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La ICANN otorga una exención de retención de datos a OVH SAS

12 de marzo de 2014

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EXENCIÓN DE RETENCIÓN DE DATOS
OVH SAS

OVH SAS (el "Registrador") presentó ante la Corporación para la Asignación de Nombres y Números en Internet (ICANN) una Solicitud para la Exención de Retención de Datos de Registradores ("Solicitud de Exención") sobre la base de que, según el Registrador, el cumplimiento de los requisitos de recolección y/o retención de datos establecidos en la Especificación sobre Retención de Datos definida en el Acuerdo de Acreditación de Registradores (RAA) 2013 viola la legislación aplicable en Francia.

Por medio del presente documento, la ICANN exime al Registrador, en forma limitada, de cumplir con determinadas disposiciones del RAA 2013, bajo los siguientes términos:

  1. La ICANN está de acuerdo en que, con posterioridad a la ejecución del RAA 2013 por parte del Registrador y a los efectos de evaluar su cumplimiento del requisito de retención de datos establecido en el Párrafo 1.1 de la Especificación sobre Retención de Datos del RAA 2013, el período de "dos años adicionales" señalado en el Párrafo 1.1 de la Especificación sobre Retención de Datos se considere modificado a "un año adicional".
  2. En todos los demás aspectos, los términos de la Especificación sobre Retención de Datos permanecerán SIN CAMBIOS. La exención otorgada al Registrador se aplica sólo al período de retención de datos pospatrocinio estipulado en los Párrafos 1.1.1 a 1.1.8 inclusive de la Especificación sobre Retención de Datos, y no constituye una exención de ninguna otra disposición del RAA 2013 ni de otras políticas de la ICANN que se apliquen a registradores. Sin perjuicio de lo anterior, esta exención en modo alguno limita la obligación del Registrador de cumplir con las Políticas de Consenso o las Políticas Temporarias elaboradas y adoptadas conforme a los Estatutos de la ICANN ("Políticas de la ICANN"), ni limita la obligación del Registrador de cumplir con cualquier enmienda, suplemento o modificación al RAA 2013 aprobada y adoptada conforme a los términos del RAA 2013 ("Enmiendas al RAA"). En caso de eventual inconsistencia entre esta exención y los términos de cualquier Política de la ICANN o Enmienda al RAA, los términos de dicha Política de la ICANN o Enmienda al RAA tendrán preeminencia.
  3. La exención otorgada al Registrador permanecerá en efecto mientras tenga vigencia el RAA 2013 firmado por el Registrador.