Resoluciones Aprobadas por la Junta Directiva | Reunión Ordinaria de la Junta Directiva de la ICANN 4 de febrero de 2018

  1. Orden del día convenido:
    1. Aprobación de actas de reuniones de la Junta Directiva
    2. Nombramientos del Comité Asesor de Seguridad y Estabilidad
    3. Nombramientos del Comité Asesor del Sistema de Servidores Raíz
    4. Renovación del arrendamiento de la oficina de Singapur
    5. Renovación del arrendamiento de la oficina de Bruselas
    6. Documento de asesoramiento del SSAC sobre Protecciones a los registratarios en relación con el ciclo de vida de gestión de credenciales
    7. Renovación del Acuerdo de Registro de .MUSEUM
  2. Orden del día principal:
    1. Confirmación del nivel objetivo de los fondos de reserva
    2. Adopción del Plan Operativo y Presupuesto de la IANA para el año fiscal 2019
    3. Abordar las solicitudes del Programa de Nuevos gTLD para .CORP, .HOME y .MAIL
    4. Asesoramiento del GAC: Comunicado pronunciado en Abu Dabi (noviembre de 2017)
    5. Próximos pasos en la revisión del proceso de Evaluación con prioridad de la comunidad – SOLO ACTUALIZACIÓN
    6. Otros temas a tratar

 

  1. Orden del día convenido:

    1. Aprobación de actas de reuniones de la Junta Directiva

      Resuélvase (2018.02.04.01): La Junta Directiva aprueba las actas de la reunión de la Junta Directiva de la ICANN del día 13 de diciembre de 2017.

    2. Nombramientos del Comité Asesor de Seguridad y Estabilidad

      Visto y considerando: Que, ocasionalmente, el Comité Asesor de Seguridad y Estabilidad (SSAC) realiza una revisión y cambio de sus miembros.

      Visto y considerando: Que el Comité de Membresía del SSAC, en representación del SSAC, solicita a la Junta Directiva la designación de Barry Leiba y Chris Roosenraad para el SSAC, por un período que inicia en forma inmediata tras la aprobación de la Junta Directiva y con fecha de finalización al 31 de diciembre de 2020.

      Resuélvase (2018.02.04.02): La Junta Directiva nombra a Barry Leiba y Chris Roosenraad para el SSAC para un período que comienza inmediatamente después de la aprobación de la Junta Directiva y finaliza el 31 de diciembre de 2020.

      Fundamento de la resolución 2018.02.04.02

      El SSAC es un grupo diverso de personas cuyos conocimientos sobre temas específicos permiten que dicho comité cumpla su estatuto y ejecute su misión. Desde su creación, el SSAC ha invitado a personas con amplios conocimientos y gran experiencia en áreas técnicas y de seguridad que son fundamentales para la seguridad y la estabilidad de los sistemas de asignación de direcciones y de nombres de dominio de Internet.

      Las operaciones continuas del SSAC como organismo competente dependen del aporte y el talento de expertos que han aceptado contribuir voluntariamente con su tiempo y energía para llevar a cabo la misión del comité.

      Muchos de los miembros del SSAC han conocido a Barry Leiba por su extensa labor en el Grupo de Trabajo en Ingeniería de Internet (IETF), incluso por ocupar los cargos de presidente de dicho grupo, Director del Área de Aplicaciones y miembro de la Junta Directiva de Arquitectura de Internet. Aporta una gran experiencia en mensajería de Internet y los estándares relacionados con la mensajería, los protocolos de capa de aplicación más amplios y los aspectos de seguridad y privacidad de los mismos. Tiene una sólida formación en temas de internacionalización.

      Chris Roosenraad ha participado de forma extensa en el Grupo de Trabajo Antiabuso de Mensajes, Malware y Móvil (MAAWG). Ha estado activo con la Coalición de Tecnología y ha asesorado al gobierno de los EE. UU. a través del proceso del Consejo de Seguridad, Confiabilidad e Interoperabilidad de las Comunicaciones (CSRIC) de la FCC. Posee una amplia experiencia en la gestión de algunos de los servicios de infraestructura de Internet más grandes, incluidos el DNS, DHCP, correo electrónico y gestión de identidad.

      El SSAC considera que Barry Leiba y Chris Roosenraad serían miembros que aportarían una contribución significativa al SSAC.

      No se prevé que la designación de estos miembros del SSAC tenga impacto fiscal alguno sobre la organización de la ICANN fuera de los recursos ya presupuestados y necesarios para el apoyo continuo de las actividades del SSAC.

      Esta decisión es de interés público y se enmarca dentro de la misión de la ICANN, dado que está ejerciendo una responsabilidad específicamente reservada a la Junta Directiva dentro de los Estatutos y apoya el trabajo de la comunidad en temas relacionados con la seguridad y la estabilidad.

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.

    3. Nombramientos del Comité Asesor del Sistema de Servidores Raíz

      Visto y considerando: Que el Artículo 12, Sección 12.2(c)(ii) de los Estatutos establece que la Junta Directiva deberá designar a los copresidentes y miembros del Comité Asesor del Sistema de Servidores Raíz (RSSAC).

      Visto y considerando: Que el 5 de diciembre de 2017, el RSSAC realizó una elección para ocupar uno de los puestos de copresidente y reeligió a Brad Verd de Verisign (organización operadora del servidor raíz A/J) para desempeñarse durante un último periodo de dos años como copresidente.

      Visto y considerando: Que el RSSAC solicita a la Junta Directiva que actúe con respecto al nombramiento de su copresidente.

      Resuélvase (2018.02.04.03): La Junta Directiva acepta la recomendación del RSSAC y designa a Brad Verd como copresidente de RSSAC por un periodo de dos años y hace extensivos sus mejores deseos en este importante rol.

      Fundamento de la resolución 2018.02.04.03

      Los Estatutos de la ICANN requieren de la Junta Directiva de la ICANN designe copresidentes del RSSAC seleccionados entre los miembros del RSSAC. La designación de estos copresidentes del RSSAC permitirá al Comité contar con una composición adecuada para cumplir con su función de comité asesor.

      No se prevé que la designación de los copresidentes del RSSAC tenga impacto fiscal alguno sobre la organización de la ICANN fuera de los recursos ya presupuestados y necesarios para el apoyo continuo de las actividades del RSSAC.

      Esta decisión es de interés público y se enmarca dentro de la misión de la ICANN, dado que está ejerciendo una responsabilidad específicamente reservada a la Junta Directiva dentro de los Estatutos y apoya el trabajo de la comunidad en temas operativos de servidores raíz.

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizativas que no requieren comentario público.

    4. Renovación del arrendamiento de la oficina de Singapur

      Visto y considerando: Que la ICANN ha mantenido una oficina regional en Singapur, desde 2013.

      Visto y considerando: Que el contrato de arrendamiento del actual espacio de la Oficina Regional de la ICANN en Singapur vence en 2018.

      Visto y considerando: Que la organización de la ICANN ha evaluado las opciones para renovar el contrato de arrendamiento existente o para mudarse a otra ubicación adecuada.

      Visto y considerando: Que la organización de la ICANN ha recomendado que la Junta Directiva autorice al Presidente y Director Ejecutivo, o a quienes éste designe, a tomar todas las medidas necesarias para la renovación del arrendamiento de las instalaciones de la actual oficina en Singapur, tal como se refleja en los Materiales de Referencia, y a realizar todos los desembolsos necesarios conforme a dicho arrendamiento.

      Visto y considerando: Que durante su reunión del 24 de enero de 2018, el Comité de Finanzas de la Junta Directiva (BFC) revisó las implicaciones financieras de las opciones evaluadas para la Oficina Regional de la ICANN en Singapur.

      Visto y considerando: Que el BFC ha determinado que la propuesta para renovar el contrato de arrendamiento de la Oficina Regional de Singapur existente es razonable y se refleja adecuadamente en la versión preliminar del Plan Operativo y Presupuesto del año fiscal 2019.

      Resuélvase (2018.02.04.04): La Junta Directiva autoriza al Presidente y Director Ejecutivo, o a quién éste designe, a tomar todas las medidas necesarias para la ejecución de la renovación del arrendamiento para las instalaciones de la actual oficina en Singapur, tal como se refleja en los Materiales de Referencia, y a realizar todos los desembolsos necesarios conforme a dicho arrendamiento.

      Fundamento de la resolución 2018.02.04.04

      Con el fin de respaldar su estrategia de globalización, la ICANN estableció una Oficina Regional en Singapur para ofrecer mejores servicios a sus partes interesadas. Para continuar mostrando el compromiso de la ICANN con su estrategia de globalización y satisfacer la demanda de mayor espacio para dar cabida al crecimiento proyectado de la organización de la ICANN en Singapur, se firmó un contrato de arrendamiento de tres años a partir de octubre de 2015 con South Beach Tower. La Oficina Regional de Singapur se trasladó de una oficina con servicio a una instalación más permanente. El contrato de arrendamiento actual vence el 30 de septiembre de 2018 y la organización de la ICANN y el Comité de Finanzas de la Junta Directiva (BFC) proponen que dicho contrato se renueve por tres años adicionales.

      La organización de la ICANN llevó a cabo una revisión del mercado y realizó un análisis de costos para renovar el arrendamiento en lugar de mudarse a otra ubicación, y considera que la renovación del arrendamiento es una solución más viable y rentable.

      La Junta Directiva revisó las recomendaciones de la organización de la ICANN y el Comité de Finanzas de la Junta Directiva para renovar el contrato de arrendamiento actual por tres años adicionales y la determinación de que la propuesta cumplía con los requisitos financieros y comerciales de la organización.

      La toma de esta decisión está en consonancia con la Misión de la ICANN y el interés público dado que tener una Oficina Regional en la región de Asia Pacífico ayuda a prestar un servicio a las partes interesadas de la ICANN de una manera más eficiente y efectiva.

      Habrá un impacto financiero en la ICANN para renovar el contrato de arrendamiento actual por un período adicional de tres años. Este impacto se incluye actualmente en el Plan Operativo y Presupuesto Preliminar del año fiscal 2019 que está pendiente de aprobación por parte de la Junta Directiva.

      Esta decisión no tendrá ningún impacto sobre la seguridad o la estabilidad del sistema de nombres de dominio.

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.

    5. Renovación del arrendamiento de la oficina de Bruselas

      Visto y considerando: Que la ICANN ha mantenido una Oficina Regional en Bruselas, durante más de una década.

      Visto y considerando: Que el contrato de arrendamiento de la actual Oficina Regional de Bruselas vence en 2021.

      Visto y considerando: Que la organización de la ICANN ha evaluado las opciones para negociar una tarifa reducida para el contrato de arrendamiento existente sujeto a un compromiso de tres años más, o para mudarse a otra ubicación adecuada.

      Visto y considerando: Que el Comité de Finanzas de la Junta Directiva ha recomendado que la Junta Directiva autorice al Presidente y Director Ejecutivo, o a quienes éste designe, a tomar todas las medidas necesarias para la ejecución de la renovación del arrendamiento para las instalaciones de la actual oficina en Bruselas, tal como se refleja en los Materiales de Referencia, y a realizar todos los desembolsos necesarios conforme a dicho arrendamiento.

      Visto y considerando: Que durante su reunión del 24 de enero de 2018, el Comité de Finanzas de la Junta Directiva (BFC) revisó las implicaciones financieras de las opciones evaluadas para la Oficina Regional de la ICANN en Bruselas.

      Visto y considerando: Que el BFC ha determinado que la propuesta para renovar el contrato de arrendamiento de la Oficina Regional de Bruselas existente es razonable y se refleja adecuadamente en la versión preliminar del Plan Operativo y Presupuesto del año fiscal 2019.

      Resuélvase (2018.02.04.05): La Junta Directiva autoriza al Presidente y Director Ejecutivo, o a quién éste designe, a tomar todas las medidas necesarias para la ejecución de la renovación del arrendamiento para las instalaciones de la actual oficina en Bruselas, tal como se refleja en los Materiales de Referencia, y a realizar todos los desembolsos necesarios conforme a dicho arrendamiento.

      Resuélvase (2018.02.04.06): Algunos puntos específicos de la presente resolución tendrán carácter confidencial por motivos de negociación, conforme al Artículo 3, Secciones 3.5(b) y 3.5(d) de los Estatutos de la ICANN, hasta que el Presidente y Director Ejecutivo determine que la información confidencial puede publicarse.

      Fundamentos para las Resoluciones 2018.02.04.05 - 2018.02.04.06

      Con el fin de respaldar su estrategia de globalización, la ICANN estableció una oficina en Bruselas en los inicios de su historia para ofrecer mejores servicios a sus partes interesadas. Para continuar mostrando el compromiso de la ICANN con su estrategia de globalización y satisfacer la demanda de un mayor enfoque en el servicio a las partes interesadas europeas a través de la Oficina Regional de Bruselas, la organización de la ICANN se comprometió a evaluar la rentabilidad del contrato de arrendamiento actual para la oficina de Bruselas. La organización de la ICANN llevó a cabo una revisión del mercado y un análisis de la renovación del contrato de arrendamiento actual en comparación con la reubicación en varios lugares distintos, y considera que la renovación del contrato de arrendamiento para las instalaciones actuales es una solución más viable y rentable.

      En noviembre de 2017, la organización de la ICANN invocó una opción para la rescisión anticipada del contrato de arrendamiento de la Oficina Regional de Bruselas, que conllevó una discusión con el propietario sobre los términos del contrato de arrendamiento actual. El propietario finalmente ofreció reducir los pagos del arrendamiento de pagos anuales de [MONTO OMITIDO POR MOTIVOS DE NEGOCIACIÓN] a pagos anuales de [MONTO OMITIDO POR MOTIVOS DE NEGOCIACIÓN], con sujeción a la celebración de un contrato de arrendamiento actualizado con opción de cancelación anticipada en seis años (2024) y una fecha final de vencimiento establecida en 2027.

      En total, una vez que se incluye el impuesto a la propiedad y otros cargos, el compromiso anual (incentivos incluidos) equivaldría a [MONTO OMITIDO POR MOTIVOS DE NEGOCIACIÓN] en comparación con el acuerdo actual establecido en [MONTO OMITIDO POR MOTIVOS DE NEGOCIACIÓN], o un ahorro general de poco más del 12 %.

      Asimismo, el propietario ha prometido una contribución de [MONTO OMITIDO POR MOTIVOS DE NEGOCIACIÓN] para los posibles costos de renovación de la oficina, lo que permitiría a la organización de la ICANN considerar las mejoras funcionales de la oficina, como la creación de un espacio más amplio para la sala de reuniones, más adecuado para ser utilizado para talleres organizados por la ICANN o grupos de trabajo de desarrollo de políticas, por ejemplo.

      La Junta Directiva revisó las recomendaciones de la organización de la ICANN y el Comité de Finanzas de la Junta Directiva para renovar el contrato de arrendamiento actual por tres años adicionales con la tarifa reducida ofrecida por el propietario y la determinación de que la propuesta cumplía con los requisitos financieros y comerciales de la organización.

      La toma de esta decisión está en consonancia con la Misión de la ICANN y el interés público dado que tener una Oficina Regional en la región de Bruselas ayuda a prestar un servicio a las partes interesadas de la ICANN de una manera más eficiente y efectiva.

      Habrá un impacto financiero en la ICANN para renovar el contrato de arrendamiento actual por un período adicional de tres años. Este impacto se incluye actualmente en el Plan Operativo y Presupuesto Preliminar del año fiscal 2019 que está pendiente de aprobación por parte de la Junta Directiva.

      Esta decisión no tendrá ningún impacto sobre la seguridad o la estabilidad del sistema de nombres de dominio.

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.

    6. Documento de asesoramiento del SSAC sobre Protecciones a los registratarios en relación con el ciclo de vida de gestión de credenciales

      Visto y considerando: Que el Comité Asesor de Seguridad y Estabilidad (SSAC) presentó cuatro recomendaciones en el Documento de SAC: SAC074, Documento de asesoramiento del SSAC sobre protección a los registratarios: Mejores prácticas para mantener la seguridad y estabilidad durante el ciclo de vida de gestión de credenciales.

      Visto y considerando: Que la organización de la ICANN ha evaluado la viabilidad del asesoramiento del SSAC y elaboró recomendaciones de implementación para cada uno.

      Visto y considerando: Que la Junta Directiva ha considerado el asesoramiento del SSAC y las recomendaciones de implementación de la organización de la ICANN sobre este asesoramiento.

      Resuélvase (2018.02.04.07): La Junta Directiva adopta la tabla de calificación titulada "Implementación de las recomendaciones para el Documento de asesoramiento SAC074 del SSAC" [PDF, 49 KB], e instruye al Presidente y Director Ejecutivo, o quien este designe, que implemente el asesoramiento tal como se describe en el documento.

      Fundamento de la resolución 2018.02.04.07

      El Registro de Solicitudes de Acción es un marco que pretende mejorar el proceso mediante el cual la Junta Directiva considera las recomendaciones realizadas a la Junta Directiva de la ICANN, incluido el asesoramiento de sus Comités Asesores. Este marco ha estado en desarrollo desde 2015 y, como parte del esfuerzo inicial, la organización de la ICANN revisó el asesoramiento del SSAC enviado entre 2010 y 2015 para identificar los puntos que aún no habían sido considerados por la Junta Directiva.

      Los resultados de esta revisión inicial se comunicaron al Presidente del SSAC en una carta del Presidente de la Junta Directiva de la ICANN con fecha del 19 de octubre de 2016 (véase https://www.icann.org/en/system/files/correspondence/crocker-to-faltstrom-19oct16-en.pdf [PDF, 627 KB]). Este Documento de asesoramiento se identificó como parte de la evaluación de inventario de asesoramientos abiertos que se realizó en 2016 para iniciar el Registro de Solicitudes de Acción. Esta resolución tiene por objeto abordar uno de los Documentos de asesoramiento del SSAC que fueron identificados como abiertos en ese momento.

      Como parte del proceso de Registro de Solicitudes de Acción, por cada punto de asesoramiento presentado con esta resolución, la organización de la ICANN revisó la solicitud, confirmó su entendimiento de la solicitud del SSAC con él y evaluó la viabilidad de la solicitud. Como parte de la evaluación de la organización de la ICANN de la viabilidad para implementar el asesoramiento, la organización de la ICANN consideró si el asesoramiento podría implementarse dentro de la solicitud de presupuesto operativo actual del año fiscal 2019, y eso se indica en cada recomendación en la tabla de calificación.

      Al tomar esta medida, la Junta Directiva consideró las recomendaciones de la organización de la ICANN reflejadas en la tabla de calificación [PDF, 49 KB].

      Esta decisión es de interés público y se enmarca dentro de la misión de la ICANN, dado que la misión de la ICANN se relaciona específicamente con la defensa del funcionamiento seguro y estable del DNS de Internet, y también mantiene las estructuras de aporte de asesoramiento especificadas en los Estatutos de la ICANN.

      La implementación del asesoramiento del SSAC respalda la seguridad o la estabilidad del sistema de nombres de dominio.

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.

    7. Renovación del Acuerdo de Registro de .MUSEUM

      Visto y considerando: Que la ICANN comenzó un período de comentario público desde el 24 de agosto de 2017 hasta el 3 de octubre de 2017 sobre la renovación del Acuerdo de Registro propuesta para el dominio de alto nivel (TLD) .MUSEUM, y recibió comentarios de cuatro organizaciones, así como una respuesta del Operador de Registro de .MUSEUM. Se proporcionó a la Junta Directiva un resumen y análisis de los comentarios.

      Visto y considerando: Que la renovación al Acuerdo de Registro de .MUSEUM incluye disposiciones nuevas que son coherentes con los términos comparables del Acuerdo de Registro de Nuevos gTLD.

      Visto y considerando: Que la Junta Directiva ha determinado que, tras considerar los comentarios, no es necesaria ninguna otra revisión de la Renovación del Acuerdo de Registro del dominio .MUSEUM propuesto.

      Resuélvase (2018.02.04.08): Se aprueba la propuesta de Renovación del Acuerdo de Registro .MUSEUM y se autoriza al Presidente y Director Ejecutivo, o quien este designe, a tomar las medidas apropiadas para finalizar e implementar dicho acuerdo según se apruebe.

      Fundamento de la resolución 2018.02.04.08

      ¿Por qué la Junta Directiva aborda el tema ahora?

      La ICANN y MuseDoma firmaron un Acuerdo de Registro el 17 de octubre de 2001 para el funcionamiento del dominio de alto nivel (TLD) .MUSEUM. El actual Acuerdo de Registro del dominio .MUSEUM vence el 2 de marzo de 2018. La propuesta de Renovación del Acuerdo de Registro se publicó para comentario público entre el 24 de agosto de 2017 y el 3 de octubre de 2017. En este momento, la Junta Directiva está aprobando la propuesta de Renovación del Acuerdo de Registro de MUSEUM para la continuidad de gestión del dominio de alto nivel .MUSEUM por parte de MuseDoma.

      ¿Cuál es la propuesta que se está considerando?

      La renovación propuesta del Acuerdo de Registro de .MUSEUM, aprobada por la Junta Directiva, se basa en el actual Acuerdo de Registro de .MUSEUM con las modificaciones acordadas por la ICANN y MuseDoma e incluye ciertas disposiciones de la base del Acuerdo de Registro de Nuevos gTLD.

      ¿Cuáles son las partes interesadas u otros participantes consultados?

      La organización de la ICANN llevó a cabo un período de comentario público sobre la propuesta de renovación del Acuerdo de Registro del dominio .MUSEUM desde el 24 de agosto de 2017 hasta el 3 de octubre de 2017. En forma adicional, la ICANN entabló negociaciones con el Operador de Registro para acordar los términos a incluirse en la propuesta de renovación del Acuerdo de Registro de .MUSEUM, que fue publicado para la recepción de comentarios públicos.

      ¿Qué inquietudes o cuestiones fueron planteadas por la comunidad?

      El foro de comentario público sobre la propuesta de renovación del Acuerdo de Registro de .MUSEUM finalizó el 3 de octubre de 2017 y la ICANN recibió cinco (5) comentarios. Los comentarios pueden resumirse en las tres categorías principales enumeradas a continuación.

      1. Inclusión de los mecanismos de protección de derechos de nuevo gTLD y medidas de protección en gTLD legados: en dos comentarios se expresó el apoyo a la inclusión de ciertos mecanismos de protección de derechos, como el Sistema Uniforme de Suspensión Rápida y el Procedimiento para la Resolución de Disputas con Posterioridad a la Delegación de marca comercial, además de la inclusión de los Compromisos en pos del interés público (es decir, medidas de protección) que están presentes en el Acuerdo de Registro de Nuevos gTLD, como el requisito para usar registradores de acuerdo con el Acuerdo de Acreditación de Registradores de 2013. Por el contrario en dos comentarios se expresó la preocupación respecto de la inclusión de mecanismos de protección de derechos de nuevos gTLD en los acuerdos legados. La explicación dada es que estas disposiciones no deben incorporarse como un resultado de las negociaciones de contrato, sino que deben tratarse a través del proceso de desarrollo de políticas ("PDP"). Asimismo, se recomienda a la Junta Directiva que "declare una moratoria sobre la imposición de RPM de nuevos gTLD en TLD heredados hasta que el antemencionado PDP se haya concluido, el Consejo de la GNSO haya actuado en base a sus recomendaciones y se hayan abordado todas las cuestiones de implementación y transición".
      2. La transición de .MUSEUM de un TLD "Patrocinado" a un TLD de la "Comunidad": En dos comentarios se expresó preocupación con respecto a los requisitos de elegibilidad actualizados para .MUSEUM como se describe en la Especificación 12 frente a los requisitos que los solicitantes de nuevos gTLD de la comunidad deben tener en sus políticas de registración. Para los que realizaron estos comentarios, existe una supuesta falta de coherencia con respecto al concepto de TLD de la "comunidad" y como se aplica.
      3. Proceso de negociación para la renovación del Acuerdo de Registro del dominio .MUSEUM propuesta y negociaciones para los acuerdos de registro de gTLD legados en general: en dos comentarios se cuestionó si el proceso de negociación para la renovación y enmienda de los acuerdos de registro legados tiene la transparencia suficiente y cómo se llegó a la renovación del acuerdo.

      En respuesta a los comentarios expresados ​​sobre la transición de .MUSEUM de un TLD "patrocinado" a un TLD de la "comunidad", MuseDoma, el Operador de Registro para .MUSEUM, presentó una respuesta por escrito que estipula que el Operador de Registro "implementará mecanismos para hacer cumplir" sus políticas de registración. Asimismo, MuseDoma explicó lo siguiente en su respuesta:

      "El Registro procederá a la validación sobre la base de los criterios de elegibilidad, a través de un proceso dirigido de validación aleatoria o ante la solicitud de un tercero. La validación incluirá comprobaciones sobre el uso real del nombre de dominio registrado. Se requerirá documentación o prueba del solicitante de registro; la elegibilidad generalmente se demostrará más fácilmente mediante la membresía en ICOM u otra asociación profesional de museos.

      El propósito de los mecanismos de cumplimiento es proteger la credibilidad del TLD .museum para su público a nivel mundial. En particular, para defender el propósito comunitario del TLD .museum y ayudar a prevenir el mal uso o comportamiento malicioso".

      ¿Qué materiales significativos analizó la Junta Directiva?

      Como parte de sus deliberaciones, la Junta Directiva analizó diversos materiales, incluidos, entre otros, los siguientes materiales y documentos:

      • Renovación propuesta del Acuerdo de Registro de .MUSEUM
      • Documento con cambios resaltados en comparación con el Acuerdo de Registro de .MUSEUM actual
      • Acuerdo de Registro actual de .MUSEUM
      • Acuerdo de Nuevos gTLD - 31 de julio de 2017
      • Resumen y análisis de los comentarios públicos

      ¿Qué factores la Junta Directiva consideró significativos?

      La Junta Directiva examinó cuidadosamente los comentarios públicos recibidos sobre la Renovación del Acuerdo de Registro de .MUSEUM, junto con el resumen y análisis de esos comentarios. La Junta Directiva también consideró los términos acordados por el Operador de Registro como parte de las negociaciones bilaterales con la organización de la ICANN.

      Si bien la Junta Directiva reconoce las preocupaciones expresadas por algunos miembros de la comunidad con respecto a la inclusión del URS en la Renovación del Acuerdo de Registro, la Junta Directiva señala que la inclusión del URS en el Renovación del Acuerdo de Registro se basa en las negociaciones entre la ICANN y el Operador de Registro, donde el Operador de Registro expresó su interés de renovar su acuerdo de registro en base al Acuerdo de Registro de nuevos gTLD.

      La Junta Directiva señala que el URS fue recomendado por el Equipo de Recomendaciones para la Implementación (IRT) como un mecanismo de protección de derechos (RPM) obligatorio para todos los nuevos gTLD. Se le solicitó a la GNSO que exprese su opinión sobre si ciertos mecanismos de protección de derechos propuestos (que incluían el URS) eran consistentes con la política propuesta de la GNSO sobre la introducción de Nuevos gTLD y si era la opción adecuada y eficaz para lograr los principios y objetivos declarados de la GNSO. El Equipo de Revisión de Cuestiones Específicas de Marcas Comerciales (STI) consideró este asunto y concluyó que: "El uso del URS debe constituir un RPM requerido a todos los nuevos gTLD". Es decir, la GNSO señaló que el URS no era incompatible con ninguna de sus recomendaciones de políticas existentes.

      Aunque el URS se desarrolló y perfeccionó a través del proceso descrito aquí, incluido el debate y la revisión pública en la GNSO, no ha sido adoptado como una política de consenso y la ICANN no tiene capacidad para hacerlo obligatorio para ningún TLD que no sean los solicitantes de nuevos gTLD que presentaron la solicitud durante la ronda de Nuevos gTLD de 2012.

      Por consiguiente, la aprobación de la Renovación del Acuerdo de Registro por parte de la Junta Directiva no es un movimiento para hacer que el URS sea obligatorio para cualquier TLD legado, y sería inapropiado hacerlo. En el caso de .MUSEUM, la inclusión del URS se desarrolló como parte de la propuesta en las negociaciones entre el Operador de Registro y la ICANN.

      En forma adicional, la Junta Directiva consideró los comentarios con respecto a los requisitos de elegibilidad para .MUSEUM como se describe en la Especificación 12 frente a los requisitos que los solicitantes de nuevos gTLD de la comunidad deben tener en sus políticas de registración. La Junta Directiva observa que el registro está tomando las medidas necesarias para garantizar que las políticas de registración sean consistentes con los otros TLD de la "Comunidad" al implementar restricciones sobre qué personas o entidades pueden registrar los nombres de dominio .MUSEUM, restricciones sobre cómo se pueden utilizar los nombres de dominio .MUSEUM, y mecanismos para hacer cumplir los requisitos de elegibilidad e instituir procedimientos posteriores a la validación para proteger la credibilidad del TLD .MUSEUM. Si bien la Junta Directiva reconoce la preocupación expresada con respecto a la posición de la organización de la ICANN para permitir que .MUSEUM actualice los requisitos de elegibilidad de registración al pasar de un TLD "patrocinado" a un TLD de la "comunidad", la Junta Directiva reconoce la oportunidad para que .MUSEUM defina los requisitos de elegibilidad durante el proceso de renovación del acuerdo de registro como lo hicieron otros TLD de la comunidad durante el proceso de solicitud. Por lo tanto, el operador de registro se compromete a mantener los requisitos de elegibilidad como lo deben hacer otros TLD de la comunidad o hasta que la comunidad acepte una reconsideración de la Especificación 12 y los requisitos de elegibilidad.

      ¿Existen impactos positivos o negativos para la comunidad?

      La aprobación de la Renovación del Acuerdo de Registro de .MUSEUM por parte de la Junta Directiva también ofrece beneficios técnicos y operativos positivos. Por ejemplo, la Renovación del Acuerdo de Registro de .MUSEUM exige el uso de registradores acreditados que estén sujetos al Acuerdo de Acreditación de Registradores de 2013, que ofrece múltiples beneficios a los registradores y registratarios, y también incluye otras mejoras del Acuerdo de Registro de Nuevos gTLD. La realización de esta medida es en pos del interés público ya que contribuye al compromiso de la organización de la ICANN de fortalecer la seguridad, estabilidad y flexibilidad del DNS.

      ¿Se observan impactos fiscales o ramificaciones en la organización de la ICANN (por ejemplo, plan estratégico, plan operativo, presupuesto), la comunidad o el público?

      No se prevé ningún impacto fiscal significativo como consecuencia de la renovación del Acuerdo de Registro del dominio .MUSEUM.

      ¿Se observan cuestiones sobre seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS?

      No se prevé que la renovación del Acuerdo de Registro del dominio .MUSEUM genere problemas de seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionados con el DNS. En efecto, la renovación del Acuerdo de Registro del dominio .MUSEUM incluye términos que permiten una acción más rápida ante la ocurrencia de determinadas amenazas a la seguridad o estabilidad del DNS, además de otros beneficios técnicos con los que se pretende brindar consistencia en todos los registros en pos de un ambiente más predecible para los usuarios finales.

      Esta decisión es de interés público y se enmarca dentro de la misión de la ICANN, dado que el rol de la ICANN en la coordinación del DNS incluye contratar Operadores de Registro de TLD, y esta acción consideró los aportes del público en el ejercicio de este rol de coordinación.

      Esta medida forma parte de las funciones administrativas y organizacionales para las cuales se requiere de comentario público.

  2. Orden del día principal:

    1. Confirmación del nivel objetivo de los fondos de reserva

      Visto y considerando: Que la Junta Directiva y la organización de la ICANN publicaron para comentario público un fundamento actualizado y un nivel objetivo para el Fondo de Reserva.

      Visto y considerando: Que el Comité de Finanzas de la Junta Directiva (BFC) ha revisado los comentarios enviados a través del proceso de comentario público, las respuestas proporcionadas por la organización de la ICANN y los cambios en el fundamento del Fondo de Reserva sugeridos como resultado de los comentarios del público.

      Visto y considerando: Que ciertos comentarios recibidos requieren un análisis adicional para determinar la medida en la que deberían conducir a cambios adicionales, incluidos los comentarios presentados en relación con las Funciones de Identificadores Técnicos Públicos/IANA y comentarios relativos a una política separada para el Fondo de Reserva.

      Visto y considerando: Que se ha planificado un trabajo adicional para desarrollar disposiciones de gobernanza para el Fondo de Reserva y acciones para reponer el Fondo de Reserva al nivel objetivo.

      Resuélvase (2018.02.04.09): La Junta Directiva adopta los cambios recomendados a la Política de Inversión de la ICANN que incluye un fundamento actualizado para el Fondo de Reserva y confirma el nivel objetivo del Fondo de Reserva en un mínimo de 12 meses de gastos operativos.

      Resuélvase (2018.02.04.10): La Junta Directiva instruye al Presidente y Director Ejecutivo, o quien este designe, para que analicen más a fondo ciertos comentarios recibidos y determinen la medida en que deben considerarse cambios adicionales a la Política de Inversión.

      Fundamentos para las Resoluciones 2018.02.04.09 - 2018.02.04.10

      En base a sus deberes fiduciarios, y considerando la evolución significativa que la ICANN ha experimentado desde la creación de su Fondo de Reserva, la Junta Directiva determinó que el Fondo de Reserva debía ser revisado. Por lo tanto, creó un grupo de trabajo, con el apoyo de la organización de la ICANN, que evaluó el Fondo de Reserva. Esta evaluación condujo a la definición de un fundamento actualizado y un nivel objetivo para el Fondo de Reserva. Teniendo en cuenta la importancia del Fondo de Reserva para la estabilidad financiera y la sostenibilidad de la ICANN, la Junta Directiva determinó que la opinión pública era necesaria y solicitó a la organización de la ICANN que publique el análisis realizado sobre el fundamento y el nivel objetivo para obtener comentarios del público.

      La Junta Directiva también determinó que, una vez que se hayan actualizado los fundamentos y el nivel objetivo, después de tener en cuenta los comentarios del público, se necesitaría una nueva instancia de trabajo para definir los mecanismos de gobernanza del Fondo de Reserva y para definir una estrategia para reponer el Fondo de Reserva de su actual nivel al nivel objetivo.

      Esta decisión es de interés público y se enmarca dentro de la misión de la ICANN, dado que justifica un mecanismo fundamental que respalda la sostenibilidad y estabilidad financiera de la ICANN. Mantener un fondo de reserva apropiado contribuye a que la ICANN continúe cumpliendo su misión de interés público.

      La actualización del fundamento y el nivel objetivo para el Fondo de Reserva, tal como se refleja en la Política de Inversión de la ICANN, tendrá un impacto positivo para la ICANN en cuanto a que contribuye a mejorar la sostenibilidad y estabilidad financiera de la ICANN y además proporciona los fundamentos para que la organización sea responsable con transparencia. Esto tendrá un impacto fiscal en la ICANN y la comunidad de la forma prevista. Esto debería tener un impacto positivo en la seguridad, estabilidad y flexibilidad del sistema de nombres de dominio (DNS) dado que la sostenibilidad y estabilidad financiera de la ICANN contribuyen a la capacidad de la ICANN para ayudar a garantizar la seguridad, estabilidad y flexibilidad del DNS.

      Esta medida constituye una función organizativa y administrativa que ya se ha sometido a comentario público, según se indicó anteriormente.

    2. Adopción del Plan Operativo y Presupuesto de la IANA para el año fiscal 2019

      Visto y considerando: Que la versión preliminar del Plan Operativo y Presupuesto (OP&B) de la IANA para el año fiscal 2019 se publicó para comentario público conforme a los Estatutos el 9 de octubre de 2017.

      Visto y considerando: Que los comentarios recibidos a través del proceso de comentarios públicos fueron revisados, respondidos y entregados a los miembros del Comité de Finanzas de la Junta Directiva (BFC) para que los revisen y realicen sus comentarios.

      Visto y considerando: Que todos los comentarios públicos se han tenido en cuenta y, en los casos factibles y apropiados, se han incorporado y se elaboró una versión final del OP&B de la IANA para el año fiscal 2019.

      Visto y considerando: Que conforme a los Estatutos de la ICANN, la Junta Directiva adoptará el OP&B de la IANA y luego se publicará en el sitio web de la ICANN.

      Visto y considerando: Que, además del proceso de comentario público, la ICANN solicitó, en forma activa, los comentarios y la consulta con la comunidad de la ICANN por otros medios, que incluyeron teleconferencias, las reuniones celebradas en la reunión ICANN60 en Abu Dabi y las comunicaciones por correo electrónico.

      Resuélvase (2018.02.04.11): La Junta Directiva adopta el Plan Operativo y Presupuesto de la IANA para el año fiscal 2019, incluido el Presupuesto Provisorio de la IANA para el año fiscal 2019.

      Fundamento de la resolución 2018.02.04.11

      De conformidad con el Artículo 22, Sección 22.4 de los Estatutos de la ICANN, la Junta Directiva deberá aprobar un presupuesto anual y publicarlo en el sitio web de la ICANN. El 9 de octubre de 2017, las versiones preliminares del O&B de PTI para el año fiscal 2019 y el OP&B de la IANA para el año fiscal 2019 se publicaron para comentario público. La Junta Directiva de PTI aprobó el presupuesto de la entidad PTI el 9 de enero de 2018 y dicho presupuesto se recibió como aporte al Presupuesto de la IANA para el año fiscal 2019.

      La versión preliminar publicada del Plan Operativo y Presupuesto de la entidad PTI para el año fiscal 2019 y del Plan Operativo y Presupuesto de la IANA para el año fiscal 2019 se basaron en diversos debates con los miembros de la organización de la ICANN y de la comunidad de la ICANN, incluidas extensas consultas con las Organizaciones de Apoyo y Comités Asesores de la ICANN y otros grupos de partes interesadas durante los meses previos. Todos los comentarios recibidos de todas las maneras fueron considerados en el desarrollo del OP&B de la IANA para el año fiscal 2019. En los casos factibles y pertinentes, estos aportes se han incorporado en la versión final del OP&B de la IANA para el año fiscal 2019 propuesta para su adopción.

      El OP&B de la IANA para el año fiscal 2019 tendrá un impacto positivo en la ICANN en cuanto a que proporciona un marco adecuado mediante el cual se llevarán a cabo los servicios de la IANA, que además proporciona los fundamentos para que la organización sea responsable con transparencia.

      Esta decisión es de interés público y se enmarca dentro de la misión de la ICANN, dado que es plenamente compatible con los planes estratégicos y operativos de la ICANN, y cuyos resultados, de hecho, permiten a la ICANN cumplir con su misión.

      Esta decisión tendrá un impacto fiscal en la ICANN y la comunidad de la forma prevista. Esto debería tener un impacto positivo en la seguridad, la estabilidad y la flexibilidad del Sistema de Nombres de Dominio (DNS) respecto de cualquier otra financiación dedicada a dichos aspectos del DNS.

      Esta medida constituye una función organizativa y administrativa que ya se ha sometido a comentario público, según se indicó anteriormente.

    3. Abordar las solicitudes del Programa de Nuevos gTLD para .CORP, .HOME y .MAIL

      Visto y considerando: Que, en marzo de 2013, el SSAC publicó el documento SAC057: Documento de asesoramiento del SSAC sobre certificados de nombres internos, en el cual el SSAC hace referencia a la cuestión de “colisión de nombres” y brindó a la Junta Directiva de la ICANN pasos para mitigar la cuestión.

      Visto y considerando: Que, el 18 de mayo de 2013, la Junta Directiva de la ICANN adoptó una resolución respecto del documento SAC057, en el cual se encargaba un estudio sobre el uso de TLD que no están actualmente delegados a nivel de la raíz del DNS público en empresas.

      Visto y considerando: Que, en agosto de 2013, Interisle Consulting Group publicó un informe que observaba el tráfico histórico de consultas y descubrió que .HOME y .CORP fueron los dos dominio de alto nivel (TLD) que aparecían con mayor frecuencia en las consultas.

      Visto y considerando: Que, en agosto de 2013, la organización de la ICANN, junto con el estudio, buscó una amplia participación de la comunidad en la elaboración de una solución, y un plan de mitigación preliminar fue publicado para comentario público junto con el informe por Interisle. El plan de mitigación preliminar citó a .HOME y .CORP como cadenas de caracteres de alto riesgo, por lo que proponía no delegar estas dos cadenas.

      Visto y considerando: Que, el 7 de octubre de 2013, el Comité para el Programa de Nuevos gTLD (NGPC) de la Junta Directiva de la ICANN adoptó una resolución para implementar el plan de mitigación para administrar los incidentes de colisiones de nombres tal como se propuso en el “Plan de Gestión de Incidentes de Colisiones de Nombres de Nuevos gTLD”.

      Visto y considerando: Que, el 30 de julio de 2014, el Comité para el Programa de Nuevos gTLD de la Junta Directiva de la ICANN adoptó el Marco para la Gestión de Colisiones de Nombres. En el Marco, .CORP, .HOME y .MAIL fueron señalados como cadenas de caracteres de alto riesgo cuya delegación debería ser pospuesta indefinidamente.

      Visto y considerando: Que, el 28 de octubre de 2015, JAS Global Advisors publicó “Mitigación de los riesgos de Colisiones en el Espacio de Nombres del DNS (Informe Final)”. Las recomendaciones contenidas en el informe final estaban en consonancia con las recomendaciones realizadas en el informe sobre la Primera Fase.

      Visto y considerando: Que, en el año 2015, miembros del grupo de trabajo de Operaciones del DNS del IETF redactaron una versión preliminar en Internet, el primer paso para elaborar una RFC, que reservaba las etiquetas CORP, HOME y MAIL de delegación en el alto nivel del DNS, pero el grupo de trabajo y los autores de dicha versión preliminar no pudieron llegar a un consenso respecto de los criterios por los cuales las etiquetas se reservarían y se desistió del esfuerzo de crear una RFC sobre el tema.

      Visto y considerando: Que, el 24 de agosto de 2016, los solicitantes de .CORP, .HOME y .MAIL enviaron una carta a la Junta Directiva de la ICANN en la que solicitaban que “la Junta encargue una evaluación oportuna de las medidas de mitigación que permitirán la liberación de .HOME, .CORP y .MAIL”.

      Visto y considerando: Que, el 2 de noviembre de 2017, a Junta Directiva adoptó una resolución en la cual solicitó que el Comité Asesor de Seguridad y Estabilidad de la ICANN lleve a cabo un estudio de manera inclusiva y exhaustiva que incluya expertos técnicos (como miembros de los grupos de trabajo del IETF, miembros técnicos de la GNSO y otros expertos en tecnología), para que presenten datos, análisis y opiniones, y para brindar asesoramiento a la Junta Directiva respecto de los riesgos que se presentan a usuarios y sistemas finales si las cadenas .CORP, .HOME, .MAIL se delegasen en la raíz, así como posibles cursos de acción que puedan mitigar los riesgos identificados.

      Visto y considerando: Que, el 2 de noviembre de 2017, la Junta Directiva adoptó una resolución en la cual instruyó al Presidente y Director Ejecutivo, o a quien este designe, a brindar opciones para que la Junta Directiva considere abordar las solicitudes del Programa de Nuevos gTLD respecto de .CORP, .HOME y .MAIL para la primera reunión disponible de la Junta Directiva después de la reunión ICANN60 en Abu Dabi.

      Visto y considerando: Que, el 13 de diciembre de 2017, la organización de la ICANN presentó opciones a la Junta Directiva para abordar las solicitudes del Programa de Nuevos gTLD para .CORP, .HOME y .MAIL.

      Visto y considerando: Qué la Junta Directiva participó en un debate sobre los méritos y desventajas relativos de las diversas opciones presentadas para abordar las solicitudes. El debate de la Junta Directiva se centró en cuestiones de equidad, si los solicitantes expresaron una preferencia por alguna de las opciones y cómo abordar las solicitudes de .CORP, .HOME y .MAIL que se habían retirado. Asimismo, la Junta Directiva analizó las implicaciones presupuestarias de las opciones presentadas.

      Visto y considerando: Que la Junta Directiva de la ICANN no tiene la intención de delegar las cadenas de caracteres de .CORP, .HOME y .MAIL en la ronda de 2012 del Programa de Nuevos gTLD.

      Visto y considerando: Que la Junta Directiva consideró que los solicitantes no tenían conocimiento antes de la ventana de solicitud que las cadenas .CORP, .HOME y .MAIL serían identificadas como de alto riesgo y que las delegaciones de dichas cadenas de alto riesgo serían pospuestas indefinidamente.

      Resuélvase (2018.02.04.12): La Junta Directiva instruye al Presidente y Director Ejecutivo, o quien este designe, que las solicitudes de .CORP, .HOME y .MAIL no deben proceder y, para tener en cuenta el impacto imprevisto en el procesamiento de las solicitudes, la Junta Directiva instruye al Presidente y Director Ejecutivo que, al retirar las solicitudes restantes para .CORP, .HOME y .MAIL, proporcione a los solicitantes un reembolso completo de la tarifa de solicitud del Programa de Nuevos gTLD de USD 185 000.

      Fundamento de la resolución 2018.02.04.12

      ¿Por qué la Junta Directiva aborda el tema ahora?

      La Junta Directiva consideró previamente las solicitudes de .CORP, .HOME y .MAIL y decidió diferir la delegación de estos nombres en forma definitiva debido a la existencia de colisiones de nombres. Una colisión de nombres ocurre cuando un intento de resolver un nombre utilizado en un espacio de nombres privado (por ejemplo, mediante un TLD no delegado, o un nombre breve e incompleto) da como resultado una consulta al Sistema de Nombres de Dominio (DNS) público. Cuando se superponen los límites administrativos de los espacios de nombres públicos y privados, la resolución del nombre puede generar resultados no deseados o perjudiciales. La introducción de cualquier nuevo nombre de dominio en el DNS en cualquier nivel genera la posibilidad de colisión de nombres. Sin embargo, el Programa de Nuevos gTLD ha generado una atención renovada a esta cuestión de consultas para TLD no delegados en el nivel raíz del DNS porque algunas cadenas de caracteres de nuevos TLD solicitadas podrían ser idénticas a las etiquetas de nombre utilizadas en redes privadas (es decir, .HOME, .CORP y .MAIL). La principal prioridad de la ICANN es una Internet segura, estable y flexible. Para respaldar esta prioridad, la Junta Directiva de la ICANN se ha comprometido con la comunidad de Internet para mitigar y gestionar los incidentes de colisiones de nombres. Como parte de este compromiso, la organización de la ICANN publicó en julio de 2014 el Marco de Gestión de Incidentes de Colisiones de Nombres. El marco adoptó las pautas de las recomendaciones presentadas en informes del SSAC y JAS Global Advisors, y recomendó que la delegación de las cadenas de caracteres de .HOME, .CORP, y .MAIL se aplazara indefinidamente. Estas cadenas de caracteres fueron identificadas como de "alto riesgo".

      Estas conclusiones y recomendaciones que motivaron la acción previa de la Junta Directiva sobre .CORP, .HOME y .MAIL no han cambiado y se prevé que continúen siendo aplicables en el corto plazo. En la resolución de la Junta Directiva del 2 de noviembre de 2017, la Junta Directiva instruyó a la organización de la ICANN que proporcione opciones a la Junta Directiva para abordar las solicitudes para .CORP, .HOME y .MAIL. La organización de la ICANN presentó opciones a la Junta Directiva en la reunión de la Junta Directiva del 13 de diciembre de 2017. La Junta Directiva analizó los méritos y desventajas de las opciones presentadas y está tomando medidas en este momento para abordar las solicitudes.

      ¿Cuáles son las opciones que se están considerando? ¿Qué factores consideró importantes la Junta Directiva?

      Si se considera que la Junta Directiva no tiene previsto delegar las cadenas de caracteres de .CORP, HOME y .MAIL antes del final de la ronda de 2012 del Programa de Nuevos gTLD, las opciones presentadas a la Junta Directiva tuvieron en cuenta dos preguntas clave: ¿Qué tipo de reembolso debería proporcionarse a los solicitantes? ¿Deberían los solicitantes recibir prioridad sobre otras solicitudes para estas cadenas de caracteres en cualquier ronda posterior del Programa de Nuevos gTLD? La Junta Directiva consideró una amplia gama de opciones y acuerdos como consecuencia de estas preguntas: desde un reembolso estándar y ninguna prioridad, hasta un reembolso completo y prioridad.

      En el análisis de las opciones con respecto al monto del reembolso, la Junta Directiva consideró que un reembolso estándar se ajustaría más a los términos que todos los solicitantes acordaron en la Guía para el Solicitante (AGB). Los solicitantes reconocen los Términos y Condiciones en la AGB que establecen que "la ICANN tiene el derecho de determinar no proceder con cualquiera de las solicitudes de nuevos gTLD y que no hay certeza de que se crearán gTLD adicionales. La decisión de revisar, considerar y aprobar una solicitud para establecer uno o varios gTLD y de delegar nuevos gTLD después de dicha aprobación queda a la total discreción de la ICANN."

      Sin embargo, la Junta Directiva también consideró cuestiones de imparcialidad y reconoció que, aunque la cuestión de la colisión de nombres se describió en la Sección 2.2.1.3 de la AGB, los solicitantes no tenían conocimiento antes de la ventana de solicitud que las cadenas .CORP, .HOME y .MAIL serían Identificadas como de alto riesgo. Además, en vista de las recomendaciones realizadas en el Informe de JAS, SAC062, SAC066, y el Marco de Gestión de Colisión de Nombres adoptado por el NGPC el 30 de julio de 2014, la delegación de estas cadenas se aplazó indefinidamente.

      La Junta Directiva concluyó que esta situación era única dentro del Programa de Nuevos gTLD. Otras solicitudes dentro del Programa de Nuevos gTLD no fueron delegadas ni se les permitió continuar en base a los procesos establecidos del Programa de Nuevos gTLD. Por ejemplo, la AGB contempló que no todas las solicitudes aprobarían la evaluación (Evaluación Inicial o Extendida) y, por lo tanto, todos los solicitantes tenían conocimiento de la posibilidad que existía de no aprobar las revisiones de cadenas de caracteres y no ser elegibles para la delegación. Los solicitantes de .CORP, .HOME y .MAIL no tenían conocimiento de los próximos años de estudio sobre la cuestión de la colisión de nombres y que, en última instancia, no serían elegibles para proceder en el Programa de Nuevos gTLD.

      Por lo tanto, la Junta Directiva ha determinado que sería apropiado en este caso tener en cuenta del impacto imprevisto en el procesamiento de las solicitudes y proporcionar a las solicitudes restantes para .CORP, .HOME y .MAIL un reembolso completo de la Tarifa de solicitud del Programa de Nuevos gTLD de USD 185 000, una vez que el solicitante haya retirado la solicitud.

      Con respecto a la prioridad en una ronda posterior, la Junta Directiva consideró varios factores diferentes. La Junta Directiva consideró que actualmente no hay indicios de que las cadenas .CORP, .HOME y .MAIL podrán delegarse en cualquier momento futuro. Si bien la Junta Directiva ha tomado una resolución en la que solicita al Comité Asesor de Seguridad y Estabilidad de la ICANN que lleve a cabo un estudio y asesore a la Junta Directiva sobre los riesgos y la posible mitigación de los riesgos asociados con la delegación de las cadenas de caracteres .CORP, .HOME, .MAIL en la raíz, el resultado de este estudio no estará disponible a corto plazo. La Junta Directiva también consideró la complejidad potencial asociada con el establecimiento de procedimientos y reglas para otorgar prioridad y que esto pueda ser un problema que se debe manejar a través del proceso de desarrollo de políticas y no mediante una acción de la Junta Directiva. En base a estas razones, la Junta Directiva ha decidido no otorgar prioridad en una ronda posterior a los solicitantes de .CORP, .HOME y .MAIL que puedan volver a presentar una solicitud.

      ¿Qué materiales significativos analizó la Junta Directiva?

      Al adoptar esta resolución, la Junta Directiva ha revisado, además de las opciones provistas por la organización de la ICANN, diversos materiales, incluidos, pero no limitados a:

      ¿Se observan impactos fiscales o ramificaciones en la ICANN?

      La acción de la Junta Directiva tendrá un impacto fiscal en la ICANN. Al revisar las opciones descritas anteriormente, la Junta Directiva consideró el impacto de proporcionar un reembolso estándar frente a un reembolso completo. El costo total estimado de proporcionar a los 20 solicitantes restantes el reembolso estándar es de USD 1 300 000, mientras que el costo asociado con un reembolso completo es de USD 3 700 000. Los fondos para un reembolso completo provendrían de los fondos del Programa de Nuevos gTLD, que se están compuestos por las tarifas de solicitudes recaudadas en la ronda de 2012 (de todos los solicitantes). Si bien el monto del reembolso completo difiere de los montos de reembolso estándar previstos en la AGB, la organización de la ICANN anticipó que se podrían expedir importantes reembolsos para los solicitantes restantes del programa. Por lo tanto, el impacto financiero para la ICANN se ha contabilizado en el Plan Operativo y Presupuesto. Los fondos restantes a partir de la publicación del Plan Operativo y Presupuesto para el año fiscal 2018 fueron de USD 95 800 000.

      ¿Existen impactos positivos o negativos para la comunidad?

      La adopción de esta medida ayudará a respaldar la misión de la ICANN y resulta de interés público garantizar el funcionamiento estable y seguro de los sistemas de identificadores únicos de Internet. Esta acción beneficia a la comunidad de la ICANN, dado que proporciona transparencia y previsibilidad a los solicitantes de .CORP, .HOME y .MAIL.

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentarios públicos.

    4. Asesoramiento del GAC: Comunicado pronunciado en Abu Dabi (noviembre de 2017)

      Visto y considerando: Que, el Comité Asesor Gubernamental (GAC) se reunió durante la reunión ICANN60 celebrada en Abu Dabi, Emiratos Árabes Unidos y emitió su asesoramiento a la Junta Directiva de la ICANN en un Comunicado [PDF, 596 KB] el 1 de noviembre de 2017 (Comunicado de Abu Dabi).

      Visto y considerando: Que el Comunicado de Abu Dabi fue el tema de un intercambio entre la Junta Directiva y el GAC el 14 de diciembre de 2017.

      Visto y considerando: Que en una carta [PDF, 723 KB], con fecha del 6 de diciembre de 2017, el Consejo de la GNSO brindó comentarios a la Junta Directiva respecto del asesoramiento contenido en el Comunicado pronunciado en Abu Dabi en relación a los dominios genéricos de alto nivel para informar a la Junta Directiva y la comunidad de las actividades de políticas de gTLD que pueden relacionarse con el asesoramiento brindado por el GAC.

      Visto y considerando: Que la Junta Directiva desarrolló una iteración del sistema de puntaje para responder al asesoramiento del GAC en el Comunicado pronunciado en Abu Dabi, teniendo en cuenta el intercambio entre la Junta Directiva y el GAC, y la información proporcionada por el Consejo de la GNSO.

      Resuélvase (2018.02.04.13): La Junta Directiva adopta la tabla de calificación titulada "Asesoramiento del GAC Comunicado pronunciado en Abu Dabi: Acciones y Actualizaciones (4 de febrero de 2018)" [PDF, 99 KB] en respuesta a los puntos del asesoramiento del GAC en el comunicado pronunciado en Abu Dabi.

      Fundamento de la resolución 2018.02.04.13

      El Artículo 12, Sección 12.2(a)(ix) de los Estatutos de la ICANN permite al GAC "exponer temas a la Junta Directiva directamente, ya sea por medio de un comentario o asesoramiento previo, o a través de recomendaciones específicas de acción, recomendaciones sobre el desarrollo de políticas nuevas o sobre la revisión de las políticas existentes”.

      En su Comunicado de Abu Dabi (1 de noviembre de 2017), el GAC emitió su asesoramiento a la Junta Directiva sobre las siguientes cuestiones: ​​protección de nombres y acrónimos de Organizaciones Intergubernamentales (OIG) en los gTLD; permitir una participación inclusiva, informada y significativa en la ICANN; Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) y WHOIS; y solicitudes para .AMAZON y cadenas de caracteres relacionadas. Los Estatutos de la ICANN requieren que la Junta Directiva tenga en cuenta el asesoramiento del GAC respecto de las cuestiones de políticas públicas en la formulación y adopción de políticas. Si la Junta Directiva decide llevar a cabo una acción que no se ajusta al asesoramiento del GAC, ésta deberá informarlo al GAC y explicar los motivos por los cuales ha decidido no seguir su asesoramiento. Todo asesoramiento del GAC aprobado por pleno consenso del GAC (tal como se define en los Estatutos) puede ser rechazado únicamente por una votación de no menos del 60 % de la Junta Directiva, y el GAC y la Junta Directiva entonces intentarán, de buena fe y de manera oportuna y eficaz, encontrar una solución mutuamente aceptable.

      En este momento, la Junta Directiva está tomando acción para abordar el asesoramiento del GAC en el Comunicado pronunciado en Abu Dabi. Las acciones de la Junta Directiva se describen en el sistema de puntaje con fecha del 4 de febrero del 2018 [PDF, 99 KB].

      Al adoptar su respuesta al asesoramiento del GAC en el Comunicado pronunciado en Abu Dabi, la Junta Directiva examinó diversos materiales, incluidos, aunque no taxativamente, los siguientes materiales y documentos:

      La adopción del asesoramiento del GAC, tal como se proporciona en la tabla de puntaje, tendrá un impacto positivo en la comunidad porque ayudará a resolver el asesoramiento del GAC respecto de los gTLD y otras cuestiones.

      Esta acción respalda la Misión de la ICANN, dado que la Junta Directiva está obligada por los Estatutos a considerar el asesoramiento del GAC en materia de política pública. Esto también es de interés público, dado que la Junta Directiva está considerando las opiniones del GAC así como otras partes de la comunidad para resolver estos temas pendientes del asesoramiento.

      No se observan impactos fiscales previstos asociados con la adopción de esta Resolución.

      La aprobación de la resolución no ocasionará impacto alguno en las cuestiones de seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS.

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.

    5. Próximos pasos en la revisión del proceso de Evaluación con prioridad de la comunidad – SOLO ACTUALIZACIÓN

      No se adoptó ninguna resolución.

    6. Otros temas a tratar

      No se adoptó ninguna resolución.

Publicado el 6 de febrero de 2018