Resoluciones Aprobada | Reunión del Comité para el Programa de Nuevos gTLD 6 de junio de 2014

Este documento ha sido traducido a varios idiomas como información únicamente. El texto original y válido (en inglés) se puede obtener en: https://www.icann.org/resources/board-material/resolutions-new-gtld-2014-06-06-en

  1. Orden del día principal
    1. Actualización sobre la Colisión de Nombres
    2. Solicitudes de Reconsideración en relación a .WINE y .VIN
    3. Correspondencia en relación a .HEALTH y cadenas de caracteres relacionas con "health" (Salud)
    4. Elementos pendientes de los Asesoramientos del GAC pronunciados en Pekín, Durban, Buenos Aires y Singapur: Actualizaciones y Acciones
    5. Posible Mecanismo de Revisión para las Determinaciones de los Expertos Consideradas Incongruentes en relación a las Objeciones por Confusión de Cadenas de Caracteres
    6. Recomendación del BGC sobre la Solicitud de Reconsideración 13-9, Amazon EU S.á.r.l
    7. Recomendación del BGC sobre la Solicitud de Reconsideración 13-10, Commercial Connect, LLC
    8. Actualización de Estado Financiero del Programa de Nuevos gTLD

 

  1. Orden del día principal:

    1. Actualización sobre la Colisión de Nombres

      No se adoptó ninguna resolución.

    2. Solicitudes de Reconsideración en relación a .WINE y .VIN

      Visto y considerando que, nueve entidades, que incluyen representantes de la Comisión Europea, el Gobierno del Reino Unido, el Gobierno francés, el Gobierno español, varias Organizaciones de Indicación Geográfica ("GI") (a saber, la Confederación Nacional de Productores de Vinos y Brandy con Denominación de Origen [The National Appellation of Origin Wines and Brandy Producers], el Comité Interprofesional de Vinos de Champagne [Comité Interprofessionnel du Vin de Champagne] , la Federación Europea de Vinos con Denominación de Origen [European Federation of Origin Wines], el Consejo Nacional Interprofesional de Cognac [Bureau National Interprofessionnel du Cognac] y el Consejo Interprofesional de Vinos de Bordeaux [Conseil Interprofessionnel du Vin de Bordeaux], el Gobierno italiano, el Gobierno portugués, el Gobierno de Luxemburgo y el Gobierno de Suiza (de forma colectiva, los "Requirentes"), presentaron trece solicitudes de reconsideración (Solicitudes 14-13, 14-14, 14-15, 14-16, 14-17, 14-18, 14-19, 14-20, 14-21, 14-22, 14 -24, 14-25, y 14-26 (de forma colectiva, las "Solicitudes")) y pidieron al Comité para el Programa de Nuevos gTLD ("NGPC") reconsiderar una o más de las siguientes Resoluciones del NGPC: 2014.03.22.NG01, 2014.04.04.NG01, 2014.04.04.NG02, 2014.04.04.NG03, y 2014.04.04.NG04.

      Visto y considerando que, el Comité de Gobernanza de la Junta Directiva ("BGC") consideró las cuestiones planteadas en las Solicitudes.

      Visto y considerando que, el BGC recomendó que las Solicitudes fuesen denegadas debido a que los Requirentes no han presentado fundamentos que justificaran la reconsideración, y que el Comité para el Programa de Nuevos gTLD está de acuerdo con dicha recomendación.

      Resuélvase (2014.06.06.NG01): el NGPC adopta la Recomendación del BGC respecto de las Solicitudes de Reconsideración 14-13, 14-14, 14-15, 14-16, 14-17, 14-18, 14-19, 14-20, 14-21, 14-22, 14-24, 14-25, y 14-26, que se pueden encontrar en https://www.icann.org/en/groups/board/governance/reconsideration/14-13/recommendation-european-commission-et-al-14may14-en.pdf.

      Fundamentos de la resolución 2014.06.06.NG01

      1. Resumen

        Afilias Limited, punto Wine Limited y June Station, LLC solicitaron .WINE y se encuentran en un conjunto de solicitudes controvertidas. Holly Shadow, LLC solicitó .VIN. Los Requirentes, varios gobiernos nacionales y entidades que reafirman los intereses de los viticultores y productores de vino y bebidas espirituosas, solicitan la reconsideración de una o más Resoluciones del Comité para el Programa de Nuevos gTLD ("NGPC"): (1) 2014.03.22.NG01 ("Resolución del 22 de marzo de 2014"); y (2) 2014.04.04.NG01, 2014.04.04.NG02, 2014.04.04.NG03, y 2014.04.04.NG04 ("Resoluciones del 4 de abril de 2014") (en forma colectiva, "las Resoluciones"), que tienen relación con las solicitudes de .WINE y .VIN.

        En la Resolución del 22 de marzo de 2014, el NGPC "aceptó el asesoramiento del GAC identificado en el Registro de Asesoramiento del GAC como 2013-09-09-wine y vin" y en consonancia con dicho asesoramiento, instruyó que las solicitudes para. WINE y .VIN continúen con el proceso normal de evaluación".1 Como parte de sus deliberaciones, el NGPC consideró, entre muchas otras cosas, el análisis independiente del profesor de Derecho francés Jérôme Passa ("Análisis Jurídico Independiente") sobre este asunto jurídicamente complejo y políticamente sensible.

        Después de que el NGPC aprobó la Resolución del 22 de marzo de 2014, en su Comunicado pronunciado en Singapur, el Comité Asesor Gubernamental de la ICANN ("GAC") informó a la Junta Directiva que creía que el NGPC había violado los Estatutos de la ICANN, incluido el artículo XI-A, Sección 1, Inciso 6, al no proporcionar al GAC la oportunidad de emitir comentarios sobre el Análisis Jurídico Independiente antes de que el NGPC aceptara el asesoramiento del GAC en relación a las solicitudes de .VIN y .WINE. El GAC recomendó, además, que la Junta Directiva "reconsidere el asunto" y que se aliente a " los solicitantes [de. WINE y .VIN] y las partes interesadas [] a continuar sus negociaciones" con respecto a las medidas de protección adicionales para las cadenas de caracteres propuestas.2

        El 4 de abril de 2014, en respuesta al Comunicado del GAC pronunciado en Singapur, el NGPC adoptó las Resoluciones del 04 de abril de 2014, que establecían que el NGPC: (1) ", concluyó que no había existido violación del proceso o error según los Estatutos" con respecto a la Resolución del 22 de marzo de 2014; (2) "instruyó al Presidente y Director Ejecutivo, o a quien éste designe, no iniciar el proceso de contratación para las solicitudes de. WINE y .VIN durante 60 días a partir de la fecha de publicación de estas resoluciones, a fin de brindar tiempo adicional para que las partes pertinentes afectadas negocien, lo que se alienta que realicen ", y (3)" recomendó que toda la Junta Directiva considere las consecuencias más serias de las cuestiones jurídicamente complejas y políticamente sensibles, como las planteadas por los miembros del GAC".3

        El 8 de abril de 2014, el 09 de abril de 2014, y 18 de abril de 2014, los Requirentes presentaron sus Solicitudes, en busca de una reconsideración de las Resoluciones. En particular, uno o más de los Requirentes señalan que: (i) las Resoluciones se basaron en información que se transmitió en violación de los Principios Operativos Internos del GAC; (ii) la Junta Directiva no tuvo en cuenta la información importante al aprobar las Resoluciones; (iii) la Junta Directiva se basó en información falsa o engañosa al aprobar las Resoluciones; y (iv) la Junta Directiva incumplió con los Estatutos de la ICANN con respecto a la realización y consideración del asesoramiento jurídico externo.

        El BGC concluyó que no hay evidencia de que las acciones de la Junta Directiva al adoptar las Resoluciones avalen una Reconsideración. Particularmente, el BGC determinó que la Junta Directiva: (i) consideró adecuadamente el asesoramiento del GAC proporcionado a la Junta Directiva de acuerdo con los procedimientos establecidos en los Estatutos de la ICANN y la Guía para el Solicitante de gTLD; (ii) tuvo en cuenta la información importante en la aprobación de las Resoluciones; (iii) no se basó en información falsa o engañosa para aprobar las Resoluciones; y (iv) no incumplió con los Estatutos de la ICANN con respecto a la realización y consideración del asesoramiento jurídico externo. Además, el BGC señaló que, aunque los Requirentes tengan inquietudes de que la delegación de. WINE y .VIN sin las medidas de protección preferidas por los Requirentes los afecte negativamente, en la actualidad esto sigue siendo incierto y es, por tanto, insuficiente para establecer los criterios necesarios encomendados por los Estatutos para justificar las Solicitudes de Reconsideración. El BGC recomendó que se denegaran las solicitudes. El NGPC está de acuerdo.

      2. Hechos

        1. Información de contexto relevante

          Afilias Limited, punto Wine Limited y June Station, LLC solicitaron .WINE y se encuentran en un conjunto de solicitudes controvertidas. Holly Shadow, LLC solicitó .VIN (de manera colectiva, los "Solicitantes").

          El 11 de abril de 2013, en su Comunicado pronunciado en Pekín, el GAC aconsejó a la Junta Directiva no proceder más allá de la evaluación inicial de las solicitudes de .WINE y . VIN, y señaló que "una nueva reconsideración por parte del GAC de dichas cadenas de caracteres puede estar justificada."

          El 18 de abril de 2013, la ICANN publicó el Comunicado pronunciado en Pekín y notificó oficialmente a los solicitantes al respecto, lo cual dio inicio al período de 21 días para que los solicitantes respondan, de conformidad con el Módulo 3.1 de la Guía para el Solicitante.

          A partir del 23 de abril de 2013, la ICANN abrió un foro de comentarios públicos para solicitar opiniones sobre la manera en que el NGPC debía abordar el asesoramiento del GAC sobre medidas de protección aplicables a categorías generales de cadenas de caracteres de nuevos gTLD.

          El 22 de mayo de 2013, la ICANN publicó las respuestas de los solicitantes al Comunicado del GAC pronunciado en Pekín, que incluyó las respuestas de los solicitantes al asesoramiento del GAC con respecto a las solicitudes .WINE y .VIN.4

          El 4 de junio de 2013, el NGPC aceptó el asesoramiento del GAC pronunciado en el Comunicado de Pekín.5

          La Confederación Nacional de Productores de Vinos y Brandy con Denominación de Origen ("CNAOC"), la Federación Europea de Vinos con Denominación de Origen ("EFOW"), el Comité Interprofesional de Vinos de Champagne ("CIVC"), el Instituto del Vino, Política de Comercio Internacional y la Organización para una Red de Indicaciones Geográficas Internacionales enviaron cartas a la Junta Directiva en relación a sus puntos de vista sobre la delegación de .WINE y .VIN el 19 de abril de 2013, 23 de abril de 2013, 26 de abril de 2013, 20 de junio de 2013 y 9 de julio de 2013, respectivamente.

          El 18 de julio de 2013, en su Comunicado pronunciado en Durban, el GAC recomendó a la Junta Directiva que se continúe estudiando las solicitudes de .WINE y.VIN, y que necesitaba un período adicional de treinta días para concluir su consideración "debido a la complejidad del asunto".6

          Napa Valley Vintners, la EFLOW y el Consejo Vitivinícola de Long Island enviaron cartas a la Junta Directiva en relación a sus puntos de vista respecto de la delegación de . WINE y .VIN el 8 de agosto de 2013, el 19 de agosto de 2013 y el 29 de agosto de 2013, respectivamente.

          En nombre del GAC, la Presidente de dicho Comité envió una carta con fecha del 9 de septiembre de 2013 ("Carta del 09 de septiembre 2013") a la Junta Directiva para indicar que el GAC había "finalizado su consideración de las cadenas .wine y .vin" y que "las solicitudes debían proseguir el proceso normal de evaluación".7 La carta señalaba que "si bien no hay un asesoramiento consensuado por parte del GAC sobre las protecciones específicas, es necesario señalar que el quid de la cuestión se relaciona con el manejo de las indicaciones geográficas, para las que existe una variedad de puntos de vista entre los miembros del GAC y "que no hay un acuerdo internacional entre los gobiernos sobre cómo abordar las indicaciones geográficas y, como consecuencia, no hay base para un acuerdo en el GAC sobre las salvaguardias que ofrecerían protecciones adicionales ".8 Por último, la carta indicaba que "el GAC o sus miembros pueden brindar más información a la Junta Directiva en cuanto a la naturaleza de las diferencias en los puntos de vista."9

          El 10 de septiembre de 2013, el NGPC aceptó el asesoramiento contenido en el Comunicado pronunciado en Durban relativo a .WINE y .VIN (que indicaba que el GAC necesitaba más tiempo para considerar los asuntos) y señaló que estaba listo para escuchar el asesoramiento final por parte del GAC. Aunque el NGPC aún no había recibido la Carta del 09 de septiembre de 2013, el Comité sí reconoció que había recibido un correo electrónico de la Presidente del GAC el 10 de septiembre de 2013 que reiteraba que el GAC había finalizado su consideración de las cadenas de caracteres. El NGPC señaló que debatiría la carta del 09 de septiembre de 2013 y el correo electrónico del 10 de septiembre de 2013 en una reunión posterior.10

          El 12 de septiembre de 2013, la Comisión Europea envió a la Junta Directiva una carta que señalaba que, en su opinión, no había habido ninguna decisión de consenso que desautorizara el asesoramiento dado en Pekín y que el asesoramiento proporcionado en la reunión de abril del GAC sigue en pie siempre y cuando no exista un nuevo consenso sobre la cuestión". La Comisión Europea también expresó su preocupación acerca de que "las medidas de protección más generales expresadas en el Anexo 1 del Comunicado pronunciado en Pekín no son lo suficientemente específicas como para permitir que las empresas no relacionadas con el sector vitivinícola, y por lo tanto no familiarizadas con las características específicas del mercado mundial del vino y la importancia de las indicaciones geográficas, administren las dos cadenas de caracteres de manera segura".11

          El 28 de septiembre de 2013, el NGPC acusó recibo del asesoramiento del GAC en la carta del 09 de septiembre 2013, e indicó que "está listo para escuchar a los miembros del GAC en cuanto a la naturaleza de las diferencias de opinión expresadas en el asesoramiento, mientras que [analizó] el aporte de la comunidad recibido en el asesoramiento del GAC".12 El NGPC instruyó al personal que analizara el asesoramiento del GAC y otros aportes de la comunidad y que preparara un análisis y recomendaciones para la reunión NGPC en Buenos Aires, prevista para el mes de noviembre de 2013.

          El 7 de noviembre de 2013, la Comisión Europea envió otra carta a la Junta Directiva que señalaba que sus inquietudes con respecto a la delegación de. WINE y .VIN permanecerían "hasta que se alcance un acuerdo entre los solicitantes y titulares de derechos y hasta que ambas partes presenten una solución conjunta a la ICANN como ejemplo de buena cooperación".13 El 15 de noviembre de 2013, la Organización de Estados Americanos envió a la Junta Directiva una carta relacionada con sus inquietudes respecto de las medidas de protección de GI para .WINE y .VIN.14

          El 19 de noviembre de 2013, la ICANN facilitó un diálogo entre el solicitante de .VIN y las partes no gubernamentales afectadas.

          El 20 de noviembre de 2013, en su comunicado pronunciado en Buenos Aires, el GAC estableció que:

          Algunos miembros opinan, luego de una extensa y minuciosa revisión, que las medidas de protección existentes descritas en el Comunicado del GAC pronunciado en Pekín e implementadas por la Junta Directiva de la ICANN son apropiadas y suficientes para hacer frente al posible uso indebido de los nuevos gTLD .wine y .vin Otros miembros consideran que la delegación de las cadenas de caracteres de .wine y .vin deberían permanecer en suspenso hasta que se implementen medidas de protección adicionales suficientes para proteger las indicaciones geográficas en estas cadenas de caracteres a fin de proteger a los consumidores y empresas que dependen de esas indicaciones geográficas (GI); o se llegue a un punto común para la protección a nivel mundial de las GI mediante foros internacionales y una amplia variedad de acuerdos comerciales generales.15

          El GAC además sugirió que, tal vez, la Junta Directiva desee buscar una clara comprensión del contexto que es jurídicamente complejo y políticamente sensible en su asesoramiento sobre. WINE y .VIN con el fin de considerar futuras medidas adecuadas en el proceso de delegación de las dos cadenas. Los miembros del GAC quizás deseen dirigirse por escrito a la Junta Directiva a fin de explayar el análisis de sus puntos de vista".16

          El 17 de diciembre de 2013, el Gobierno de Australia envió una carta a la Junta Directiva que indicaba que "consideraba que los acuerdos internacionales y nacionales vigentes relativos a la utilización adecuada de las indicaciones geográficas son suficientes para permitir la delegación de .wine y .vin".17

          El 30 de enero de 2014, el Gobierno de los Estados Unidos envió una carta a la Junta Directiva que indica que, en su opinión, "las medidas de protección existentes desarrolladas por el GAC y aceptadas por la Junta Directiva de la ICANN proporcionan protecciones suficientes para mitigar los posibles usos indebidos en las registraciones de nombres de dominio en el segundo nivel de .wine y .vin".18

          El 3 de febrero de 2014, los Estados miembros de la Unión Europea, Noruega y Suiza, enviaron a la Junta Directiva una carta en la cual recomendaban poner en suspenso la delegación de. WINE y .VIN hasta que "las negociaciones bilaterales entre los titulares de derecho de las GI y los solicitantes lleguen a un resultado exitoso".19

          En 5 de febrero de 2014, el NGPC anunció que había encomendado la realización de un análisis del contexto legalmente complejo y políticamente sensible de las cadenas .WINE y .VIN en el marco del asesoramiento del GAC a fin de considerar los pasos futuros adecuados de la delegación de .WINE y .VIN".20 Se esperaba que el análisis, que debía ser realizado por Jérôme Passa, profesor de derecho francés, estuviese finalizado a tiempo para su consideración por parte del NGPC en la reunión de la ICANN en marzo de 2014 celebrada en Singapur.

          El 19 de marzo de 2014, el Parlamento Europeo envió a la Junta Directiva una carta que avalaba los puntos de vista expresados en la carta del 3 de febrero de 2014 de los Estados miembros de la Unión Europea.21

          El 22 de marzo de 2014, en la reunión de Singapur, el NGPC adoptó la Resolución 2014.03.22.NG01, en la que aceptaba el asesoramiento del GAC identificado en la Carta del 09 de septiembre de 2013 de la Presidente del GAC e instruyó al personal de la ICANN proceder con el proceso de evaluación normal para las solicitudes de .WINE y .VIN.22

          El 26 de marzo de 2014, la Comisión Europea, los Estados miembros de la Unión Europea, Noruega y Suiza enviaron a la Junta Directiva una carta en la que expresaban su punto de vista de que existieron una serie de violaciones al proceso y errores de procedimiento con respecto a la Resolución del 22 de marzo de 2014.23

          El 27 de marzo de 2014, en su Comunicado pronunciado en Singapur, el GAC señaló que:

          El GAC toma nota de la Resolución 2014.03.22.NG01 del NGPC relativa a .wine y .vin, así como de sus fundamentos. En la deliberación final de la Junta Directiva parece existir, al menos, una violación en el proceso y un error de procedimiento, incluso en relación con el artículo XI-A, Sección, 1 inciso 6 de los Estatutos, que establece lo siguiente:

          6. Oportunidad para opinar. El Comité asesor gubernamental, además de las Organizaciones de apoyo y otros Comités asesores, deberán tener la oportunidad de opinar sobre el asesoramiento externo recibido, antes de que la Junta directiva tome una decisión.

          En consecuencia, el GAC recomienda:

          Que la Junta Directiva reconsidere la cuestión antes de delegar estas cadenas de caracteres. El GAC necesita considerar los elementos antes mencionados con más detenimiento. Mientras tanto, los miembros del GAC en cuestión creen que se debería invitar a los solicitantes y partes interesadas a continuar sus negociaciones con miras a un acuerdo en este tema.24

          El 1 de abril de 2014, el Consorzio Vino Chianti Classico envió una carta a la Junta Directiva en la que expresaba su preocupación de que la delegación de los gTLD .WINE y .VIN "puedan influir negativamente en la capacidad de nuestra organización en la protección contra el uso fraudulento de la Indicaciones Geográficas ("GI") relacionadas con el vino y las regiones productoras de vino que representamos."25 El Consorzio Vino Chianti Classico pidió a la ICANN y al GAC que "otorgue la protección adecuada a todas la regiones productoras de vino que incluyen las GI o bien que retire las extensiones .WINE y .VIN".26

          El 2 de abril de 2014, la Junta Directiva recibió cartas del Consejo Regulador de Rioja;27 la Unión Europea y sus Estados miembros, Noruega y Suiza;28 y el CIVC29 en relación a la delegación de los gTLD .WINE y .VIN y la Resolución del 22 marzo de 2014.

          El 3 de abril de 2014, la Junta Directiva recibió cartas de Napa Valley Vintners,30 el Consejo Vitivinícola de Long Island,31 y el Instituto dos Vinhos do Douro e Porto32 en relación a la delegación de los gTLD .WINE y .VIN y la Resolución del 22 marzo de 2014.

          El 4 de abril de 2014, el NGPC adoptó las Resoluciones 2014.04.04.NG01, 2014.04.04.NG02, 2014.04.04.NG03 y 2014.04.04.NG04, en donde el NGPC: (1) aceptó el asesoramiento del GAC identificado en el Comunicado pronunciado en Singapur ya que se relaciona con las solicitudes de .WINE y .VIN"; (2) concluyó que no ha habido violación en el proceso o error según los Estatutos" con respecto a la Resolución del 22 de marzo de 2014; (3) "instruyó al Presidente y Director Ejecutivo, o a quien éste designe, no iniciar el proceso de contratación para las solicitudes de. WINE y .VIN durante 60 días a partir de la fecha de publicación de estas resoluciones, a fin de brindar tiempo adicional para que las partes pertinentes afectadas negocien, lo cual se insta a que se realice ", y (4)" recomendó que toda la Junta Directiva considere las consecuencias mayores de las cuestiones jurídicamente complejas y políticamente sensibles, como las planteadas por los miembros del GAC en relación a las solicitudes .WINE y .VIN".33

          Tras la adopción de las Resoluciones del 4 de abril de 2014, el Presidente de la Junta Directiva envió una carta a la Presidente del GAC explicando las medidas adoptadas por el NGPC.34

          El 7 de abril de 2014, los Vinicultores de Santa Barbara enviaron una carta a la Junta Directiva para expresar sus inquietudes con respecto a la delegación de los gTLD .WINE y .VIN sin las medidas de protección adicionales.35

          El 8 de abril de 2014, la Comisión Europea, el Gobierno británico, el Gobierno francés, el Gobierno español y las organizaciones de GI presentaron, respectivamente, las Solicitudes de Reconsideración 14- 13, 14-14, 14-15, 14-16, y 14 - 18, en las que requerían la reconsideración de la Resolución del 22 marzo de 2014. Ese mismo día, el Gobierno español presentó la Solicitud de Reconsideración 14- 17, en la que solicitaba la reconsideración de las Resoluciones del 4 de abril de 2014. El 9 de abril de 2014, el Gobierno italiano, el Gobierno portugués, y el Gobierno de Luxemburgo presentaron, respectivamente, las Solicitudes de Reconsideración 14-19, 14-20 y 14-21, en la que requerían la reconsideración de la Resolución del 22 marzo de 2014. El 18 de abril de 2014, el Gobierno de Suiza, las organizaciones de Indicaciones Geográficas, el Gobierno francés y el Gobierno italiano presentaron, respectivamente, las Solicitudes de Reconsideración 14-22, 14-23, 14-24 y 14-25, en la que requerían la reconsideración de la Resoluciones del 4 de abril de 2014.

          El 18 de abril de 2014, la EFOW envió una carta a la Junta Directiva en la que señalaba que había invitado a tres solicitantes de .WINE y .VIN a una reunión en Bruselas bajo los auspicios de la Comisión Europea, celebrada el 15 y 16 de mayo", "que su objetivo [era] para llegar a un acuerdo antes de que finalice el período de 60 días "y que creía que hay lugar para un acuerdo mutuamente satisfactorio que podría establecer las medidas de protección adecuadas".36

          El 30 de abril de 2014, el Gobierno de Nueva Zelanda envió una carta a la Junta Directiva en la que expresaba su postura sobre las solicitudes .WINE y .VIN, y señaló que "no tiene ningún problema con la recomendación del Comité para el Programa de nuevos gTLD (NGPC) en cuanto a que .wine y .vin sean delegados sin más restricciones".37

          El 5 de mayo de 2014, la EFOW envió una carta a la Junta Directiva en la que indicaba que estaba "siguiendo activamente las Resoluciones del 4 de abril de 2014 que invitan a las "partes relevantes afectadas a negociar, lo cual se aliente a que se realice". La EFOW detalló el avance realizado en sus intentos de programar reuniones con los Solicitantes. Concluyó que creía "que hay lugar para un acuerdo mutuamente satisfactorio que establecería las medidas de protección adecuadas", y que invitaba a la Junta Directiva y a las demás partes interesadas de la ICANN a "asistir estas negociaciones de múltiples partes interesadas con el fin de garantizar un alto nivel de transparencia y responsabilidad".38

          El 8 de mayo de 2014, el Gobierno de Australia envió una carta a la Junta Directiva en la que reiteraba su opinión de que las medidas de protección existentes que la ICANN ha acordado para todos los nuevos gTLD son apropiadas y suficientes para hacer frente al posible uso indebido de los términos relacionados con las GI en estos dominios".

          El 21 de mayo de 2014, el Departamento de Comercio de los Estados Unidos envió una carta a la Junta Directiva donde reafirmaba su punto de vista en relación a las solicitudes .WINE y .VIN previamente comunicado a la Junta el 30 de enero de 2014.39 Ese mismo día, el congresista estadounidense Mike Thompson envió una carta al Presidente de la Junta Directiva de la ICANN en la que expresaba su postura respecto de la delegación de los gTLD .WINE y .VIN.40

        2. Reclamos de los Requirentes

          Los Requirentes buscan que se reconsideren una o más de las Resoluciones. Específicamente, de forma conjunta, los Requirentes consideran que el NGPC:

          1. Emitió las Resoluciones de manera inadecuada sobre la base de información enviada por la Presidente del GAC en violación del Principio Operativo 47 del GAC.41
          2. Incumplió con el Artículo VI, Sección 9 de los Estatutos de la ICANN dado que la Presidente del GAC, que es una coordinadora de enlace sin derecho a voto en el NGPC, no informó al GAC respecto de la votación pendiente por parte de la Junta Directiva sobre la Resolución del 22 marzo de 2014.42
          3. No tuvo en cuenta la correspondencia importante, que incluye las cartas enviadas por la Unión Europea y varias partes interesadas al aprobar una o más de las Resoluciones.43
          4. Con respecto al Análisis Jurídico Independiente del Profesor Jérôme Passa:44
            1. Incumplió con el Artículo XI-A de los Estatutos de la ICANN;
            2. Violó los principios de equidad, transparencia y apertura establecidos en los Estatutos;
            3. No consideró la información importante contenida en el Análisis Jurídico Independiente; y
            4. Se basó en información falsa e inexacta;
            5. No consideró información relevante, a saber, el Comunicado del GAC pronunciado en Singapur, al aprobar las Resoluciones del 4 de abril del 2014 y al imponer un plazo de 60 días en las negociaciones entre los Solicitantes y las partes interesadas en relación a las medidas de protección adicionales para .WINE y . VIN.45
      3. Cuestiones

        Las cuestiones son si la Junta Directiva:

        1. Tomó en cuenta información falsa o engañosa al fundamentar la Resolución del 22 de marzo 2014 en la información presentada por la Presidente del GAC que, según sugieren los Requirentes, fue enviada en violación del Principio Operativo 47 del GAC.
        2. Incumplió con el Artículo VI, Sección 9 de los Estatutos de la ICANN porque los Requirentes señalan que la Presidente del GAC, que es una coordinadora de enlace sin derecho a voto en el NGPC, no informó al GAC respecto de la votación pendiente por parte de la Junta Directiva sobre la Resolución del 22 marzo de 2014.
        3. No consideró la correspondencia importante al aprobar las Resoluciones.
        4. Incumplió con el Artículo XI-A de los Estatutos de la ICANN con respecto a la solicitud del NGPC del Análisis Jurídico Independiente y su dependencia del mismo.
        5. Violó los principios de equidad, transparencia y apertura establecidos en los Estatutos con respecto al pedido del NGPC del Análisis Jurídico Independiente y su dependencia del mismo.
        6. No consideró la información importante con respecto al Análisis Jurídico Independiente;
        7. Tomó en cuenta información falsa o engañosa con respecto al Análisis Jurídico Independiente;
        8. No consideró información relevante, a saber, el Comunicado del GAC pronunciado en Singapur, al aprobar las Resoluciones del 4 de abril del 2014 y al imponer un plazo de 60 días en las negociaciones entre Solicitantes y partes interesadas en relación a las medidas de protección adicionales para .WINE y .VIN.
      4. Normas pertinentes a la evaluación de solicitudes de reconsideración

        De acuerdo con los Estatutos de la ICANN, el BGC debe evaluar y plantear recomendaciones a la Junta Directiva con relación a las solicitudes de reconsideración (Véase Artículo IV, Sección 2 de los Estatutos). El NGPC, con las facultadas concedidas por la Junta Directiva en esta instancia, ha analizado y considerado detenidamente la Recomendación del BGC sobre las Solicitudes 14- 13, 14-14, 14-15, 14-16, 14-17, 14-18, 14 - 19, 14-20, 14-21, 14-22, 14-24, 14-25, y 14-26 y considera que el análisis es sólido.46

      5. Análisis y fundamentos

        1. La Sugerencia de los Requirentes de que las Resoluciones fueron fundamentadas en Información Transmitida en Violación del Principio Operativo 47 del GAC no justifica la Reconsideración.

          El BGC concluyó, y el NGPC concuerda, que los Requirentes no han demostrado de forma suficiente que la Junta Directiva se basó en información falsa o inexacta al adoptar las Resoluciones. Los Requirentes indican que las resoluciones "se basaron en parte en la ... carta de la Presidente del GAC a la Junta Directiva con fecha 9 de septiembre de 2013 como parte del asesoramiento del GAC en relación a .WINE y .VIN" y que "este tipo de materiales son inexactos, falsos y / o engañosos". (Solicitud 14-24, § 8, Págs. 12-13 Solicitud 14-15, § 8, Págs. 9-10 Solicitud 14-20, § 8, Págs. 5-6.) Los Requirentes afirman que la carta del 9 de septiembre de 2013 de la Presidente del GAC "fue enviada a la Junta Directiva de la ICANN sin haber sido circulada primero entre los miembros del GAC", y que dicha correspondencia, en realidad, no estaba avalada por el consenso del GAC. (Solicitud 14-24, § 8, Págs. 12-13; Solicitud 14-13, § 6, Pág. 7.) Los Requirentes afirman, además, que la acción de la Presidente del GAC al enviar la carta del 9 de septiembre de 2013 violó el Principio Operativo 47 del GAC, que dispone que "el GAC trabaja sobre la base de la búsqueda de consenso entre sus miembros". Cuando no sea posible alcanzar el consenso, el Presidente presentará la totalidad de los puntos de vista expresados por los miembros del comité ante la Junta Directiva de la ICANN". Los Requirentes afirman que debido a que la Carta del 9 de septiembre de 2013 fue enviada en incumplimiento de los Principios Operativos del GAC y que no reflejaba con exactitud el asesoramiento consensuado del GAC, era engañosa y que no debería haber sido considerada por la Junta Directiva. (Solicitud 14-13, § 8, Pág. 12-13.) El BGC concluyó que las afirmaciones de los Requirentes en relación al Principio Operativo 47 del GAC no justifican la reconsideración.

          La Sección 2.1.i del Artículo XI de los Estatutos dispone que el GAC "puede exponer temas a la Junta Directiva directamente, ya sea por medio de un comentario o asesoramiento previo, o a través de recomendaciones específicas de acción, de desarrollo de políticas nuevas o de revisión de políticas existentes". (Id. en § 2.1.i.) El Modulo 3.1 de la Guía para el Solicitante establece los parámetros en los cuales se daría el asesoramiento del GAC según el Programa de los Nuevos gTLD. El GAC ha articulado específicamente en qué consiste dicho Asesoramiento del GAC:

          Los miembros del Comité Asesor Gubernamental (GAC) han trabajado sobre la base de que cualquier recomendación explícita, en cualquier forma escrita, constituye el tipo de asesoramiento previsto en los estatutos de la ICANN. En la práctica, el GAC emite diversos tipos de asesoramiento por escrito para la comunicación a la Junta Directiva, entre ellos:

          1) cartas firmadas por la Presidente del GAC en nombre del GAC;

          2) comunicados y presentaciones avaladas por el GAC en las reuniones presenciales y en el período entre sesiones;

          3) documentos de "principios" generales, típicamente desarrollados luego de sucesivas reuniones presenciales del GAC; y

          4) documentos de "cuestiones", que incluyen documentos de cuestiones interinos.47

          De conformidad con el Principio Operativo 46 del GAC, "el asesoramiento por parte del GAC a la Junta Directiva de la ICANN debe ser comunicado a través de la Presidente".48

          El BGC señaló que la Carta del 9 de septiembre de 2013 que establecía el asesoramiento del GAC sobre .WINE y .VIN constituyó asesoramiento escrito en forma de correspondencia firmada por la Presidente del GAC en representación del Comité Asesor Gubernamental. Además, la Carta del 9 de septiembre de 2013 fue enviada a la ICANN de acuerdo con el procedimiento que rige la transmisión de Asesoramiento del GAC tal como se establece en la Guía. El BGC concluyó que dado que la Carta del 09 de septiembre se presentó como asesoramiento del GAC, la ICANN tuvo que considerarlo, en virtud de disposiciones vigentes en la Guía y según los Estatutos de la Organización. (Guía, § 3.1; Estatutos, Art. XI, § 2.1.j.)

          Con respecto a las inquietudes de los Requirentes de que la Carta del 09 de septiembre 2013 no transmitía la totalidad de las opiniones expresadas por los miembros del GAC, el BGC señaló que dicha correspondencia transmitía los diferentes puntos de vista expresados por los miembros del GAC y que se establecían en dicha carta. Además, la Carta del 9 de septiembre de 2013 indicaba que "el GAC o sus miembros pueden brindar más información a la Junta Directiva en cuanto a la naturaleza de las diferencias en los puntos de vista."49 Cabe destacar que varios Miembros del Comité Asesor Gubernamental, incluidos la Comisión Europea, los Estados miembros de la Unión Europea, Noruega y Suiza, presentaron sus puntos de vista sobre. WINE y .VIN tras la Carta del 09 de septiembre de 2013.50 Y, como se debate a continuación, el NGPC consideró esta correspondencia en relación a la emisión de las resoluciones.

        2. La Sugerencia de los Requirentes de que la Presidente del GAC Debería Haber Informado a los Miembros del GAC respecto de la Resolución de la Junta Directiva de la ICANN del 22 de marzo de 2014 no Implica una Acción de la Junta Directiva Sujeta a Reconsideración.

          Los Requirentes sugieren que la Presidente del GAC al no (i) informar al GAC sobre su presencia en las reuniones relevantes del NGPC y (ii) no informar al GAC sobre la Resolución del 22 de marzo de 2014 emitida por la Junta Directiva antes de que se hiciera pública justifica la reconsideración. El BGC concluyó, y el NGPC concuerda, que las sugerencias de los Requirentes no justifican la reconsideración porque éstas están cuestionando la conducta de la Presidente del GAC, no una acción o falta de acción por parte de la Junta o el personal de la ICANN. El BGC señaló además que en la medida en que los Requirentes cuestionen la acción de la Presidente de GAC en su calidad de coordinadora de enlace sin derecho a voto ante la Junta Directiva, cabe destacar que ningún miembro individual de la Junta Directiva con derecho a voto o coordinador de enlace sin derecho a voto se expresa o actúa por la Junta Directiva.51

        3. La Junta Directiva no Dejó de Considerar la Correspondencia Relevante al Aprobar las Resoluciones.

          El BGC concluyó, y el NGPC concuerda, que el NGPC no dejó de considerar ninguna información relevante al aprobar las Resoluciones. Los Requirentes afirman que la Junta Directiva no tuvo en cuenta la información importante en la aprobación de las resoluciones, que incluye las cartas enviadas por la Unión Europea, organizaciones no gubernamentales y otras partes interesadas. (Véase, por ejemplo, Solicitud 14-15, § 8, Págs. 7-8 Solicitud 14-17, § 8, Págs. 7-8.) Específicamente, los Requirentes sugieren que la Junta Directiva no consideró la siguiente correspondencia:

          • Carta del 23 de abril de 2013 de la EFOW
          • Carta del 26 de abril de 2013 de CIVC
          • Carta del 20 de junio de 2013 del Instituto del Vino, Política de Comercio Internacional.
          • Carta del 9 de Julio de 2013 de la Organización para una Red Internacional de Indicaciones Geográficas.
          • Carta del 8 de agosto de 2013 de Napa Valley Vintnerts
          • Carta del 19 de agosto de 2013 de la EFOW
          • Carta del 29 de agosto de 2013 del Consejo Vitivinícola de Long Island
          • Carta del 12 de septiembre de 2013 de la Comisión Europea
          • Carta del 7 de noviembre de 2013 de la Comisión Europea
          • Carta del 15 de noviembre de 2013 de la Organización de los Estados Americanos
          • Carta del 3 de febrero de 2014 de los Estados Miembros de la UE, Noruega y Suiza
          • Carta del 19 de marzo de 2014 del Parlamento Europeo
          • Carta del 26 de marzo de 2014 de la Comisión Europea
          • Carta del 2 de abril de 2014 del Consejo Regulador de Rioja

          El BGC determinó que las declaraciones de los Requirentes no tienen sustento. El NGPC está de acuerdo.

          Primeramente, el NGPC consideró toda la correspondencia citada por los Requirentes en sus debates sobre las Resoluciones. En lo que respecta a la Resolución del 22 de marzo 2014, el NGPC ha confirmado que sí tomó en cuenta estas correspondencias en las Actas aprobadas y los Fundamentos para dicha resolución.52 En cuanto a las Resoluciones del 4 de abril de 2014, en su Informe Preliminar de la Reunión del Comité para el Programa de nuevos gTLD, que tuvo lugar el 3 y 4 de abril de 2014, el NGPC claramente señaló que "el NGPC acusa recibo de la correspondencia recibida en relación a .WINE y .VIN desde la reunión de la ICANN celebrada en Singapur , que incluye, entre otras, la Carta del 19 de marzo de 2014 del Parlamento Europeo y la Carta del 26 de marzo de 2014 de la Comisión Europea citada por los Requirentes.53 La lista brindada por el NGPC era una lista representativa y no exhaustiva de la lista de correspondencia que el NGPC tomó en cuenta. El NGPC sí considero toda la correspondencia citada por los Requirentes en su debate de las Resoluciones del 4 de abril de 2014 y, de igual modo, lo ha confirmado en las Actas aprobadas y los Fundamentos de dicha resolución.54

          Además, el BGC señaló que incluso si el NGPC no hubiese considerado cada carta individual citada por los Requirentes, el NGPC específicamente consideró los diversos puntos de vistas expresados en dicha correspondencia al tomar en cuenta el asesoramiento del GAC en relación a las solicitudes de .WINE y .VIN. (Véase el Informe Preliminar de la Reunión del NGPC; del 22 de marzo de 2014; Informe Preliminar de la Reunión del NGPC del 3 y 4 de abril de 2014).

          Con respecto al reclamo expuesto en Solicitud 14-16 respecto de que la Junta Directiva no tuvo en cuenta dos cartas enviadas por la Comisión Europea al GAC, el 29 de julio de 2013 y 19 de septiembre de 2013, el BGC señaló que estas cartas,no obstante, no fueron enviadas a la ICANN. En lugar de ello, ambas fueron dirigidas y enviadas sólo a los miembros del GAC. El Artículo IV, Sección 2.2.b de los Estatutos señala que la reconsideración no corresponde si "la parte que presenta la solicitud podría haber enviado, pero no lo hizo, información para que fuese considerada por la Junta Directiva al momento de tomar acción o de negarse a actuar". (Estatutos, Artículo. IV, § 2.2.b). Por lo tanto, aunque las cartas no fueron consideradas en relación a las Resoluciones, el NGPC no tenía ni conocimiento de la existencia de las mismas, ni le habían sido provistas por los Requirentes.

        4. La Realización y Consideración del Análisis Jurídico Independiente del Profesor Jérôme Passa no Justifica la Reconsideración.

          1. El Artículo XI-A de los Estatutos no se Aplica Dado Que la Junta Directiva no Solicitó el Asesoramiento del Profesor Passa en Relación con la Citada Disposición de los Estatutos.

            El BGC concluyó, y el NGPC concuerda, que la Junta Directiva no violó el Artículo XI-A, Incisos 1.3 y 1.6 de los Estatutos de la ICANN. Los Solicitantes afirman que la Junta Directiva violó el Artículo XI - A, Incisos 1.3 y 1.6 al: (1) no consultar con el GAC antes de recurrir al asesoramiento del Profesor Passa; y (2) no dar al GAC la oportunidad de hacer comentarios en relación al asesoramiento del Profesor Passa .55 El BGC señaló que el Artículo XI-A de los Estatutos se aplica al asesoramiento experto externo que se busca para que "el proceso de desarrollo de políticas dentro de la ICANN aproveche la experiencia existente tanto en el sector privado como en el público, pero fuera de la ICANN". (Estatutos, Artículo XI-A, § 1.1). Dado que el análisis jurídico independiente del Profesor Passa no se solicitó de conformidad con el artículo XI-A de los Estatutos, el BGC considera que esta sugerencia de los Requirentes no admite reconsideración.56

            El BGC señaló que la opinión del profesor Passa se obtuvo como parte de la implementación del Programa de nuevos gTLD, y, en concreto, de conformidad con el Módulo 3.1 de la Guía. Debido a que la acción por parte del NGPC para la obtención del asesoramiento del Profesor Passa no se realizó conforme al Artículo XI-A de los Estatutos, el NGPC no se encontraba obligado a dar al GAC la oportunidad de comentar sobre la contratación u opinión experta del Profesor Passa antes de que el NGPC actuara en relación al asesoramiento del GAC sobre .WINE y .VIN. El Módulo 3.1 dispone, en sus partes pertinentes:

            La ICANN considerará el asesoramiento del GAC acerca de nuevos gTLDs tan pronto como sea posible. La Junta puede llegar a consultar con expertos independientes, como aquellos designados para examinar las objeciones en el Proceso de Resolución de Disputas en materia de Nuevos gTLDs, en aquellos casos en que las cuestiones presentadas por el asesoramiento del GAC estén relacionadas con alguna de las áreas específicas de los procedimientos de objeción. La recepción de asesoramiento del GAC no interrumpirá el procesamiento de ninguna solicitud (es decir, la solicitud no será suspendida y continuará avanzando por las distintas etapas del proceso de solicitud).

            (Guía, § 3.1) (énfasis añadido). Según esta disposición, la Junta Directiva tiene la facultad discrecional de solicitar la opinión de un experto independiente sobre cuestiones planteadas en el asesoramiento del GAC. Esta disposición no establece que la Junta Directiva deba consultar con el GAC luego de haber obtenido la consulta independiente y antes de tomar una decisión.

          2. El Alcance de las Cuestiones Consideradas por el Profesor Passa no Justifica la Reconsideración.

            Con respecto a la alegación de los Requirentes de que el alcance del análisis del Profesor Passa está intencionalmente limitado y, por lo tanto, no proporciona los conocimientos necesarios para que el NGPC responda adecuadamente a las solicitudes del GAC, el BGC también concluyó, y el NGPC concuerda, que la alegación no justifica la reconsideración. El BGC determinó que los Requirentes no reclaman que el profesor Passa no analizó y consideró adecuadamente las preguntas y cuestiones que le fueron planteadas por la Junta Directiva de la ICANN. En lugar de ello, los Requirentes objetan el alcance de la tarea del Profesor Passa. Eso no constituye un fundamento para la reconsideración. Tal como se indicó anteriormente, el Módulo 3.1 de la Guía dispone que la Junta Directiva de la ICANN, a discreción, "puede consultar con expertos independientes". La posibilidad de que la Junta Directiva pueda también definir el alcance de su consulta con los expertos independientes está igualmente contemplado en la disposición.

          3. La Junta Directiva no Dejó de Considerar la Información Importante con Respecto al Análisis Jurídico Independiente.

            El BGC concluyó, y el NGPC concuerda, que el reclamo de los Requirentes respecto de que la Junta Directiva no tomó en cuenta ciertos hallazgos importantes en el Análisis Jurídico Independiente no tiene fundamento. En apoyo a su reclamo respecto de que ciertos puntos clave en el asesoramiento prestado por el profesor Passa fueron "completamente ignorados por el NGPC",57 los Requirentes señalan que el NGPC no pudo citar, o bien, mencionar estos puntos específicos en el Fundamento de las Resoluciones. El BGC señaló que, contrariamente a lo afirmado por los Requirentes, el NGPC sí consideró el Análisis Jurídico Independiente. La Resolución del 22 de marzo de 2014 específicamente señala que el NGPC tomó en cuenta el Análisis Jurídico Independiente como parte de sus deliberaciones sobre el asesoramiento del GAC.58 El hecho de que el NGPC no haya enumerado o citado cada oración del Análisis Jurídico Independiente no significa que el NGPC no haya considerado el informe completo. Los Requirentes no citaron ninguna disposición de la Guía, los Estatutos o similares que requiriese al NGPC citar el informe en su totalidad.

          4. El Desacuerdo de los Requirentes con las Conclusiones del Análisis Jurídico Independiente no Constituye un Fundamento para la Reconsideración.

            El BGC determinó, y el NGPC concuerda, que el importante desacuerdo de los Requirentes con respecto a la opinión jurídica del Profesor Passa no constituye un fundamento para la reconsideración. Los Requirentes sugieren que hay partes del Análisis Jurídico Independiente que son "seriamente erróneas" en la medida en que el Profesor Passa se basa en el Artículo 22, en lugar del Artículo 23, del acuerdo ADPIC para avalar su conclusión que señala que "una indicación geográfica no goza de protección automática o absoluta contra el uso de un nombre idéntico o similar por parte de un tercero". (Solicitud 14-15, § 8, Págs. 14-15.) El BGC señaló que los Requirentes no sugieren que el profesor Passa se haya basado en información relevante falsa o imprecisa. Por el contrario, los Requirentes están en desacuerdo con el proceso utilizado por el Profesor Passa y su opinión jurídica experta final. Esto no constituye un fundamento para la reconsideración.

        5. El Permitir Tiempo Adicional para que las Partes Negocien no es Propiamente el Objeto de una Solicitud de Reconsideración.

          Los Requirentes cuestionan la Resolución de la Junta Directiva del 4 de abril de 2014, en cuanto a que instruyó al Presidente y Director Ejecutivo no iniciar el proceso de contratación para. WINE y .VIN durante 60 días a fin de "dar más tiempo para que las partes pertinentes afectadas negocien", lo cual los Requirentes sostienen era contrario al asesoramiento del GAC.59 El BGC concluyó, y el NGPC concuerda, que los Requirentes no han expresado un fundamento adecuado para la reconsideración en virtud del Artículo IV, Sección 2.2 de los Estatutos. (Véase: Estatutos, Artículo IV, § 2.2). El desacuerdo de los Requirentes respecto de la decisión de la Junta Directiva de incluir una ventana de 60 días durante la cual se promoviera la negociación entre las partes afectadas no constituye un fundamento adecuado para la reconsideración.

        6. Las Solicitudes Son Prematuras.

          El BGC señaló, y el NGPC concuerda, que las solicitudes son prematuras dado que el impacto adverso que los Solicitantes citan es especulativo en la actualidad y es insuficiente para justificar una reconsideración.60 A fin de alegar legitimidad para presentar una solicitud de reconsideración, según los Estatutos de la ICANN, el Requirente debe demostrar que ha sido "afectado de forma negativa" por las Resoluciones al momento de emitir las Solicitudes. (Estatutos, art. IV, § 2.2). En este caso, los Requirentes no han cumplido con esta obligación dado que todo "efecto adverso" alegado por los mismos presupone que .WINE y .VIN ya han sido delegadas sin las medidas de protección preferidas por los Requirentes. Sin embargo, hasta el momento ni. WINE, ni .VIN han sido delegadas. Por cierto, el NGPC, en sus Resoluciones del 4 de abril de 2014, específicamente "instruye al Presidente y Director Ejecutivo, o quien éste designe, no iniciar el proceso de contratación para las solicitudes para .WINE y .VIN por un término de 60 días a partir de la fecha de publicación de estas resoluciones, a fin de otorgar más tiempo para que las partes pertinentes afectadas negocien, algo que se invita a que hagan".61

      6. Decisión

        El NGPC tuvo la oportunidad de analizar todos los materiales presentados por los Requirentes, o en su representación, o que de otro modo estén relacionados con las Solicitudes. El NGPC además señaló que ha tenido la oportunidad de estudiar toda la correspondencia enviada a la Junta Directiva hasta la fecha en relación a las solicitudes . WINE y .VIN. Tras analizar toda la información pertinente en su poder, el NGPC evaluó y adoptó la recomendación del BGC sobre las Solicitudes, que se considerarán parte del Fundamento y cuyo texto completo está disponible en https://www.icann.org/en/groups/board/governance/reconsideration/14-13/recommendation-european-commission-et-al-14may14-en.pdf y se incluye en los Materiales de Referencia presentados ante el NGPC en el marco del tratamiento de esta cuestión.

        La adopción de la recomendación del BGC no tiene un impacto económico en la ICANN y no se observará un impacto negativo en la seguridad, la estabilidad ni en la flexibilidad estructurales del sistema de nombres de dominio.

        Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.

    3. Correspondencia en relación a .HEALTH y cadenas de caracteres relacionas con "health" (Salud)

      No se adoptó ninguna resolución.

    4. Elementos pendientes de los Asesoramientos del GAC pronunciados en Pekín, Durban, Buenos Aires y Singapur: Actualizaciones y Acciones

      Visto y considerando que, el GAC se reunió durante la reunión número 46 de la ICANN en Pekín y emitió un comunicado el día 11 de abril de 2013 ("Comunicado pronunciado en Pekín").

      Visto y considerando que, el GAC se reunió durante la reunión número 47 de la ICANN en Durban y emitió un comunicado el día 18 de julio de 2013 ("Comunicado pronunciado en Durban").

      Visto y considerando que, el GAC se reunió durante la reunión número 48 de la ICANN en Buenos Aires y emitió un comunicado el día 20 de noviembre de 2013 ("Comunicado pronunciado en Buenos Aires").

      Visto y considerando que, el GAC se reunió durante la reunión número 49 de la ICANN celebrada en Singapur y el día 27 de marzo de 2014 emitió un Comunicado, el cual fue enmendado el 16 de abril del 2014.

      Visto y considerando que, el NGPC adoptó tablas de calificación (scorecards) para responder a determinados elementos del asesoramiento del GAC, las cuales fueron adoptadas el 4 de junio de 2013, el 10 de septiembre de 2013, el 28 de septiembre de 2013, el 5 de febrero de 2014 y el 14 de mayo de 2014.

      Visto y considerando que, el NGPC ha desarrollado otra iteración de las tablas de calificación, a fin de responder a ciertos elementos pendientes del asesoramiento del GAC en su Comunicado pronunciado en Pekín, en su Comunicado pronunciado en Durban, en su Comunicado pronunciado en Buenos Aires y en el nuevo asesoramiento del Comunicado pronunciado en Singapur.

      Visto y considerando que, el NGPC está tomando esta medida de conformidad con la autoridad que le otorgase la Junta Directiva el 10 de abril de 2012, para ejercer la autoridad de la Junta Directiva de la ICANN ante cualquier y todas las cuestiones que pudiesen surgir en relación al Programa de Nuevos gTLD.

      Resuélvase (2014.06.06.NG02): el NGPC adopta la tabla de calificación titulada "Asesoramiento del GAC (Pekín, Durban, Buenos Aires y Singapur): Medidas y Actualizaciones (6 de junio de 2014)", adjunta como Anexo 1 de esta Resolución, en respuesta a los puntos pendientes del asesoramiento del GAC pronunciado en Pekín, Durban, Buenos Aires y Singapur, conforme se presenta en la tabla de calificación.

      Fundamentos de la resolución 2014.06.06.NG02

      La Sección 2.1 del Artículo XI de los Estatutos de la ICANN http://www.icann.org/en/about/governance/bylaws#XI permite al GAC "presentar asuntos a la Junta Directiva directamente, ya sea por medio de un comentario o asesoramiento previo, o por medio de acciones de recomendación específica, el desarrollo de nuevas políticas o la revisión de las políticas existentes." El GAC emitió su asesoramiento a la Junta sobre el Programa de Nuevos gTLD a través de su Comunicado pronunciado en Pekín el 11 de abril de 2013, su Comunicado pronunciado en Durban el 18 de julio de 2013, su Comunicado pronunciado en Buenos Aires el 20 de noviembre de 2013 y su Comunicado pronunciado en Singapur el 27 de marzo de 2014 (modificado el 16 abril de 2014). Los Estatutos de la requieren adopción de políticas. Si la Junta Directiva decide llevar a cabo una acción que no se ajusta al asesoramiento del GAC, ésta deberá informarlo al GAC y explicar los motivos por los cuales ha decidido no seguir su asesoramiento. La Junta Directiva y el GAC intentarán, entonces, de buena fe, hallar una solución que sea aceptable para ambos. En caso de que no fuese posible llegar a una solución, la Junta Directiva informará, en su decisión final, los motivos por los cuales no siguió el asesoramiento del GAC.

      El NGPC ha abordado previamente los elementos de los asesoramientos del GAC pronunciados en Pekín, Durban y Buenos Aires, pero hay algunas cuestiones en las cuales el NGPC continúa trabajando. En forma adicional, el GAC emitió un nuevo asesoramiento en su Comunicado pronunciado en Singapur, el cual se relaciona con el Programa de Nuevos gTLD. Se está solicitando al NGPC que considere aceptar algunos de los temas pendientes abiertos de los asesoramientos del GAC pronunciados en Pekín, Durban y Buenos Aires, así como elementos nuevos del asesoramiento pronunciado en Singapur, conforme se describe en la tabla de calificación con fecha del 6 de Junio de 2014.

      Como parte de la consideración del asesoramiento del GAC, la ICANN publicó el asesoramiento del GAC y notificó oficialmente a los solicitantes sobre dicho asesoramiento, lo cual dio inicio al período de 21 días para que los solicitantes presenten sus respuestas, de conformidad con el Módulo 3.1 de la Guía para el Solicitante. El asesoramiento del GAC pronunciado en Pekín fue publicado el día 18 de abril de 2013 http://newgtlds.icann.org/en/announcements-and-media/announcement-18apr13-en, el asesoramiento del GAC pronunciado en Durban fue publicado el día 1 de agosto de 2013 http://newgtlds.icann.org/en/announcements-and-media/announcement-01aug13-en, el asesoramiento del GAC pronunciado en Buenos Aires fue publicado el día 11 de diciembre de 2013 y el asesoramiento del GAC pronunciado en Singapur fue publicado el día 11 de abril de 2014. Todas las respuestas de los solicitantes pueden consultarse en: http://newgtlds.icann.org/en/applicants/gac-advice/.

      Además, el 23 de abril de 2013, la ICANN abrió un foro de comentarios públicos para solicitar opiniones sobre la manera en que el NGPC debía abordar el asesoramiento del GAC de Pekín sobre las medidas de protección aplicables a categorías generales de cadenas de caracteres de nuevos gTLD <http://www.icann.org/en/news/public-comment/gac-safeguard-advice-23apr13-en.htm>. Al formular su respuesta a las cuestiones pendientes del asesoramiento del GAC, el NGPC tuvo en cuenta las respuestas de los solicitantes, además de la retroalimentación de la comunidad respecto de cómo la ICANN podría implementar el asesoramiento del GAC sobre las medidas de protección brindado en el Comunicado pronunciado en Pekín.

      Como parte de sus deliberaciones, el NGPC analizó diversos materiales, incluyendo ―aunque no limitándose a― los siguientes materiales y documentos:

      Al adoptar su respuesta a los temas pendientes de los asesoramientos del GAC pronunciados en Pekín, Durban y Buenos Aires, así como el nuevo asesoramiento pronunciado en Singapur, el NGPC tuvo en cuenta los comentarios presentados por los solicitantes, el asesoramiento del GAC transmitido mediante los Comunicados y los procedimientos establecidos en la Guía para el Solicitante (AGB) y en los Estatutos de la ICANN. La adopción del asesoramiento del GAC tal como se establece en la tabla de puntuación adjunta ayudará a resolver dicho asesoramiento de una manera que permita que el mayor número de solicitudes de nuevos gTLD continúen avanzando a la mayor brevedad posible.

      No se observan impactos fiscales previstos asociados con la adopción de esta resolución. La aprobación de la resolución no ocasionará impacto alguno en las cuestiones de seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS.

      Como parte de la función administrativa y organizacional de la ICANN, la misma publicó el Comunicado pronunciado en Singapur y notificó de manera oficial a los solicitantes respecto al asesoramiento, el día 1 de agosto de 2013. El Comunicado pronunciado en Buenos Aires, el Comunicado pronunciado en Durban y el Comunicado pronunciado en Pekín fueron publicados el 11 de diciembre de 2013, el 18 de abril 2013 y el 1 de agosto de 2013, respectivamente. En cada caso, esto dio inicio al período de 21 días para que los solicitantes respondieran, de conformidad con el Módulo 3.1 de la Guía para el Solicitante.

    5. Posible Mecanismo de Revisión para las Determinaciones de los Expertos Consideradas Incongruentes en relación a las Objeciones por Confusión de Cadenas de Caracteres

      No se adoptó ninguna resolución.

    6. Recomendación del BGC sobre la Solicitud de Reconsideración 13-9, Amazon EU S.á.r.l.

      Punto eliminado del orden del día.

    7. Recomendación del BGC sobre la Solicitud de Reconsideración 13-10, Commercial Connect, LLC

      Punto eliminado del orden del día.

    8. Actualización de Estado Financiero del Programa de Nuevos gTLD

      No se adoptó ninguna resolución.


1 http://www.icann.org/en/groups/board/documents/resolutions-new-gtld-22mar14-en.htm#1.a.

2 https://gacweb.icann.org/download/attachments/27132037/Final%20Communique%20-%20Singapore%202014.pdf?version=1&modificationDate=1395925159241&api=v2 [PDF, 449 KB].

3 https://www.icann.org/en/groups/board/documents/resolutions-new-gtld-04apr14-en.htm.

4 http://newgtlds.icann.org/en/applicants/gac-advice/beijing46.

5 http://www.icann.org/en/groups/board/documents/resolutions-new-gtld-04jun13-en.htm.

6 http://newgtlds.icann.org/en/applicants/gac-advice/durban47.

7 https://www.icann.org/en/news/correspondence/dryden-to-crocker-09sep13-en.pdf. La fecha de la carta con asesoramiento del GAC de la Presidente del GAC indica 09 de septiembre de 2013, pero no se recibió hasta el 11 de septiembre de 2013. Debido a que la carta final no estuvo disponible hasta el 11 de septiembre, no fue considerada como parte de la acción del NGPC el 10 de septiembre de 2013.

8 Id.

9 Id.

10 http://www.icann.org/en/groups/board/documents/resolutions-new-gtld-10sep13-en.htm. Aunque la carta de la presidente del GAC databa del 9 de septiembre de 2013,no fue recibida por la Junta Directiva hasta el 11 de septiembre de 2013. Como resultado, no se consideró como parte de la acción del NGPC el 10 de septiembre de 2013.

11 http://www.icann.org/en/news/correspondence/kroes-to-chehade-crocker-12sep13-en.pdf [PDF, 158 KB].

12 http://www.icann.org/en/groups/board/documents/resolutions-new-gtld-annex-1-28sep13-en.pdf [PDF, 94 KB].

13 http://www.icann.org/en/news/correspondence/kroes-to-icann-board-07nov13-en.pdf [PDF, 235 KB].

14 http://www.icann.org/en/news/correspondence/kroes-to-icann-board-07nov13-en.pdf [PDF, 235 KB].

15 http://newgtlds.icann.org/en/applicants/gac-advice/buenosaires48.

16 Id.

17 http://www.icann.org/en/news/correspondence/maurer-to-crocker-17dec13-en.pdf [PDF, 772 KB]

18 http://www.icann.org/en/news/correspondence/strickling-to-crocker-30jan14-en

19 http://www.icann.org/en/news/correspondence/steneberg-to-crocker-et-al-03feb14-en.

20 https://www.icann.org/en/groups/board/documents/resolutions-new-gtld-annex-1-05feb14-en.pdf [PDF, 371 KB].

21 http://www.icann.org/en/news/correspondence/schulz-to-crocker-et-al-19mar14-en.pdf [PDF, 121 KB].

22 http://www.icann.org/en/groups/board/documents/resolutions-new-gtld-22mar14-en.htm#1.a.

23 http://www.icann.org/en/news/correspondence/steneberg-to-icann-board-26mar14-en.pdf [PDF, 142 KB]

24 https://gacweb.icann.org/download/attachments/27132037/Final%20Communique%20-%20Singapore%202014.pdf?version=1&modificationDate=1395925159241&api=v2 [PDF, 449 KB]

25 http://www.icann.org/en/news/correspondence/zingarelli-to-chalaby-et-al-01apr14-en.pdf[PDF, 501 KB].

26 Id. en 2.

27 http://www.icann.org/en/news/correspondence/lapuente-to-icann-board-et-al-02apr14-en.

28 http://www.icann.org/en/news/correspondence/steneberg-to-icann-board-02apr14-en.

29 http://www.icann.org/en/news/correspondence/barbier-to-icann-board-02apr14-en.pdf [PDF, 1.23 MB].

30 https://www.icann.org/en/news/correspondence/reiff-to-crocker-03apr14-en.

31 https://www.icann.org/en/news/correspondence/bate-to-icann-board-03apr14-en.

32 https://www.icann.org/en/news/correspondence/cabral-to-icann-board-03apr14-en.

33 https://www.icann.org/en/groups/board/documents/resolutions-new-gtld-04apr14-en.htm.

34 https://www.icann.org/en/news/correspondence/crocker-to-dryden-04apr14-en.pdf [PDF, 1.27 KB].

35 https://www.icann.org/en/news/correspondence/mclaughlin-to-icann-board-et-al-07apr14-en.pdf [PDF, 92 KB].

36 https://www.icann.org/en/news/correspondence/curbastro-to-hickson-18apr14-en.pdf [PDF, 352 KB].

37 https://www.icann.org/en/news/correspondence/parkes-to-crocker-30apr14-en.

38 http://www.icann.org/en/news/correspondence/curbastro-to-sahel-beccalli-05may14-en.pdf [PDF, 372 KB]

39 https://www.icann.org/en/news/correspondence/strickling-to-crocker-21may14-en

40 https://www.icann.org/resources/correspondence/thompson-to-crocker-2014-05-21-en

41 Véase Solicitud 14-13, §§ 3, 6, 8, Págs. 1-2, 6-7, 12-13; Solicitud 14-15, § 8, 9-10; Solicitud 14-16, § 8, Págs. 9-10; Solicitud 14-18, § 8, Pág. 11; Solicitud 14-19, § 3, 6, 8, Págs. 1-2, 7, 12; Solicitud 14-20, § 8, Págs. 5-6; Solicitud 14-21, §§ 3, 6, 8, Págs. 2, 7, 12-13; Solicitud 14-22, § 8, Págs. 4-5, Págs. 5-6; Solicitud 14-24, § 8, Pág. 13; Solicitud 14-25, § 11, -Solicitud 14-26, § 8 Pág. 6.

42 Véase Solicitud 14-13, § 6, Pág. 10; Solicitud 14-14, 3, Pág. 2;-Solicitud 14-18, § 6, Pág. 9; Solicitud 14-19, § 6, Págs. 9-10; Solicitud 14-21, § 6, Pág. 10.

43 Véase Solicitud 14-13, § 8, Págs. 11-12; Solicitud 14-14, § 3, Pág. 2; Solicitud 14-15, § 8, Págs. 6-8 Solicitud 14-16, § 8, Págs. 7-9 Solicitud 14-17, § 8, Págs. 7-8 Solicitud 14-18, § 8, Págs. 10-11; Solicitud 14-19, § 8, Pág. 11; Solicitud 14-12, § 8, Págs. 6-9 Solicitud 14-21, § 8, Págs. 11-12 Solicitud 14-22, § 8, Págs. 3-4, 8; Solicitud 14-24, § 8, Pág. 12; Solicitud 14-26, §8, Pág. 5.

44 Véase Solicitud 14-13, § 6, Págs. 8-10, 13-16; Solicitud 14-14, § 3, Pág. 2; Solicitud 14-15, § 8, Págs. 11-16 Solicitud 14-16, § 8, Págs. 10-18 Solicitud 14-17, § 8, Págs. 8-11 Solicitud 14-18, § 8, Págs. 11-13 Solicitud 14-19, § 6, Págs. 8-9 Solicitud 14-20, § 6, Págs. 4-5 Solicitud 14-21, § 6, Págs. 8-10 Solicitud 14-22, § 8, Págs. 5-8 Solicitud 14-24, § 8, Págs. 13-16); Solicitud 14-25, § 8, Págs. 12-14 Solicitud 14-26, § 8, Págs. 6.-9.

45 Véase Solicitud 14-17, §§ 6, 8, Págs. 2-3, 7-8; Solicitud 14-22, §§ 6, 8, Págs. 2, 8; Solicitud 14-24, § 8, Págs. 8-10 Solicitud 14-25, § 6, Págs. 7-9; Solicitud 14-26, § 8, Pág. 5.

46 La existencia de un proceso de reconsideración mediante el cual el BGC examina y, si lo desea, plantea recomendaciones a la Junta Directiva o al NGPC para su aprobación tiene un impacto positivo en la responsabilidad y la transparencia de la ICANN. Este proceso ofrece una alternativa para garantizar a la comunidad que el personal y la Junta Directiva están actuando de conformidad con las políticas, los Estatutos y las Actas Constitutivas de la ICANN.

47 https://gacweb.icann.org/display/GACADV/GAC+Advice (énfasis agregado).

48 https://gacweb.icann.org/display/gacweb/GAC+Operating+Principles

49 Id.

50 Véase por ejemplo.,https://www.icann.org/en/news/correspondence/steneberg-to-crocker-et-al-03feb14-en.pdf [PDF, 279 KB], https://www.icann.org/en/news/correspondence/kroes-to-icann-board-07nov13-en.pdf [PDF, 235 KB]

51 Además, ninguna disposición en los Estatutos requiere que la Presidente del GAC informe al GAC acerca de su presencia en las reuniones del NGPC, o bien que informe sobre las resoluciones aprobadas por el NGPC. Los Estatutos otorgan a los coordinadores de enlace sin derecho a voto de la facultad discrecional de utilizar materiales que se les proporcionan para fines de consulta con sus respectivos comités u organizaciones. No obstante, no se requiere a los coordinadores de enlace que lo hagan. (Estatutos, Artículo IV, Sección 9.5).

52 http://www.icann.org/en/groups/board/documents/minutes-new-gtld-22mar14-en.htm#1.a

53 http://www.icann.org/en/groups/board/documents/resolutions-new-gtld-04apr14-en.htm

54 http://www.icann.org/en/groups/board/documents/minutes-new-gtld-04apr14-en.htm#1.a.

55 El Inciso 1.3 (b) del Artículo XI-A dispone que "en caso de que la Junta Directiva determine…que es necesario requerir asesoramiento externo acerca de una o más cuestiones sobre política pública, la Junta Directiva deberá consultar al Comité asesor gubernamental, según corresponda, acerca de la fuente adecuada para solicitar el asesoramiento y las estrategias, incluida la definición del alcance y el proceso, para solicitar y obtener dicho asesoramiento.

El Inciso 1.6 del Artículo XI-A establece que "el Comité asesor gubernamental, además de las Organizaciones de apoyo y otros Comités asesores, deberán tener la oportunidad de opinar sobre el asesoramiento externo recibido, antes de que la Junta directiva tome una decisión".

56 El Inciso 1.5 del Artículo XI-1 dispone que "el asesoramiento externo, según lo dispuesto en esta Sección, deberá proporcionarse por escrito. El mismo tendrá carácter consultivo y no obligatorio, y su finalidad será la de ampliar la información que tiene disponible la Junta directiva u otro organismo de la ICANN para cumplir con sus obligaciones. Los Requirentes afirman que el uso de la palabra "responsabilidades" indica que el artículo XI-A, Sección 1 se aplica al asesoramiento de expertos que se busca para otros fines que no son la asistencia al proceso de desarrollo de políticas. (Solicitud 14-13, § 3, Pág. 3.) No obstante, las disposiciones del Inciso 1.5 están explícitamente limitadas al asesoramiento que se busca "según lo dispuesto en esta Sección".

57 Solicitud 14-13, § 8, Pág. 14.

58 https://www.icann.org/resources/board-material/resolutions-new-gtld-2014-03-22-en#1.a.

59 https://www.icann.org/en/groups/board/documents/resolutions-new-gtld-04apr14-en.htm

60 Los Requirentes además objetaron la redacción en las Resoluciones del 4 de abril que recomiendan que "la totalidad de la Junta Directiva tome en consideración las repercusiones más amplias de las delicadas cuestiones legal y políticamente complejas, como las planteadas por los miembros del GAC, incluso si la ICANN constituye la sede adecuada para resolverlas, o si existen espacios o foros más propicios para responder a preocupaciones, tales como las planteadas por los miembros del GAC, en relación a las solicitudes para .WINE y .VIN". (Solicitud 14-17, § 6, Pág. 3; Solicitud 14-24, §6, Pág. 10;-Solicitud 14-25, § 6, Pág. 10; Solicitud 14-26, § 6, Pág. 3) No obstante, los Requirentes no explican de qué manera esta recomendación constituye adecuadamente el objeto de una solicitud de reconsideración de conformidad con los Estatutos de la ICANN. Por el contrario, al parecer los Requirentes simplemente no concuerdan con la recomendación, pero su importante desacuerdo con la misma no constituye un fundamento para la reconsideración.

61 http://www.icann.org/en/groups/board/documents/resolutions-new-gtld-04apr14-en.htm.