad, se están llevando a cabo varias iniciativas intercomunitarias de trabajo, las cuales insumen una cantidad de tiempo considerable de los voluntarios de la comunidad de la GNSO. El aplazamiento de la Revisión GNSO3 permitirá a la GNSO, junto con la comunidad más amplia de la ICANN, comprender el impacto potencial de las recomendaciones de la ATRT3 a medida que se aclare la planificación de su implementación.

      Esta acción de la Junta Directiva es el resultado de la consideración por parte de la Junta Directiva de varios factores, entre ellos: la consulta sobre el cronograma de la Revisión GNSO3, la carga de trabajo actual de la comunidad, así como la próxima implementación de las recomendaciones de la ATRT3. En base a estas consideraciones, la Junta Directiva ha llegado a la conclusión de que no es factible continuar con la Revisión GNSO3 según lo previsto. Esta acción también instruye a la organización de la ICANN que desarrolle un plan sobre cómo abordar el próximo ciclo de revisiones organizacionales antes de implementar las recomendaciones de la ATRT3, incluida la consulta a la comunidad, y establecería un límite de tiempo para volver a presentar el tema ante la Junta Directiva.

      ¿Cuál es la propuesta que se está considerando?

      La propuesta que se está considerando es aplazar la Revisión GNSO3 en base a que se determinó que la revisión no es factible en este momento. Se solicita a la Junta Directiva que aplace el inicio de la Revisión GNSO3 hasta que la Junta Directiva, la comunidad y la organización comprendan mejor las implicaciones de las recomendaciones de la ATRT3 y en consideración de la carga de trabajo actual de la GNSO. Para avanzar en la comprensión colectiva de las implicaciones de las recomendaciones de la ATRT3, se solicita a la Junta Directiva que instruya a la organización de la ICANN, en consulta con la comunidad, que desarrolle un plan integral para el cronograma y la realización del próximo ciclo de revisiones organizacionales. La organización de la ICANN proporcionará una actualización a la Junta Directiva sobre el progreso de dicho plan.

      ¿Cuáles son las partes interesadas u otros participantes consultados?

      En una carta de transmisión dirigida a la Junta Directiva el 1 de junio de 2020, la ATRT3 "sugiere encarecidamente que la Junta Directiva de la ICANN implemente una moratoria en el inicio de cualquier nueva revisión organizacional y específica hasta que haya tomado una decisión sobre esta recomendación".

      En una carta del 12 de octubre de 2020, el Presidente de la Junta Directiva de la ICANN se puso en contacto con el Consejo de la GNSO y los grupos de partes interesadas y líderes de las unidades constitutivas de la GNSO para conocer las opiniones de la comunidad de la GNSO sobre el cronograma de la Revisión GNSO3. El Grupo de Partes Interesadas Comerciales, el Grupo de Partes Interesadas de Registros, el Consejo de la GNSO y el Grupo de Partes Interesadas de Registradores respondieron a la carta.

      ¿Qué inquietudes o cuestiones fueron planteadas por la comunidad?

      El Grupo de Partes Interesadas Comerciales (CSG) informó su opinión que señala que la Revisión GNSO3 depende totalmente del alcance de la Revisión integral recomendada por la ATRT3, y se ofreció a contribuir al proceso de definición del alcance de la Revisión integral. El CSG también reconoció el gran volumen de trabajo actualmente en curso y a la espera de ser iniciado dentro de la GNSO como una razón para apoyar el aplazamiento.

      El Grupo de Partes Interesadas de Registros (RySG) respaldó la sugerencia de aplazamiento de la Revisión GNSO3 y la sugerencia de la ATRT3 que indica que la Junta Directiva implemente una moratoria en el inicio de cualquier nueva revisión organizacional o específica hasta que haya tomado una decisión sobre la recomendación de la ATRT3 sobre las revisiones. Además, el RySG indicó que no tendría sentido iniciar la Revisión GNSO3 hasta que esté claro cómo se implementarán las recomendaciones de la ATRT3.

      El Consejo de la GNSO respaldó la sugerencia de aplazar la Revisión GNSO3, consciente del impacto potencial de las recomendaciones de la ATRT3 y de la gran cantidad de trabajo en curso en materia de desarrollo de políticas.

      El Grupo de Partes Interesadas de Registradores estuvo de acuerdo con el aplazamiento de la Revisión GNSO3 para permitir la Revisión integral, para permitir que los recursos se dirijan a otras prioridades urgentes y para tener en cuenta las circunstancias únicas generadas por la pandemia de COVID-19.

      ¿Qué factores consideró importantes la Junta Directiva?

      La Junta Directiva consideró su prerrogativa de diferir las revisiones organizacionales sobre la base de su viabilidad. La Junta Directiva también consideró la dependencia de la priorización y la implementación de las recomendaciones de la ATRT3, que repercutirán en el ciclo de revisiones organizacionales. Teniendo en cuenta que la Revisión GNSO3 es la primera revisión del próximo ciclo de revisiones organizacionales, este aplazamiento ofrece una oportunidad para que la organización de la ICANN, en consulta con la comunidad, desarrolle un plan integral para el cronograma y la realización del próximo ciclo de revisiones organizacionales, teniendo en cuenta el cronograma de implementación de las recomendaciones de la ATRT3. La organización de la ICANN proporcionará una actualización a la Junta Directiva sobre el progreso de dicho plan.

      Además, la Junta Directiva consideró los precedentes establecidos por los aplazamientos de la Revisión GNSO2 en 2013, y la Revisión ccNSO2 en 2017.

      ¿Existen impactos positivos o negativos para la comunidad?

      Se prevé que esta acción de la Junta Directiva tenga un impacto positivo en la comunidad al reducir la presión sobre el tiempo de los voluntarios de la GNSO, teniendo en cuenta el gran volumen de esfuerzos de trabajo en curso de la GNSO. Además, el aplazamiento permitirá el desarrollo de un plan exhaustivo para abordar el próximo ciclo de revisiones organizacionales, teniendo en cuenta las implicaciones de las recomendaciones de la ATRT3. Esto tendrá un impacto positivo en el trabajo general de la comunidad a través de la planificación.

      ¿Se observan impactos fiscales o ramificaciones en la ICANN (plan estratégico, plan operativo, presupuesto), la comunidad o el público?

      Las repercusiones fiscales en la ICANN son positivas en el sentido de que el presupuesto reservado para esta revisión se utilizará cuando se considere apropiado para obtener un resultado eficaz que beneficie a la GNSO y a la comunidad de la ICANN, de acuerdo con las intenciones de la ATRT3. Llevar a cabo una planificación más exhaustiva del cronograma y la realización del próximo ciclo de revisiones organizacionales tendrá un impacto positivo en el esfuerzo general de planificación y dotación de recursos para la ICANN en su conjunto.

      Resulta beneficioso aplazar el trabajo adicional de una revisión organizacional para la GNSO y la comunidad de la ICANN considerando que el alcance de ese trabajo no está claro, a la espera de una mayor planificación para comprender mejor las implicaciones de las recomendaciones de la ATRT3.

      ¿Se observan cuestiones sobre seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS?

      No se prevé que esta acción de la Junta Directiva tenga algún efecto en las cuestiones de seguridad, estabilidad y flexibilidad relacionadas con el DNS.

      ¿Cómo se ajusta esta acción dentro de la misión de la ICANN y cuál es el interés público que se beneficia con esta acción?

      La acción de la Junta Directiva es coherente con el compromiso de la ICANN conforme a la Sección 4.1 de los Estatutos para garantizar que el modelo de múltiples partes interesadas de la ICANN siga siendo transparente y responsable, y para mejorar el desempeño de sus organizaciones de apoyo y comités asesores. Esta acción servirá al interés público al cumplir el compromiso de la ICANN de mantener y mejorar su responsabilidad y transparencia y al permitir que las organizaciones de apoyo y los comités asesores de la ICANN dediquen los recursos adecuados para considerar su responsabilidad y su propósito permanente en el sistema de la ICANN.

      ¿Se requieren comentarios públicos antes de que la Junta Directiva adopte la acción?

      No se requiere ningún comentario público.

  2. Sesión ejecutiva:

    1. Remuneración por desempeño del Presidente y Director Ejecutivo para la segunda mitad del año fiscal 2021

      Visto y considerando: Que cada miembro de la Junta Directiva ha confirmado no poseer conflictos de interés con respecto a la fijación del pago a percibir por el Presidente y Director Ejecutivo en concepto de remuneración por desempeño para el segundo semestre del año fiscal 2021.

      Visto y considerando: Que el Comité de Remuneración recomendó que la Junta Directiva aprobase el pago de la remuneración por desempeño del Presidente y Director Ejecutivo correspondiente a la segunda mitad del año fiscal 2021.

      Resuélvase (2021.06.21.05): La Junta Directiva aprueba un pago al Presidente y Director Ejecutivo en concepto de remuneración por desempeño anual correspondiente al segundo semestre del año fiscal 2021.

      Resuélvase (2021.06.21.06): Los términos específicos de esta resolución deberán mantenerse bajo confidencialidad por tratarse de una acción “relativa al personal o a cuestiones laborales”, conforme a la Sección 3.5.b del Artículo 3 de los Estatutos de la ICANN.

      Fundamento de las Resoluciones 2021.06.21.05 – 2021.06.21.06

      Cuando se contrató al Presidente y Director Ejecutivo, se le ofreció un salario básico más una remuneración por desempeño como parte de su paquete remunerativo. Esta misma estructura existe en la actualidad. Al igual que todo el personal en la organización de la ICANN, el Presidente y Director Ejecutivo es evaluado sobre la base de los objetivos específicos por él establecidos en coordinación con el Comité de Remuneración y la Junta Directiva. El componente de remuneración por desempeño es un porcentaje del salario base del Presidente y Director Ejecutivo que la Junta Directiva ha establecido por separado tras la revisión y consideración de casos análogos para el puesto de Presidente y Director Ejecutivo, presentados por expertos consultores independientes en remuneración de acuerdo con las prácticas de remuneración de la organización de la ICANN.

      El Presidente y Director Ejecutivo proporcionó al Comité de Remuneración la autoevaluación de sus logros hacia sus metas para el año fiscal 2021. Luego de la revisión, el Comité de Remuneración analizó y aceptó la autoevaluación del Presidente y Director Ejecutivo. Tras ese debate, el Comité de Remuneración recomendó que la Junta Directiva aprobase el pago razonable al Presidente y Director Ejecutivo correspondiente a la remuneración por desempeño del segundo semestre del año fiscal 2021. La Junta Directiva concuerda con la recomendación del Comité de Remuneración.

      Tomar esta decisión respalda la misión de la ICANN y es en pos del interés público dado que contribuye a garantizar que el Presidente y Director Ejecutivo reciba una remuneración suficiente en línea con su desempeño en el cumplimiento de la misión, y que refleja que sus objetivos se encuentran en consonancia con los planes estratégico y operativo de la ICANN.

      Si bien la decisión de pagar al Presidente y Director Ejecutivo su remuneración por desempeño para la segunda mitad del año fiscal 2021 tendrá un impacto fiscal en la ICANN, es un impacto que se contempló en el presupuesto del año fiscal 2021. Esta decisión no tendrá ningún impacto sobre la seguridad, estabilidad o flexibilidad del Sistema de Nombres de Dominio.

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.