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Boletín informativo: implementación por parte de los registradores de los requisitos de Whois contemplados en el Acuerdo de Registradores 2013

31 de julio de 2013

Finalidad

La finalidad del presente anuncio es ayudar a que los registradores comprendan cuales son los campos de Whois que deben completar de conformidad con el Acuerdo de Acreditación de Registradores 2013 inmediatamente después de haber firmado el acuerdo, y cuales campos no revisten carácter obligatorio hasta el 1 de enero de 2014.

Antecedentes

En el Acuerdo de Acreditación de Registradores (RAA) 2013, al igual que en las versiones anteriores del acuerdo de acreditación de registradores, se exige que los registradores operen servicios de Whois basados en la web y de puerto 43 que permitan el acceso público a determinados campos de datos de registración enumerados. En la sección 3.3.1 del RAA se especifican los campos de datos obligatorios, como el nombre y domicilio del titular de nombre registrado; y el nombre, domicilio, correo electrónico y número de teléfono de los contactos administrativos y técnicos para cada nombre de dominio (entre otros elementos de datos con carácter obligatorio).

El RAA 2013, al contrario de las versiones anteriores del acuerdo de acreditación de registradores, también contiene una Especificación sobre servicios de directorio de datos de registración (Whois) en la cual, entre otras funciones, se describe el formato que los registradores deben usar para publicar datos de Whois. Este formato incluye una serie de campos que no revestían carácter obligatorio en las versiones anteriores del RAA. A modo de ejemplo, en la Especificación sobre servicios de directorio de datos de registración (Whois) se requiere que los registradores incluyan en sus resultados de Whois la dirección de correo electrónico y el número de teléfono del punto de contacto del registrador para informe de abusos, como también las identificaciones o nombres de usuario que utiliza el registro para identificar al nombre de dominio y sus contactos.

Dado que el RAA 2013 contiene una serie de nuevas responsabilidades operativas para registradores cuya implementación bien podría insumir un plazo razonable de semanas o meses, en el acuerdo también se incluye una Adenda de transición. En la Adenda de transición se describe una serie de obligaciones cuyo cumplimiento no será exigido por la ICANN a los registradores hasta el 1 de enero de 2014. A modo de ejemplo, los registradores no tienen la obligación de implementar totalmente el requisito de contar con un punto de contacto para informe de abusos (véase la sección 3.18 del RAA) hasta el 1 de enero de 2014.

Algunos registradores han solicitado a la ICANN que aclare si deben comenzar a completar inmediatamente los campos de datos de Whois, como el de la dirección de correo electrónico y número de teléfono del punto de contacto para informe de abusos, incluso si aún no tienen la obligación de cumplir con la obligación pertinente.

Campos de Whois obligatorios

En la Adenda de transición se hace una referencia explícita a una lista de disposiciones del RAA cuyo cumplimiento por parte de los registradores no es obligatorio hasta el 1 de enero de 2014. La Especificación sobre servicios de directorio de datos de registración (Whois) no forma parte de dicha lista de disposiciones. Por consiguiente, los registradores tienen la obligación inmediata de cumplir con las obligaciones descriptas en dicha especificación, dentro de las que se incluye la obligación de formatear los datos de Whois según se define en la especificación. Sin embargo, los registradores no tienen la obligación de incluir en sus resultados de Whois elementos de datos aún inexistentes o que no obran en poder del registrador. Esto contempla la referencia a aquellos ítems que aún no revisten carácter obligatorio.

Para que quede claro, los registradores que estén sujetos al RAA 2013 deben continuar incluyendo todos los campos que se describen en la sección 3.3.1 del RAA en sus resultados de Whois y los elementos de datos que obren en su poder. Sin embargo, los registradores no tienen la obligación de incluir los campos que figuran a continuación en sus resultados de Whois hasta el 1 de enero de 2014 (si bien los registradores pueden cumplir esta obligación con antelación, y se los anima a que así lo hagan). 

ID del dominio de registro
Correo electrónico del punto de contacto del registrador para informe de abusos
Número de teléfono del punto de contacto del registrador para informe de abusos
Estatus del dominio
ID del registro y del registratario
Número telefónico del registratario
Interno telefónico del registratario
Fax del registratario
Interno de fax del registratario
Correo electrónico del registratario
ID del personal administrativo del registro
ID del personal técnico del registro
DNSSEC
Ultima actualización de la base de datos de WHOIS