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Borrador de enmiendas propuestas al Acuerdo sobre Acreditación de Registradores

18 de junio de 2008

Además de estar disponible en los seis idiomas de las Naciones Unidas, este contenido también está disponible en

Haga clic aquí para ir al periodo de presentación de comentarios públicos (abierto hasta el 31 de agosto de 2008).

Esta notificación reseña quince enmiendas del borrador al Acuerdo sobre Acreditación de Registradores (AAR) de modo que sean estudiadas y debatidas por la comunidad de ICANN (Corporación para la asignación de números y nombres de Internet). Las enmiendas se elaboraron a través de un proceso de consulta de la comunidad y posteriormente un debate entre registradores e ICANN acerca de dichos comentarios. Las enmiendas del borrador se presentan aquí para facilitar el debate posterior de la comunidad con el objetivo de aplicar una serie de cambios contractuales para mejorar las medidas de protección de los registrantes. El personal de ICANN estará a su disposición para facilitar debates con grupos de unidades constitutivas en asambleas de ICANN en París y en posteriores reuniones.

Estas enmiendas se constituyen en cuatro categorías generales:

  • Instrumentos de ejecución: estas enmiendas están diseñadas para potenciar el cumplimiento del registrador y otorgar a ICANN unas mejores herramientas de aplicación.
  • Protecciones de registrantes: estas enmiendas se centran en áreas para realzar la protección de los registrantes mediante la mejora de información al consumidor, gracias a la cual las decisiones y elecciones relativas a la protección de datos estarán mejor fundamentadas.
  • Promoción de un mercado de registradores estable y competitivo: estas enmiendas tienen como objetivo asegurar que todos los participantes cumplan los estándares mínimos en el mercado de registradores.
  • Modernización del acuerdo: estas enmiendas están previstas para cerciorarse de que las disposiciones del contrato satisfacen las necesidades actuales.

Historial de la consulta

  • En un esfuerzo por abordar los asuntos suscitados por la protección de los registrantes, ICANN ha entablado un gran número de negociaciones con miembros de la comunidad relativas a potenciales enmiendas al AAR. Se han recibido contribuciones a través de foros de comentarios del público, en particular de ALAC (Comité asesor de alcance) y de la Unidad constitutiva de propiedad intelectual (IPC). De acuerdo con la dirección fijada en estas negociaciones, ICANN ha mantenido debates tanto telefónicos como personales con registradores sobre la manera de ofrecer estas medidas de protección mediante la reforma del AAR. De entre las ocho áreas sustantivas de reforma exigidas por Paul Twomey en marzo de 2007 (consulte <http://www.icann.org/announcements/announcement-21mar07.htm>) y de estas consultas a la comunidad, se han propuesto 15 enmiendas al AAR.
  • Se realizaron talleres en las asambleas de ICANN donde se debatieron temas de custodia de datos, migración en caso de fallos del registro, cumplimiento y enmiendas al AAR. Paralelamente, la Junta Directiva resolvió que el personal directo solicitara contribuciones a la comunidad concernientes a las enmiendas al AAR; participara en un diálogo con registradores para llegar a una serie de enmiendas propuestas del AAR que se deben someter a los comentarios del público, y solicitara consejo de ALAC, GNSO (Organización de apoyo para nombres genéricos) y demás partes interesadas con el fin de informar de la revisión de las enmiendas realizada por la Junta Directiva (consulte < http://www.icann.org/minutes/resolutions-29jun07.htm#k>).
  • Se redactó un conjunto inicial de enmiendas, que se sometió a comentarios del público entre julio y septiembre de 2007, con un resumen publicado en octubre de 2007. Se incluyó una página en el sitio web de ICANN para "Consulta sobre enmiendas al Acuerdo sobre Acreditación de Registradores" en <http://www.icann.org/topics/raa/>. Durante este periodo inicial se entablaron asimismo negociaciones con registradores.
  • Una serie actualizada de enmiendas surgió a partir de las negociaciones con los registradores y la solicitud de consejo a la comunidad. La Unidad constitutiva de registradores (RC) creó un grupo de trabajo, dirigido por el presidente de esta, Jon Nevett, para entablar un diálogo continuo con ICANN sobre los asuntos del AAR objeto de debate. Se han redactado diversas reiteraciones a medida que el diálogo entre el grupo de trabajo e ICANN ha progresado. Han tenido lugar diversas conferencias tanto personales como telefónicas.
  • ALAC asimismo creó un grupo de trabajo para revisar el AAR y ha contribuido al diálogo. Las comunicaciones entre los registradores y ALAC han mejorado, en parte como resultado del continuo diálogo.
  • A la finalización de este periodo de contribuciones del público, se preparará un informe con los pormenores de los comentarios para que la Junta Directiva los tenga en consideración en su revisión.

Enmiendas propuestas

A continuación se muestra un resumen de las enmiendas que se han publicado para la presentación de comentarios públicos. (Si desea obtener información sobre la propuesta de idioma del contrato para poner en práctica cada una de estas, consulte <"RAA Provisions Comparison" (Comparación de disposiciones de AAR)> [PDF, 49 K] y <"Modificaciones propuestas del ARR pendientes de estudio"> [PDF, 86 K].):

  1. Instrumentos de ejecución
    1. Auditorías de registradores: permiten a ICANN realizar visitas a sitios web y auditorías de registradores previa notificación de al menos 15 días de antelación.
    2. Sanciones y suspensiones: disponen herramientas de aplicación del cumplimiento incrementado, tales como sanciones económicas y suspensión del acceso al registro.
    3. Responsabilidad de grupo: previene "conductas impropias en serie" por parte de registradores cuando se rescinde el AAR de otro registrador afiliado (mediante control común).
    4. Honorarios del registrador: revisión de la disposición de honorarios del registrador para que se adecue a los presupuestos recientes y actuales de ICANN; cálculo del interés sobre los pagos de honorarios en mora.
    5. Registros por parte de registradores: creación de responsabilidad de los registradores para con ICANN por cuenta de cualquier registro efectuado por los primeros que se use en la provisión de servicios de registro.
    6. Suspensión arbitral: eliminación de la suspensión automática de rescisión de 30 días que los registradores reciben en la actualidad mediante el inicio del procedimiento arbitral o el litigio para presentar una demanda contra la rescisión de un AAR.
  2. Medidas de protección de registrantes
    1. Registro privado y requisitos de custodia de datos de los registradores: se exige a los registradores que custodien los datos del cliente al efecto en el caso de registros privados o de proxy, o bien que presenten una notificación destacada en que se indique que dichos datos no serán custodiados.
    2. Derechos y responsabilidades del registrante: se exige a los registradores que incluyan en sus sitios web un enlace a un documento de "derechos y responsabilidades del registrador", que se deberá crear previa consulta con la comunidad de ICANN.
    3. Relaciones contractuales con los distribuidores: protección a los registrantes que son clientes de distribuidores obligando a los distribuidores a seguir las políticas de ICANN y exigiendo bien la custodia de los datos de privacidad o proxy de los clientes, o bien la publicación de una notificación destacada en que se indique que dichos datos no serán custodiados.
  3. Fomento de un mercado estable y competitivo de registradores
    1. Acreditación mediante compra: se exige a los registradores notificar a ICANN cualquier cambio de titularidad y volver a certificar el cumplimiento con el AAR.
    2. Formación y pruebas de conocimientos de operadores: disponen formación obligatoria para representantes de registradores con el fin de asegurar la mejor comprensión por parte del registrador de las políticas de ICANN y de los requisitos del AAR.
    3. Uso de registradores acreditados por el ICANN: mantenimiento de la política general de ICANN de exigir que los registros utilicen registradores acreditados del ICANN (salvo excepción razonable e indicada).
  4. Modernización del acuerdo
    1. Disposición de notificaciones: se agiliza la obligación de ICANN de notificar a los registradores las nuevas políticas de consenso que son de aplicación a los registradores.
    2. Referencias al Departamento de Comercio de Estados Unidos: reconocimiento de la deriva de ICANN hacia posiciones independientes de dicho departamento mediante la eliminación de determinadas referencias dentro del AAR que aluden al requisito de aprobación por parte del Departamento de Comercio.
    3. Requisitos de retención de datos del registrador: clarificación del requisito de retención de datos para los registradores con el fin de contar con prácticas más uniformes.

Envíe comentarios sobre los cambios propuestos a raa-consultation@icann.org.

Vea los comentarios en http://forum.icann.org/lists/raa-consultation.