5 cosas que todo Registratario de Nombres de Dominio (¡ese es usted!) debería saber acerca de la Política Uniforme de Resolución de Disputas por Nombres de Dominio (UDRP) y el Sistema Uniforme de Suspensión Rápida (URS)
Como titular del nombre registrado de un nombre de dominio (Registratario) tiene ciertos derechos, incluido el derecho a defenderse si su registración de nombre de dominio está siendo disputada o impugnada en virtud de la UDRP o el URS. Estos procedimientos tienen por objeto proporcionar a los titulares de marcas comerciales un proceso de resolución de disputas por ciberocupación y otros tipos de registraciones abusivas de nombres de dominio relacionadas con marcas comerciales; sin embargo, si usted cree que ha registrado un nombre de dominio para un uso legítimo y de buena fe, se recomienda que responda a un reclamo en virtud de la UDRP o URS en el momento oportuno para asegurarse de que su versión de los hechos sea escuchada.
- La Política Uniforme de Resolución de Disputas por Nombres de Dominio (UDRP) y el Sistema Uniforme de Suspensión Rápida (URS) son procedimientos administrativos que el titular de una marca comercial puede iniciar en su contra cuando desee recuperar o cancelar (UDRP) un nombre de dominio presuntamente ciberocupado; o bien, suspender un nombre de dominio presuntamente ciberocupado (URS). La UDRP se aplica a los nombres de dominio registrados bajo cualquier dominio genérico de alto nivel (gTLD). El URS se aplica a los nombres de dominio registrados bajo un gTLD cuyo Contrato de Registro (RA) incluye dicha opción. Algunos dominios de alto nivel con código de país (ccTLD) asignados a países específicos, como .cn a China, .in a la India, etc., han adoptado también el este procedimiento de resolución de disputas o modificaciones del mismo. Si su nombre de dominio en disputa es un ccTLD, póngase en contacto con su administrador de ccTLD para obtener la información pertinente.
- Es importante que recuerde que la carga de la prueba en un reclamo en virtud de la UDRP o del URS recae en la parte que presenta el reclamo ("Parte reclamante"). Existen tres criterios que la Parte reclamante debe establecer para tener éxito en un caso de URS o UDRP contra usted (la "Parte acusada"). El primero es que deben demostrar que poseen derechos de marca comercial como titulares de una marca distintiva y que han utilizado esa marca. También deben demostrar que el nombre de dominio que es objeto de la UDRP o el URS es idéntico o confusamente similar a la marca comercial sobre la que tienen derechos. También deben demostrar que usted registró el nombre de dominio de mala fe y que lo ha estado usando de mala fe y que no tiene derechos o intereses legítimos sobre el nombre de dominio. Si usted cree que la Parte reclamante no puede establecer los tres criterios en su contra - ¡asegúrese de responder a la presentación de la disputa y defenderse!
- Se le notificará el inicio de estos procedimientos, y el momento indicado para una respuesta, en los datos de contacto asociados con la registración de su nombre de dominio. Esta es otra razón por la que es tan importante mantener actualizada la información de contacto con su registrador. Usted tendrá un tiempo limitado para responder (20 días para la UDRP y 14 días para el URS, aunque en algunas circunstancias se puede conceder una prórroga). No habrá audiencia presencial (a menos que se determine excepcionalmente según lo requiera el Panel en un caso de UDRP). El caso procederá al juicio aunque usted no consiga que su versión de la historia conste en actas.
- No se necesita un abogado para responder a una UDRP o un URS; sin embargo, puede ser aconsejable contratar a un abogado en su nombre, dado que ambos procesos tienen reglas muy específicas. Además, un abogado puede proporcionar información sobre el derecho de marcas comerciales y la mejor manera de responder y actuar, en función del reclamo y el resultado del procedimiento.
- Si la parte reclamante prevalece, el panel de la UDRP ordenará que se cancele el nombre de dominio o que se transfiera a la Parte reclamante. En la presentación de un URS, si la parte reclamante prevalece, el panel ordenará la suspensión del nombre de dominio por el resto de su período de registración. El URS tiene por objeto resolver casos claros de infracciones en materia de marcas comerciales y, por lo tanto, es un procedimiento más rápido y menos costoso que la UDRP. La presentación de un reclamo mediante el URS provocará el bloqueo del nombre de dominio mientras dure el proceso de disputa, de modo que no se puedan realizar cambios no autorizados en la registración del nombre de dominio durante el procedimiento.
Los siguientes documentos proporcionan información adicional sobre el UDRP:
- Política Uniforme de Resolución de Disputas por Nombres de Dominio
- Reglas para la Política Uniforme de Resolución de Disputas por Nombres de Dominio
- Lista de Proveedores de Servicio de Resolución de Disputas Aprobados
- Información relacionada con el proceso de aprobación para Proveedores de Servicio de Resolución de Disputas
Los siguientes documentos proporcionan información adicional sobre el URS:
- Examine el URS [PDF, 168 KB]
- Examine las Reglas del URS [PDF, 98 KB]
- Examine los Requisitos Técnicos 1.0 del URS [PDF, 649 KB]