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Políticas de Resolución de Disputas por Nombres de Dominio
Las siguientes políticas se aplican a varios tipos de disputas entre registrantes y terceros sobre el registro y el uso de nombres de dominio. Las disputas según estas políticas se pueden presentar ante uno de los proveedores del servicio de resolución de disputas aprobado para la política correspondiente.
La Política Uniforme de Resolución de Disputas por Nombres de Dominio (a continuación) se aplica para todos los dominios de primer nivel genéricos (gTLD). Las políticas adicionales de resolución de disputas pueden aplicarse a circunstancias determinadas en TLD individuales. Estas también se mencionan a continuación.
Nota: Para presentar reclamaciones al servicio al cliente sobre un registrador de nombres de dominio, consulte la Página de informes de problemas de registradores.
Política Uniforme de Resolución de Disputas por Nombres de Dominio
La Política Uniforme de Resolución de Disputas por Nombres de Dominio (UDRP) ha sido adoptada por registradores acreditados por ICANN en todos los gTLD (.aero, .asia, .biz, .cat, .com, .coop, .info, .jobs, .mobi, .museum, .name, .net, .org, .pro, .tel y .travel). Los titulares de derechos de marcas comerciales pueden iniciar procedimientos de disputa que surjan de supuestos registros indebidos de nombres de dominio (por ejemplo, cybersquatting). La UDRP es una política entre un registrador y su cliente y está incluida en los acuerdos de registro para todos los registradores acreditados por ICANN.
Política de Resolución de Disputas sobre Elegibilidad de Estatutos
Los TLD patrocinados, .aero, .coop, .museum y .travel, siguen la Política de Resolución de Disputas sobre Elegibilidad de Estatutos (CEDRP) cuando se trata de impugnaciones al registro de un nombre de dominio alegando que el registrante no cumple con los requisitos de elegibilidad (establecidos en el estatuto del TLD patrocinado) para el registro de un nombre de dominio en el TLD correspondiente. Cualquier persona o entidad puede dirigir una impugnación a un nombre registrado bajo la CEDRP.
Política de Reconsideración de Elegibilidad
La Política de Reconsideración de Elegibilidad (ERP) está incluida en los acuerdos con los registrantes respecto a los registros de nombres de dominio en .aero. Ésta establece los términos y las condiciones en relación con cualquier impugnación a una decisión tomada por el patrocinador respecto a la elegibilidad para registrarse en .aero. El patrocinador de .aero elaboró esta política. No es una política de ICANN y aquí sólo se presenta como referencia. Puede encontrar más información en el sitio web del patrocinador .
Política de Resolución de Disputas sobre Requisitos de Elegibilidad
La Política de Resolución de Disputas sobre Requisitos de Elegibilidad (ERDRP) está seguida del TLD no patrocinado y restringido .name. Los registros en .name deben incluir el nombre propio de una persona o el nombre personal de un carácter ficticio (siempre que el registrante tenga derechos de marca comercial o marca de servicio sobre el nombre personal de este carácter). Los caracteres numéricos también pueden utilizarse en combinación con cualquiera de los dos tipos de nombres personales mencionados arriba. Las impugnaciones a un registro en .name alegando que no cumple con los requisitos de elegibilidad se presentan bajo la ERDRP. Los registros defensivos y los registros de correo electrónico de dominio de segundo nivel también están sujetos a impugnación bajo la ERDRP. Cualquier persona o entidad puede dirigir una impugnación a un registro bajo la ERDRP.
Política de Requisitos de Elegibilidad del Estatuto .ASIA
La Política de Requisitos de Elegibilidad del Estatuto .ASIA (.ASIA CERP) se aplica a los nombres de dominio registrados en el TLD patrocinado por .ASIA. Los registros en .ASIA están limitados a miembros de la comunidad de Internet de Pan-Asia y Asia Pacífico. Las impugnaciones a un registro en .ASIA alegando que no cumple con los requisitos de elegibilidad se presentan bajo la CERP. Puede encontrar más información en el sitio web de .ASIA.
Política de Resolución de Disputas sobre Requisitos de Elegibilidad de .cat (Política de Resolució de Conflictes sobre Requisits d'Admissibilitat del .cat)
La Política de Resolución de Disputas sobre Requisitos de Elegibilidad de .cat (.cat ERDRP) se aplica a los nombres de dominio registrados en el TLD .cat patrocinado. Los registros en .cat están limitados a miembros de la comunidad lingüística y cultural catalana. Las impugnaciones a un registro en .cat, alegando que no cumple con los requisitos de elegibilidad, se presentan bajo la ERDRP. Puede encontrar más información en el sitio web de .cat.
Política de Impugnación de Registros Defensivos de Propiedad Intelectual
La Política de Impugnación de Registros Defensivos de Propiedad Intelectual (IPDRCP) se aplica a registros defensivos de propiedad intelectual en el TLD .pro, cuyo uso está limitado a miembros certificados en ejercicio de determinadas profesiones (actualmente la profesión médica, legal y contable). Un registro defensivo de propiedad intelectual sólo puede ser registrado por el propietario de un registro de marca comercial o marca de servicio elegible. La IPDRCP permite la implementación de impugnaciones a Registros defensivos de propiedad intelectual con respecto a si ese registrante cumple con los requisitos de registro. Cualquier persona o entidad puede iniciar un procedimiento IPDRCP enviando una impugnación de acuerdo con las reglas.
Política de Impugnación de Requisitos
La Política de Impugnación de Requisitos (QCP) está seguida del TLD no patrocinado y restringido .pro, cuyo uso está limitado a miembros con licencia de determinadas profesiones. Las impugnaciones a un registro alegando que el registrante no cumplió con los requisitos de registro se presentan bajo la QCP. Cualquier parte interesada puede dirigir una impugnación a un registro bajo la Política de Impugnación de requisitos.
Política de Resolución de Disputas por Restricciones
La Política de Resolución de Disputas por Restricciones (RDRP) se aplica en el TLD no patrocinado y restringido .biz. Los registros en el TLD .biz deben utilizarse o tratar de utilizarse principalmente con fines comerciales o empresariales de buena fe. Las impugnaciones a un registro o al uso de un nombre de dominio determinado alegando que no se utiliza o que no se utilizará principalmente para un fin comercial o empresarial se presentan bajo la RDRP. Cualquier tercero que presente una reclamación ante uno de los proveedores del servicio de resolución de disputas aprobado puede iniciar impugnaciones bajo la RDRP.
Política de Oposición de los Titulares de Marcas en el Período Inicial de Solicitud de Registro de un Nombre de Dominio
La Política de Oposición de los Titulares de Marcas en el Período Inicial de Solicitud de Registro de un Nombre de Dominio (STOP) estaba disponible sólo para titulares de propiedad intelectual que se inscribieron en el Servicio de reclamaciones IP durante la fase inicial del registro .biz (25 de junio al 21 de septiembre de 2001). STOP ya no está disponible como una política de resolución de disputas para los nombres de dominio .biz. Las disputas pueden resolverse de acuerdo a la UDRP, la RDRP o los tribunales judiciales disponibles. Para obtener más información, consulte el sito del operador del registro .
Política de Impugnación Sunrise
La Política de Impugnación Sunrise (SCP) se aplicó solamente durante el período sunrise para el TLD .info. El operador del registro (Afilias) administró las impugnaciones bajo la Política de Impugnación sunrise. Dado que ha finalizado el período sunrise de ciento veinte (120) días, las partes que disputan la validez de un registro sunrise pueden emplear la UDRP o los tribunales judiciales disponibles. Para obtener más información, consulte el sito del operador del registro .
Política de Resolución de Disputas por Transferencias
La Política de Resolución de Disputas por Transferencias (TDRP) se aplica a las transacciones en las que el titular de un nombre de dominio transfiere o intenta transferir un nombre de dominio a un nuevo registrador. La TDRP abarca las disputas del registrador bajo la Política de Transferencia entre Registradores , que está seguida de los TLD .biz, .com, .info, .name, .net, .org y .pro. Los procedimientos bajo la TDRP pueden presentarse ante el operador de registro apropiado o ante un proveedor de resolución de disputas. Cualquier registrador acreditado por ICANN puede iniciar un procedimiento TDRP contra otro registrador enviando una reclamación de acuerdo con el operador de registro seleccionado o con las reglas complementarias de proveedores de resolución de disputas.
Proceso de aprobación para proveedores de servicio de resolución de disputas
En este momento, ICANN no está solicitando proveedores adicionales de servicio de resolución de disputas. Sin embargo, las partes interesadas pueden comunicarse con ICANN de manera individual para expresar su interés. Los procedimientos utilizados para aprobar a proveedores en el pasado se presentan como referencia a continuación.
Las organizaciones que buscan la aprobación provisional como proveedores de servicio bajo cualquier política de resolución de disputas de ICANN deben seguir los pasos siguientes:
Las solicitudes deben incluir:
En general, ICANN examina las solicitudes para determinar si el solicitante ha demostrado su capacidad para manejar procedimientos en un contexto rápido, global y en línea de forma ordenada e imparcial. Los atributos especialmente importantes son: